Principios constitucionales Derecho Penal 3° parte

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  • เผยแพร่เมื่อ 28 ส.ค. 2024
  • Principio de legalidad

ความคิดเห็น • 16

  • @marcelapibernus9836
    @marcelapibernus9836 4 ปีที่แล้ว

    GRACIAS Querido Doc por estos videos que tanto nos ayuda y hoy especialmente FELIZ DÍA DEL DOCENTE UNIVERSITARIO.!! Sin dudas un genio!!!

  • @myriambonetto3742
    @myriambonetto3742 4 ปีที่แล้ว

    Muy buena las clases me sirve muchísimo muy claro y didáctico para explicar. Muchas gracias

  • @floridadigital7550
    @floridadigital7550 4 ปีที่แล้ว

    Excelente doctor , muy claro , gracias !!

  • @matiasfedericomaidana373
    @matiasfedericomaidana373 4 ปีที่แล้ว

    Buenas Tardes Doctor, excelente exposición, le hago una consulta si me permite:
    Referente al art 205 del C.P. al que usted mencionó como un ejemplo claro de ley penal en blanco, el día de ayer escuche la exposición de otro colega nuestro, el cual refirió que el art. 205 del C.P. no representaría un ejemplo de ley penal en blanco debido a que para ser considerada dentro de estos supuestos debe llenarse el sentido del tipo penal con una ley y esta ley debería serlo tanto en sentido material, como formal. Por ende, este profesional mencionó que el art. 205 C.P. se trataba de un "delito de infracción a una manda extra penal", justificando lo dicho en que la normativa que llena el sentido del tipo puede venir impuesta también por una resolución de carácter administrativo, como sería el DNU que reza en dicha situación, a diferencia de lo que acontece en las leyes penales en blanco. Quería consultarle que pensaba usted de esta interpretación y si considera acertada o no esta postura.
    Desde ya muchas gracias. Saludos Cordiales.

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  4 ปีที่แล้ว +10

      Estimado Matías: en respuesta a tu consulta, desde Sebastián Soler (D. Pena., T. I, p. 155) hasta los autores actuales del Derecho Penal, consideran que la ley penal en blanco son las disposiciones penales cuyo precepto es incompleto y variable en cuanto a su contenido (...) aunque la sanción está claramente establecida. Ese precepto debe ser llenado por otra disposición legal o decretos o reglamentos. Es decir que se acepta que la norma jurídica (en sentido amplio) que puede ser una ley, decreto o reglamento venga a rellenar la conducta típica. A esa se ha llamado Ley penal en blanco, históricamente.
      En concreto: si la ley penal en el art. 205 se remite a las "medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir..la epidemia" obviamente que se refiere a las medidas tomadas por el Poder Ejecutivo, como en el caso del presente.
      Precisamente, la existencia de las leyes penales en blanco se justifica por los cambios constantes que existen en el ciertos ámbitos de la vida social: nuevas drogas, nuevos virus, nuevas enfermedades de animales (art. 206), etc.
      No entiendo qué sentido tendría llamarles "Delitos de infracción a una manda extrapenal", pero supongamos que se llamen así. Lo importante es tener en claro 1) que la norma penal no está completa hasta que no se dicte su complemento (es decir que nadie sabría cual es el delito hasta que este el reglamento, ley, decreto, etc. que venga a complementarlo. Por seguir el ejemplo del Coronavirus: el art. 205 no estaba completo al respecto, hasta que se empezaron a tomar medidas para evitar la propagación: aislamiento social obligatorio, cuarentena para los que vengan del extranjero, etc.).
      2) La ley se aplica siempre hacia el futuro: desde que se sancionó el decreto o reglamentos que imponen esas medidas, recién a partir de ahí rige el art. 205 en referencia a esas medidas concretas, y quien incumple esas medidas, comete el delito del art. 205, llámese ley penal en blanco o como dice el colega.
      3) Los errores o desconocimiento de esas normas complementarias llevan a un error de tipo, con las consecuencias que ello implica en la teoría del delito.
      En resumen: vamos a llamar a este caso (205 C.P.) ley penal en blanco, o como quieran, lo importante es los efectos que se derivan de esta complementación. Y esos efectos son los que se estudian precisamente bajo el tema de las leyes penales en blanco.
      Particularmente, considero que la ley penal en blanco es la remisión de la ley penal a cualquier otra norma jurídica: si la complementación viene del POder Ejecutivo Nacional, es una ley penal en blanco.
      Espero se entienda.
      Saludos

    • @guillermoiglesias9484
      @guillermoiglesias9484 4 ปีที่แล้ว

      Las armas y las Drogas en ley penal en blanco ?

  • @hugomerlos8020
    @hugomerlos8020 3 ปีที่แล้ว

    genio

  • @sandramolina9060
    @sandramolina9060 3 ปีที่แล้ว

    una consulta Dr, basicamente para diferenciar el ppio de culpabilidad con el estamento culpabilidad cuales son esas caracteristicas

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  3 ปีที่แล้ว

      Dos cosas distintas, aunque relacionadas.
      Sobre la culpabilidad (como elemento del delito) hay videos en la lista de Teoría del delito.

    • @sandramolina9060
      @sandramolina9060 3 ปีที่แล้ว

      @@gonzalojaviermolina2503 graciassss!

  • @rolandii749
    @rolandii749 2 ปีที่แล้ว

    Dr. la antijuridicidad por cuales principios constitucionales estaría amparada?

  • @gabriela.g.dasilva8783
    @gabriela.g.dasilva8783 3 ปีที่แล้ว

    Dr. buenas tardes estuve buscando su direcc mail , que ya me envio pero no puedo encontrarla...