¡Buenas noches! el caso es que se dio de baja a un Ruc en Mayo 2018, en los primeros días de Diciembre 2021 Sunat envía al correo registrado en esa época(en desuso) y en el buzón electrónico, como supondrán habiendo transcurrido tanto tiempo no se revisaba el buzón y menos el correo registrado porque ya no se usaba. Sin embargo el 15 diciembre pasado el plazo para interponer reclamo envían un mensaje además de los medios mencionados al 2do correo que en ese entonces se registro y recién allí nos enteramos del problema. Revisando los documentos se detecto que se cancelo el impuesto resultante dentro del plazo señalado en el cronograma emitido por Sunat. Lo que si hubo fue un error al registrar las percepciones se coloco en la casilla de retenciones, por lo que se hizo la rectificatoria y por cuestión de redondeo salió una diferencia de 2 soles que se cancelo al momento de hacer la retificatoria, presentamos el Reclamo a la administración y paralelamente se envió un escrito al ejecutor coactivo, adjuntando las declaraciones y el detalles de las percepciones, así como copia del pago del tributo resultante pero se nos indico que el proceso continuaba y debía pagar si o si. Antes de realizar la rectificatoria se consulto a los orientadores de Sunat y se les explico la naturaleza del error y ellos estuvieron de acuerdo con nuestro parecer, No existía deuda porque tanto Retención como la percepción son "pagos" por adelantado del IGV, es más en aquella época las percepciones se detallaban en las declaraciones. En la exposición Ud. indica que la Sunat antes que se emita una Resolución de Cobranza Coactiva verifica, sin embargo la deuda no existia . Por favor nos podría indicar como podemos recuperar el monto pagado y si podemos presentar un reclamo porque no es la primera vez que sucede que emiten una Resolucion de Cobranza Coactiva sin verificar, pues los pagos están en la misma página de Sunat y no lo "ven" y cuando se presenta reclamo porque envian un comunicado de apercibimiento de embargo, ni disculpas piden por su negligencia. ¡Muchas gracias por su atención!
Hola María Elena. Por favor, escríbenos a defensacontribuyente@mef.gob.pe o llámanos al (01) 610-5930 para que uno de nuestros abogados te brinde orientación y asistencia en tu caso. Estaremos atentos a tu comunicación.
Felicitaciones ! sigan compartiendo videos académicos. Saludos
Gracias Carlos. Claro que sí!
EXCELENTE VÍDEO PERO QUEDARÍA PENDIENTE UNA SESIÓN SOBRE ASPECTOS RELEVANTES PERO EN MATERIA DE GOBIERNOS LOCALES.
Gracias, Juan. Traslado tu sugerencia al equipo!
¡Buenas noches! el caso es que se dio de baja a un Ruc en Mayo 2018, en los primeros días de Diciembre 2021 Sunat envía al correo registrado en esa época(en desuso) y en el buzón electrónico, como supondrán habiendo transcurrido tanto tiempo no se revisaba el buzón y menos el correo registrado porque ya no se usaba. Sin embargo el 15 diciembre pasado el plazo para interponer reclamo envían un mensaje además de los medios mencionados al 2do correo que en ese entonces se registro y recién allí nos enteramos del problema. Revisando los documentos se detecto que se cancelo el impuesto resultante dentro del plazo señalado en el cronograma emitido por Sunat. Lo que si hubo fue un error al registrar las percepciones se coloco en la casilla de retenciones, por lo que se hizo la rectificatoria y por cuestión de redondeo salió una diferencia de 2 soles que se cancelo al momento de hacer la retificatoria, presentamos el Reclamo a la administración y paralelamente se envió un escrito al ejecutor coactivo, adjuntando las declaraciones y el detalles de las percepciones, así como copia del pago del tributo resultante pero se nos indico que el proceso continuaba y debía pagar si o si. Antes de realizar la rectificatoria se consulto a los orientadores de Sunat y se les explico la naturaleza del error y ellos estuvieron de acuerdo con nuestro parecer, No existía deuda porque tanto Retención como la percepción son "pagos" por adelantado del IGV, es más en aquella época las percepciones se detallaban en las declaraciones. En la exposición Ud. indica que la Sunat antes que se emita una Resolución de Cobranza Coactiva verifica, sin embargo la deuda no existia . Por favor nos podría indicar como podemos recuperar el monto pagado y si podemos presentar un reclamo porque no es la primera vez que sucede que emiten una Resolucion de Cobranza Coactiva sin verificar, pues los pagos están en la misma página de Sunat y no lo "ven" y cuando se presenta reclamo porque envian un comunicado de apercibimiento de embargo, ni disculpas piden por su negligencia. ¡Muchas gracias por su atención!
Hola María Elena. Por favor, escríbenos a defensacontribuyente@mef.gob.pe o llámanos al (01) 610-5930 para que uno de nuestros abogados te brinde orientación y asistencia en tu caso. Estaremos atentos a tu comunicación.