Por la naturaleza de la empresa se compra combustible y repuestos continuamente, las compras no superan los 50.000 pero por su “similitud y temporalidad” según la RND 1024-21 art. 5 parágrafo III sí pueden alcanzar ese monto. ¿Debo bancarizar esas compras?
Para entidad pública, los reportes del SIGEP no ayudan para optimizar la información tributaria, ¿será como Impuestos nacionales pueden gestionar un módulo en SIGEP por favor?
@HenryGT, bienvenida al servicio de mensajería: Gracias por contactarse con nosotros, con respecto a su consulta se encontrara habilitado a la siguiente semana el reporte auxiliar de bancarización, la información que usted acaba de recibir no tiene carácter vinculante, para fines legales.
Por la naturaleza de la empresa se compra combustible y repuestos continuamente, las compras no superan los 50.000 pero por su “similitud y temporalidad” según la RND 1024-21 art. 5 parágrafo III sí pueden alcanzar ese monto. ¿Debo bancarizar esas compras?
tengo la misma duda o solo si se tiene un contrato
Para entidad pública, los reportes del SIGEP no ayudan para optimizar la información tributaria, ¿será como Impuestos nacionales pueden gestionar un módulo en SIGEP por favor?
Es necesario llenar la parte del control de contratos?... la RND no dice nada al respecto.
Qué pasa con las facturas emitidas a una entidad pública que, como ya es de costumbre, no nos pagan en varios meses?... cómo bancarizo esa factura'
NO ESTA HABILITADO EN EL SIAT EL INGRESO AL REGISTRO AUXILIAR DE BANCARIZACION
@HenryGT, bienvenida al servicio de mensajería:
Gracias por contactarse con nosotros, con respecto a su consulta se encontrara habilitado a la siguiente semana el reporte auxiliar de bancarización, la información que usted acaba de recibir no tiene carácter vinculante, para fines legales.
y al final como siempre 7 dias antes empezara a saturarce su sistema. y la nota recien van a estar revisando dias despues de su vencimiento
claro es facil decir llenen