Profesor, una pregunta. La valuación pericial se realiza en sede judicial o administrativa? Porque la ley habla de valuación realizada “por uno o más peritos que designe el juez de la inscripción”, lo que puede dar a entender que se trata del juez (judicial) de la jurisdicción donde la sociedad está inscripta. Muchas gracias
Profesor por favor una pregunta...cuando se comunica a la gerencia la intención de ceder cuotas por carta documento por ejemplo, la gerencia a su vez tiene q comunicar a cada socio por carta documento también? Y los socios para no esperar los 30 días, pueden notificar a la gerencia inmediatamente por carta documento q no ejercerán la preferencia? Y luego la gerencia tiene q comunicar al socio q ni la sociedad ni los socios ejercerán la preferencia por carta documento?
Es requisito esencial que se comunique aa la gerencia. La gerencia ws el órgano de administración y control. Conocido por la gerencia se tiene por conocido a sus socios
Una consulta si se tiene un porcentaje muy pequeño de una SRL que se heredó dicho heredero puede vender esas cuotapartes para salir de esa sociedad? O como se podria hacer para desvincularse de la empresa?
Muy buena clase...se equivoca cuando habla del instrumento se entiende q es una equivocación....el instrumento privado se certifica la firma no en el instrumento público q es una escritura publica
Muy buena explicación, muchas gracias. Me sirvió mucho
muchos cursantes en la unsj vemos sus videos, le agradezco y espero aprobar !!!
Muy buena explicación Dr. muchas gracias
Profe es un genio!!!!
Que buena su clase... Profe......
👏👏👏
Profesor, una pregunta. La valuación pericial se realiza en sede judicial o administrativa? Porque la ley habla de valuación realizada “por uno o más peritos que designe el juez de la inscripción”, lo que puede dar a entender que se trata del juez (judicial) de la jurisdicción donde la sociedad está inscripta. Muchas gracias
Profesor por favor una pregunta...cuando se comunica a la gerencia la intención de ceder cuotas por carta documento por ejemplo, la gerencia a su vez tiene q comunicar a cada socio por carta documento también? Y los socios para no esperar los 30 días, pueden notificar a la gerencia inmediatamente por carta documento q no ejercerán la preferencia? Y luego la gerencia tiene q comunicar al socio q ni la sociedad ni los socios ejercerán la preferencia por carta documento?
Es requisito esencial que se comunique aa la gerencia. La gerencia ws el órgano de administración y control. Conocido por la gerencia se tiene por conocido a sus socios
Convengamos que Ejerce la representación...
Una consulta si se tiene un porcentaje muy pequeño de una SRL que se heredó dicho heredero puede vender esas cuotapartes para salir de esa sociedad? O como se podria hacer para desvincularse de la empresa?
cesión de cuotas.
Muy buena clase...se equivoca cuando habla del instrumento se entiende q es una equivocación....el instrumento privado se certifica la firma no en el instrumento público q es una escritura publica
Así es, tal cual: fue un desliz. Por decir instrumento privado, dije instrumento público. Gracias por la observación que acepto con humildad.