Esta figura juridica de características importantes, nos vimos en la obligación de usarla en repetidas Ocasiones incluso sin tener claro que era, de gran ayuda su video profe, aprendi como invocarla de manera idónea.
Aquí podemos apreciar que la existencia de la urgencia manifiesta se da cuando la continuidad del servicio exige suministro de bienes o la prestación de servicios o la ejecución de obras en el inmediato futuro, cuando se presenten situaciones relacionadas con los estados de excepción, cuando se trate de conjurar situaciones excepcionales relacionadas con los hechos de calamidad o constitutivos de fuerza mayor o desastres que demanden actuaciones inmediatas y en general cuando se traten de situaciones que imposibiliten a acudir a los procedimientos de selección, de igual forma el video hace referencia a la importancia de que esta será declarada mediante acto administrativo motivado, y también nos indica sus características. Excelente explicación, muy útil el video.
Buenos días doctora Carolina este video me gustó mucho por que aborda detalladamente todo el tema de la urgencia manifiesta como no los dice el art 42 de la ley 80/93 Una de las características más imponentes en este acto es que debe ser declarado por un acto administrativo como no los dice el decreto 1082 de 2015 y deja una salvedad en una de las carteristas que es que no se realizan estudios previos su publicación en SECOP es importante para su control y así nos deja detalladamente cada una de las características para la correcta ejecución de este acto administrativo.
La urgencia manifiesta son las situaciones presentadas con los estados de excepción, es cuando el servicio requiere una atención inmediata y situaciones que imposibilite acudir a los procesos de contratación, se dictará mediante acto administrativo motivado, aunque algunas veces por la inmediatez de la necesidad el acto administrativo se realiza después para justificar la contratación. Para la declaratoria, ese acto administrativo, por ser una situación imprevista no requiere estudios previos, es un contrato consensual si todo lo jurídico se cumple, pero se recomienda que se perfeccione por escrito. El contrato tiene un valor según el estudio del sector. Esto puede llevar a que los funcionarios contraten con precios elevados incurriendo en malas conductas
Los temas explicados por la profe en cada video me ayudan a complementar lo visto en clase, Es un resumen super rápido, exacto e importante de la urgencia manifiesta y lo que se debe tener en cuenta para realizar un proceso de contratación.
La explicación que se brinda por parte del expositor es muy clara y de gran ayuda para poder entender de una forma sencilla la importancia que tiene este tema de la urgencia manifiesta, las formas en las cuales se puede solicitar los cuales se encuentran establecidos dentro de la constitución y están reconocidos por Colombia, y los elementos que deben darse y la forma de constituirla. es importante tener en cuenta que la forma de contratación bajo estas premisas es de gran observancia por la premura del tiempo.
Gracias profe por ser tan clara con este tema, es muy importante recalcar que la urgencia manifiesta aplica en situaciones como conmoción interior, guerra exterior, declaratoria de emergencia económica, ecológica y social, y que debe requerir aplicación en el futuro inmediato, porque estas situaciones imposibilidad acudir a la contratación directa.
Muchas gracias Dra carolina por tan puntual y objetiva explicación acerca de las causales que dan paso a la contratacción directa por ungencia manifiesta, muy claro al momento de xplicar que esta se declara a través de un acto administrativa motivado.
Gracias, Dra. Carolina, por la explicación tan clara sobre la urgencia manifiesta en la contratación estatal. Me quedó súper claro que esta figura, según la Ley 1150 de 2007, se aplica en casos excepcionales como guerra exterior, conmoción interior o emergencias sociales y económicas. Es un proceso rápido que no exige estudios previos completos, pero debe justificarse con un acto administrativo, ajustarse al valor del mercado y publicarse en el SECOP para garantizar transparencia. Es importante no abusar de esta herramienta, porque puede prestarse para actos de corrupción si no se hacen los controles adecuados. ¡Muy interesante y útil el video!
Gracias Doctora Carolina, la urgencia manifiesta debe ser declarado mediante acto administrativo motivado, los estudios previos, los costos del contrato se debe de realizar el estudio del sector la necesidad del contrato , el mercado la urgencia manifiesta con la explicación y los videos nos enseñan a comprender en qué casos prospera la urgencia manifiesta, evitando posibles errores en los contratos que por realizarlos en afán permiten muchas veces la corrupción por parte de los funcionarios públicos ,corriendo el riesgo de ser intervenidos por la contraloría general .Felicitaciones por tan buena explicación.
Gracias por la explicación y por compartir sus conocimientos con nosotros, explica los temas de manera muy detallada, no tenia mucho conocimiento sobre este tema...
Un método muy práctico ... Cuando se presentan situaciones excepcionales de fuerza mayor que demanden actuaciones inmediatas .. para respaldarse por medio de esta ley garante. Excelentes recomendaciones profe !! Excelente video !!! 👋👋👋👋👍
Muy pertinente y apropiada la explicación de este tema tan relevante en la época actual de pandemia y crisis que estamos atravesando. Gracias Dra. Carolina. Saludos desde Pasto - Nariño.
Saludo Dra Carolina. En el video sobre el uso de la causal de "urgencia manifiesta" para la contratación directa es muy informativo y útil. Los oradores explican de manera clara y detallada los fundamentos legales, los requisitos y el proceso de control posterior que se debe seguir. Es importante que se enfatice la necesidad de transparencia y de evitar contratos exorbitantes, así como el papel de los entes de control fiscal para investigar posibles irregularidades.
Este y los demás videos han sido de suma importancia para fortalecer mis conocimientos y lo visto en clase, un resumen rápido, preciso e importante de la urgencia manifiesta y lo que se debe tener en cuenta para realizar un proceso de contratación. Pues se dictará mediante acto administrativo motivado, aunque algunas veces por la inmediatez de la necesidad el acto administrativo se realiza después para justificar la contratación.
Paz y Bien. Muchas gracias dra Carolina por su dedicación y esmero en transmir sus conocimientos a traves de estos cortos capítulos. 1. La urgencia manifiesta establecida en el art. 2 #4 de la ley 1150/2007 en corcondancia con la ley 80 arts. 24 y 43. 2. Cabe redaltar que la urgencia manifiesta es una de las causales de contratación directa y que es precisamente en casos de estado de excepción donde se puede recurrir a esta modalidad. 3. El estado de excepción para recurrir a la contratación mediante la urgencia manifiesta debe declarse mediante un acto administrativo.
Es importante mencionar tal como lo explica la doctora Carolina, la urgencia manifiesta debe ser declarado mediante acto administrativo motivado, No es necesario la realización, aplicación el implementación de los estudios previos, el valor del contrato debe ser mediante un estudio del sector, para lograr una determinación del sector del mercado. Muchas gracias por tan clara explicación 🙏
Este video me ayudó a comprender mucho mejor la temática trabajada en clase y a complementar esas ideas que han sido desarrolladas a lo largo de la carrera cuando tratamos temas de contratación. ¡Muchas gracias profe!
Excelente video por medio de cual aprendí un poco más sobre la urgencia manifiesta y que esta se declara mediante acto administrativo motivado, gracias doctora por tan buena intervención.
Buenas Noches Profe Carolina! El vídeo aborda el concepto de "urgencia manifiesta" en el contexto de la ley 1150 del 2007 de una forma dinámica y muy bien explicada. me queda muy claro el tema de urgencia manifiesta resaltando los siguientes puntos: 1. La urgencia manifiesta permite la contratación directa en situaciones específicas, como estados de excepción y emergencias económicas, sociales y ecológicas. 2. Se requiere un acto administrativo para declarar la urgencia manifiesta y justificar la contratación directa, aunque no se necesitan estudios formales previos, aunque inicialmente el contrato puede ser consensual, debe ser formalizado por escrito y publicado en el sistema electrónico de contratación pública. 3. se lleva un cabo de control posterior para garantizar el uso adecuado de la provisión de urgencia manifiesta. Camilo Anaya Gómez. Estudiante Especialización C.E. UCC Montería.
Dra, en este video se logra evacuar con mucha claridad el tema de la urgencia manifiesta, la cual es una causal de contratación directa como lo dicta el artículo 2 #4 de la ley 1150 de 2007. De igual forma es muy importante lograr tener conocimiento de sus características, como lo son; que se requiere de un acto administrativo motivado para decorar la urgencia manifiesta, que no es necesario la realización de estudios previos, que puede ser un contrato consensual, aunque no sea lo más recomendable, entre otras. Sin duda alguna este video es muy informativo y educativo. Muchas gracias Dra por compartir sus conocimientos.
Excelente y completa explicación sobre la urgencia manifiesta, la cual se da por una situación de fuerza mayor, desastres, calamidades o hechos relacionados con los estados de excepción. Siendo necesario continuar con la prestación de un determinado servicio se acude a la urgencia manifiesta que es una causal que permite hacer contratación directa siguiendo los pasos explicados en el video para que la contratación se realice en forma correcta. Att Andrés Felipe Agreda Hernández
Exelente material educativo me perece muy interesante y conveniente a qué la urgencia manifiesta tenga regulación, ya que esto evita que estás situaciones de emergencia sean pretexto para malversación del dinero, me perece muy acertado el control del que habla el Articulo 43 de la ley 80 del 1993 , y el control que ejerce la contraloría en cada departamento y el contro de legalidad realizado a los actos administrativos con ocasión de emergencia económica social y ecológica
Del presente video aprendí que para los casos de contratación directa por urgencia manifiesta, a pesar de tratarse de una situación apremiante, siempre será necesario realizar un estudio del sector para determinar el valor del contrato, y que además existe un control posterior de la urgencia manifiesta, en el cual se realiza el seguimiento a los contratos celebrados en el marco de la urgencia manifiesta, lo cual permite que, incluso siendo facilitadores de la contratación sean sujetos a ese control que pretenda proteger los recursos públicos que estuvieron en juego. Por otro lado, aprendí que la urgencia manifiesta permite la celebración expedita de contratos y debido a las características de la situación no se hacen necesarios los estudios previos, gracias por la explicación.
La tematica es lo suficientemente amplia, dado que en cuanto a la urgencia manifiesta es crucial realizar un estudio del sector para determinar el valor del contrato en situaciones de urgencia, evitando posibles actos erroneos por parte de funcionarios públicos. El control posterior de la urgencia manifiesta implica seguimiento y monitoreo de contratos por la Contraloría General. en general excelente explicación.
Muchísimas gracias Dra Carolina, por ese gran trabajo que realiza a través de estos videos que de manera clara y precisa, nos dan a conocer lo referente a la Contratación Estatal. Muchas gracias a su editor por tan exelente calidad del video y sonido.
Es una explicación bastante clara y precisa. El tema presentado es fundamental, para poder conocer que a través de la urgencia manifiesta se puede adquirir una variedad de recursos en momentos críticos. Cabe resaltar que, es importante que la ejecución del mismo sea transparente y responsable, ello, con el fin de darle mayor seguridad a la urgencia.
La explicacion que se aborda sobre la causal de contratación directa por urgencia manifiesta. Su explicación sobre las circunstancias que justifican este tipo de contratación fue muy clara y precisa. Me pareció especialmente útil cómo desglosó los requisitos y la documentación necesaria para demostrar la urgencia, así como los límites y consideraciones éticas que deben tenerse en cuenta. Este tema es fundamental para garantizar que la contratación se realice de manera eficiente y transparente en situaciones críticas.
Conceptos bastante completos y comprensibles, me encanta la forma en la explica Dra. Carolina, en este video cabe resaltar la importancia de conocer cuando se aplica o usa la modalidad de contratación directa, referente a la causal de urgencia manifiesta, nos define el concepto, en los casos que aplica, la regulación normativa, cuando se declara la urgencia manifiesta y sus características.
Me pareció muy claro cómo describiste las características clave: la necesidad de un acto administrativo para justificar la contratación, la exención de estudios previos debido a la urgencia, y la importancia de no hacer contratos exorbitantes. También destacaste bien el proceso de control posterior, incluyendo la supervisión de la Contraloría y la revisión de actos administrativos por la jurisdicción contencioso administrativa. Gracias por esta explicación tan comprensible!
Dra. Carolina, el tema a tratar fue de gran ayuda y enriquecimiento, señalando en primer lugar que según la Ley 80 de 1993 en su artículo 42, se presenta la urgencia manifiesta cuando la continuidad del servicio exige el suministro de bienes o la prestación de servicios o la ejecución de obras en el inmediato futuro, además, es de mencionar que dentro de las características de la urgencia manifiesta se mencionan las siguientes: se declarará mediante acto administrativo motivado, no es necesario la realización de los estudios previos por tratarse de una circunstancia imprevista y apremiante, es necesario realizar un estudio del sector para determinar el valor del contrato, se debe publicar en el sistema electrónico de contratación pública SECOP el contrato por escrito y finalmente se debe realizar un control posterior a la urgencia manifiesta según Ley 80 de 1993, artículo 43, siendo el máximo órgano que ejerce el control fiscal la Contraloría General del respectivo departamento.
El análisis profundo sobre la contratación directa bajo el concepto de urgencia manifiesta, expuesto en este video, nos brinda una comprensión clara y detallada sobre un tema de vital importancia en la gestión pública. Como estudiante, reconozco la delicadeza y la relevancia de este asunto, especialmente en situaciones críticas como guerras exteriores, conmociones internas o emergencias sociales, ecológicas, sanitarias o económicas. Es crucial resaltar que, si bien la urgencia manifiesta otorga a las entidades estatales la capacidad de contratar de manera directa para hacer frente a las contingencias derivadas de la situación de emergencia, esto implica una gran responsabilidad en la gestión de los recursos públicos. La transparencia y la rigurosidad en el proceso son fundamentales, ya que está en juego el presupuesto nacional y de las entidades. El video destaca adecuadamente las características y los pasos a seguir en la contratación bajo urgencia manifiesta, desde la declaración mediante acto administrativo motivado hasta el control posterior de los contratos. Es esencial que se realicen estudios previos para determinar el valor del contrato y que se lleve a cabo un seguimiento y monitoreo riguroso por parte de entidades como la Contraloría General de la Nación y la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Agradezco sinceramente a la Dra. Carolina por proporcionar este valioso contenido, que no solo amplía nuestros conocimientos sobre la contratación estatal, sino que también nos sensibiliza sobre la importancia de la integridad y la eficiencia en la gestión pública, especialmente en momentos de crisis.
Muchas gracias Dra. Carolina por compartirnos este video en el que se muestra la primera causal, urgencia manifiesta, en la contratación directa. Además importante conocer el control inmediato de legalidad que tienen los actos administrativos emitidos en este estado de excepción y en este caso en el estado de emergencia económica, social y ecológica por el que hemos atravesado y muy chevere que invite personas especialistas en el tema. Muy buenos los dos videos...
Profe Caro muchas gracias por esta explicación de la urgencia manifiesta, la cual aplica en situaciones tales como guerra exterior, conmoción interior, declaratoria de emergencia económica, social y ecológica. Y esta se da cuando se requiere su aplicación en el inmediato futuro, donde sea imposible acudir a la contratación directa, es importante recalcar que debe ser mediante acto administrativo.
Es muy importante ya que es una explicación muy clara, su tema es fundamental para poder aprender que a través de la urgencia manifiesta se puede obtener una variedad de recursos en momentos críticos Esta tiene características su contrato puede ser con censual, cabe resaltar que es importante la ejecución del mismo sea transparente y responsable, con el fin de dar mayor seguridad a la urgencia
Punto importante a tener en cuenta dentro de los procesos contractuales, ya que es una modalidad que se usa mucho, muy buena explicación de las características de la urgencia, cuando y como debe hacerse, además de todos los aspectos generales a tener en cuenta. Muy completo el video, gracias Dra Carolina.
Excelente explicación! Queda muy claro que la ley 80 en sus art 42 y 43 establecen la definición y como se realiza los contratos en la Urgencia Manifiesta, además, que que la urgencia manifiesta debe declararse mediante acto administrativo motivado, por ultimo resaltar que en esta contratación no es necesario realizar estudios previos y es un contrato consensual pero lo recomendable es que cuando pase la emergencia perfeccionar el contrato de manera escrita.
Dra. Carolina, gracias por definir que es la urgencia manifiesta, el procedimiento para su declaratoria, sus principales características y como se celebran los contratos que se derivan de esta y la justificación de su necesidad, resaltando el control posterior a la urgencia manifiesta y sus momentos.
Todos los días son de gran aprendizaje y con este video doctora queda muy bien fundamentado entender que esta causal se debe interpretar en armonía entre la ley 80 y la ley 1150 y que claramente veremos que las entidades podrán usar este tipo de contratación cuando se declarasen los estados de excepción, que dichos contratos tienen un control posterior y queda muy claro de aunque se salten mucho de los requisitos por así decirlo de la contratación estatal en su momento se deben de ir llevando para que en su momento cuando sea revisado cumpla con toda esa estructura
El video es muy pertinente dado que extiende y refuerza el conocimiento del tipo de contratación pública llamada contratación directa , igualmente, los temas más destacados dentro del video son (I) que la urgencia manifiesta es una de las causales para la contratación directa, las cuales están en el artículo 2, numeral 4, de la ley 1150 de 2007 (II) asimismo, los artículos 42 y 43 de la ley 80 de 1993 establecen la definición de la urgencia manifiesta, el procedimiento para su declaratoria, entre otros; (II) además, se explican los tipos de los estados de excepción en los que se pueden decretar la urgencia manifiesta y por ende contratar de manera directa; (III) otro de los temas relevantes de el video son las razones por las cuales se pueden decretar la urgencia manifiesta, la cual se declara por medio de un Acto Administrativo; (VI) también, la docente aclara que este tipo de contrato se puede hacer, en principio, de manera consensual, aunque no es lo más recomendado; (V) por último, se aclara que la contratación de urgencia cuenta con unos controles que se dividen en dos momentos, uno en el que actúa la contraloría haciendo el control fiscal, y el otro es un control legal el cual lo ejerce la jurisdicción de lo contencioso administrativo a los Actos Administrativos.
Interesante el víde, ya que nos permite entender y comprender específicamente las causales de Contratación Directa dentro de la Urgencia Manifiesta tal cual como se cita en el artículo 42 y 43 de la Ley 80 del 93 sobre el cual nos indica que esta es un procedimiento que se declara mediante un Acto Adtivo Motivado y se da en tres estados: De excepción Guerra exterior Declaratoria de emergencia Social Económica y Ecológica, permitiendo así dar continuidad a las obras que desarrollará el Estado en una situación inmediata. Buena explicación.
Este es un tema super importante, puesto que como pudimos presenciar con el covid-19 se tuvo la necesidad de realizar contrataciones de manera inmediata debido a la necesidad y urgencia del momento, pero con esta explicación que nos brinda la profe queda completamente claro que todos estos actos o incluso los próximos si algún momento llegara ha haber la necesidad están sujetos a un control posterior, donde se deberá exponer la necesidad de esa contratación y cumplir con los demás requisitos que exija la ley, esto a fin pues de cumplir con los principio de transparencia de la contratación estatal y pues estos actos se se expiden de forma excepciona como se menciona son aplicables cuando esta frente al escenario de cualquiera de los tres estados de excepción, muchas gracias profe por este contenido nos ayuda a aclarar muchas dudas.
Muy didáctica la explicación, felicitaciones, en la causal de urgencia manifiesta, es importante realizar un trabajo dedicado y responsable, porque es de estudio riguroso de los entes de control.
Adquirir día a día este tipo de conocimientos nos ayuda a entender mas sobre la contratación estatal y lo que implica cada una de las modalidades de contratación, en especial lo relacionado con la Urgencia Manifiesta, pues este tipo de contratación requiere de cuidado en su ejecución para evitar en un futuro, no muy lejano, sanciones.
Muchas gracias profe por ser tan explicita con el tema, ya que este video nos permite conocer e indentificar la importancia de la urgencia manifiesta y el debido control que debe llevarse a cabo una vez sea utilizado este medio de contratacion, para evitar el uso y abuso de los funcionarios publicos respecto a el presupuesto.
En la urgencia manifiesta se tiene que ser muy claro en el tema de la contratación porque así cómo es de permisiva también es muy rigurosa en la vigilancia de los entes encargados se tiene que tener control claro de la contratación. Gracias Dra carolina por la claridad en el tema
Gracias profe por el vídeo. Me queda claro la explicación de la urgencia manifiesta, que son las situaciones que por decirlo así no dan espera por ser urgentes, y que la entidad debe actuar inmediatamente. Todo esto explicado en la ley 80 de 1993, en su artículo 42.
Gracias Dra. excelente explicación nos deja claro que la urgencia manifiesta debe ser motivada mediante acto administrativo, que esta causal de contratación directa permite hacer contratos de manera consensual sin todo el rigor jurídico pero una vez pasada la urgencia se debe hacer por escrito, además publicado en SECOP y para establecer el valor se deben tener en cuenta los precios del mercado, otro punto importante a tener presente es la aplicación del control posterior que se realiza, control de legalidad de las actuaciones, el cual es inmediato.
Gracias, Dra. Carolina, por este contenido tan importante. La urgencia manifiesta, una causal taxativa para la contratación directa descrita en la ley 1150/2007, debe ser declarada mediante acto administrativo según la ley 80/1993 y no requiere estudios previos. Es crucial que los servidores públicos conozcan bien este proceso para asegurar la transparencia y eficacia en situaciones de emergencia.
Muy buena explicación sobre la urgencia manifiesta se declarará mediante acto administrativo motivado y posteriormente se le hace un control fiscal. Mil gracias
Excelente contenido doctora, ya que es de vital importancia tener en cuenta la URGENCIA MANIFIESTA y que esta se da cuando la continuidad del servicio exige el suministro de bienes y servicios o ejecución de obras de manera inmediata, la Urgencia manifiesta se declara mediante un acto administrativo motivado. Existen también los 3 estados de excepción en las que está se puede dar; 1) Guerra de exterior 2) conmoción interior, 3) declaratoria de energía económica, social y ecológica.
Cordial saludo doctora, en este video gracias a su explicación podemos identificar los momentos en los que se podrá determinar la urgencia manifiesta que se debe declarar mediante actos administrativos para reconocer un tipo de contratación un poco más rápida debido a la necesidad que establece la emergencia las recomendaciones aportadas por Uds. son muy importante puesto que a veces realizan estas de manera consensual ya que considera que es mejor de manera escrita y a mi criterio pensando en el control gracias por brindarnos este espacio de aprendizaje
Excelente video, Dra. Carolina, en resumen quiero resaltar una característica, y es que se debe tener en cuenta que tiene un control fiscal POSTERIOR , por ello es necesario, aunque permita que no tenga tantas formalidades no las haga en el momento de la urgencia. pero a los días se debe organizar los estudios previos y ser muy cuidadoso. Derivar del marco que este, esté estrechamente relacionado con los hechos por los que se llevaron a cabo durante la urgencia manifiesta.
Excelente video en donde se explica específicamente la contratación directa: urgencia manifiesta establecidas en La ley 1150/2007 art. 2 #4 en armonía con el art. 42 y 43 de la ley 80/1993 y se dice que la urgencia manifiesta es cuando la continuidad del servicio exige el suministro de bienes entre otros cuando se presenten situaciones como los estados de excepción, de fuerza mayor o desastre, ésta se declara mediante acto administrativo motivado. Entendí que una de las características importantes es acto administrativo motivado el cual hace las veces para justificar la contratación directa; no es necesario la realización de los estudios previos; contrato consensuado pero que posteriormente se realice por escrito, se recomienda que sea por escrito, valor del contrato, publicidad. Es bueno señalar que una vez finalizado debe remitirse a control posterior al control fiscal competente.
Muy buena presentación, un tema de gran importancia como la urgencia manifiesta y sus respectivas que la conforma, su regulación en los artículos 42 y 43 de la ley 80 de 1993 y su gran relacion con los estados de excepción, guerra exterior, conmoción interior y declaratoria de emergencia económica, social y ecológica.
Excelente explicación de esta, teniendo en cuenta que se da por casos de fuerza mayor, teniendo en cuenta que se debe prestar el servicio, esta última se declara y nos permite realizar una contratación directa siguiendo los pasos mencionados por el video.
Hola Dra. Caro en este video acerca de la urgencia manifiesta nos queda claro lo siguiente: 1. que es un causal de una de las modalidades de seleccion del contratista; Contrataciòn directa. 2.que se encuestra regulado en el ert 42 y 43 de la ley 80 del 93. 3. aplica para situaciones relacionadas con los estados de exepciòn. 4. la urgencia manifiesta debe declararse mediante acto administrativo. gracias dr, por su dedeicciòn al realizar este tipo de videos tan productivos. lina Gonzalez Zapata est. Esp. Contrataciòn Estatal UCC Monteria.
La urgencia manifiesta se declarará mediante acto administrativo motivado, así como cada una de las características importantes para determinar esta causal de contratación directa, además de tener presente que posterior a esto se hace un control fiscal por parte de la contraloria general de la nación. Muchas gracias Dra. 👏
La urgencia manifiesta, cómo su nombre lo indica necesita la ejecución de una obra bien o servicio, en el INMEDIATO FUTURO, y es una excepción a los proceso de selección del contratista; está causal de contratación, necesita una declaratoria que se hace a través de un acto administrativo, la norma permite ejecutarlo, pero es sujeto de control fiscal INMEDIATO. Gracias profe Carolina, este material complementa y refuerza los conocimientos previamente abordados en clase.
Para el control de la urgencian manifiesta antes, durante y después de esta, no sabía que tenía todas esas implicaciones y sobre todo ese control que se realiza después para verificar si se hizo un uso adecuado de esta modalidad, muchas gracias doctora por toda esta aclaración en la materia.
Muy importante conocer que es, como funciona y a raíz de que nace la urgencia manifiesta, de esta manera se puede identificar de manera plena cuando se declara la urgencia manifiesta y que trato se debe dar a la situación como tal, las herramientas como la ley 80 de 1993 en su artículo 43 y la información que nos brinda este video se complementan muy bien para la correcta comprensión del tema.
Hablar de urgencia manifiesta es un tema que puede confundirnos al pensar que cualquier situación cabe en una urgencia manifiesta pero con este video quedo muy claro las situaciones q son guerra exterior, conmoción interior y declaratoria de emergencia económica social y ecológica
Gracias por el video, aprendí que la urgencia manifiesta se declara a través de acto administrativo y que tiene unas características, que no requiere estudios previos y el contrato es consensual, también es importante saber que tiene un control posterior
Buenas tardes Dra. Carolina, que espectacular saber de esta causal de contratación directa, la cual es la Urgencia Manifiesta, ya que es un herramienta fundamental cuando se presente estados de excepción, toda vez, que la entidad estatal por la premura de la situación, tendría que hacer un proceso muy ligero para adquirir esos bienes y servicios que necesita, pues en esos casos, no es posible y seria desgastante hacer un proceso licitatorio por ejemplo, ya que el objetivo es garantizar un suministro de bienes y servicios de manera inmediata. No obstante, ese tema es muy delicado ya que puede conllevar a procesos disciplinarios y judiciales si se hace un mal manejo de esta figura.
El tema está muy bien explicado, en este la definición de la urgencia manifiesta, su desarrollo en el artículo 42 de la ley 80 de 1993, con lo referente a los estados de excepción, calamidad , y demás situaciones que aplican para la urgencia manifiesta, que la misma se declara mediante acto administrativo motivado
Profe Caro muchas gracias por este video que esclarece la figura de la urgencia manifiesta, la cual es una modalidad de contratación directa y que aplica cuando se necesite la ejecución en un inmediato futuro de obras, bienes o servicios. Importante resaltar que se declara mediante acto administrativo, que hace las veces del acto administrativo que justifica la necesidad de contratar bajo esta modalidad.
La urgencia manifiesta es un tema muy interesante ya que se trato de esas situaciones que conlleva tomar la decisión de declarar una urgencia manifiesta y sobre la importancia de seguir los protocolos establecidos para garantizar la legalidad y la equidad en la contratación estatal, se resalta que la explicacion fue muy buena logrando el entendimiento completo del tema.
muy buen video Doctora define claramente las características de la URGENCIA MANIFIESTA, la primera característica es el acto administrativo que es para justificar su contratación y para la declaratoria de la urgencia manifiesta, 2. estudios previos, por tratarse de una circunstancia imprevista no es necesario la realización de estudios previos 3. contrato consensual sin todo el rigor jurídico sin embargo con posterioridad a penas pase la emergencia se puede perfeccionar y realizarlo de manera escrita 4. valor del contrato es necesario realizar u estudio del sector para determinar el contrato 5. publicidad una ves perfeccionado el contrato debe publicarse en el SECOP y 6. control posterior a la urgencia manifiesta
La urgencia manifiesta establecida en la ley 80/93 establece su definición y esta se declarara mediante acto administrativo motivado. Esta se da por una situación de fuerza mayor, desastres, calamidades o hechos relacionados con los estados de excepción; nosotros pudimos vivir en un estado de emergencia económico por temas de pandemia. Muy clara la explicación y el desarrollo que se le dió en este video
FELICITACIONES. Muy a tiempo este video,Ojo funcionarios públicos que estan actuando malintencionadamente,y deseen pescar en rio revuelto con la crisis que estamos pasando con la pandemia Covi 19. Estan superadvertidos de la norma con esta gran profesora que nos lo enseña.
excelente video, para resaltar, el articulo 42 de la ley 80 define la urgencia manifiesta, el procedimiento para su declaratoria y como se realizan los contratos después de esta declaratoria, los supuestos que establecen esta urgencia manifiesta están relacionados con los estados de excepción este video también nos deja claro que es la urgencia manifiesta, pues según el artículo 42 de la ley 80, existe urgencia manifiesta cuando la continuidad del servicio exige el suministro de bienes o la prestación de un servicio en el inmediato futuro y en general cuando se trate de situaciones similares que imposibiliten acudir a los procesos de selección .
Este es un video muy ameno, donde se explica de una manera acertada el tema de la urgencia manifiesta como causal para la contratación directa. Me parece que esta causal es una de las más importante a la hora de realizar dicho proceso contractual. Queda muy claro las excepciones que se dan con esta causal, como lo es la no realización de estudios previos de manera anticipada a la contratación, la declaratoria de dicha urgencia mediante acto administrativo motivado y la realización del control posterior.
Este video refleja un análisis claro y preciso sobre la figura de la urgencia manifiesta en la contratación pública, destacando tanto sus aspectos técnicos como su importancia en la gestión de recursos estatales durante situaciones excepcionales. Explica que aunque este mecanismo permite a las entidades actuar rápidamente frente a emergencias, también plantea una gran responsabilidad en cuanto a la transparencia y la correcta administración de los fondos públicos. La mención de los diferentes tipos de situaciones que pueden justificar la urgencia manifiesta, como calamidades, guerras o emergencias sociales y ecológicas, da cuenta de la relevancia de esta figura en momentos de crisis.
Doctora Carolina , le agradezco mucho por aclarar muy detalladamente la contratación directa -urgencia manifiesta la cual se debe realizar mediante acto administrativo y es generada por fuerza mayor , además de que explicó cada una de las características para que dicho tipo de contratación sea completamente legal ❤
Esta figura juridica de características importantes, nos vimos en la obligación de usarla en repetidas Ocasiones incluso sin tener claro que era, de gran ayuda su video profe, aprendi como invocarla de manera idónea.
Aquí podemos apreciar que la existencia de la urgencia manifiesta se da cuando la continuidad del servicio exige suministro de bienes o la prestación de servicios o la ejecución de obras en el inmediato futuro, cuando se presenten situaciones relacionadas con los estados de excepción, cuando se trate de conjurar situaciones excepcionales relacionadas con los hechos de calamidad o constitutivos de fuerza mayor o desastres que demanden actuaciones inmediatas y en general cuando se traten de situaciones que imposibiliten a acudir a los procedimientos de selección, de igual forma el video hace referencia a la importancia de que esta será declarada mediante acto administrativo motivado, y también nos indica sus características.
Excelente explicación, muy útil el video.
Buenos días doctora Carolina este video me gustó mucho por que aborda detalladamente todo el tema de la urgencia manifiesta como no los dice el art 42 de la ley 80/93
Una de las características más imponentes en este acto es que debe ser declarado por un acto administrativo como no los dice el decreto 1082 de 2015 y deja una salvedad en una de las carteristas que es que no se realizan estudios previos su publicación en SECOP es importante para su control y así nos deja detalladamente cada una de las características para la correcta ejecución de este acto administrativo.
gracias mejor explica no puede estar .
Un saludo especial Ana Milena
La urgencia manifiesta son las situaciones presentadas con los estados de excepción, es cuando el servicio requiere una atención inmediata y situaciones que imposibilite acudir a los procesos de contratación, se dictará mediante acto administrativo motivado, aunque algunas veces por la inmediatez de la necesidad el acto administrativo se realiza después para justificar la contratación.
Para la declaratoria, ese acto administrativo, por ser una situación imprevista no requiere estudios previos, es un contrato consensual si todo lo jurídico se cumple, pero se recomienda que se perfeccione por escrito.
El contrato tiene un valor según el estudio del sector.
Esto puede llevar a que los funcionarios contraten con precios elevados incurriendo en malas conductas
Los temas explicados por la profe en cada video me ayudan a complementar lo visto en clase, Es un resumen super rápido, exacto e importante de la urgencia manifiesta y lo que se debe tener en cuenta para realizar un proceso de contratación.
La explicación que se brinda por parte del expositor es muy clara y de gran ayuda para poder entender de una forma sencilla la importancia que tiene este tema de la urgencia manifiesta, las formas en las cuales se puede solicitar los cuales se encuentran establecidos dentro de la constitución y están reconocidos por Colombia, y los elementos que deben darse y la forma de constituirla. es importante tener en cuenta que la forma de contratación bajo estas premisas es de gran observancia por la premura del tiempo.
Gracias profe por ser tan clara con este tema, es muy importante recalcar que la urgencia manifiesta aplica en situaciones como conmoción interior, guerra exterior, declaratoria de emergencia económica, ecológica y social, y que debe requerir aplicación en el futuro inmediato, porque estas situaciones imposibilidad acudir a la contratación directa.
Muchas gracias Dra carolina por tan puntual y objetiva explicación acerca de las causales que dan paso a la contratacción directa por ungencia manifiesta, muy claro al momento de xplicar que esta se declara a través de un acto administrativa motivado.
Este video aclara dudas sobre el tema y se afianza conocimiento vistos anteriormente en clase
Muy buen material de estudio.
Dra Carolina muchas gracias, por esta explicación clara y fácil de entender
Con mucho gusto Ayda..
Gracias, Dra. Carolina, por la explicación tan clara sobre la urgencia manifiesta en la contratación estatal. Me quedó súper claro que esta figura, según la Ley 1150 de 2007, se aplica en casos excepcionales como guerra exterior, conmoción interior o emergencias sociales y económicas. Es un proceso rápido que no exige estudios previos completos, pero debe justificarse con un acto administrativo, ajustarse al valor del mercado y publicarse en el SECOP para garantizar transparencia. Es importante no abusar de esta herramienta, porque puede prestarse para actos de corrupción si no se hacen los controles adecuados. ¡Muy interesante y útil el video!
Gracias Doctora Carolina, la urgencia manifiesta debe ser declarado mediante acto administrativo motivado, los estudios previos, los costos del contrato se debe de realizar el estudio del sector la necesidad del contrato , el mercado la urgencia manifiesta con la explicación y los videos nos enseñan a comprender en qué casos prospera la urgencia manifiesta, evitando posibles errores en los contratos que por realizarlos en afán permiten muchas veces la corrupción por parte de los funcionarios públicos ,corriendo el riesgo de ser intervenidos por la contraloría general .Felicitaciones por tan buena explicación.
Gracias por la explicación y por compartir sus conocimientos con nosotros, explica los temas de manera muy detallada, no tenia mucho conocimiento sobre este tema...
Un saludo especial Angela
Profe gracias es una excelente herramienta que sirven a nuestra funciones que desarrollo en mi labores
Doctora carolina , muy clara la explicación sobre la contratación directa y su causal urgencia manifiesta art 42 de la ley 80 1993 ❤
Un método muy práctico ... Cuando se presentan situaciones excepcionales de fuerza mayor que demanden actuaciones inmediatas .. para respaldarse por medio de esta ley garante. Excelentes recomendaciones profe !!
Excelente video !!! 👋👋👋👋👍
Gracias Luisa. Un saludo muy especial!
Muy pertinente y apropiada la explicación de este tema tan relevante en la época actual de pandemia y crisis que estamos atravesando. Gracias Dra. Carolina. Saludos desde Pasto - Nariño.
Un saludo especial Luisa.
Saludo Dra Carolina. En el video sobre el uso de la causal de "urgencia manifiesta" para la contratación directa es muy informativo y útil. Los oradores explican de manera clara y detallada los fundamentos legales, los requisitos y el proceso de control posterior que se debe seguir. Es importante que se enfatice la necesidad de transparencia y de evitar contratos exorbitantes, así como el papel de los entes de control fiscal para investigar posibles irregularidades.
Profe gracias por comparti sus conocimientos con todos
La explicación está muy clara, permite afianzar conocimiento y poder tomar mejores desiciones a la hora de contratar, máxime en época de pandemia
Gracias Norman. Saludos
Este y los demás videos han sido de suma importancia para fortalecer mis conocimientos y lo visto en clase, un resumen rápido, preciso e importante de la urgencia manifiesta y lo que se debe tener en cuenta para realizar un proceso de contratación. Pues se dictará mediante acto administrativo motivado, aunque algunas veces por la inmediatez de la necesidad el acto administrativo se realiza después para justificar la contratación.
Paz y Bien. Muchas gracias dra Carolina por su dedicación y esmero en transmir sus conocimientos a traves de estos cortos capítulos.
1. La urgencia manifiesta establecida en el art. 2 #4 de la ley 1150/2007 en corcondancia con la ley 80 arts. 24 y 43.
2. Cabe redaltar que la urgencia manifiesta es una de las causales de contratación directa y que es precisamente en casos de estado de excepción donde se puede recurrir a esta modalidad.
3. El estado de excepción para recurrir a la contratación mediante la urgencia manifiesta debe declarse mediante un acto administrativo.
muchas gracias profe, excelente explicación
Es importante mencionar tal como lo explica la doctora Carolina, la
urgencia manifiesta debe ser declarado mediante acto administrativo motivado,
No es necesario la realización, aplicación el implementación de los estudios previos, el valor del contrato debe ser mediante un estudio del sector, para lograr una determinación del sector del mercado.
Muchas gracias por tan clara explicación 🙏
Este video me ayudó a comprender mucho mejor la temática trabajada en clase y a complementar esas ideas que han sido desarrolladas a lo largo de la carrera cuando tratamos temas de contratación. ¡Muchas gracias profe!
Excelente video por medio de cual aprendí un poco más sobre la urgencia manifiesta y que esta se declara mediante acto administrativo motivado, gracias doctora por tan buena intervención.
Dra. como siempre excelente explicación. Gracias.
Un saludo especial. Gracias Jhob
Aprecio mucho el tiempo y esfuerzo que dedicas a crear este tipo de contenido. ¡Tus explicaciones son excelentes!
Buenas Noches Profe Carolina! El vídeo aborda el concepto de "urgencia manifiesta" en el contexto de la ley 1150 del 2007 de una forma dinámica y muy bien explicada.
me queda muy claro el tema de urgencia manifiesta resaltando los siguientes puntos:
1. La urgencia manifiesta permite la contratación directa en situaciones específicas, como estados de excepción y emergencias económicas, sociales y ecológicas.
2. Se requiere un acto administrativo para declarar la urgencia manifiesta y justificar la contratación directa, aunque no se necesitan estudios formales previos, aunque inicialmente el contrato puede ser consensual, debe ser formalizado por escrito y publicado en el sistema electrónico de contratación pública.
3. se lleva un cabo de control posterior para garantizar el uso adecuado de la provisión de urgencia manifiesta.
Camilo Anaya Gómez. Estudiante Especialización C.E. UCC Montería.
muy buena explicación excelente muchas gracias
Un saludo especial Cindy
Dra, en este video se logra evacuar con mucha claridad el tema de la urgencia manifiesta, la cual es una causal de contratación directa como lo dicta el artículo 2 #4 de la ley 1150 de 2007.
De igual forma es muy importante lograr tener conocimiento de sus características, como lo son; que se requiere de un acto administrativo motivado para decorar la urgencia manifiesta, que no es necesario la realización de estudios previos, que puede ser un contrato consensual, aunque no sea lo más recomendable, entre otras.
Sin duda alguna este video es muy informativo y educativo.
Muchas gracias Dra por compartir sus conocimientos.
Excelente y completa explicación sobre la urgencia manifiesta, la cual se da por una situación de fuerza mayor, desastres, calamidades o hechos relacionados con los estados de excepción. Siendo necesario continuar con la prestación de un determinado servicio se acude a la urgencia manifiesta que es una causal que permite hacer contratación directa siguiendo los pasos explicados en el video para que la contratación se realice en forma correcta. Att Andrés Felipe Agreda Hernández
Un saludo especial Andrés Felipe
Urgencia manifiesta, causal de contratación directa. Tema tan oportuno y coyuntural con los actuales acontecimientos. Muchas gracias.
Gracias a ti por verlo.
Doctora su explicación permite compreder de una manera mas facil la urgencia Manifiesta y su importancia.
Gracias Gustavo por ver el vídeo
Muchas gracias profe por videos tan claros
Un saludo especial María
Felicitaciones es increible como maneja el tema y la facilidad que hace que lo comprendamos.
Exelente material educativo me perece muy interesante y conveniente a qué la urgencia manifiesta tenga regulación, ya que esto evita que estás situaciones de emergencia sean pretexto para malversación del dinero, me perece muy acertado el control del que habla el Articulo 43 de la ley 80 del 1993 , y el control que ejerce la contraloría en cada departamento y el contro de legalidad realizado a los actos administrativos con ocasión de emergencia económica social y ecológica
Un saludo especial Alejandra
Del presente video aprendí que para los casos de contratación directa por urgencia manifiesta, a pesar de tratarse de una situación apremiante, siempre será necesario realizar un estudio del sector para determinar el valor del contrato, y que además existe un control posterior de la urgencia manifiesta, en el cual se realiza el seguimiento a los contratos celebrados en el marco de la urgencia manifiesta, lo cual permite que, incluso siendo facilitadores de la contratación sean sujetos a ese control que pretenda proteger los recursos públicos que estuvieron en juego. Por otro lado, aprendí que la urgencia manifiesta permite la celebración expedita de contratos y debido a las características de la situación no se hacen necesarios los estudios previos, gracias por la explicación.
La tematica es lo suficientemente amplia, dado que en cuanto a la urgencia manifiesta es crucial realizar un estudio del sector para determinar el valor del contrato en situaciones de urgencia, evitando posibles actos erroneos por parte de funcionarios públicos. El control posterior de la urgencia manifiesta implica seguimiento y monitoreo de contratos por la Contraloría General. en general excelente explicación.
Muchísimas gracias Dra Carolina, por ese gran trabajo que realiza a través de estos videos que de manera clara y precisa, nos dan a conocer lo referente a la Contratación Estatal. Muchas gracias a su editor por tan exelente calidad del video y sonido.
Es una explicación bastante clara y precisa.
El tema presentado es fundamental, para poder conocer que a través de la urgencia manifiesta se puede adquirir una variedad de recursos en momentos críticos.
Cabe resaltar que, es importante que la ejecución del mismo sea transparente y responsable, ello, con el fin de darle mayor seguridad a la urgencia.
Un exelente video donde despeje algunas dudas sobre el estado de emergencia y la urgencia manifiesta de que es y como se desarrolla.
Un saludo especial Juan.
La explicacion que se aborda sobre la causal de contratación directa por urgencia manifiesta. Su explicación sobre las circunstancias que justifican este tipo de contratación fue muy clara y precisa. Me pareció especialmente útil cómo desglosó los requisitos y la documentación necesaria para demostrar la urgencia, así como los límites y consideraciones éticas que deben tenerse en cuenta. Este tema es fundamental para garantizar que la contratación se realice de manera eficiente y transparente en situaciones críticas.
Conceptos bastante completos y comprensibles, me encanta la forma en la explica Dra. Carolina, en este video cabe resaltar la importancia de conocer cuando se aplica o usa la modalidad de contratación directa, referente a la causal de urgencia manifiesta, nos define el concepto, en los casos que aplica, la regulación normativa, cuando se declara la urgencia manifiesta y sus características.
muchas gracias por compartir sus conocimientos por medio de estas plataformas, así podemos aclarar dudas que quedan pendientes. MIL GRACIAS
Un saludo especial Miller
Me pareció muy claro cómo describiste las características clave: la necesidad de un acto administrativo para justificar la contratación, la exención de estudios previos debido a la urgencia, y la importancia de no hacer contratos exorbitantes. También destacaste bien el proceso de control posterior, incluyendo la supervisión de la Contraloría y la revisión de actos administrativos por la jurisdicción contencioso administrativa.
Gracias por esta explicación tan comprensible!
Dra. Carolina, el tema a tratar fue de gran ayuda y enriquecimiento, señalando en primer lugar que según la Ley 80 de 1993 en su artículo 42, se presenta la urgencia manifiesta cuando la continuidad del servicio exige el suministro de bienes o la prestación de servicios o la ejecución de obras en el inmediato futuro, además, es de mencionar que dentro de las características de la urgencia manifiesta se mencionan las siguientes: se declarará mediante acto administrativo motivado, no es necesario la realización de los estudios previos por tratarse de una circunstancia imprevista y apremiante, es necesario realizar un estudio del sector para determinar el valor del contrato, se debe publicar en el sistema electrónico de contratación pública SECOP el contrato por escrito y finalmente se debe realizar un control posterior a la urgencia manifiesta según Ley 80 de 1993, artículo 43, siendo el máximo órgano que ejerce el control fiscal la Contraloría General del respectivo departamento.
El análisis profundo sobre la contratación directa bajo el concepto de urgencia manifiesta, expuesto en este video, nos brinda una comprensión clara y detallada sobre un tema de vital importancia en la gestión pública. Como estudiante, reconozco la delicadeza y la relevancia de este asunto, especialmente en situaciones críticas como guerras exteriores, conmociones internas o emergencias sociales, ecológicas, sanitarias o económicas.
Es crucial resaltar que, si bien la urgencia manifiesta otorga a las entidades estatales la capacidad de contratar de manera directa para hacer frente a las contingencias derivadas de la situación de emergencia, esto implica una gran responsabilidad en la gestión de los recursos públicos. La transparencia y la rigurosidad en el proceso son fundamentales, ya que está en juego el presupuesto nacional y de las entidades.
El video destaca adecuadamente las características y los pasos a seguir en la contratación bajo urgencia manifiesta, desde la declaración mediante acto administrativo motivado hasta el control posterior de los contratos. Es esencial que se realicen estudios previos para determinar el valor del contrato y que se lleve a cabo un seguimiento y monitoreo riguroso por parte de entidades como la Contraloría General de la Nación y la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Agradezco sinceramente a la Dra. Carolina por proporcionar este valioso contenido, que no solo amplía nuestros conocimientos sobre la contratación estatal, sino que también nos sensibiliza sobre la importancia de la integridad y la eficiencia en la gestión pública, especialmente en momentos de crisis.
Excelente herramienta para complementar lo visto en clases, muy bien explicado que es la urgencia manifiesta, que es un concepto muy poco entendido.
Excelente video profe, me encantó la explicación, todo muy claro y concreto.
Muy buena explicación profe
Un saludo especial Sixto
Muchas gracias Dra. Carolina por compartirnos este video en el que se muestra la primera causal, urgencia manifiesta, en la contratación directa. Además importante conocer el control inmediato de legalidad que tienen los actos administrativos emitidos en este estado de excepción y en este caso en el estado de emergencia económica, social y ecológica por el que hemos atravesado y muy chevere que invite personas especialistas en el tema. Muy buenos los dos videos...
Muy bien Cathe. Gracias por darte la oportunidad de verlos.
Profe Caro muchas gracias por esta explicación de la urgencia manifiesta, la cual aplica en situaciones tales como guerra exterior, conmoción interior, declaratoria de emergencia económica, social y ecológica. Y esta se da cuando se requiere su aplicación en el inmediato futuro, donde sea imposible acudir a la contratación directa, es importante recalcar que debe ser mediante acto administrativo.
Es muy importante ya que es una explicación muy clara, su tema es fundamental para poder aprender que a través de la urgencia manifiesta se puede obtener una variedad de recursos en momentos críticos
Esta tiene características su contrato puede ser con censual, cabe resaltar que es importante la ejecución del mismo sea transparente y responsable, con el fin de dar mayor seguridad a la urgencia
realmente es digno de admirar la manera en que usted maneja el tema y nos brinda de la mejor manera sus conocimientos. gracias
Un saludo especial. Gracias por ese generoso comentario.
Excelente contenido y manera de transmitir los conceptos. Gracias profe.
Un saludo especial Daniel
Punto importante a tener en cuenta dentro de los procesos contractuales, ya que es una modalidad que se usa mucho, muy buena explicación de las características de la urgencia, cuando y como debe hacerse, además de todos los aspectos generales a tener en cuenta. Muy completo el video, gracias Dra Carolina.
Excelente explicación! Queda muy claro que la ley 80 en sus art 42 y 43 establecen la definición y como se realiza los contratos en la Urgencia Manifiesta, además, que que la urgencia manifiesta debe declararse mediante acto administrativo motivado, por ultimo resaltar que en esta contratación no es necesario realizar estudios previos y es un contrato consensual pero lo recomendable es que cuando pase la emergencia perfeccionar el contrato de manera escrita.
Dra. Carolina, gracias por definir que es la urgencia manifiesta, el procedimiento para su declaratoria, sus principales características y como se celebran los contratos que se derivan de esta y la justificación de su necesidad, resaltando el control posterior a la urgencia manifiesta y sus momentos.
Todos los días son de gran aprendizaje y con este video doctora queda muy bien fundamentado entender que esta causal se debe interpretar en armonía entre la ley 80 y la ley 1150 y que claramente veremos que las entidades podrán usar este tipo de contratación cuando se declarasen los estados de excepción, que dichos contratos tienen un control posterior y queda muy claro de aunque se salten mucho de los requisitos por así decirlo de la contratación estatal en su momento se deben de ir llevando para que en su momento cuando sea revisado cumpla con toda esa estructura
El video es muy pertinente dado que extiende y refuerza el conocimiento del tipo de contratación pública llamada contratación directa , igualmente, los temas más destacados dentro del video son (I) que la urgencia manifiesta es una de las causales para la contratación directa, las cuales están en el artículo 2, numeral 4, de la ley 1150 de 2007 (II) asimismo, los artículos 42 y 43 de la ley 80 de 1993 establecen la definición de la urgencia manifiesta, el procedimiento para su declaratoria, entre otros; (II) además, se explican los tipos de los estados de excepción en los que se pueden decretar la urgencia manifiesta y por ende contratar de manera directa; (III) otro de los temas relevantes de el video son las razones por las cuales se pueden decretar la urgencia manifiesta, la cual se declara por medio de un Acto Administrativo; (VI) también, la docente aclara que este tipo de contrato se puede hacer, en principio, de manera consensual, aunque no es lo más recomendado; (V) por último, se aclara que la contratación de urgencia cuenta con unos controles que se dividen en dos momentos, uno en el que actúa la contraloría haciendo el control fiscal, y el otro es un control legal el cual lo ejerce la jurisdicción de lo contencioso administrativo a los Actos Administrativos.
Muy bien María Fernanda
Interesante el víde, ya que nos permite entender y comprender específicamente las causales de Contratación Directa dentro de la Urgencia Manifiesta tal cual como se cita en el artículo 42 y 43 de la Ley 80 del 93 sobre el cual nos indica que esta es un procedimiento que se declara mediante un Acto Adtivo Motivado y se da en tres estados:
De excepción
Guerra exterior
Declaratoria de emergencia Social Económica y Ecológica, permitiendo así dar continuidad a las obras que desarrollará el Estado en una situación inmediata.
Buena explicación.
Este es un tema super importante, puesto que como pudimos presenciar con el covid-19 se tuvo la necesidad de realizar contrataciones de manera inmediata debido a la necesidad y urgencia del momento, pero con esta explicación que nos brinda la profe queda completamente claro que todos estos actos o incluso los próximos si algún momento llegara ha haber la necesidad están sujetos a un control posterior, donde se deberá exponer la necesidad de esa contratación y cumplir con los demás requisitos que exija la ley, esto a fin pues de cumplir con los principio de transparencia de la contratación estatal y pues estos actos se se expiden de forma excepciona como se menciona son aplicables cuando esta frente al escenario de cualquiera de los tres estados de excepción, muchas gracias profe por este contenido nos ayuda a aclarar muchas dudas.
Muy didáctica la explicación, felicitaciones, en la causal de urgencia manifiesta, es importante realizar un trabajo dedicado y responsable, porque es de estudio riguroso de los entes de control.
Un saludo especial Santiago.
Adquirir día a día este tipo de conocimientos nos ayuda a entender mas sobre la contratación estatal y lo que implica cada una de las modalidades de contratación, en especial lo relacionado con la Urgencia Manifiesta, pues este tipo de contratación requiere de cuidado en su ejecución para evitar en un futuro, no muy lejano, sanciones.
Un saludo especial
Maravilloso este video, sirve para aclarar un concepto tan amplio como la urgencia manifiesta como causal de contratación directa.
Muchas gracias profe por ser tan explicita con el tema, ya que este video nos permite conocer e indentificar la importancia de la urgencia manifiesta y el debido control que debe llevarse a cabo una vez sea utilizado este medio de contratacion, para evitar el uso y abuso de los funcionarios publicos respecto a el presupuesto.
En la urgencia manifiesta se tiene que ser muy claro en el tema de la contratación porque así cómo es de permisiva también es muy rigurosa en la vigilancia de los entes encargados se tiene que tener control claro de la contratación. Gracias Dra carolina por la claridad en el tema
Gracias profe por el vídeo. Me queda claro la explicación de la urgencia manifiesta, que son las situaciones que por decirlo así no dan espera por ser urgentes, y que la entidad debe actuar inmediatamente. Todo esto explicado en la ley 80 de 1993, en su artículo 42.
Gracias Dra. excelente explicación nos deja claro que la urgencia manifiesta debe ser motivada mediante acto administrativo, que esta causal de contratación directa permite hacer contratos de manera consensual sin todo el rigor jurídico pero una vez pasada la urgencia se debe hacer por escrito, además publicado en SECOP y para establecer el valor se deben tener en cuenta los precios del mercado, otro punto importante a tener presente es la aplicación del control posterior que se realiza, control de legalidad de las actuaciones, el cual es inmediato.
Gracias, Dra. Carolina, por este contenido tan importante. La urgencia manifiesta, una causal taxativa para la contratación directa descrita en la ley 1150/2007, debe ser declarada mediante acto administrativo según la ley 80/1993 y no requiere estudios previos. Es crucial que los servidores públicos conozcan bien este proceso para asegurar la transparencia y eficacia en situaciones de emergencia.
Muy buena explicación sobre la urgencia manifiesta se declarará mediante acto administrativo motivado y posteriormente se le hace un control fiscal. Mil gracias
Pude solucionar varias dudas relacionadas con la urgencia manifiesta, que buen desarrollo del tema.
Un saludo especial Yili
Excelente contenido doctora, ya que es de vital importancia tener en cuenta la URGENCIA MANIFIESTA y que esta se da cuando la continuidad del servicio exige el suministro de bienes y servicios o ejecución de obras de manera inmediata, la Urgencia manifiesta se declara mediante un acto administrativo motivado. Existen también los 3 estados de excepción en las que está se puede dar; 1) Guerra de exterior 2) conmoción interior, 3) declaratoria de energía económica, social y ecológica.
Cordial saludo doctora, en este video gracias a su explicación podemos identificar los momentos en los que se podrá determinar la urgencia manifiesta que se debe declarar mediante actos administrativos para reconocer un tipo de contratación un poco más rápida debido a la necesidad que establece la emergencia las recomendaciones aportadas por Uds. son muy importante puesto que a veces realizan estas de manera consensual ya que considera que es mejor de manera escrita y a mi criterio pensando en el control gracias por brindarnos este espacio de aprendizaje
Excelente video, Dra. Carolina, en resumen quiero resaltar una característica, y es que se debe tener en cuenta que tiene un control fiscal POSTERIOR , por ello es necesario, aunque permita que no tenga tantas formalidades no las haga en el momento de la urgencia. pero a los días se debe organizar los estudios previos y ser muy cuidadoso. Derivar del marco que este, esté estrechamente relacionado con los hechos por los que se llevaron a cabo durante la urgencia manifiesta.
Excelente video en donde se explica específicamente la contratación directa: urgencia manifiesta establecidas en La ley 1150/2007 art. 2 #4 en armonía con el art. 42 y 43 de la ley 80/1993 y se dice que la urgencia manifiesta es cuando la continuidad del servicio exige el suministro de bienes entre otros cuando se presenten situaciones como los estados de excepción, de fuerza mayor o desastre, ésta se declara mediante acto administrativo motivado.
Entendí que una de las características importantes es acto administrativo motivado el cual hace las veces para justificar la contratación directa; no es necesario la realización de los estudios previos; contrato consensuado pero que posteriormente se realice por escrito, se recomienda que sea por escrito, valor del contrato, publicidad.
Es bueno señalar que una vez finalizado debe remitirse a control posterior al control fiscal competente.
Muy buena presentación, un tema de gran importancia como la urgencia manifiesta y sus respectivas que la conforma, su regulación en los artículos 42 y 43 de la ley 80 de 1993 y su gran relacion con los estados de excepción, guerra exterior, conmoción interior y declaratoria de emergencia económica, social y ecológica.
Un saludo especial Jhonatan
super bien así si se entiende mejor muchas gracias
Gracias a ti Carlos.
Excelente explicación de esta, teniendo en cuenta que se da por casos de fuerza mayor, teniendo en cuenta que se debe prestar el servicio, esta última se declara y nos permite realizar una contratación directa siguiendo los pasos mencionados por el video.
Hola Dra. Caro en este video acerca de la urgencia manifiesta nos queda claro lo siguiente:
1. que es un causal de una de las modalidades de seleccion del contratista; Contrataciòn directa.
2.que se encuestra regulado en el ert 42 y 43 de la ley 80 del 93.
3. aplica para situaciones relacionadas con los estados de exepciòn.
4. la urgencia manifiesta debe declararse mediante acto administrativo.
gracias dr, por su dedeicciòn al realizar este tipo de videos tan productivos.
lina Gonzalez Zapata est. Esp. Contrataciòn Estatal UCC Monteria.
La urgencia manifiesta se declarará mediante acto administrativo motivado, así como cada una de las características importantes para determinar esta causal de contratación directa, además de tener presente que posterior a esto se hace un control fiscal por parte de la contraloria general de la nación. Muchas gracias Dra. 👏
La urgencia manifiesta, cómo su nombre lo indica necesita la ejecución de una obra bien o servicio, en el INMEDIATO FUTURO, y es una excepción a los proceso de selección del contratista; está causal de contratación, necesita una declaratoria que se hace a través de un acto administrativo, la norma permite ejecutarlo, pero es sujeto de control fiscal INMEDIATO. Gracias profe Carolina, este material complementa y refuerza los conocimientos previamente abordados en clase.
Un saludo especial Valeria
Para el control de la urgencian manifiesta antes, durante y después de esta, no sabía que tenía todas esas implicaciones y sobre todo ese control que se realiza después para verificar si se hizo un uso adecuado de esta modalidad, muchas gracias doctora por toda esta aclaración en la materia.
Muy importante conocer que es, como funciona y a raíz de que nace la urgencia manifiesta, de esta manera se puede identificar de manera plena cuando se declara la urgencia manifiesta y que trato se debe dar a la situación como tal, las herramientas como la ley 80 de 1993 en su artículo 43 y la información que nos brinda este video se complementan muy bien para la correcta comprensión del tema.
Hablar de urgencia manifiesta es un tema que puede confundirnos al pensar que cualquier situación cabe en una urgencia manifiesta pero con este video quedo muy claro las situaciones q son guerra exterior, conmoción interior y declaratoria de emergencia económica social y ecológica
Gracias por el video, aprendí que la urgencia manifiesta se declara a través de acto administrativo y que tiene unas características, que no requiere estudios previos y el contrato es consensual, también es importante saber que tiene un control posterior
Buenas tardes Dra. Carolina, que espectacular saber de esta causal de contratación directa, la cual es la Urgencia Manifiesta, ya que es un herramienta fundamental cuando se presente estados de excepción, toda vez, que la entidad estatal por la premura de la situación, tendría que hacer un proceso muy ligero para adquirir esos bienes y servicios que necesita, pues en esos casos, no es posible y seria desgastante hacer un proceso licitatorio por ejemplo, ya que el objetivo es garantizar un suministro de bienes y servicios de manera inmediata. No obstante, ese tema es muy delicado ya que puede conllevar a procesos disciplinarios y judiciales si se hace un mal manejo de esta figura.
El tema está muy bien explicado, en este la definición de la urgencia manifiesta, su desarrollo en el artículo 42 de la ley 80 de 1993, con lo referente a los estados de excepción, calamidad , y demás situaciones que aplican para la urgencia manifiesta, que la misma se declara mediante acto administrativo motivado
Profe Caro muchas gracias por este video que esclarece la figura de la urgencia manifiesta, la cual es una modalidad de contratación directa y que aplica cuando se necesite la ejecución en un inmediato futuro de obras, bienes o servicios.
Importante resaltar que se declara mediante acto administrativo, que hace las veces del acto administrativo que justifica la necesidad de contratar bajo esta modalidad.
La urgencia manifiesta es un tema muy interesante ya que se trato de esas situaciones que conlleva tomar la decisión de declarar una urgencia manifiesta y sobre la importancia de seguir los protocolos establecidos para garantizar la legalidad y la equidad en la contratación estatal, se resalta que la explicacion fue muy buena logrando el entendimiento completo del tema.
muy buen video Doctora define claramente las características de la URGENCIA MANIFIESTA, la primera característica es el acto administrativo que es para justificar su contratación y para la declaratoria de la urgencia manifiesta, 2. estudios previos, por tratarse de una circunstancia imprevista no es necesario la realización de estudios previos 3. contrato consensual sin todo el rigor jurídico sin embargo con posterioridad a penas pase la emergencia se puede perfeccionar y realizarlo de manera escrita 4. valor del contrato es necesario realizar u estudio del sector para determinar el contrato 5. publicidad una ves perfeccionado el contrato debe publicarse en el SECOP y 6. control posterior a la urgencia manifiesta
Muy bien Cristina. Gracias
La urgencia manifiesta establecida en la ley 80/93 establece su definición y esta se declarara mediante acto administrativo motivado. Esta se da por una situación de fuerza mayor, desastres, calamidades o hechos relacionados con los estados de excepción; nosotros pudimos vivir en un estado de emergencia económico por temas de pandemia. Muy clara la explicación y el desarrollo que se le dió en este video
FELICITACIONES.
Muy a tiempo este video,Ojo funcionarios públicos que estan actuando malintencionadamente,y deseen pescar en rio revuelto con la crisis que estamos pasando con la pandemia Covi 19. Estan superadvertidos de la norma con esta gran profesora que nos lo enseña.
Un saludo especial Flor Angela. Gracias por ver el vídeo y visitar mi canal.
excelente video, para resaltar, el articulo 42 de la ley 80 define la urgencia manifiesta, el procedimiento para su declaratoria y como se realizan los contratos después de esta declaratoria, los supuestos que establecen esta urgencia manifiesta están relacionados con los estados de excepción
este video también nos deja claro que es la urgencia manifiesta, pues según el artículo 42 de la ley 80, existe urgencia manifiesta cuando la continuidad del servicio exige el suministro de bienes o la prestación de un servicio en el inmediato futuro y en general cuando se trate de situaciones similares que imposibiliten acudir a los procesos de selección .
Este es un video muy ameno, donde se explica de una manera acertada el tema de la urgencia manifiesta como causal para la contratación directa. Me parece que esta causal es una de las más importante a la hora de realizar dicho proceso contractual. Queda muy claro las excepciones que se dan con esta causal, como lo es la no realización de estudios previos de manera anticipada a la contratación, la declaratoria de dicha urgencia mediante acto administrativo motivado y la realización del control posterior.
Este video refleja un análisis claro y preciso sobre la figura de la urgencia manifiesta en la contratación pública, destacando tanto sus aspectos técnicos como su importancia en la gestión de recursos estatales durante situaciones excepcionales. Explica que aunque este mecanismo permite a las entidades actuar rápidamente frente a emergencias, también plantea una gran responsabilidad en cuanto a la transparencia y la correcta administración de los fondos públicos. La mención de los diferentes tipos de situaciones que pueden justificar la urgencia manifiesta, como calamidades, guerras o emergencias sociales y ecológicas, da cuenta de la relevancia de esta figura en momentos de crisis.
Doctora Carolina , le agradezco mucho por aclarar muy detalladamente la contratación directa -urgencia manifiesta la cual se debe realizar mediante acto administrativo y es generada por fuerza mayor , además de que explicó cada una de las características para que dicho tipo de contratación sea completamente legal ❤
Muy precisas y concretas las explicarones