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El Derecho de Omar Cabrera
Argentina
เข้าร่วมเมื่อ 23 ก.ย. 2020
Reflexiones y charlas sobre Derecho
วีดีโอ
Contratos conexos
มุมมอง 8399 หลายเดือนก่อน
El mundo contractual funciona hoy en red, producto de la globalización de los mercados
Uso y goce
มุมมอง 368ปีที่แล้ว
Derecho de uso y goce en los derechos personales y en los derechos reales
hola! excelente video, una consulta, en los casos extraordinarios los bienes interesan? ya que segun tengo entendido en el caso ordinario no.
Buenas tardes Dr. exelente una Clase magistral!!!
Gracias Ariel, me alegro que te sea útil. Un abrazo
Buen dia profesor, estoy preparando este tema para una mesa de examen que bibliografia recomienda usted? gracias
En lo nuevo no se si hay algún libro que no sea el mío. No se de otro, Contratos, elementos y generalidades
@@elderechodeomarcabrera9999 cual es su libro profesor?
Excelente explicación doc! Muchas gracias!!
Gracias a vos Romina.
¡Excelente explicación! ¡¡Gracias Profe!!
@@MichaelCutrin Gracias Michael
Buen día, con lo que usted explica entiendo que puedo donarle a mi hijo mi unica propiedad con usufructo de por vida (puedo seguir viviendo en esa propiedad). Cuál es el costo del trámite de donación y hay que realizar un nuevo título de propiedad a nombre de mi hijo? Tengo un pequeño ph en CABA Argentina. Saludos
Obviamente, podés hacerlo generando la escritura pertinente. Todo lo demás, tenés que consultarlo con el profesional al que le pagarás los correspondientes honorarios
excelente video!!
@@carlarosales6255 gracias Carla
Dr. Omar, una ayudita. Hay alguna jurisprudencia en Argentina que hayan desarrollado sobre contratos conexos que me pueda proporcionar? Es para mi tesis :c. Saludos desde Perú.
www.fiscales.gob.ar/wp-content/uploads/2023/08/Dictamen-Fiscalia-Gra.-CCom-M.E.C.pdf Dictamen de la Fiscalía sobre conexidad contractual.
Estimado Dr. ante todo mi expreso saludo como ex alumno y hoy como colega que inicia esta queridísima y fascinante profesión, asimismo el motivo de la presente es a efectos de la siguiente consulta: por cuanto a mi clienta le acontece que el locador abre local comercial del mismo rubro en local contiguo del cual es a su vez propietario, es por cuanto mi clienta se ve agraviada por tal acción, en virtud de lo acontecido y a la luz de los hechos ¿puedo accionar reclamo invocando el art 1203 frustración del uso de la cosa?, desde ya muy agradecido por vuestros tutoriales y la expresa voluntad de brindar su conocimiento.
Exelente explicación profe. Le tengi una consulta: podria explicar el proceso sucesorio?, sus inicios y finalización. Muchas Gracias 😌.
@@ivancabrera4253 claro. Ya lo incluyo en la lista de temas a preparar para un video. Gracias tocayo por el comentario
lo extraño tanto profe! saludos ❤
Gracias Victoria. Es mutuo, yo también te extraño, y extraño la pastelería materna. JAJA!
El rey de reyes!!! gracias profeeeeeee
JAJA! Gracias a vos
Qué gusto escucharlo! Siempre se aprende con usted Profe 👏👏 Un abrazo!
Gracias Karina, siempre tan amable de tu parte. Un beso grande
Gracias profe! Me vino de 10 la explicación!
@@tatitorg gracias a vos
Excelente
Gracias Fernando
Un lujo la explicación gracias ☺️
@@danielsantos-lv2fv gracias Daniel. Abrazo grande
Muchas gracias por la explicación! Siempre muy claro
@@MariaSolBruno gracias a vos María Sol por estar siempre por el canal
Excelente Dr Omar Cabrera , fue muy claro para que yo pueda entender. Se entiende el propósito de presentar el tema y que es más complejo. Sucripto y va mi like.
@@arielpereyra8997 gracias querido Ariel. Un abrazo grande
profe, es un crack <3
@@elmakkema537 JAJA!. Muchas gracias
2024, escuchando lo que empece a estudiar, exelente explicado.
Me encanta su explicación, de seguro voy a ir viendo todos sus videos paso a paso.
El mejor profe del mundo! Lo que sabe y lo que expresa cuando explica! El ONE de Contratos! Un placer haber sido su alumna! ❤
@@cintiagomezciavarroni8918 Gracias Cintia. Un beso enorme y es un placer tenerte por aquí
Hola Doc, tiene alguna catedra en la facu?
@@fede4707 Si. En varias soy titular de cátedra de contratos. En públicas y privadas
Siempre se aprende con usted. El mejor de todos!! Un saludo Doc!
@@karinaseoane7089 gracias querida amiga. Un beso grande y un saludo para la familia
Dr. Buenas tardes recién veo su canal me parecio muy interesante. Le hago una consulta sino molesta. Mis padres se divorcian en febrero del 2011, producto de ello hacen un acuerdo sobre el patrimonio y la distribución de bienes gananciales y deciden realizar donaciones en partes iguales a los hijos. En abril del 2021 fallece mi madre. Hace 1 mes nos enteramos que mi papa tiene una hija extramatrimonial de 36 años. Que sucederia con las donaciones que se hicieron efectivas en el año 2015. Entiendo que la nueva hija puede exigir derechos por sobre las donaciones luego de que papá fallezca no?. En ese caso hay algun tiempo perentorio que extinga esa acción?. Otra cosa desde el momento 1 nosotros los donatarios hemos tomado posesión y manutención de las propiedades donadas de buena fe. Gracias por la atención.
Gracias dr. entendí a la perfección los que es . Justo en octubre debo dar una explicación de la misma... saludos Cordiales.
Me alegro mucho que te sea útil Iván. Un abrazo enorme y un gusto tenerte por aquí.
Buenas noche acabo de llegar a su canal . Queria consultarle . Que tramite se hace ? Cuando quiero hacer una transferencia de un automltor de parte de un familiar . Y preaentarla como donacion
Le recomiendo hacer la consulta en el Registro Automotor en el que está inscripto el rodado
Buen día dr..que bueno!!! A raiz d una consulta sobre escritura pública. me vengo a encontrar con tantos temas importanticimos devido a que soy estudiante de derecho. Posadas misiones!!saludos!!
Gracias Rosy por tus palabras, es un placer tenerte en el canal. Un abrazo para todos los amigos de la querida provincia de Misiones
Gracias por la claridad profe!!
@@lauracastro6724 gracias a vos Laura por tu comentario. Un saludo
espectacular doctor, como siempre. saludos !!
@@alegomez5985 gracias querido amigo. Un abrazo enorme
capo profe, un genio en la materia
@@GianPoggio gracias querido amigo; un gusto tenerte por aquí
Buen dia Doctor! Tiene comisión en facultad de derecho? Ya estoy en contratos 🤙🏼
Dr.siempre es un placer escucharlo!!!! gracias por la explicacion!!!
Gracias a vos Alejandra, un abrazo enorme
geniooo! rindo mañana y no tenia en cuenta los prespuestos de mora , me salvaste
20/10 ❤ abrazo desde catamarca capital
@@burgossergio9642 gracias Sergio. Un abrazo para todos los amigos catamarqueños
hay que ser muy bueno para explicar las cosas con tanta facilidad y con ejemplos tan cotidianos... muchas gracias
@@dariobernal6471 Gracias Dario; un fuerte abrazo y me alegro que te sea útil el material
Un Genio Profe!!!!
@@alejandragodoy-m8p gracias Alejandra; muy amable
Qué maestro! La capacidad de traer algo tan conplejo al nivel de los estudiante, increible. Un abrazo doctor
@@valentinoga3389 gracias querido amigo. Un abrazo enorme y un placer tenerte por aquí
Estimado profesor. Agradezco la información que brindo en este video, logre comprender mejor la prescripción liberatoria! Le quería pedir si usted en algún video podría dar una explicación de la Suspensión, Interrupción y Dispensa de la Prescripción Liberatoria. Desde ya, muchisimas gracias.😊
@@carlitoosgameer3351 claro que sí amigo. Tomo debida nota de tu pedido y en breve voy con ese tema. Gracias
Hola profe, podría hablar de los privilegios en algún vídeo? Graciass
Claro que si!. Estoy tomando debida nota de tu pedido y en breve hago un video al respecto. Muchas gracias Lucy.
uste es la 🐐Omar !
@@rufinolopezpoy4350 JAJA!. UN ABRAZO
Un gran Maestro el Dr. Omar, tuve la fortuna de tenerlo como docente en la UK
Gracias querido colega. Te recuerdo con afecto
Buenas tardes dr! puede hablar sobre el sistema de apoyo del art 43 CCCN y su diferencia con la curatela?
Claro. Ya lo ponemos en agenda para tratar el tema oportunamente. Siempre partiendo de la base que el apoyo es una medida de acompañamiento, a diferencia del tutor o el curador; y su finalidad es asegurar la autonomía de la persona
tenía dudas ahora me queda claro, gracias 🎉
@@gicelaalejandraticonauri9224 me alegra saberlo Gicela
like! gracias dr un capo!
@@simobeltrami_ gracias a vos
Excelente video Dr! Fue muy claro al explicar y realmente se agradece! 🙌🏻✨ Saludos desde Córdoba!
Un abrazo grande Julián. Muchas gracias
Excelente explicación Dr.
Hola una consulta, El caso de submarino Ara San Juan, es un caso extraordinario o presuncion de fallecimiento?
16 DE MAYO DE 2018. Los familiares de los 44 tripulantes del ARA San Juan podrán comenzar a tramitar desde hoy los certificados de presunción de fallecimiento de los marinos, al haberse cumplido los seis meses, desde su desaparición, según establece el art. 86. Inc. b) del Ccc, aunque muchos aseguraron que no lo harán hasta que no sea encontrado el submarino. Se nombrará curador a sus bienes (art 88). Luego de 5 años concluye la prenotación (art 92).
@@elderechodeomarcabrera9999 Perfecto, muchas gracias
Excelente Doctor!! Una consulta ¿Que tratados recomienda para profundizar la materia? Mil gracias!!!!
Tratado de Derecho Civil. Eduardo Ignacio Saux. Ed. Rubinzal (Creo que está en PDF)
@@elderechodeomarcabrera9999 Muchisimas gracias Doctor, un placer y un gustazo!
JAJA!. Aprobaste el primer parcial gracias vos que estudiaste no a mí. Me alegro que te sea útil. Abrazo grande
Aaaaa justo rindo mañana este tema y me viene barbaroooo❤ aprobé el primer parcial gracias a vos! ahora voy por el segundo! saludos🫶🏻