Ya se está trabajando en el principio de igualdad dónde las motos no sean inmovilizada si no en los mismos casos de los carros, ojalá pase los debates y se apruebe.
Buenas noches muy acertada su explicacion, escribo desde barranquilla, quiero pedir ayuda con un comparendo que tiene mi esposo y que consiguio, despues de 6 años la prescripcion definitiva del mismo,que fue hecho por soat infraccion D-02, no portar seguro obligatorio, ya que no lo tenia en el momento, pero que en la base de datos del runt, estaba vigente, pero ahora debe todo ese tiempo de parqueo, como puede hacer para no pagar? gracias......
Ola , me podrías hacer el favor de ayudarme con algo? Yo me accidente hace unos días, me choque contra una moto y un carro, y me operaron el pie, y se me llevaron la moto, pero yo no tengo los papeles al dia, q necesito sacar para sacar la moto del parqueadero, ..yo se q tengo q sacar el soat la tecnomecanica, y qas , la frua q se la llevó o algo ,y los días del parqueadero? Me choque el 25 de diciembre, más o menos cuanto tendría q pagar el día de hoy , usted me podría explicar eso ,si fuera tan amable.. muchas gracias.. necesito sacar la moto, por q todavía la estoy pagando, y no quiciera perderla por desconocer algunas normas ..
Hola buenas tarde le queria aser una consulta si compro una motocicleta y no voy manegando ni tampoco el motor encedido solo la traslado a pie me la puede quitar incluso si no voy arriva del vhieculo
Buenos días, te hago una pregunta, para retirar el vehículo de los patios me pueden exigir comprar SOAT y técnico mecánica, cuando ha sido inmovilizado por la falta de estos documentos aún si voy a retirar el vehículo en grúa?? Te cuento mi caso, llevaba mi moto en una motogrua, está presentó una falla y hubo que bajar mi moto y está fue recogida en otra grúa , quedandome yo con mi moto en el sitio esperando me recogiera otra grúa, pero llega el agente de transito, llamado por un policía de vigilancia y me pide documentos le presento todos menos SOAT y técnico mecánica porque como ya dije la moto no los tiene por estar dañada, y estaba en dirección al mecánico para organizarla y así pueda pasar la revisión técnico mecánica con éxito. No tendría sentido yo sin contar con la plata para arreglarla sacar unos documentos antes y perder al menos 3 meses de SOAT y técnico mecánica sin poder arreglarla. Entonces lo que se quería era, dejarla a punto en mecánica, una vez esté bien, recoger el dinero para sacar el soat y posteriormente técnico mecánica. Este día el guarda de tránsito (ciudad de Medellín) aún con la moto quieta estacionada me la inmoviliza con la complicidad de un policía de vigilancia que fue quien lo llamó, hay pruebas en video de que no estaba circulando en la moto, estaba quieto como dije esperando una nueva grúa. El tema es que ya en el transito me están exigiendo comprar SOAT para retirar el vehículo de patios, aún diciéndoles que voy a retirar el vehículo en grúa. Se que el funcionario se llevará un proceso disciplinario por plasmar su forma en un mal procedimiento, pero eso es otro tema. Aquí lo que trato de saber es que no cuento con el dinero para comprar SOAT y técnico mecánica, y entre más tiempo pase es más dinero para retirar el vehículo de patios. Por eso les digo que lo retiro en grúa pero no quieren entender.
Sr. Yuber. Según su explicación. Quiero saber si un organismo de Tto. Puede decretar que un ciudadano tenga que estar al día en el simit para poder retirar el vehículo inmovilizado, en este caso los comparendos son por otro motivo.
Hola buenas amigo me llamo Darío una pregunta ami.me quitaron la moto porque no tenía el soat tampoco tengo licencia y un policía de tránsito de Barranquilla me imovilizo la moto en la modalidad de ruleteo y me llevo para donde tenían el retén con la grúa y pues quería saber si a mi me toca pagar los conparendos para poder reclamar el vehículo gracias
Dr. Buenas noches. El día 14 de mayo de 2022 (sábado), infringi la norma de tránsito pasándome el semaforo en rojo, el guarda me detuvo, me inmovilizo la moto pero no me hizo el comparendo hasta el día 15 de mayo de 2022, es decir al otro día. Que debo de hacer?
Hola Yuber cómo estás, espero que te encuentres muy bien Yuber es que anoche le hicieron un comparendo a mi hermano el c24 con ley 55 y 96 de la ley 769 y pues el agente inmovilizo el vehículo, y yo mostrándole que yo tenía licencia osea que podía llevar la moto, sin embargo la subió a la grúa y se la llevó para los patios, la moto no tiene seguro ni tecnomecanica pero el comparendo está por casco , será me la pueden entregar la moto sin pagar el comparendo?... Y si pago el comparendo debo de sacar el soat y la tecno?
Una consulta Me hicieron un comparendo D1 pero yo si tengo la licencia C1 vencida puedo impugnar sabiendo que para licencia vencida es un comparendo B2
Hola buenas tardes, a mí me inmovilizaron mi moto por estar en una zona de prohibido parquear, y me están cobrando el comparendo y debo de hacer el curso para que me puedan entregar la moto.. como y donde puedo gestionar el retiro de mi moto sin pagar dicho comparendo?? Mil gracias
hola buenas doctor es que hoy me quitaron la moto x llanta lisa delantera tengo tecnomecanica al dia¡ me dices que debo pagar la multa para poder sacar la moto es verda saludos desde buenaventura
dr yuber, cordial saludo. admiro mucho su conocimiento,y le agradeceria su orinetacion con lo siguiente, si el simit publica el cobro coactivo, pero es la secretaria de hacienda quien esta cobrando y este cobro a prescrito, a quien se le debe de iniciar el proceso, "aclaro mi pregunta" a quien le debo de enviar el derecho de peticion, a la oficina simit o a la secretaria de hacienda. muchas gracias
A la secretaria de transito, si en algo te puedo ayudar yo cobro el 10% de lo que debes en transito y te hago el documento bien fundamentado. escribeme al 3206695223
Buenas noches, excelente información. Doctor una pregunta. Si me obligan a pagar la multa para sacarla de los patios cuando aún la inmovilizacion es por SOAT vencido. A dónde debo dirigirme?
Articulo 55 C.N.T. Normas de Comportamiento en concordancia con la Sentencia c 885 de 2010 "La decisión del Legislador de imponer una sanción más grave a las motocicletas que al resto de automóviles es razonable constitucionalmente. No constituye un trato injustificado y, por tanto, discriminatorio. La igualdad en este caso se predica de dos grupos. Por una parte el de los conductores de motocicletas y, por el otro, el de los conductores de otro tipo de vehículos. El trato diferente entre los dos grupos se da con relación a la interposición de la ‘inmovilización’ del vehículo. Mientras que a los conductores de motocicletas que cometan las infracciones contempladas en los literales D3 a D7, del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito Terrestre, se les inmoviliza la motocicleta en el caso de no pago de la multa, para el resto de vehículos ello no es así. Así pues, el criterio con base en el cual se establece el trato diferente es si el tipo de vehículo es una motocicleta o no. Corresponde pues a la Corte, analizar la razonabilidad del criterio con base en el cual se establece el trato diferente. En otras palabras, la cuestión que enfrenta la Sala, es si es razonable imponer una sanción de inmovilización por el no pago de multas por comisión de contravenciones graves, a las motocicletas pero no a los demás tipos de vehículos".... Saludos.
@@estefacardona5452 buenas noches EN primer lugar la autoridad de tránsito no quita, "INMOVILIZA" de acuerdo al artículo 125 CNT, lo cual consiste en suspender temporalmente la circulación del vehículo por las vías públicas o privadas abiertas al público. Para tal efecto, el vehículo será conducido a parqueaderos autorizados que determine la autoridad competente, hasta que se subsane o cese la causa que le dio origen, a menos que sea subsanable en el sitio que se detectó la infracción... " En ese orden de ideas si te inmovilizaron por SOAT y/o RTM debes demostrar que ya adquirió estos 2 documentos para poder retirar tu motocicleta de los patios oficiales además debes estar paz y salvo por concepto de grúa y parqueadero, espero te halla quedado claro, feliz noche.
Puede un agente de tránsito imponer un comparendo por no tener soat o técnico mecánica al día a un motociclista cuando esté no está manejando la moto si no que la esta empujando, bien sea por una pinchada o cualquier otra cosa que lo oblegue a empujar la moto e incluso por voluntad propia de moverla empujada de un punto de la ciudad hasta otro punto?
Eso lo están haciendo en la secretaría de tránsito en el municipio de caqueza cundinamarca obliga a las personas que si deben multas no les entregan el vehículo asta estar al día en todas las multas q tengas
Dr pregunta técnica si me encuentro en un reten por los agentes de transito y en ella no se encuentra la señalizacion debidamente marcada con los conos y demás sería algo ilegal
Buenas dr, soy venezolano y me encuentro en medellin, ayer conducia mi moto sin mi licencia (venezolana) y me fue inmovilizada la moto, en caso de ir a retirarla al patio de movilidad tendria que pagar el comparendo para poder retirar mi moto? Y que documentos deberia presentar? Gracias.
ARTICULO 131 LEY 769 DE 2002. ARTÍCULO 131. MULTAS. Los infractores de las normas de tránsito serán sancionados con la imposición de multas, de acuerdo con el tipo de infracción así: D.3. Transitar en sentido contrario al estipulado para la vía, calzada o carril. En el caso de motocicletas se procederá a su inmovilización hasta tanto no se pague el valor de la multa o la autoridad competente decida sobre su imposición en los términos de los artículos 135 y 136 del Código Nacional de Tránsito. D.3. Transitar en sentido contrario al estipulado para la vía, calzada o carril. En el caso de motocicletas se procederá a su inmovilización hasta tanto no se pague el valor de la multa o la autoridad competente decida sobre su imposición en los términos de los artículos 135 y 136 del Código Nacional de Tránsito. D.5. Conducir un vehículo sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores, bermas, demarcaciones de canalización, zonas verdes o vías especiales para vehículos no motorizados. En el caso de motocicletas se procederá a su inmovilización hasta tanto no se pague el valor de la multa o la autoridad competente decida sobre su imposición en los términos de los artículos 135 y 136 del Código Nacional de Tránsito. D.6. Adelantar a otro vehículo en berma, túnel, puente, curva, pasos a nivel y cruces no regulados o al aproximarse a la cima de una cuesta o donde la señal de tránsito correspondiente lo indique. En el caso de motocicletas se procederá a su inmovilización hasta tanto no se pague el valor de la multa o la autoridad competente decida sobre su imposición en los términos de los artículos 135 y 136 del Código Nacional de Tránsito. D.7. Conducir realizando maniobras altamente peligrosas e irresponsables que pongan en peligro a las personas o las cosas. En el caso de motocicletas se procederá a su inmovilización hasta tanto no se pague el valor de la multa o la autoridad competente decida sobre su imposición en los términos de los artículos 135 y 136 del Código Nacional de Tránsito.
Dr. Yuber, trabajo en temas de tránsito y sus videos me han sido de mucha utilidad pero respecto a este tema la ley de amnistía incluyó un mico monumental, un gorila legislativo a los conductores y el cual literalmente además de ser inconstitutucional es un abuso y es lo que se refiere al tema de inmovilización de vehículos ya que el parágrafo 3 del artículo 2 de dicha ley de amnistía establece que no se podrá tramitar la salida de vehículos hasta tanto no se esté a paz y salvo por concepto de multas o se haya suscrito un acuerdo de pago, lo anterior obliga al ciudadano a aceptar la infracción e imposibilita impugnar el comparendo, otra arbitrariedad que se suma a todo el nefasto sistema de tránsito en Colombia.
@@eliecerreal6707 Si considera que fueron injustas y tiene forma de pelearlos debió haberlos impugnado, pero si ya se venció el plazo para impugnar y todos fueron impuestos antes del 31 de mayo de este año le sugieron que llegue a un acuerdo de pago con movilidad y también hable para que no le suspendan la licencia...
Buenas noches DR. Una pregunta, soy extranjero tengo Pep y pasaporte. Conduzco moto ahora las autoridades dicen que no es posible por qué no entiendo si tengo mi Pep y mi licencia de mi país
ley 769 de 2002 - Articulo 25 Usted esta autorizado para estar en el Colombia, su licencia no tiene ningún Problema. ARTÍCULO 25. LICENCIAS EXTRANJERAS. Las licencias de conducción, expedidas en otro país, que se encuentren vigentes y que sean utilizadas por turistas o personas en tránsito en el territorio nacional, serán válidas y admitidas para conducir en Colombia durante la permanencia autorizada a su titular, conforme a las disposiciones internacionales sobre la materia.
@@dryuberpalacios el pep nos autoriza a trabajar y ahora con esto de la pandemia nos están metiendo mucha precion con eso. Los que trabajamos en rapy y en otras plataformas debería de hacer un vídeo sobre eso amigo ya que es un experto eso eso. Gracias a sus vídeo me he instruido mucho sobre la conducción debida en el territorio colombiano su mensaje está llegando conectividad amigo
@@17232775 Tengo un caso de un chico de Venezuela en Medellin, intentare hacer un video, gracias por las palabras. Comparte por favor en tus grupos y que nos envien las Denuncias Que se suscriben al canal.
Faltaría q yo ví q los motoristas no deben circular por el segundo carril o tercer carril q deben transitar por el carril de la derecha y ellos invaden todos los carriles y hasta ahora no he visto q ando le prohíban eso ?
Ola bue as tardes si me inmovilizan el vehículo por mas de 23 días tengo que pagar los patios todos esos días ya que me dieron la entrega de la motocicleta hasta ese dia
Hola amigo disculpa esque me llevaron la moto a los patios por tecnomecanica No pude retirarla porque no tenia dinero y despues llego la cuarentena Como hago para sacarla y reducir el pago de los patios Ya que es mucho dinero yo creo Muchas graciss La moto tiene su seguro Y tiene su tarjeta se propiedad
Por eso debe uno apelar al derecho a la igualdad, es decir se debe tratar igual una moto que un automovil, camioneta, bus, etc... Nadie ha peleado por eso.
Sentencia C-885/10 INMOVILIZACION DE LAS MOTOCICLETAS POR CAUSA DE MORA EN EL PAGO DE MULTAS-No constituye una restricción irrazonable, ni desproporcionada o un trato discriminatorio 5.2. Las disposiciones acusadas establecen que quienes infrinjan las normas de tránsito serán sancionados con multas, dependiendo el tipo de infracción (artículo 131 de la Ley 1383 de 2010). Esta multa será de treinta (30) salarios mínimos legales diarios vigentes, cuando se cometan las infracciones descritas en los numerales del literal D del artículo en cuestión (art. 31 de la Ley 1383 de 2010). Concretamente aquellas que son demandadas, consisten en (i) transitar en sentido contrario al estipulado para la vía, calzada o carril (D3); (ii) no detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo, una señal de ‘PARE’ o un semáforo intermitente en rojo (D4); (iii) conducir un vehículo sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores, bermas, demarcaciones de canalización, zonas verdes o vías especiales para vehículos no motorizados (D5), (iv) adelantar a otro vehículo en berma, túnel, puente, curva, pasos a nivel y cruces no regulados o al aproximarse a la cima de una cuesta o donde la señal de tránsito correspondiente lo indique (D6); y (v) conducir realizando maniobras altamente peligrosas e irresponsables que pongan en peligro a las personas o las cosas (D7). Todas las disposiciones legales demandadas establecen que, en el caso en el cual la infracción sea cometida por motocicletas “[…] se procederá a su inmovilización hasta tanto no se pague el valor de la multa o la autoridad competente decida sobre su imposición en los términos de los artículos 135 y 136 del Código Nacional de Tránsito.” El artículo 135 del Código Nacional de Tránsito Terrestre consagra el procedimiento que debe seguir la autoridad de tránsito para imponer un comparendo ante la comisión de una contravención.[23] El artículo 136 del Código Nacional de Tránsito Terrestre, por su parte, señala las reglas para que las personas tengan derecho a que se reduzca el monto de la multa que debe pagarse, en el caso de que el inculpado reconozca la comisión de la infracción y cancele la misma dentro de los plazos allí señalados.[24] En conclusión, la Corte Constitucional considera que el legislador no desconoce los derechos a la libertad de locomoción y al trabajo, al establecer que a los conductores de motocicletas, en los casos de mora en el pago de las multas de las graves contravenciones, se les puede también inmovilizar su vehículo, cundo con ello pretende proteger la vida y la integridad personal adecuadamente. En segundo lugar, considera que el legislador no viola el principio de igualdad, al imponer dicha sanción de inmovilización a los motociclistas a pesar de que no ocurre lo mismo con los otros vehículos. Lejos de tratarse de normas contrarias al orden constitucional vigente, lo emulan y se inspiran en él, dando una gran importancia a la vida y a la integridad personal, sobre una dimensión de la libertad que no es definitiva ni fundamental para las personas. RESUELVE: Declarar EXEQUIBLES las expresiones acusadas en los literales D3, D4, D5, D6 y D7 del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito Terrestre, tal como fue modificado por el artículo 21 de la Ley 1383 de 2010, por los cargos analizados en la presente sentencia.
Bien claro, sin carreta ni tonterías.
Muchas gracias es muy útil la información Dios lo bendiga
Ya se está trabajando en el principio de igualdad dónde las motos no sean inmovilizada si no en los mismos casos de los carros, ojalá pase los debates y se apruebe.
Demeciada efectividad en la Info, quedo muy agradecido.
Otra ?q tengo es ante la ley cuántos vehículos ya sea motocicleta o carro pueden en total subir al grúa
felicitaciones por esas asesorías que a diario caemos en ellas y nos violan los derechos.
Buenas noches muy acertada su explicacion, escribo desde barranquilla, quiero pedir ayuda con un comparendo que tiene mi esposo y que consiguio, despues de 6 años la prescripcion definitiva del mismo,que fue hecho por soat infraccion D-02, no portar seguro obligatorio, ya que no lo tenia en el momento, pero que en la base de datos del runt, estaba vigente, pero ahora debe todo ese tiempo de parqueo, como puede hacer para no pagar? gracias......
Circular en zigzag entre los carros
Buenos días gracias por compartir esa información. agradezco si puede publicar normatividad referente licencia de ambulancia territorio nacional.
Una pregunta ❓ yo tengo la moto inmovilizada por Soat, pero solo quiero pagar grua y patio, lo puedo hacer???
Que chévere, gracias por compartir esa información, es de gran ayuda, saludos
Ola , me podrías hacer el favor de ayudarme con algo?
Yo me accidente hace unos días, me choque contra una moto y un carro, y me operaron el pie, y se me llevaron la moto, pero yo no tengo los papeles al dia, q necesito sacar para sacar la moto del parqueadero, ..yo se q tengo q sacar el soat la tecnomecanica, y qas , la frua q se la llevó o algo ,y los días del parqueadero? Me choque el 25 de diciembre, más o menos cuanto tendría q pagar el día de hoy , usted me podría explicar eso ,si fuera tan amable.. muchas gracias.. necesito sacar la moto, por q todavía la estoy pagando, y no quiciera perderla por desconocer algunas normas
..
Muchas gracias por la información, Dios lo bendiga
Hola buenas tarde le queria aser una consulta si compro una motocicleta y no voy manegando ni tampoco el motor encedido solo la traslado a pie me la puede quitar incluso si no voy arriva del vhieculo
Buenos días, te hago una pregunta, para retirar el vehículo de los patios me pueden exigir comprar SOAT y técnico mecánica, cuando ha sido inmovilizado por la falta de estos documentos aún si voy a retirar el vehículo en grúa??
Te cuento mi caso, llevaba mi moto en una motogrua, está presentó una falla y hubo que bajar mi moto y está fue recogida en otra grúa , quedandome yo con mi moto en el sitio esperando me recogiera otra grúa, pero llega el agente de transito, llamado por un policía de vigilancia y me pide documentos le presento todos menos SOAT y técnico mecánica porque como ya dije la moto no los tiene por estar dañada, y estaba en dirección al mecánico para organizarla y así pueda pasar la revisión técnico mecánica con éxito. No tendría sentido yo sin contar con la plata para arreglarla sacar unos documentos antes y perder al menos 3 meses de SOAT y técnico mecánica sin poder arreglarla.
Entonces lo que se quería era, dejarla a punto en mecánica, una vez esté bien, recoger el dinero para sacar el soat y posteriormente técnico mecánica.
Este día el guarda de tránsito (ciudad de Medellín) aún con la moto quieta estacionada me la inmoviliza con la complicidad de un policía de vigilancia que fue quien lo llamó, hay pruebas en video de que no estaba circulando en la moto, estaba quieto como dije esperando una nueva grúa. El tema es que ya en el transito me están exigiendo comprar SOAT para retirar el vehículo de patios, aún diciéndoles que voy a retirar el vehículo en grúa.
Se que el funcionario se llevará un proceso disciplinario por plasmar su forma en un mal procedimiento, pero eso es otro tema. Aquí lo que trato de saber es que no cuento con el dinero para comprar SOAT y técnico mecánica, y entre más tiempo pase es más dinero para retirar el vehículo de patios. Por eso les digo que lo retiro en grúa pero no quieren entender.
Sr. Yuber. Según su explicación. Quiero saber si un organismo de Tto. Puede decretar que un ciudadano tenga que estar al día en el simit para poder retirar el vehículo inmovilizado, en este caso los comparendos son por otro motivo.
Hola buenas amigo me llamo Darío una pregunta ami.me quitaron la moto porque no tenía el soat tampoco tengo licencia y un policía de tránsito de Barranquilla me imovilizo la moto en la modalidad de ruleteo y me llevo para donde tenían el retén con la grúa y pues quería saber si a mi me toca pagar los conparendos para poder reclamar el vehículo gracias
Excelente contenido
Gracias
Dr. Buenas noches.
El día 14 de mayo de 2022 (sábado), infringi la norma de tránsito pasándome el semaforo en rojo, el guarda me detuvo, me inmovilizo la moto pero no me hizo el comparendo hasta el día 15 de mayo de 2022, es decir al otro día. Que debo de hacer?
Hola Yuber cómo estás, espero que te encuentres muy bien Yuber es que anoche le hicieron un comparendo a mi hermano el c24 con ley 55 y 96 de la ley 769 y pues el agente inmovilizo el vehículo, y yo mostrándole que yo tenía licencia osea que podía llevar la moto, sin embargo la subió a la grúa y se la llevó para los patios, la moto no tiene seguro ni tecnomecanica pero el comparendo está por casco , será me la pueden entregar la moto sin pagar el comparendo?... Y si pago el comparendo debo de sacar el soat y la tecno?
Una consulta
Me hicieron un comparendo D1 pero yo si tengo la licencia C1 vencida puedo impugnar sabiendo que para licencia vencida es un comparendo B2
Últimamente hay mucha persecución contra motosiclistas
Una pregunta
Si me inmovilizan la moto para sacarla de patios me toca pagar los comparendos antiguos?? La moto no está a mi nombre
Gracias
Hola buenas tardes, a mí me inmovilizaron mi moto por estar en una zona de prohibido parquear, y me están cobrando el comparendo y debo de hacer el curso para que me puedan entregar la moto.. como y donde puedo gestionar el retiro de mi moto sin pagar dicho comparendo?? Mil gracias
hola buenas doctor es que hoy me quitaron la moto x llanta lisa delantera tengo tecnomecanica al dia¡ me dices que debo pagar la multa para poder sacar la moto es verda saludos desde buenaventura
dr yuber, cordial saludo. admiro mucho su conocimiento,y le agradeceria su orinetacion con lo siguiente, si el simit publica el cobro coactivo, pero es la secretaria de hacienda quien esta cobrando y este cobro a prescrito, a quien se le debe de iniciar el proceso, "aclaro mi pregunta" a quien le debo de enviar el derecho de peticion, a la oficina simit o a la secretaria de hacienda. muchas gracias
A la secretaria de transito, si en algo te puedo ayudar yo cobro el 10% de lo que debes en transito y te hago el documento bien fundamentado. escribeme al 3206695223
dr. yuber a mi me pusieron 5 multas es necesario pagarlas todas ?fueron efectuadas el mismo día son d2,d3,c24,c14,c35 ayúdeme
Buenas noches, excelente información. Doctor una pregunta. Si me obligan a pagar la multa para sacarla de los patios cuando aún la inmovilizacion es por SOAT vencido. A dónde debo dirigirme?
Tengo 2 comparendos y debo revalidar i pase es obligatorio pagarlos
Todas las causantes que nombró excepto la 5 las cometen los policías y jamás los multan a ellos!!!!
Amigo nos gustaría que hicieras un vídeo de concordancias de codigo infracciones y artículos
Articulo 55 C.N.T. Normas de Comportamiento en concordancia con la Sentencia c 885 de 2010 "La decisión del Legislador de imponer una sanción más grave a las motocicletas que al resto de automóviles es razonable constitucionalmente. No constituye un trato injustificado y, por tanto, discriminatorio. La igualdad en este caso se predica de dos grupos. Por una parte el de los conductores de motocicletas y, por el otro, el de los conductores de otro tipo de vehículos. El trato diferente entre los dos grupos se da con relación a la interposición de la ‘inmovilización’ del vehículo. Mientras que a los conductores de motocicletas que cometan las infracciones contempladas en los literales D3 a D7, del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito Terrestre, se les inmoviliza la motocicleta en el caso de no pago de la multa, para el resto de vehículos ello no es así. Así pues, el criterio con base en el cual se establece el trato diferente es si el tipo de vehículo es una motocicleta o no. Corresponde pues a la Corte, analizar la razonabilidad del criterio con base en el cual se establece el trato diferente. En otras palabras, la cuestión que enfrenta la Sala, es si es razonable imponer una sanción de inmovilización por el no pago de multas por comisión de contravenciones graves, a las motocicletas pero no a los demás tipos de vehículos".... Saludos.
Buenas. Noches. Que puedo hacer si me quitan la Moto por qué no tengo SOAT ni técnicomecanica
@@estefacardona5452 buenas noches EN primer lugar la autoridad de tránsito no quita, "INMOVILIZA" de acuerdo al artículo 125 CNT, lo cual consiste en suspender temporalmente la circulación del vehículo por las vías públicas o privadas abiertas al público. Para tal efecto, el vehículo será conducido a parqueaderos autorizados que determine la autoridad competente, hasta que se subsane o cese la causa que le dio origen, a menos que sea subsanable en el sitio que se detectó la infracción... " En ese orden de ideas si te inmovilizaron por SOAT y/o RTM debes demostrar que ya adquirió estos 2 documentos para poder retirar tu motocicleta de los patios oficiales además debes estar paz y salvo por concepto de grúa y parqueadero, espero te halla quedado claro, feliz noche.
Puede un agente de tránsito imponer un comparendo por no tener soat o técnico mecánica al día a un motociclista cuando esté no está manejando la moto si no que la esta empujando, bien sea por una pinchada o cualquier otra cosa que lo oblegue a empujar la moto e incluso por voluntad propia de moverla empujada de un punto de la ciudad hasta otro punto?
Eso lo están haciendo en la secretaría de tránsito en el municipio de caqueza cundinamarca obliga a las personas que si deben multas no les entregan el vehículo asta estar al día en todas las multas q tengas
Dr pregunta técnica si me encuentro en un reten por los agentes de transito y en ella no se encuentra la señalizacion debidamente marcada con los conos y demás sería algo ilegal
😢😢Dios mio
Buenas dr, soy venezolano y me encuentro en medellin, ayer conducia mi moto sin mi licencia (venezolana) y me fue inmovilizada la moto, en caso de ir a retirarla al patio de movilidad tendria que pagar el comparendo para poder retirar mi moto? Y que documentos deberia presentar? Gracias.
hola se me llevaron la moto a patios y si comparendo
me puedes ayudar
Yuber compañero bajo que ley decreto o resolución dice o nombra que sea tentos artículos.
ARTICULO 131 LEY 769 DE 2002.
ARTÍCULO 131. MULTAS. Los infractores de las normas de tránsito serán sancionados con la imposición de multas, de acuerdo con el tipo de infracción así:
D.3. Transitar en sentido contrario al estipulado para la vía, calzada o carril. En el caso de motocicletas se procederá a su inmovilización hasta tanto no se pague el valor de la multa o la autoridad competente decida sobre su imposición en los términos de los artículos 135 y 136 del Código Nacional de Tránsito.
D.3. Transitar en sentido contrario al estipulado para la vía, calzada o carril. En el caso de motocicletas se procederá a su inmovilización hasta tanto no se pague el valor de la multa o la autoridad competente decida sobre su imposición en los términos de los artículos 135 y 136 del Código Nacional de Tránsito.
D.5. Conducir un vehículo sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores, bermas, demarcaciones de canalización, zonas verdes o vías especiales para vehículos no motorizados. En el caso de motocicletas se procederá a su inmovilización hasta tanto no se pague el valor de la multa o la autoridad competente decida sobre su imposición en los términos de los artículos 135 y 136 del Código Nacional de Tránsito.
D.6. Adelantar a otro vehículo en berma, túnel, puente, curva, pasos a nivel y cruces no regulados o al aproximarse a la cima de una cuesta o donde la señal de tránsito correspondiente lo indique. En el caso de motocicletas se procederá a su inmovilización hasta tanto no se pague el valor de la multa o la autoridad competente decida sobre su imposición en los términos de los artículos 135 y 136 del Código Nacional de Tránsito.
D.7. Conducir realizando maniobras altamente peligrosas e irresponsables que pongan en peligro a las personas o las cosas. En el caso de motocicletas se procederá a su inmovilización hasta tanto no se pague el valor de la multa o la autoridad competente decida sobre su imposición en los términos de los artículos 135 y 136 del Código Nacional de Tránsito.
Dr. Yuber, trabajo en temas de tránsito y sus videos me han sido de mucha utilidad pero respecto a este tema la ley de amnistía incluyó un mico monumental, un gorila legislativo a los conductores y el cual literalmente además de ser inconstitutucional es un abuso y es lo que se refiere al tema de inmovilización de vehículos ya que el parágrafo 3 del artículo 2 de dicha ley de amnistía establece que no se podrá tramitar la salida de vehículos hasta tanto no se esté a paz y salvo por concepto de multas o se haya suscrito un acuerdo de pago, lo anterior obliga al ciudadano a aceptar la infracción e imposibilita impugnar el comparendo, otra arbitrariedad que se suma a todo el nefasto sistema de tránsito en Colombia.
@RCadavid RCB mi me pusieron 5 multas es necesario pagarlas todas ?fueron efectuadas el mismo día son d2,d3,c24,c14,c35 ayúdeme
@@eliecerreal6707 Si considera que fueron injustas y tiene forma de pelearlos debió haberlos impugnado, pero si ya se venció el plazo para impugnar y todos fueron impuestos antes del 31 de mayo de este año le sugieron que llegue a un acuerdo de pago con movilidad y también hable para que no le suspendan la licencia...
Y si la persona que iba manejando no es el propietario. El propietario la puede retirar
Buenas noches DR. Una pregunta, soy extranjero tengo Pep y pasaporte. Conduzco moto ahora las autoridades dicen que no es posible por qué no entiendo si tengo mi Pep y mi licencia de mi país
ley 769 de 2002 - Articulo 25
Usted esta autorizado para estar en el Colombia, su licencia no tiene ningún Problema.
ARTÍCULO 25. LICENCIAS EXTRANJERAS. Las licencias de conducción, expedidas en otro país, que se encuentren vigentes y que sean utilizadas por turistas o personas en tránsito en el territorio nacional, serán válidas y admitidas para conducir en Colombia durante la permanencia autorizada a su titular, conforme a las disposiciones internacionales sobre la materia.
@@dryuberpalacios el pep nos autoriza a trabajar y ahora con esto de la pandemia nos están metiendo mucha precion con eso. Los que trabajamos en rapy y en otras plataformas debería de hacer un vídeo sobre eso amigo ya que es un experto eso eso. Gracias a sus vídeo me he instruido mucho sobre la conducción debida en el territorio colombiano su mensaje está llegando conectividad amigo
@@17232775 Tengo un caso de un chico de Venezuela en Medellin, intentare hacer un video, gracias por las palabras. Comparte por favor en tus grupos y que nos envien las Denuncias
Que se suscriben al canal.
Faltaría q yo ví q los motoristas no deben circular por el segundo carril o tercer carril q deben transitar por el carril de la derecha y ellos invaden todos los carriles y hasta ahora no he visto q ando le prohíban eso ?
Ola bue as tardes si me inmovilizan el vehículo por mas de 23 días tengo que pagar los patios todos esos días ya que me dieron la entrega de la motocicleta hasta ese dia
No amigo solo paga el dia q entra y el dia q sale
Hola, compa. Buen video. Pero te faltaron las multas E.4 y F, las cuales también dan para inmovilización. Saludos.
Me inmovilisaron por qué la licencia no es original ,que debo hacer para a recuperarla?.
con las motos a toda hora es negocio ladrons es q son
Mejor no compro moto
Hola amigo disculpa esque me llevaron la moto a los patios por tecnomecanica
No pude retirarla porque no tenia dinero y despues llego la cuarentena
Como hago para sacarla y reducir el pago de los patios
Ya que es mucho dinero yo creo
Muchas graciss
La moto tiene su seguro
Y tiene su tarjeta se propiedad
Tengo el mismo problema, cual es el procedimiento si me puedes ayudar por favor y gracias.
Un numero telefonico para llamarlo DIOS lo bendiga y lo cuide mucho
Por eso debe uno apelar al derecho a la igualdad, es decir se debe tratar igual una moto que un automovil, camioneta, bus, etc... Nadie ha peleado por eso.
Sentencia C-885/10
INMOVILIZACION DE LAS MOTOCICLETAS POR CAUSA DE MORA EN EL PAGO DE MULTAS-No constituye una restricción irrazonable, ni desproporcionada o un trato discriminatorio
5.2. Las disposiciones acusadas establecen que quienes infrinjan las normas de tránsito serán sancionados con multas, dependiendo el tipo de infracción (artículo 131 de la Ley 1383 de 2010). Esta multa será de treinta (30) salarios mínimos legales diarios vigentes, cuando se cometan las infracciones descritas en los numerales del literal D del artículo en cuestión (art. 31 de la Ley 1383 de 2010). Concretamente aquellas que son demandadas, consisten en (i) transitar en sentido contrario al estipulado para la vía, calzada o carril (D3); (ii) no detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo, una señal de ‘PARE’ o un semáforo intermitente en rojo (D4); (iii) conducir un vehículo sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores, bermas, demarcaciones de canalización, zonas verdes o vías especiales para vehículos no motorizados (D5), (iv) adelantar a otro vehículo en berma, túnel, puente, curva, pasos a nivel y cruces no regulados o al aproximarse a la cima de una cuesta o donde la señal de tránsito correspondiente lo indique (D6); y (v) conducir realizando maniobras altamente peligrosas e irresponsables que pongan en peligro a las personas o las cosas (D7). Todas las disposiciones legales demandadas establecen que, en el caso en el cual la infracción sea cometida por motocicletas “[…] se procederá a su inmovilización hasta tanto no se pague el valor de la multa o la autoridad competente decida sobre su imposición en los términos de los artículos 135 y 136 del Código Nacional de Tránsito.” El artículo 135 del Código Nacional de Tránsito Terrestre consagra el procedimiento que debe seguir la autoridad de tránsito para imponer un comparendo ante la comisión de una contravención.[23] El artículo 136 del Código Nacional de Tránsito Terrestre, por su parte, señala las reglas para que las personas tengan derecho a que se reduzca el monto de la multa que debe pagarse, en el caso de que el inculpado reconozca la comisión de la infracción y cancele la misma dentro de los plazos allí señalados.[24]
En conclusión, la Corte Constitucional considera que el legislador no desconoce los derechos a la libertad de locomoción y al trabajo, al establecer que a los conductores de motocicletas, en los casos de mora en el pago de las multas de las graves contravenciones, se les puede también inmovilizar su vehículo, cundo con ello pretende proteger la vida y la integridad personal adecuadamente. En segundo lugar, considera que el legislador no viola el principio de igualdad, al imponer dicha sanción de inmovilización a los motociclistas a pesar de que no ocurre lo mismo con los otros vehículos. Lejos de tratarse de normas contrarias al orden constitucional vigente, lo emulan y se inspiran en él, dando una gran importancia a la vida y a la integridad personal, sobre una dimensión de la libertad que no es definitiva ni fundamental para las personas.
RESUELVE:
Declarar EXEQUIBLES las expresiones acusadas en los literales D3, D4, D5, D6 y D7 del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito Terrestre, tal como fue modificado por el artículo 21 de la Ley 1383 de 2010, por los cargos analizados en la presente sentencia.
Hola soy sully