🔥¿QUÉ ES RESICO PERSONA FÍSICA?🔥 CURSO #1
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- เผยแพร่เมื่อ 14 ต.ค. 2024
- Respondiendo dudas👀 RESICO Persona Físicas🔥
**CONTADOR PÚBLICO RICARDO SÁNCHEZ
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#contafiscalasesorias
SAT: www.sat.gob.mx...
CURSO #1 RESICOPERSONAS FÍSICAS
PARTE 1
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Mi estimado contador, te quiero felicitar ampliamente por tu labor altruista, por ese desgaste de tiempo y esfuerzo que haces a favor de todos los que no nos hemos metido mucho en la investigación. Te animo a que continúes en esta labor. Seguramente no te vamos a olvidar nunca. Un abrazo a la distancia.
Buenas amiguin, gracias por ver el contenido, lo hago con todo gusto esperando les sea de utilidad.
Felicidades contador, todo muy entendible y con ese gran humor que lo caracteriza... Cuíde mucho de su salud, se le estima. Saludos desde Tuxtla Gutiérrez Chiapas.
Conta!! Buenas tardes! :)
Terminé el curso de plataformas y ahora vamos a empezar RESICO!
Muchísimas gracias por el contenido y tus conocimientos en la materia
Saludos desde el poderosisisimo Edomex jsjs
@@27polloloco te mando un fuerte abrazo amiguin
Gracias por compartir contador, comentarios muy claros y atinados. Bendiciones para usted y gracias por contribuir a un México mejor ❤
Saludos desde Patzcuaro , Michoacan
Buenas tardes, apenas tuve la oportunidad de ver el video y ls verdad es que es de gran ayuda para un mejor entendimiento y comprensión en esto del RESICO, muchas gracias contador y pues a donar como dice.
Gracias a ustedes por comprender el mensaje.
Hola contador, este comentario solo es para agradecerle! Soy estudiante de contabilidad y le agradezco mucho el dar los cursos gratuitos que me están ayudando mucho! Claro que también hasta donde esté en mi poder devolveré la buena acción 🙏🏼
Estaría bastante interesante una colaboración con el canal de Contador Contado hablando de cualquier tema fiscal, los 2 explican de una forma mas sencilla estos temas.
La verdad que contador contado, es muy lucroso y molesta la forma en que se vende y distribuye su información, 2 polos totalmente opuestos, gracias contá por todos sus aportes.
Martín sarabia
De atlixco puebla
Gracias por compartir y por tu manera de pensar en cuanto a la donación, cuando tú das, recibes más .
Gracias por compartir tus conocimientos, me ha servido de mucho ir aprendiendo igualmente soy contador y con tus videos me he podido desarrollar más profesionalmente
A la orden amiguin, gracias por seguir mis redes, recuerda que todos los viernes a las 2:00 pm hacemos lives en TH-cam para actualizarnos en materia fiscal juntos.
saludos.
que lastima que no lo vi a tiempo y me lo perdí, muy buenos videos
Se quedará guardado amiguin, todos los viernes a las 2pm hacemos live
Buenas tardes, conta estaba en RIF y me cambie a RESICO pero ya habia realizado las primeras dos declaraciones bimestrales del 2024 en el RIF. Me dijeron que tenia que darlas de baja y acreditarlas en el RESICO. mi pregunta es como puedo acreditar esos pagos que se realizaron ya que esatas son bimestrales y las de resico son mensuales... Me podria ayudar en como relaizarlo..... Gracias ...
Excelente curso😊
Muchas gracias amiguin.
Hola, es muy confuso la parte de cuando ya uno está en resico, hoy hable 5 veces al sat preguntando si puedo tener un ingreso mayor a 3.5 millones , poniendo el ejemplo de 2.6 millones en resico y 1 millón en sueldos y salarios e interés y me comentaron en las 5 ocasiones que si se puede, que los 3.5 millones son solo del resico, pero me queda. Mis dudas, uated que piensa contador debo hacer caso a esos orientadores del sat ?
Muchas felicidades por compartir parte de tus conocimientos y experiencia, de una manera amena y muy entendible
Buenas amiguit@, un gusto siempre poder apoyar.
Saludos.
Hola contador soy resico tengo un cliente moral, le facturé y en la factura VA la retención del 1.25 del ISR, el cliente dice que falta retención del IVA, le dije que en resico no se toca el IVA, me pide el soporte legal, qué hacer?
Gracias Conta.
Conta. Muchas gracias por el video. Consulta, ¿si soy empleado bajo Sueldos y salarios, y entro a RESICO, puedo dar servicios profesionales a la misma empresa para la que trabajo como empleado? No hay falla? Gracias.
Depende el tipo de prestación de servicios que se plasmó en las actividades de tu contrato laboral pero si podrías seguir siendo empleado más RESICO, siempre y cuando separes los tratamientos fiscales.
Si yo creo contenido en FaceBook y TH-cam en que actividad empresarial le pongo conta 🤔
Soy nuevo en esto.
Buenas amiguin te recomiendo el RESICO para ti que vas empezando, ademas que el pago de impuestos es menor y sobre la actividad hay una que se llama "creación de contenido a traves de internet".
Un saludo desde Tuxtla Gtz., Chiapas.
Saludos amiguin, gracias por ver el contenido.
Me dedico a vender uniformes afuera de una escuela, no es mucha la venta, me tengo que dar de alta?
Buenas amiguin, todos los ingresos que no provengan de la subordinación laboral se deben declarar bajo una actividad empresarial o profesional, desde el primer $1.00 que se recibe en terrirorio nacional.
suscrito
Gracias amiguin, saludos.
Cp. En enero 2024 no pude declarar resico por caducó certificado, tengo punto de venta, puedo en febrero facturar los ingresos de enero y febrero?
Si podrías, pero ese error podría ser motivo de expulsión recomiendo llevar un mejor control para que no vuelva a pasar
Hola una persona pensionado por viudez puede ser RESICO ? Si es afirmativo hay q llevar tmb control o no tiene obligaciones?
Si eres asalariado y resico, tengo abligacion de presentar declaración anual pir ambos regímenes?
Lo veremos este viernes en la 2da parte, la mayoría de los RESICO si al menos que seas sector primario y elijas las facilidades que veremos en el curso #4, y del asalariado depende si tuviste dos o más patrones simultáneamente, ganaste más de 400 mil, entre otros supuestos
Conta, si en 2023 estaba en plataforma tecnológicas, me puedo pasar a resico en 2024??
Saludos
Si "estabas" hablando ya en tiempo pasado y ya no recibes ingresos por ninguna de las plataformas tecnológicas (Uber, Didi, airbnb, etc.), entendiendo que ya te dedicas a otra cosa (que tengas una tienda, ofrezcas un servicio, etc) es posible. Pero si sigues recibiendo ingresos de las plataformas tecnológicas antes mencionadas, como lo dice el "conta" es un "régimen obligatorio" o sea que solo pueden tributar en ese régimen y no se pueden cambiar a otro régimen. El conta lo menciona como por el minuto 57.
Hola, es muy confuso la parte de cuando ya uno está en resico, hoy hable 5 veces al sat preguntando si puedo tener un ingreso mayor a 3.5 millones , poniendo el ejemplo de 2.6 millones en resico y 1 millón en sueldos y salarios e interés y me comentaron en las 5 ocasiones que si se puede, que los 3.5 millones son solo del resico, pero me queda. Mis dudas, uated que piensa contador debo hacer caso a esos orientadores del sat ?