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rosario solange palacios melendez
เข้าร่วมเมื่อ 3 ก.พ. 2021
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ESCUELA DE FORMACION DE AUXILIARES JURISDICCIONALES/ ACUERDO PLENARIO 01 2023
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Conferencia dictada el 01 de junio del 2023 en el Ilustre Colegio de Abogados del Callao. #prisiónpreventiva #CharitoPalacios #ProlongaciónDeLaPrisiónPreventiva #derechoprocesalpenal
Alegato sobre detención preventiva con fines de extradiccion.
มุมมอง 139ปีที่แล้ว
Alegatos como abogada defensora de imputado.#Extradición #prisiónpreventiva #DefensasPenales #Alegatos
Gracias Dra por la explicación, es muy concreta y sencilla
Excelente. Nueva suscriptora. Estoy aprendiendo con UD. Doctorita.
Gracias Dra. Rosario por compartir la audiencia de cesación 👏👏
Muy. Buena explicación,por fin entendiendo. Nueva suscriptora.
Dra gracias por compartir sus conocimientos. Si podria facilitarnos por este medio sus diapositivas
Para aplicar la reincidencia es necesario que el sentenciado a pena privativa de libertad efectiva haya cumplido aquella pena en el establecimiento penitenciario, no vasta q solo sea pena efectiva convertida a prestacion de servicios a la comunidad o multa, por ello es que para verificar la reincidencia el juzgador debe solicitar el boletin de condena y la papeleta de escarcelacion ver (acuerdo plenario 1-2008). Discrepamos la posicion de la ponente en este punto, por lo demas excelente ponencia.
Según Casación 45-2018 Un Acuerdo Plenario no posee naturaleza de ley y sin calificación de ley o norma con rango de ley , un AP. no es posible aplicar de manera retroactiva, a un caso concreto, por la cual al caso en consulta del Sr. Henrry , siendo que su patrocinado fue sentenciado con el sistema de tercios antes de la entrada en vigencia del A.P 01-2023 no es legal solicitar la aplicación del sistema escalonado por ser mas beneficiosa en el extremo de la pena concreta.
en el ejemplo del tipo penal 296 el espacio punitivo es no menor de 8 años ni mayor de 15 años, siendo en ese sentido que se advierte que nos encontramos en una pena conminada de 7 años, que en aplicación del sistema de tercios obtenemos que: 7 AÑOS entre 3 es igual a 2 AÑOS y 4 MESES que de esto va comprender para cada tercio, razón por la cual mi tercio inferior es de 8 años a 10 años y 4 meses, tercio intermedio es de 10 años 4 meses y 1 dia hasta 12 años y 8 meses, y el tercio superior es de 12 años 8 meses y 1 dia hasta 15 años.
Muy didáctica doctora
Gracias Dra
Clase A1 dra Rosario! Felicitaciones
El reproche a un magistrado MP PJ TC, y similares, jamás debería ser similar al de un ciudadano común y corriente. El daño al bien jurídico es mayor y tienen mayores deberes/principios que respetar Se debe partir del tercio superior
Muchas gracias Dra 😊
Dra. Palacios, muy agradecido por el desprendimiento que tiene con sus clases, para compartirnos.
Muchas gracias doctora ❤❤
la pena concreta para carmen seria 15 años, 5 meses y 8 dias.
Teorías, leyes, normas y reglas q' quedan en papales en el Perú todo es arreglo (coimas) y no hay funcionaron q no haya arreglado.
Y a la alias vane y la compinche alias balearte con esos delitos de coecho y genocidio que pena las espera haber si nos explicas con palitos
La mejor 💪
Excelente Dra.
Gracias doctora!
Excelente ponencia estimada Dra. Rosario
Excelente ponencia Dra. Rosario Palacios, Dios la bendiga siempre
Excelente Dra Palacios, muy agradecido por compartir la clase.
Doctora muchas gracias por su excelente ponencia.
Siempre excelente disertación
Excelente ponencia Dra.
excelente presentación Dra. Rosario Palacios, muchas felicitaciones
Gracias.