Los entes de control: Procuraduría, Contraloría y Defensoría del Pueblo.

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  • เผยแพร่เมื่อ 20 ส.ค. 2018
  • Entes de control determinados en la Constitución Política de Colombia.

ความคิดเห็น • 75

  • @carolinacastro6049
    @carolinacastro6049 5 ปีที่แล้ว +7

    Que gesto tan amable y bondadoso, compartir esa información. Gracias!

  • @derlyfernandez6346
    @derlyfernandez6346 5 ปีที่แล้ว +3

    Muchas gracias por toda la información que suministran es muy clara.

  • @wilsonargote7379
    @wilsonargote7379 2 ปีที่แล้ว

    Amén.

  • @eliecergomez1772
    @eliecergomez1772 5 ปีที่แล้ว +2

    Gracias me gusta escuchar esos vídeos me ayudan mucho Dios te bendiga y puedas seguir brindando información

    • @LNJColombia
      @LNJColombia  5 ปีที่แล้ว

      Muy buenos días.
      Señor (a)
      ELIECER GÓMEZ
      En primer lugar muchas gracias por ser parte de La Nota Jurídica de Barrera Arias Abogados.
      Muchas gracias por tu comentario, estas palabras nos llenan de ánimo para seguir cada día más llevando contenidos de calidad y académicos a la familia que conformamos lo que hacemos La Nota Jurídica.
      Cordialmente, Barrera Arias Abogados - La Nota Jurídica.

  • @luisalbertopolopena2269
    @luisalbertopolopena2269 4 ปีที่แล้ว +1

    excelente, Dios te bendiga grandemente. Muchas gracias por tener la amabilidad y humildad para compartir estos temas

  • @josea.penap.5916
    @josea.penap.5916 3 ปีที่แล้ว +1

    Genial, muy claro y ordenado con un lenguaje técnico muy adecuado.

  • @ruthpoveda1246
    @ruthpoveda1246 2 ปีที่แล้ว

    Gracias

  • @nayelisguevara3373
    @nayelisguevara3373 ปีที่แล้ว

    en procurador delegado tambien intgerviene en los procesos ordinario laboral cuando hay una entidad publica de orden central vinculada en el proceso

  • @yesicaariasruiz1015
    @yesicaariasruiz1015 2 ปีที่แล้ว

    Excelente Explicación... Muy Bueno su aporte

  • @rlyehdate
    @rlyehdate 2 ปีที่แล้ว

    ¡Excelente vídeo! Me parece muy justa la constitucional sobre la elección del contralor... A 2022 ya ejerce y efectivamente, se hizo una prueba en la Universidad de Santander a la cual pujaron 200 académicos y solo pasaron 20 y ya se sorteará quién gane el puesto de Contralor General de la Nación durante 4 años el 3 de agosto de este mismo año. Me parece excelente este cambio pues incentiva más la meritocracia que algo tan simple como una terna elegida a dedo miado del Presidente. Veo también lógico un cambio similar para la elección del defensor del Pueblo, pues una triada elegida por el Presidente excluye la meritocracia de la ecuación, así como se facilita la corrupción al solo haber un ente que elige los candidatos... El puesto de procurador al menos se sortea entre un ente de la rama ejecutiva que es el Presidente y dos entes de la rama judicial que son la Corte Suprema y el Consejo de Estado, aunque no estaría nada mal que se sortease primero una prueba y de esa prueba solo pasasen 12 de los cuales solo 9 serían elegidos por los susodichos entes (es que amo ese filtro de la meritocracia).

  • @angk7083
    @angk7083 3 ปีที่แล้ว +1

    Exelente explicacion
    Muchas Gracias

  • @franciscoporras9326
    @franciscoporras9326 3 ปีที่แล้ว

    Mil gracias.

  • @leslysuarez3339
    @leslysuarez3339 3 ปีที่แล้ว

    Gracias, excelente información

  • @carlosmarioperezramirez8525
    @carlosmarioperezramirez8525 4 ปีที่แล้ว +1

    Gracias amigo no nos dejes

  • @kathleenh
    @kathleenh 5 ปีที่แล้ว +5

    Las procuradurías además de investigar las faltas disciplinarias, se encarga de vigilar la carrera de los servidores públicos así como también lo hacen la comisión nacional de servicio civil y las personerías.

    • @fernandozuniga8651
      @fernandozuniga8651 3 ปีที่แล้ว

      Agradezco me responda, quién escoge la universidad encargada del concurso de méritos para seleccionar la terna elegible a Contralor General de la República?

    • @kathleenh
      @kathleenh 3 ปีที่แล้ว

      Fernando Zúñiga LEY 1904 DE 2018
      (Junio 27)
      POR LA CUAL SE ESTABLECEN LAS REGLAS DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA PREVIA A LA ELECCIÓN DE CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA POR EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA.
      ELCONGRESO DE COLOMBIA
      DECRETA:
      ARTÍCULO 1. En virtud de lo establecido en los artículos 267 y 126 de la Constitución Política la elección del Contralor General de la República se hará por el Congreso en Pleno, por mayoría absoluta, en el primer mes de sus sesiones para un periodo igual al del Presidente de la República, de lista de elegibles conformada por convocatoria pública.
      ARTÍCULO 2. La Convocatoria Pública previa a la elección del Contralor General de la República por el Congreso de la República en pleno, deberá cumplir con los requisitos y procedimientos establecidos en · esta ley, que garanticen los principios de publicidad, transparencia, participación ciudadana, equidad de género y criterios de mérito para su selección.
      El Contralor no podrá ser reelegido, ni continuar en ejercicio de sus funciones al vencimiento del periodo. Ver más www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=87185

  • @diegobarco2247
    @diegobarco2247 5 ปีที่แล้ว +1

    Súper bueno para las convocatorias

  • @yessiyela7124
    @yessiyela7124 5 ปีที่แล้ว

    Me encantan esos vídeos.... son bastante productivos, felicitaciones

  • @shirleytatiananavarrosanch7995
    @shirleytatiananavarrosanch7995 3 ปีที่แล้ว

    La explicación es muy buena entendí todo. Gracias

  • @juliocesarroamoreno9412
    @juliocesarroamoreno9412 4 ปีที่แล้ว

    la corrupcion en gran parte se debe al desconocimiento por parte del ciudadano de las funciones, extructura y direccion que deben ejercer este tipo de instituciones del estado, gracias

  • @karimepaternina886
    @karimepaternina886 4 ปีที่แล้ว

    Buenas,yo pertenezco a un cabildo de cali inga.supuestamente nos dieron una remesa el cual nos hicieron firmar.la remesa fue indignante tanto asi que habia era mecato entre eso manis vencidos.hasta donde yo intuyo.Es que cuando a uno lo hacen firmar es para demostrar una ayuda.mi pregunta es como hago para saber que ayuda a recibido el cabildo o si el cabildo a recibido ayuda.ya que por este cambldo hemos tenido muchas sospechas pero nadie dice nada.pero en estos momentos tan terrible y tanta familias mal y nos salgan con ese supuesto mercado,es indignante ,frustante no es justo que con esta situación esteb abusando.Gracias

  • @amaliamagalivalladaresgarc4812
    @amaliamagalivalladaresgarc4812 2 ปีที่แล้ว

    este video me ayuda mucho en mi carrera su explicacion quedo clara

  • @fabiovanegas5260
    @fabiovanegas5260 2 ปีที่แล้ว

    También tiene los procesos disciplinarios de los profesores

  • @laurae7528
    @laurae7528 4 ปีที่แล้ว +3

    Buen día. Que diferencia hay entre la autoridad (decisiones) de la Procuráduria Y la de la Contraloría General de la Nación en los momentos en los cales una destituyó a un alcalde y la otra a un Gobernador .Me refiero al alcalde de Bogota y al gobernador del Departamento del Valle

  • @diegobarco2247
    @diegobarco2247 5 ปีที่แล้ว

    Que bien 👍

  • @jessicad.p.8604
    @jessicad.p.8604 5 ปีที่แล้ว

    Excelente explicacion

  • @josezuluaga6640
    @josezuluaga6640 5 ปีที่แล้ว

    Juan Diego, muchas gracias, fue de gran utilidad su explicación. éxitos.....
    quería pedirle el gran favor de compartir un audio-visual acerca del CAP 7 de la constitución "De la Fuerza publica" del Art 216....223. gracias de nuevo.

    • @LNJColombia
      @LNJColombia  5 ปีที่แล้ว

      Muy buenos días.
      Cordial saludo.
      Señor.
      JOSÉ ZULUAGA
      Muchas gracias por ser parte de La Nota Jurídica de Barrera Arias Abogados. Tus comentarios, dudas, sugerencias y felicitaciones son muy importantes para seguir construyendo este proyecto de comunidad académica virtual, en la cual todos aprendemos.
      El tema que nos propones será agendado en nuestro programa La Nota Jurídica para ser compartido con todos nuestros suscriptores.
      Muchas gracias nuevamente por ser parte de La Nota Jurídica de Barrera Arias Abogados.

  • @truekiller8717
    @truekiller8717 5 ปีที่แล้ว

    Debería subir una explicación del "Pretium Doloris"

  • @jallethhumbertoduartelugo9993
    @jallethhumbertoduartelugo9993 3 ปีที่แล้ว

    Excelente video, será posible que hable de la ley 1480 que habla de los derechos del consumidor, énfasis en el derecho a la comunicación

  • @omairaecheverri9442
    @omairaecheverri9442 3 ปีที่แล้ว

    Buenas noches me gustaría tiran una queja contra un proceso judicial contra los juzgados civil primero de bello sobre
    un desacato jurídico contra un detenido porque aceptaron los vencimientos de terminos y no quiere aceptarlos llevan un mes y no dan ninguna respuesta al abogado sobre la audiencia gracias por la respuesta q me den

  • @diegocollazosvargas6686
    @diegocollazosvargas6686 5 ปีที่แล้ว +3

    Buena explicacion y sintesis del tema.

  • @samuelcastellanosrivera4630
    @samuelcastellanosrivera4630 5 ปีที่แล้ว

    diferencias entre la procuraduria general de la nación y la defensoria del pueblo necesito este tema

    • @LNJColombia
      @LNJColombia  5 ปีที่แล้ว

      Muy buenos días.
      Cordial saludo.
      Señor.
      SAMUEL CASTELLANOS RIVERA
      Muchas gracias por ser parte de La Nota Jurídica de Barrera Arias Abogados. Tus comentarios, dudas, sugerencias y felicitaciones son muy importantes para seguir construyendo este proyecto de comunidad académica virtual, en la cual todos aprendemos.
      El tema que nos propones será agendado en nuestro programa La Nota Jurídica para ser compartido con todos nuestros suscriptores.
      Muchas gracias nuevamente por ser parte de La Nota Jurídica de Barrera Arias Abogados.

  • @cesarsanchez86
    @cesarsanchez86 5 ปีที่แล้ว +1

    Muy buena explicación, Dr. Puedo ante la Procuraduría presentar queja o denuncia por omisión de sus funciones a un abogado que actua como representante de victimas de un menor en un proceso penal y es funcionario de la Defensoría???

  • @AlfonsoJaramilloalf13
    @AlfonsoJaramilloalf13 3 ปีที่แล้ว

    Muy bien, gracias por esa información. Me quedo muy claro.
    Pregunta cuando las empresas de servicios públicos como la chec, abusan de los usuarios con un servicio pésimo y abusivo,donde yo como usuario puedo poner la queja o hacer la demanda por abuso del servicio?

  • @jonathanjohnsontrujiiloman8922
    @jonathanjohnsontrujiiloman8922 4 ปีที่แล้ว

    Hola Hola Juan Diego buenas noches. Una pregunta.. Qué relación existe entre la Contraloría y los demás entes del estado?. Es decir, entre la procuraduría, la Fiscalía y la defensoría del pueblo?..espero pronta respuesta gracias.

  • @XxPiipeflowxX
    @XxPiipeflowxX 5 ปีที่แล้ว +2

    Hola, muchas gracias. Me queda una duda, cual es la diferencia de la procuraduria y la corte suprema en este ejemplo, si un ministro o congresista realiza un crimen, va a la corte suprema o lo juzga la procuraduria? o precisamente la diferencia es que la procuraduria solo investiga y destituye pero no judicializa?

    • @LNJColombia
      @LNJColombia  5 ปีที่แล้ว +6

      Muy buenos días.
      Cordial saludo.
      SHADYKUR
      Muchas gracias por ser parte de La Nota Jurídica de Barrera Arias Abogados.
      En cuanto a su inquietud sobre las competencias de la Corte Suprema de Justicia y la Procuraduría General de la Nación, a continuación hacemos un recuento de que compete a cada una de estas instituciones.
      CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. (Artículo 235 Constitución Política)
      Artículo 235. Son atribuciones de la Corte Suprema de Justicia:
      3. Investigar y juzgar a los miembros del Congreso.
      4. Juzgar, previa acusación del Fiscal General de la Nación, del Vicefiscal General de la Nación o de sus delegados de la unidad de fiscalías ante la Corte Suprema de Justicia, al Vicepresidente de la República, a los Ministros del Despacho, al Procurador General, al Defensor del Pueblo, a los Agentes del Ministerio Público ante la Corte, ante el Consejo de Estado y ante los Tribunales; a los Directores de los Departamentos Administrativos, al Contralor General de la República, a los Embajadores y jefe de misión diplomática o consular, a los Gobernadores, a los Magistrados de Tribunales y a los Generales y Almirantes de la Fuerza Pública, por los hechos punibles que se les imputen.
      PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
      Artículo 277. El Procurador General de la Nación, por sí o por medio de sus delegados y agentes, tendrá las siguientes funciones:
      6. Ejercer vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñen funciones públicas, inclusive las de elección popular; ejercer preferentemente el poder disciplinario; adelantar las investigaciones correspondientes, e imponer las respectivas sanciones conforme a la ley.
      Lo anterior, permite aclarar que la competencia de la Corte Suprema de Justicia es en materia penal mientras la de la Procuraduría General de la Nación es en materia disciplinaria.
      Muchas gracias por estar conectado con La Nota Jurídica de Barrera Arias.

    • @XxPiipeflowxX
      @XxPiipeflowxX 5 ปีที่แล้ว +1

      @@LNJColombia brutal. Gracias!

  • @meugeniagiraldo
    @meugeniagiraldo 3 ปีที่แล้ว

    Por favor yo a quién me dirijo. En el sistema aparece una casa que no existe, a nombre mío, llevo 21 años solicitando al municipio que me arregle eso porque igual está generando impuesto pero los servidores públicos me enrredan cada vez que avanza el caso y vuelven a enviarlo al principio sin solución alguna. Debe ser porque esto le genera gastos al municipio.

  • @edgarantoniorodriguezlandazava
    @edgarantoniorodriguezlandazava 4 ปีที่แล้ว

    bns noches , quiero formular el siguiente interrogante, es posible en calidad de contralor proferir un acto administrativo (resolución) mediante la cual este (contralor) asuma la función que realiza el gerente regional de la controlaría general de la república en un departamento.

  • @ruthpoveda1246
    @ruthpoveda1246 2 ปีที่แล้ว

    No entiendo, favor
    Solicitó, cita para declarar.?

  • @vanessarodriguezayala5581
    @vanessarodriguezayala5581 5 ปีที่แล้ว +2

    Tengo una duda conforme a una situación, que es la siguiente:
    En un caso de despido por ser homosexual, ¿a qué "entidad" municipal debería recurrir una persona? ¿A la defensoría del pueblo o a la personería?

    • @LNJColombia
      @LNJColombia  5 ปีที่แล้ว

      Muy buenos días.
      Señor (a)
      VANESSA RODRÍGUEZ AYALA / AAURORABCK.
      En primer lugar muchas gracias por ser parte de La Nota Jurídica de Barrera Arias Abogados.
      Puede dirigirse a cualquiera de las dos que mencionas o a la oficina del Ministerio del Trabajo más cercana a tu municipio.
      Cordialmente, Barrera Arias Abogados - La Nota Jurídica.

  • @carlosmariodiazjusayu4833
    @carlosmariodiazjusayu4833 5 ปีที่แล้ว

    Muy buena explicación gracias por la información . Pero tengo una duda a que ente pertenece la auditoría? Les agradezco su pronta respuesta 😁😁

    • @rlyehdate
      @rlyehdate 2 ปีที่แล้ว

      La auditoría pertenece a la procuraduría. Es un ente de intervención y vigilancia fiscal.

  • @leidycarolinamartinez271
    @leidycarolinamartinez271 5 ปีที่แล้ว

    Una pregunta profe: si existe 3 ramas ( la ejecutiva; legislativa y judicial). Y en cada una de ellas existe un presidente; si vivimos en un Estado Social de Derecho. ( En Derecho). Por qué no se permite elegir Democráticamente ( sufragio). A los tres presidentes si son los tres presidentes que interlazadamente gobiernan crean, desarrollan política y normativa mente el país??
    No sé si haga comprender mi pregunta. Pero le agradecería mucho que me ayudara a solucionar esa inquietud. Y muchas gracias.

    • @LNJColombia
      @LNJColombia  5 ปีที่แล้ว +3

      Muy buenos días.
      Cordial saludo.
      Señor.
      ANYGAMER MARTÍNEZ MARTÍNEZ
      Muchas gracias por ser parte de La Nota Jurídica de Barrera Arias Abogados. Tus comentarios, dudas, sugerencias y felicitaciones son muy importantes para seguir construyendo este proyecto de comunidad académica virtual, en la cual todos aprendemos.
      Se debe entender que en el sistema democrático no significa que todos los cargos públicos del Estado se encuentren determinados o elegidos por medio del Sufragio Universal o voto. En nuestras democracias el Presidente (rama ejecutiva) y el Congreso (rama legislativa) se encuentran sometidas al principio democrático, por lo que sólo podrá ser presidente o congresista quien obtenga los votos necesarios para su elección; aun siendo así el sistema constitucional determina una competencias determinadas para cada una de estas dos ramas con la finalidad de que ninguna sobrepase la otra y así establecer un equilibrio entre ambos poderes. En cuanto la rama judicial, estos cargos son dispuestos u ocupados de otra manera y no se rigen por el principio democrático sino por el principio de idoneidas de los jueces de la república; a diferencia de las otras ramas la rama judicial requiere unos requisitos de conocimiento para ejercer la labor de juez por lo que no puede ser cualquier persona la que acceda a estos cargos sino aquellas que por medio de sus conocimientos y cumplimiento de requisitos establecidos en la norma pueda ocuparlos. Los jueces no pueden ser elegidos además por vía democrática porque estos no se encuentran en función de sus funciones en cumplimiento de un plan de gobierno por el cual fueron elegidos, sino que son guardas de la Constitución y la ley, por tanto si estos fueran elegidos deberían de dar un tratamiento especial a quienes fueron sus electores pero como su obligación es la observancia de la norma constitucional y legal están aislados de este carácter democrático para cumplir sus deberes.
      Muchas gracias nuevamente por ser parte de La Nota Jurídica de Barrera Arias Abogados.

    • @jpablobuitrago9289
      @jpablobuitrago9289 3 ปีที่แล้ว

      @@LNJColombia Muy clara la explicación. Gracias

  • @yolandasalazar1498
    @yolandasalazar1498 5 ปีที่แล้ว +2

    Entonces en este país, la contraloria no ha servido, porque hay muchos corruptos sin vergüenzas!!!!! Y la procuraduría es una alcahueta???, porque tanta corrupción y la ética se está acabando???

    • @edisonguerrero9145
      @edisonguerrero9145 5 ปีที่แล้ว

      yolanda porque ahora todo es el dios plata, politiquería, corrupcion significa putrefaccion desde adentro y piramidal, lo mas preocupante es que no va a ser mejor y que nosotros mismos le entregamos nuestra autonomia como personas a "los lideres", es decir que nosotros mismos somos responsables, masoquistas, mediocres y en alguna medida tambien somos corruptos en nuestros propios actos.

    • @yolandasalazar1498
      @yolandasalazar1498 5 ปีที่แล้ว +1

      @@edisonguerrero9145 Las instituciones se crearon para el control, pero en muchísimas ocaciones son administradas por gente que aparenta ser buena, honesta, pero son corruptos, tienes razón son las personas, y la sociedad corrupta mediocre que los lleva allí. Hay que educar a los hijos para que sean hombre y mujeres que mejoren este mundo, no ser permisivos, sin atropellarlos, respeto ante todo y buen ejemplo.

    • @edisonguerrero9145
      @edisonguerrero9145 5 ปีที่แล้ว

      SI yolanda pero desafortunadamente este es un cancer terminal globalizado, la sociedad se encamina hacia una "solucion final" al mejor estilo de hitler en la alemania nazi, hacia alla va el curso.....la historia ya lo ha enseñado...

    • @antoniabonilla6909
      @antoniabonilla6909 4 ปีที่แล้ว

      Como hago para averiguar lo de doña juana adonde me dirijo mi esposo fue propietario yo lleve papeles y nunca me dieron respuesta

  • @hectoremirogonzalezgarcia2928
    @hectoremirogonzalezgarcia2928 3 ปีที่แล้ว

    quien sabeAnte quien se puede demandar los guardas de tránsito si la secretaria de movilidad de mi ciudad no sirve para nada

  • @cayrlosmutis1364
    @cayrlosmutis1364 5 ปีที่แล้ว

    Buenas noches, quisiera que me colaboren con una consulta? yo trabajo en un hospital como auxiliar administrativo contratado por un operador externo o mediante tercerización, deseo aspirar al concejo municipal y quisiera tener claro hasta que tiempo puedo seguir trabajando en dicha institución teniendo en cuenta que las elecciones son el 27 de octubre de 2019, para no tener ningún a clase de incompatibilidad para posesión en un eventual triunfo?? agradezco si me colaboran con la respuesta..

    • @LNJColombia
      @LNJColombia  5 ปีที่แล้ว

      Muy buenos días.
      Cordial saludo.
      Señor(a).
      CAyRLOS MUTIS
      Muchas gracias por ser parte de La Nota Jurídica de Barrera Arias Abogados. Tus comentarios, dudas, sugerencias y felicitaciones son muy importantes para seguir construyendo este proyecto de comunidad académica virtual, en la cual todos aprendemos.
      Para tener conocimiento del calendario electoral te invitamos a consultar la resolución 14778 de octubre de 2018 de la Registraduría Nacional del Estado Civil, la cual se resume así:
      28 de octubre de 2018: Inicia la inscripción de cédulas para votar, por cambio de lugar de domicilio o residencia.
      27 de abril de 2019: Fecha límite para ubicar mesas de votación en los corregimientos creados hasta la fecha.
      27 de junio de 2019: Vence término para el registro de los comités de grupos significativos de ciudadanos, movimientos sociales y de comités independientes promotores del voto en blanco.
      27 de junio de 2019: Inicia el periodo de inscripción de candidatos y listas.
      27 de julio de 2019: Inicia la publicación del censo electoral y vence el plazo para que los comandantes de las Fuerzas Armadas remitan el listado de cédulas de los miembros de las distintas armas, que se deben excluir del censo electoral.
      - Ese mismo día vencerá la inscripción de candidatos y listas.
      29 de julio de 2019: Solicitud de listas de las personas que pueden prestar el servicio de jurados de votación a las entidades públicas, privadas, directorios políticos y establecimientos educativos.
      31 de julio de 2019: Los registradores, de acuerdo con el alcalde, establecerán mediante resolución, los lugares en donde se instalarán las mesas de votación.
      - Inicia la propaganda electoral a través de los medios de comunicación.
      2 de agosto de 2019: Vence modificación de candidatos por renuncia o no aceptación
      - Los delegados del Registrador del Estado y registradores distritales deben reportar los candidatos inscritos.
      4 de agosto de 2019: Publicación de listado de candidatos inscritos, en lugar visible de sus dependencias y en la página de internet.
      - La Registraduría remite a los organismos competentes la relación de candidatos cuyas inscripciones fueron aceptadas para certificar sobre causales de inhabilidad.
      27 de agosto de 2019: Cierre de inscripción de ciudadanos.
      - Se inician los espacios gratuitos en los medios de comunicación que hacen uso del espectro electromagnético.
      13 de septiembre de 2019: Conformación de listas de delegados del Consejo Nacional Electoral.
      27 de septiembre de 2019: Revocatoria de la inscripción por causas constitucionales o legales, inhabilidad sobreviniente o evidenciada con posterioridad a la inscripción.
      4 de octubre de 2019: Selección de delegados del Consejo Nacional Electoral.
      11 de octubre de 2019: Designación de comisiones escrutadoras y claveros por los tribunales.
      12 de octubre de 2019: Fecha límite para la realización del sorteo y publicación de listas de jurados de votación.
      16 de octubre de 2019: En caso de muerte o incapacidad física, podrán inscribirse nuevos candidatos.
      25 de octubre de 2019: Listado de testigos electorales.
      - inmunidad de los miembros de las comisiones escrutadoras, sus secretarios y claveros.
      - Finalizan los espacios gratuitos en los medios de comunicación que hacen uso del espectro electromagnético, para los partidos y movimientos políticos.
      26 de octubre de 2019: Iniciará la ley seca a las 6 de la tarde.
      27 de octubre de 2019: Día de la elección.
      - Las comisiones escrutadoras deberán estar en la sede del escrutinio.
      - Inicio de los escrutinios distritales, municipales y auxiliares.
      - Finaliza la ley seca.
      Para determinar si estas en alguna causal de inhabilidad para ser elegido concejal debes determinar si estas en de las descritas en la Ley 617 de 2000 modificatoria de la Ley 136 de 1994 en su artículo 43 que indica:
      Inhabilidades: No podrá ser inscrito como candidato ni elegido concejal municipal o distrital:
      1. Quien haya sido condenado por sentencia judicial, a pena privativa de la libertad, excepto por delitos políticos o culposos; o haya perdido la investidura de congresista o, a partir de la vigencia de la presente ley, la de diputado o concejal; o excluido del ejercicio de una profesión; o se encuentre en interdicción para el ejercicio de funciones públicas.
      2. Quien dentro de los doce (12) meses anteriores a la fecha de la elección haya ejercido como empleado público, jurisdicción o autoridad política, civil, administrativa o militar, en el respectivo municipio o distrito, o quien como empleado público del orden nacional, departamental o municipal, haya intervenido como ordenador de gasto en la ejecución de recursos de inversión o celebración de contratos, que deban ejecutarse o cumplirse en el respectivo municipio o distrito.
      3. Quien dentro del año anterior a la elección haya intervenido en la gestión de negocios ante entidades públicas del nivel municipal o distrital o en la celebración de contratos con entidades públicas de cualquier nivel en interés propio o de terceros, siempre que los contratos deban ejecutarse o cumplirse en el respectivo municipio o distrito. Así mismo, quien dentro del año anterior haya sido representante legal de entidades que administren tributos, tasas o contribuciones, o de las entidades que presten servicios públicos domiciliarios o de seguridad social en el régimen subsidiado en el respectivo municipio o distrito.
      4. Quien tenga vínculo por matrimonio, o unión permanente, o de parentesco en segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil, con funcionarios que dentro de los doce (12) meses anteriores a la elección hayan ejercido autoridad civil, política, administrativa o militar en el respectivo municipio o distrito; o con quienes dentro del mismo lapso hayan sido representantes legales de entidades que administren tributos, tasas o contribuciones, o de las entidades que presten servicios públicos domiciliarios o de seguridad social en el régimen subsidiado en el respectivo municipio o distrito. Así mismo, quien esté vinculado entre sí por matrimonio o unión permanente o parentesco dentro del segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil, y se inscriba por el mismo partido o movimiento político para elección de cargos o de corporaciones públicas que deban realizarse en el mismo municipio o distrito en la misma fecha."
      Muchas gracias nuevamente por ser parte de La Nota Jurídica de Barrera Arias Abogados.

    • @cayrlosmutis1364
      @cayrlosmutis1364 5 ปีที่แล้ว

      @@LNJColombia Cordial saludo, agradezco esa información pero ya la tenia, lo que solicite como tal fue un concepto propio de LA NOTA JURÍDICA, porque al parecer no hay problema pero en mí caso trabajo en una entidad pública pero al estar tercerizado tiene el riesgo que siga siendo interpretado como empleo público? en caso que no haya ningún problema me gustaría saber hasta que fecha seria prudente mantener el empleo teniendo en cuenta que yo trabajo en atención al usuario..?? Agradezco la colaboración..

  • @andreyssongomez
    @andreyssongomez 4 ปีที่แล้ว

    y la auditoria general de la nación?

  • @rentabasicauniversal9925
    @rentabasicauniversal9925 4 ปีที่แล้ว

    Que posibilidad existe de que estos tres entes se fusionen en uno sólo.

  • @johanrodas1084
    @johanrodas1084 5 ปีที่แล้ว

    no entendí muy bien la función de intervención de la procuraduría

    • @LNJColombia
      @LNJColombia  5 ปีที่แล้ว +1

      Muy buenos días.
      Señor.
      JOHAN RODAS.
      Muchas gracias por ser parte de La Nota Jurídica de Barrera Arias Abogados. Tus comentarios, dudas, sugerencias y felicitaciones son muy importantes para seguir construyendo este proyecto de comunidad académica virtual, en la cual todos aprendemos.
      En su calidad de sujeto procesal la Procuraduría General de la Nación interviene ante las jurisdicciones Contencioso Administrativa, Constitucional y ante las diferentes instancias de las jurisdicciones penal, penal militar, civil, ambiental y agraria, de familia, laboral, ante el Consejo Superior de la Judicatura y las autoridades administrativas y de policía. Su facultad de intervención no es facultativa sino imperativa y se desarrolla de forma selectiva cuando el Procurador General de la Nación lo considere necesario y cobra trascendencia siempre que se desarrolle en defensa de los derechos y las garantías fundamentales.
      Cordialmente,

  • @juliancamilo6313
    @juliancamilo6313 2 ปีที่แล้ว

    Me gustaria saber cuando a un adulto mayor le merman el subcidio que les da el gobierno es normal o es demandable sabiendo que ellos cuentan con ese sustento para mitigar la pobresa absoluta

  • @emanuelvillarealmoreno9853
    @emanuelvillarealmoreno9853 3 ปีที่แล้ว

    aqui los que vinieron por quintana

  • @juliansalazar1253
    @juliansalazar1253 2 ปีที่แล้ว

    Para que entra de control si este país es el más corrupto del mundo... Entonces para que sirven...

  • @marlenedaza7066
    @marlenedaza7066 11 หลายเดือนก่อน

    😂