Al exponer el ACTIVO del cierre del año anterior para luego aplicar el art 106 y poder determinar el A. COMPUTABLE, se utiliza el monto del activo en moneda homogenea o del activo ajustado por inflación ? gracias
@@andreagloviar6642 consulto, el activo de cierre del año anterior que corresponde al balance cerrado y legalizado, es el ajustado por inflación contable o el que surgió del ajuste por inflación impositivo?
@@Sttallkker el activo del balance legalizado solo tiene el ajuste por inflacion contable si corresponde, el impositivo solo es para determinar el impuesto a las ganancias. Saludos!
tremendo, me re sirvió el video! graciassss
El resultado sujeto a impuesto no es 297624.5? porque sumo los 4000 y eran negativos?
Recien viendo el.video, pienso igual, te pudiste sacar la duda?
Muchas gracias. Lástima que las pantallas finales no dejaron ver el final.
Al exponer el ACTIVO del cierre del año anterior para luego aplicar el art 106 y poder determinar el A. COMPUTABLE, se utiliza el monto del activo en moneda homogenea o del activo ajustado por inflación ? gracias
Siempre tomas el balance cerrado y legalizado, si, es el ajustado x inflacion.
@@andreagloviar6642 consulto, el activo de cierre del año anterior que corresponde al balance cerrado y legalizado, es el ajustado por inflación contable o el que surgió del ajuste por inflación impositivo?
@@Sttallkker el activo del balance legalizado solo tiene el ajuste por inflacion contable si corresponde, el impositivo solo es para determinar el impuesto a las ganancias. Saludos!
La trampa del final es la alícuota verdad? Que seria del 25 % y no del 30?
Muy bueno