Muchas gracias por el contenido que nos comparte es muy valiosa la información, seguire viendo la totalidad de sus videos y compartirlos, no se si haya subido contenido en relación a la forma de objetar las preguntas y los distintos argumentos juridicos para sustentar las objeciones.
Muchas gracias María por mirar nuestro contenido y regalarnos tu comentario. No tenemos como tal un vídeo sobre la objeción de preguntas, pero más adelante prepararemos uno con el contenido que sugieres. Muchas gracias y que tengas un excelente año
Hola Carlos, muchas gracias por mirar nuestro contenido y regalarnos tu comentario. El código nacional de procedimientos civiles y familiares no establece un número mínimo o máximo de preguntas, por lo que el abogado puede hacer las que considere necesarias siempre y cuando cumplan con los requisitos contenidos en la ley. Esperamos que está información te sea de utilidad, saludos.
Muchas gracias por el contenido que nos comparte es muy valiosa la información, seguire viendo la totalidad de sus videos y compartirlos, no se si haya subido contenido en relación a la forma de objetar las preguntas y los distintos argumentos juridicos para sustentar las objeciones.
Muchas gracias María por mirar nuestro contenido y regalarnos tu comentario. No tenemos como tal un vídeo sobre la objeción de preguntas, pero más adelante prepararemos uno con el contenido que sugieres. Muchas gracias y que tengas un excelente año
Cuantas preguntas pueden ser máximo ahí un límite? 🤔🤔
Hola Carlos, muchas gracias por mirar nuestro contenido y regalarnos tu comentario. El código nacional de procedimientos civiles y familiares no establece un número mínimo o máximo de preguntas, por lo que el abogado puede hacer las que considere necesarias siempre y cuando cumplan con los requisitos contenidos en la ley. Esperamos que está información te sea de utilidad, saludos.