Hola contador, muchas gracias por sus videos, me han ayudado mucho, me surgio una duda respecto al arrendamiento puro, ¿Por que esta condicionada la deduccion del automovil al tope de $175,000 de deduccion por inversion?. En el art.38 de la ley hace mencion de los contratos de arrendamiento financiero, en cambio el arrendamiento puro no se menciona, le agradezco su tiempo
Hola Mario, tuve un equipo de transporte en arrendamiento puro, al terminar el periodo de rent, me dieron laopcion de adquirirlo, mi duda es, en la contabilidad tendre que reconocer el equipo como un activo fijo nuevo e iniciar su depreciacion como una nueva adquisicion a los porcentajes permitidos?
Mario, en 2017 me registre en al RFC en el "Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras PF y PM", con actividad economica "Cría y engorda de vacas, reses o novillos para su venta" SIN OBLIGACIONES de presentar declaraciones por los ingresos que son pocos, pero en 2022 el SAT me cambio automaticamente al RESICO con la misma Actividad Economica y en la CSF sigue apareciendo SIN OBLIGACIONES FISCALES, por lo que no he presentado ninguna declaracion, y mi duda es la siguiente: ¿ES CORRECTO QUE AL CAMBIAR MI REGIMEN SIGA SIN OBLIGACIONES FISCALES? mis ingresos apenas llegan a 180,000 pesos al año.
Buenas tardes, tengo una financiera que en el contrato dice que tengo que devolver el bien, pero desde el inicio hace una corrida que indica que tendre un valor residual para comprar la camioneta que estoy arrendando, ademas de que no factura intereses. como lo debo de tomar? como arrendamiento financiero por la opcion de compra, o como arrendamiento puro y guiarme con la proporcion de los 200 diarios. pero entonces si mi mensualidad es de 18 mil pesos y lo factura todo como arrendamiento solo 6080 son deducibles y lo demas no deducible?
Mario, si saco una camioneta Pick Up por arrendamiento financiero y vale aprox $550 mil pesos, es deducible al 100% entiendo, pero como sería el registro contable del pago mensual?
TODOS LOS VIDEOS DEL CONTADOR SON EXCELENTES. GRACIAS !!
Excelente video maestro, entonces podríamos decir que fiscalmente el Arrendamiento Financiero tiene los mismos efectos que la compra del bien no ?
Excelente muchas felicidades explica muy bien. ¡Gracias!
Disculpe en la parte del arrendamiento puro, la gasolina es deducibe proporcional? o como se le aplicaria el tratato gracias
Efectivamente, al igual que el IVA que será acredita de manera proporcional
Gracias maestro
Saludos
Gracias Maestro
El mejor como siempre, Gracias .!!🤓
Hola contador, muchas gracias por sus videos, me han ayudado mucho, me surgio una duda respecto al arrendamiento puro, ¿Por que esta condicionada la deduccion del automovil al tope de $175,000 de deduccion por inversion?. En el art.38 de la ley hace mencion de los contratos de arrendamiento financiero, en cambio el arrendamiento puro no se menciona, le agradezco su tiempo
Gracias
Hola Mario, tuve un equipo de transporte en arrendamiento puro, al terminar el periodo de rent, me dieron laopcion de adquirirlo, mi duda es, en la contabilidad tendre que reconocer el equipo como un activo fijo nuevo e iniciar su depreciacion como una nueva adquisicion a los porcentajes permitidos?
QUE CLARO EXPLICAS AMIGO!
Mario, en 2017 me registre en al RFC en el "Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras PF y PM", con actividad economica "Cría y engorda de vacas, reses o novillos para su venta" SIN OBLIGACIONES de presentar declaraciones por los ingresos que son pocos, pero en 2022 el SAT me cambio automaticamente al RESICO con la misma Actividad Economica y en la CSF sigue apareciendo SIN OBLIGACIONES FISCALES, por lo que no he presentado ninguna declaracion, y mi duda es la siguiente: ¿ES CORRECTO QUE AL CAMBIAR MI REGIMEN SIGA SIN OBLIGACIONES FISCALES? mis ingresos apenas llegan a 180,000 pesos al año.
Buenas tardes, tengo una financiera que en el contrato dice que tengo que devolver el bien, pero desde el inicio hace una corrida que indica que tendre un valor residual para comprar la camioneta que estoy arrendando, ademas de que no factura intereses. como lo debo de tomar? como arrendamiento financiero por la opcion de compra, o como arrendamiento puro y guiarme con la proporcion de los 200 diarios. pero entonces si mi mensualidad es de 18 mil pesos y lo factura todo como arrendamiento solo 6080 son deducibles y lo demas no deducible?
En el Artículo 38 dice que ue en el caso de Arrendamiento financiero el MOI es el valor del contrato, no entiendo porque sale el tope de los 175 mil
Ejemplo para una camioneta soy rif con reducción voy en 3er año isr promedio pagado 1500 bimestrales
Pero en el caso de camionetas pick up que tope le aplicaria entonces y cual seria el fundamento?
Sin tope
Está catalogada la pickup como vehículo COMERCIAL, Ai igual que otros vehículos utilitarios como la minivan, ej. Tornado,caddy, transporter
Mario, si saco una camioneta Pick Up por arrendamiento financiero y vale aprox $550 mil pesos, es deducible al 100% entiendo, pero como sería el registro contable del pago mensual?
Hola Mauro, si gustas yo te puedo ayudar con tus trámites de arrendamiento y a resolver tus dudas
Como esta el caso del Arrendamiento financiero al registrarlo como mercancía en caso del arrendador, como funciona el costo de lo vendido en ese caso?
Me temo que el inventario no es objeto de arrendamiento financiero.
Cual sería el caso que dictamina el Art. 39 LISR
@@jp_sando costo de lo vendido de mercancía.
Y el art. 40?, tengo muchas dudas, disculpe