Doctor, muchas gracias por esta excelente clase y de ante mano felicitar el trabajo que esta realizando, dado que es de mucha utilidad para la vida profesional. Exitos!
buenas tardes Dr. muy interesante su exposición, me salta una pregunta sobre la retractación de cargos, le cuento hace poco llego a mi un caso de mototaxista que iba en su vehiculo con dos menores de edad, los cuales llevaban un arma camuflada, este a los menores solo les hacia una carrera, estos menores cuando vieron a la patruya le informan que llevan un arma y al ver la situación emprende la huida por temor a que lo incriminaran, cuando iba a unos metros el se percata que porque va a huir si el no sabia nada del arma, en vista de eso se para y espera que los menores arreglen su situación con la policia, como el era mayor de edad, a todos los transportan a las instalaciones de la policía y proceden a colocarlos a disposición de un fiscal, el cual les hace las audiencia pertinentes; me llamo la atención que durante el transcurso de la misma pese a la situación el abogado defensor acepto todo lo que decía la fiscalía e incluso fue totalmente pasivo en la defensa del mototaxista, tanto asi que le recomendo allanarse a los cargos pese a que el no llevaba el arma, diciéndole a este que sino lo hacia se podía enfrentar a una pena larguísima y era mejor que se allanara, el mototaxista por el miedo a que lo llevaran preso se allano a los cargos y pese a que el fiscal pidió la domiciliaria el juez se la negó y le impuso la intramural, incluso debo decirle que que me llamo la atención que el juez de control de garantías se limito a leerle el artículo 8 del c.p.p nada más no le explico el cuanto de la pena, los beneficios a los que el tenia derecho ni nada cosa que si hizo con los menores. también me llamo la atención que solo hasta el final fue que el abogado al ver que le negaron la domiciliaria a su cliente es que menciona que el era mototaxista y solo le estaba haciendo una carrera a los menores. la pregunta sería en este caso no daría lugar a una retractación por violación al debido proceso y al derecho a la defensa? cuales serían los lineamiento que debería seguirse para probar el vicio de consentimiento o ya no se puede hacer nada??
yulis herrera moreno Un error haber aceptado en esa audiencia, lo mejor era esperar con el fiscal posterior, para negociar 54 meses y la prision domiciliaria. Como es una diligencia donde le preguntan si entendio, si comprendio, si no hubo presion, si estuvo con su abogado debidamente asesorado, es muy dificil despues retractarse. Error de esos abogados en la estrategia de defensa, es posible que nada tuviera que ver en el asunto, que los menores si eran los dueños del arma, se apresuro y seguramente el abogado no supo darle la adecuada ilustracion.
yulis herrera moreno otro si, lo que pasa es que el porte de arma se puede negociar con el fiscal, para degradarlo, es decir de autor a complice, lo cual baja de 9 años a 54 meses y con prision domiciliaria. si acepta de una, si el fiscal le imputo por 9 años, se jodio, pues la rebaja es un cuarto, eso quedaria de 7 y medio por lo menos. Ok. gracias por seguir el portal. POR FAVOR DALE PUBLICIDAD.
Si seguramente dr. La pregunta sería el esta a cargo de su madres y padre que son personas mayores y no laboran y de sus dos sobrinas que su hermano abandono y su cuñada falleció sería que se podría argumentar para que le otorgarán la domiciliaria.. Pues es el único sustento de esa casa y por obvias razones están pasando dificultades pues son personas de escasos recursos. Será que se puede hacer extensiva a este la ley sobre padre cabeza de familia
doctor buenos dias; es posible un preacuerdo donde se elimine por ejemplo el delito de trafico de estupefacientes y se deje solo el concierto para delinquir para este caso la pena minima es de 8 años, obligatoriamente se haria una rebaja punitiva sobre esos 8 años?
DR. JOSE MIGUEL, MUY BUENOS DÍAS, SOY ABOGADO DE LA USC , TENGO UNA CLIENTE PROCESADA QUE SE ALLANO A LOS CARGOS Y PIENSA RETRACTAR CE, COMO ME COLABORARÍA USTED PARA MI TEXIS EN LA AUD. DE ACUSACIÓN PARA SUSTENTAR LA RETRACTACIÓN
Buenas tardes doctor es para hacerte una pregunta si dos personas cometen un delito y se van a un preacuerdo y al uno le dan 10 años y al otro 19 años en este caso que se debe de hacer se puede pelear un derecho de igualdad
Apreciado Doctor en primer lugar agradesco el aporte académico de todas sus conferencias dado que son realizadas con la altura que la libertad de nuestros clientes merecen. En segundo lugar más que una sugerencia sería un favor y es el de aclararnos por medio de comentario o vídeo conferencia lo siguiente. En materia de pera cuerdos existe una prohibición de doble beneficio, como hago para que dentro del preacuerdo se incluya un derecho del procesado y aunado a ello el beneficio derivado de la justicia prémial ? es decir para que el fiscal no se cierre y sólo me reconozca el derecho de cliente como si fuera un beneficio. Muchas gracias quedo atento
DR. una pregunta en la audiencia de verificación de preacuerdo puedo solicitar el beneficio de prisión domiciliaria en el delito de porte ilegal de armas ....con ocasión de los menores como padre cabeza de familia.
La prision domiciliaria no se otorga segun la ley 1709 de 2014, en tratandose del delito de porte de arma de fuego, la pena por aceptacion de cargos queda aproximadamente en 7 años y 10 meses, objetivamente para otorgar es que el delito no supere los 8 años, el porte arranca de 9 años, asi la pena quede en menos no se puede conceder la sustitucion de a intramural por la domiciliaria. La excepcion podrian obedecer a la condicion de cabeza de padre de familia - ley 750 de 2002, tambien la T-093 DE 2009 CORTE CONSTITUCIONAL, pero tiene que demostrarse con documentos ante el Juez de conocimiento, pero el puede abstenerse diciendo que es del resorte del juez de ejecucion de penas, ojo con eso. Espero haberle colaborado. Gracias. Miguel
Doctor, una Pregunta En caso de pre acuerdo es obligatorio la reparación de acuerdo a la exigencias de la victima, o el fiscal puede negociar libremente la reparación del perjuicio?, y en caso de aceptación de cargos, por un delito de falsificación en documento privado y estafa, puede otorgarse la prisión domiciliaria, aun si el imputado se encuentra en situación de insolvencia y como o de que forma se puede demostrar esta calidad?. muchas gracias.
+Ivan David Torres Zambrano Buenas noches y gracias por preguntar. En el preacuerdo es obligatorio la reparación no tanto de acuerdo a las exigencias de la víctima, sino en el porcentaje del 50% y asegurar el otro remanente, condición de procedibilidad del preacuerdo de acuerdo con la ley 906/04. En la aceptación por un delito de documento privado y estafa hay que tener en cuenta el monto, no todos los casos van con prisión domiciliaria, puede haber el subrogado de la condena de ejecución condicional dependiendo del monto para que no supere el límite que señala la ley para conceder el subrogado. Para un condenado demostrar la condición de insolvencia, debe acreditar las certificaciones como las de registro ante cámara y comercio, instrumentos públicos, tránsito, Agustín codazzi, etc, que no tiene nada.
Doctor, muchas gracias por esta excelente clase y de ante mano felicitar el trabajo que esta realizando, dado que es de mucha utilidad para la vida profesional. Exitos!
Excelente Dr...gracias
buenas tardes Dr. muy interesante su exposición, me salta una pregunta sobre la retractación de cargos, le cuento hace poco llego a mi un caso de mototaxista que iba en su vehiculo con dos menores de edad, los cuales llevaban un arma camuflada, este a los menores solo les hacia una carrera, estos menores cuando vieron a la patruya le informan que llevan un arma y al ver la situación emprende la huida por temor a que lo incriminaran, cuando iba a unos metros el se percata que porque va a huir si el no sabia nada del arma, en vista de eso se para y espera que los menores arreglen su situación con la policia, como el era mayor de edad, a todos los transportan a las instalaciones de la policía y proceden a colocarlos a disposición de un fiscal, el cual les hace las audiencia pertinentes; me llamo la atención que durante el transcurso de la misma pese a la situación el abogado defensor acepto todo lo que decía la fiscalía e incluso fue totalmente pasivo en la defensa del mototaxista, tanto asi que le recomendo allanarse a los cargos pese a que el no llevaba el arma, diciéndole a este que sino lo hacia se podía enfrentar a una pena larguísima y era mejor que se allanara, el mototaxista por el miedo a que lo llevaran preso se allano a los cargos y pese a que el fiscal pidió la domiciliaria el juez se la negó y le impuso la intramural, incluso debo decirle que que me llamo la atención que el juez de control de garantías se limito a leerle el artículo 8 del c.p.p nada más no le explico el cuanto de la pena, los beneficios a los que el tenia derecho ni nada cosa que si hizo con los menores. también me llamo la atención que solo hasta el final fue que el abogado al ver que le negaron la domiciliaria a su cliente es que menciona que el era mototaxista y solo le estaba haciendo una carrera a los menores. la pregunta sería en este caso no daría lugar a una retractación por violación al debido proceso y al derecho a la defensa? cuales serían los lineamiento que debería seguirse para probar el vicio de consentimiento o ya no se puede hacer nada??
yulis herrera moreno Un error haber aceptado en esa audiencia, lo mejor era esperar con el fiscal posterior, para negociar 54 meses y la prision domiciliaria. Como es una diligencia donde le preguntan si entendio, si comprendio, si no hubo presion, si estuvo con su abogado debidamente asesorado, es muy dificil despues retractarse. Error de esos abogados en la estrategia de defensa, es posible que nada tuviera que ver en el asunto, que los menores si eran los dueños del arma, se apresuro y seguramente el abogado no supo darle la adecuada ilustracion.
yulis herrera moreno otro si, lo que pasa es que el porte de arma se puede negociar con el fiscal, para degradarlo, es decir de autor a complice, lo cual baja de 9 años a 54 meses y con prision domiciliaria. si acepta de una, si el fiscal le imputo por 9 años, se jodio, pues la rebaja es un cuarto, eso quedaria de 7 y medio por lo menos. Ok. gracias por seguir el portal. POR FAVOR DALE PUBLICIDAD.
Si seguramente dr. La pregunta sería el esta a cargo de su madres y padre que son personas mayores y no laboran y de sus dos sobrinas que su hermano abandono y su cuñada falleció sería que se podría argumentar para que le otorgarán la domiciliaria.. Pues es el único sustento de esa casa y por obvias razones están pasando dificultades pues son personas de escasos recursos. Será que se puede hacer extensiva a este la ley sobre padre cabeza de familia
Muchas gracias por su valiosa colaboración e ilustración
Los abogados siempren hablan mal los otros abogados.el gremio medico es muy diferente. Primero hay que investigar.
doctor buenos dias; es posible un preacuerdo donde se elimine por ejemplo el delito de trafico de estupefacientes y se deje solo el concierto para delinquir para este caso la pena minima es de 8 años, obligatoriamente se haria una rebaja punitiva sobre esos 8 años?
DR. JOSE MIGUEL, MUY BUENOS DÍAS, SOY ABOGADO DE LA USC , TENGO UNA CLIENTE PROCESADA QUE SE ALLANO A LOS CARGOS Y PIENSA RETRACTAR CE, COMO ME COLABORARÍA USTED PARA MI TEXIS EN LA AUD. DE ACUSACIÓN PARA SUSTENTAR LA RETRACTACIÓN
Buenas tardes doctor es para hacerte una pregunta si dos personas cometen un delito y se van a un preacuerdo y al uno le dan 10 años y al otro 19 años en este caso que se debe de hacer se puede pelear un derecho de igualdad
Apreciado Doctor en primer lugar agradesco el aporte académico de todas sus conferencias dado que son realizadas con la altura que la libertad de nuestros clientes merecen.
En segundo lugar más que una sugerencia sería un favor y es el de aclararnos por medio de comentario o vídeo conferencia lo siguiente. En materia de pera cuerdos existe una prohibición de doble beneficio, como hago para que dentro del preacuerdo se incluya un derecho del procesado y aunado a ello el beneficio derivado de la justicia prémial ?
es decir para que el fiscal no se cierre y sólo me reconozca el derecho de cliente como si fuera un beneficio.
Muchas gracias quedo atento
DR. una pregunta en la audiencia de verificación de preacuerdo puedo solicitar el beneficio de prisión domiciliaria en el delito de porte ilegal de armas ....con ocasión de los menores como padre cabeza de familia.
La prision domiciliaria no se otorga segun la ley 1709 de 2014, en tratandose del delito de porte de arma de fuego, la pena por aceptacion de cargos queda aproximadamente en 7 años y 10 meses, objetivamente para otorgar es que el delito no supere los 8 años, el porte arranca de 9 años, asi la pena quede en menos no se puede conceder la sustitucion de a intramural por la domiciliaria. La excepcion podrian obedecer a la condicion de cabeza de padre de familia - ley 750 de 2002, tambien la T-093 DE 2009 CORTE CONSTITUCIONAL, pero tiene que demostrarse con documentos ante el Juez de conocimiento, pero el puede abstenerse diciendo que es del resorte del juez de ejecucion de penas, ojo con eso. Espero haberle colaborado. Gracias. Miguel
Doctor, una Pregunta En caso de pre acuerdo es obligatorio la reparación de acuerdo a la exigencias de la victima, o el fiscal puede negociar libremente la reparación del perjuicio?, y en caso de aceptación de cargos, por un delito de falsificación en documento privado y estafa, puede otorgarse la prisión domiciliaria, aun si el imputado se encuentra en situación de insolvencia y como o de que forma se puede demostrar esta calidad?. muchas gracias.
+Ivan David Torres Zambrano Buenas noches y gracias por preguntar. En el preacuerdo es obligatorio la reparación no tanto de acuerdo a las exigencias de la víctima, sino en el porcentaje del 50% y asegurar el otro remanente, condición de procedibilidad del preacuerdo de acuerdo con la ley 906/04. En la aceptación por un delito de documento privado y estafa hay que tener en cuenta el monto, no todos los casos van con prisión domiciliaria, puede haber el subrogado de la condena de ejecución condicional dependiendo del monto para que no supere el límite que señala la ley para conceder el subrogado. Para un condenado demostrar la condición de insolvencia, debe acreditar las certificaciones como las de registro ante cámara y comercio, instrumentos públicos, tránsito, Agustín codazzi, etc, que no tiene nada.