DERECHO PROCESAL AGRARIO. UNIDAD 1
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- เผยแพร่เมื่อ 26 ม.ค. 2014
- Asignatura: Derecho Procesal Agrario, unidad 1
Tema: Artículo 27 constitucional
Facilitador: René Marneau Villavicencio
Licenciatura en Derecho, Modalidades Semiescolarizada y a Distancia
Facultad de Derecho y Ciencias Sociales
Benemérita Universidad Autónoma de Puebla
Uno de los majores abogados en agrario de puebla, el cual tengo el gran honor de conocer!
Buenísimo encontrar clases en línea de este tipo y con una explicación tan clara y amena.
Felicito este maestro porque hace muy amena la clase y muy entendible
excelente clase !!! gracias lic. Rene me despejo muchas duda,,saludos desde Tijuana B.C.
que buena informacion gracias a los que hacen posible esto
Excelente cobtenido, de mucha ayuda.
Gracias de verdad por sus explicaciones
Excelente clase es genial este catedrático
mil gracias
Falto explicar la diferencia entre un bien comunal y un ejido en todo lo demás fue una excelente ponencia , me ayuda a complementar mis conocimientos :) Saludos desde Toluca, Estado de México
Atentamente: Un estudiante de la Licenciatura en Derecho de la Universidad Autónoma del Estado de México
Ivan Velazquez cuál es la diferencia
Este ya es procesal agrario en sus clases de agrario lo explica busca los videos
buen profesor
Profesor, en el caso de Milpa Alta, entiendo lo de la sesión de derechos, entiendo lo del desdoblamiento natural, pero no me queda muy claro el papel jurídico que juegan las representaciones comunales. Específicamente no se hasta donde puede intervenir la administración publica antes de entrar en el terreno de la representacion comunal.
Saludos.
Muchas gracias por su valiosa información, es un gusto aprender de personas tan preparadas en el tema agrario!
Recomienden algunos libros sobre derecho agrario
Un numero telefono para comunicarme con usted.
Muy buen profesor como se llama?? descubri que es la BUAP por los letreros de prohibido comer en el salon.
VIVA LA BENEMERITA
René Marneau Villavicencio
famosisisimo, siempre escuche de el pero nunca tuve el honor.
tengo una duda lic. estoy en la lista de susecion somos tres personas y yo estoy en el segundo lugar ,como puedo hacer para que me den mi parte de terrenos ya que mi hermano esta negativo en repartirla
cuando se trata de ejidos solo puede ser dueño 1 solo así que el que este en primer lugar en la lista de sucesión se queda con todas las hectáreas de la parcela
Tengo una pregunta?quien tiene derecho apareces en lista de herederos o el comprador
@@adandelgado4551 el que hereda es aquel que es nombrado por el titular de los certificados agrarios mediante lista de sucesores registrada debidamente en el RAN y sólo hereda el primero en la lista para que a partir de la muerte del titular se realicé el cambio de titular en el órgano administrativo Ran y si no existe lista de sucesores es mediante juicio sucesorio
@@adandelgado4551 de hecho puedes encontrar información en el artículo 18 de la ley agraria, ahí se establece el orden de preferencia
Soy de quinto de primaria y me estan enseñando esto ,:v
No entiendo con qué fin se le enseñaría derecho agrario a un niño, pero ok.
@@hehkotor yo si lo enseñaría porque de esa manera la historia tiene una utilidad real y para que la gente no se deje engañar