Entonces, ¿Los hechos jurídicos que son?; los actos y hechos jurídicos contienen voluntad, sin embargo los actos jurídicos se compone en 4 partes: elementos de existencia, elementos de validez, teoría de nulidades y elementos accidentales.
@@IsabelSosa , en doctrina tampoco existe el acto jurídico sin manifestación de voluntad, porque la doctrina del acto jurídico, define a la manifestación de voluntad como el mismo acto jurídico, en palabras más simples, para la doctrina del acto jurídico, la manifestación de voluntad es igual a acto jurídico, por lo cual si no hay manifestación tampoco hay acto jurídico, esto dentro de la doctrina ojo.
muchas gracias maestro
excelente, espero que el doctor siga haciendo videos
Super excelente
Conferencia
Muy bueno, hay mucho de que hablar sobre el profesor Anival Torres y su definición, gracias por la explicación.
Que buena explicación doctor!
Gracias.
Excelente explicación, se aprende mucho mediante el derecho comparado. Desde Guatemala.
yo lo vi gracias , su informacion a sido util para complementar mis conocimientos
Muy buena explicación!, muchas gracias.
gracias, me ayudó mucho.
Este profe es un monstruo del derecho pero se corta mucho el video por los comerciales y eso distrae
En Brasil, actualmente, se regula el negocio jurídico
Entonces, ¿Los hechos jurídicos que son?; los actos y hechos jurídicos contienen voluntad, sin embargo los actos jurídicos se compone en 4 partes: elementos de existencia, elementos de validez, teoría de nulidades y elementos accidentales.
No existe acto jurídico sin manifestación de voluntad, a lo que se refiere es al hecho jurídico voluntario sin manifestación de voluntad.
Exacto eso me pareció a mi también
de acuerdo, correspondiendo al 140 del CC. Sin embargo, en 09:40 lo aclara, ya que antes remarcó diciendo DOCTRINARIAMENTE.
@@IsabelSosa , en doctrina tampoco existe el acto jurídico sin manifestación de voluntad, porque la doctrina del acto jurídico, define a la manifestación de voluntad como el mismo acto jurídico, en palabras más simples, para la doctrina del acto jurídico, la manifestación de voluntad es igual a acto jurídico, por lo cual si no hay manifestación tampoco hay acto jurídico, esto dentro de la doctrina ojo.
Sin manifestación de voluntad es hecho jurídico. Lo cual generaría la realización de un acto jurídico.
Landeo, lo máximo
👏