Peeeerdooooonnn? El Ministrrio publico NO PUEDE DETERMINAR QUE SE COMETIÓ UN HECHO PROHIBIDO POR LA LEY PENAL, SINO ACTEDITAR QUE SE HA COMETIDO UN HECHO DETERMINADO QUE LA LEY SEÑALA COMO DELITO Y QUE EXISTE LA PROBABILIDAD QUE EL INDICIADO LO COMETIÓ O PARTICIPÓ EN SU COMISION.
Perdón pero apenas llevo 24 veinticuatro minutos oyendo esto y ya llevo 4 cuatro comentarios adversos, No creo aguantar los otros 50 cincuenta minutos restantes ni ustedes tener la paciencia para soportar estas críticas que les hace este humilde estudiante de derecho del Instituto Patrulla. Me marcho a otros lugares a donde no me permitan las críticas o censuras. ADIÓS.
ESTAMOS EN LA PEOR CRISIS DESDE HACE 100 AÑOS EN LA EDUCACION, PROQUE TIENEN VENDADOS A LAS PERSONAS, ESHORA DE TRABAJAR DE DESPERTAR LOS CEREBROS, PARA MEJORAR LA SALUD DE LAS PERSONAS. HIJITOS A TRABAJAR A TRABAJAR HIJITOS.
Peeerdoooonnnn? La Ley penal, por lo menos la de mi querido País, NO PROHÍBE LA COMISION DE HECHOS, SOLO SEÑALA CONSECUENCIAS JURIDICAS PUNIBLES DE UNA CONDUCTA TIPIFICADA COMO DELITO, NO ES COMO LOS MANDAMIENTOS DE DIOS: "*NO MATARÁS*"
enel caso de señor que supuestamente mato a otra persona, y despues de 12 años lo ve bailando, en teoria, se hubise parado, tomar un cuchillo o una pistola y matar a esa persona, puesto que una persona no puede ser juzgada dos veces por el mismo delito a la misma persona.
+Siegger Brandstifter no prescribe ya que la primera ya se dicto sentencia.. alomejor te confundes un poco con la prescripción de la acción penal saludos
Me imagino que da la respuesta en el libro que presenta , porque hasta donde sabemos, no se puede volver a imputar el homicidio de la misma persona cometida por la misma persona. Si se volviese a iniciar un nuevo proceso penal, sería ilógico culparlo por el doble homicidio de la misma persona. Máxime que él ya había cumplido con la pena con prisión por la comisión del delito, lo cual ya es una causa de extinción de la pena. El Dr. Díaz Aranda comenta que en su libro propone respuestas a este tipo de casos.
El Dr. Tiene un don para explicar el Derecho y transmitir conocimiento inigualable.
transmitir conocimiento de forma inigualable. Conectores lingüísticos okno jaja
Excelente entrevista al mejor doctor en derecho penal.. Una forma tan simple para definir a la teoría del caso!!
Dr maravillosa explicación, maravillosa felicidades más clara no se puede.
Es un genio de derecho penal. Mis respetos y admiración
Excelente explicación de la teoría del caso, saludos desde Panamá
Tal vez porque estás ob eres de Panamá no entendiste la entrevista, PERO ESTA MAL.
@@javierhernandez2288😊
Dr. Díaz, excelente ponencia.... saludos
Excelente penalistas del Derecho Penal Acusatorio. Enrique Díaz Aranda.
Muchas gracias por la ponencia
@@noraolgaoyolaochoadeespino1319 excelente? PS hasta que año de la escuela llegaste?
exelente ponente¡¡¡
Peeeerdooooonnn? El Ministrrio publico NO PUEDE DETERMINAR QUE SE COMETIÓ UN HECHO PROHIBIDO POR LA LEY PENAL, SINO ACTEDITAR QUE SE HA COMETIDO UN HECHO DETERMINADO QUE LA LEY SEÑALA COMO DELITO Y QUE EXISTE LA PROBABILIDAD QUE EL INDICIADO LO COMETIÓ O PARTICIPÓ EN SU COMISION.
Perdón pero apenas llevo 24 veinticuatro minutos oyendo esto y ya llevo 4 cuatro comentarios adversos, No creo aguantar los otros 50 cincuenta minutos restantes ni ustedes tener la paciencia para soportar estas críticas que les hace este humilde estudiante de derecho del Instituto Patrulla. Me marcho a otros lugares a donde no me permitan las críticas o censuras. ADIÓS.
Podrían aprovechar esos espacios para meter una cápsula de 30 segundos promoviendo cursos, libros o labor del inacipe
Pa qué? Si todos resultarian también tan chafas como esta entrevista
ESTAMOS EN LA PEOR CRISIS DESDE HACE 100 AÑOS EN LA EDUCACION, PROQUE TIENEN VENDADOS A LAS PERSONAS, ESHORA DE TRABAJAR DE DESPERTAR LOS CEREBROS, PARA MEJORAR LA SALUD DE LAS PERSONAS. HIJITOS A TRABAJAR A TRABAJAR HIJITOS.
excelentes juristas los de IIJ UNAM
Excelente .
Peeerdoooonnnn? La Ley penal, por lo menos la de mi querido País, NO PROHÍBE LA COMISION DE HECHOS, SOLO SEÑALA CONSECUENCIAS JURIDICAS PUNIBLES DE UNA CONDUCTA TIPIFICADA COMO DELITO, NO ES COMO LOS MANDAMIENTOS DE DIOS: "*NO MATARÁS*"
gran catedra, :)
La entrevistadora es ignorante del lenguaje jurídico, seguro que no es abogada, el Dr. Enrique Díaz es excelente conocedor de la materia.
jmr m por eso Le tienen que dar las Preguntas antes
Si es Lic. al final en los créditos aparece.
👌✨🧐✨👍
one too many doctor I thnik he had one too many.
enel caso de señor que supuestamente mato a otra persona, y despues de 12 años lo ve bailando, en teoria, se hubise parado, tomar un cuchillo o una pistola y matar a esa persona, puesto que una persona no puede ser juzgada dos veces por el mismo delito a la misma persona.
pero si prescribe ese delito por el tiempo aunque se realize otra vez se tomaría como uno nuevo no?
+Siegger Brandstifter no prescribe ya que la primera ya se dicto sentencia.. alomejor te confundes un poco con la prescripción de la acción penal saludos
Me imagino que da la respuesta en el libro que presenta , porque hasta donde sabemos, no se puede volver a imputar el homicidio de la misma persona cometida por la misma persona. Si se volviese a iniciar un nuevo proceso penal, sería ilógico culparlo por el doble homicidio de la misma persona. Máxime que él ya había cumplido con la pena con prisión por la comisión del delito, lo cual ya es una causa de extinción de la pena. El Dr. Díaz Aranda comenta que en su libro propone respuestas a este tipo de casos.
TOO BAD, HE DRINKS A LOT!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
Que horrible musica!!!!
Si, acorde a la entrevista. ¡¡¡FUE HORRIBLE, FUE HORRIBLE !!! "EL LONGE MOCO"
CALLE ME. BABYS.