Aquí vale la pena aclarar que LOS PROFESIONALES INFEPENDIENTES EN SALUD QUE NO TENGAN Nexos contractuales con epss, impec, Soat, etc, y que no tengan ingresos anuales por encima de los 3500 UVT NO ESTÁN OBLIGADOS A FACTURAR, por qué he notado que están difundiendo información errónea y generando confusión !! Y esto fue aclarado en la capacitación que diO el Minsalud!!
Los RIPS si son obligatorios para todos y los ingenieros del ministerio manifestaron que para estos profesionales habrá un link específico para reportar los RIPS. en el nuevo archivo
Gracias Juliette por la aclaración. En nuestro rol de consultores manifestamos que la Resolución 2275 de 2023 no es explícita al decir el monto de las UVT y por eso sugerimos que cada persona hiciese la consulta directamente a la DIAN para que a traves de su Declaración de renta le dijeran si sus UVT dan para facturar electrónicamente o no. Es clave tener claro cuales son las UVT. Y Gracias por socializar lo aclarado por el Ministerio.
Hola. La DIAN tiene habilitada la factura para sector salud? Porque en la resolución se habla de que la factura debe llevar algunos campos como código de habilitación y actualmente eso no lo tiene la factura de la DIAN. O cómo se configura? Tampoco he visto como se maneja el tema de copagos con software de laDIAN. GRACIAS ayuda por favor
Excelente presentación. Gracias.
Aquí vale la pena aclarar que LOS PROFESIONALES INFEPENDIENTES EN SALUD QUE NO TENGAN Nexos contractuales con epss, impec, Soat, etc, y que no tengan ingresos anuales por encima de los 3500 UVT NO ESTÁN OBLIGADOS A FACTURAR, por qué he notado que están difundiendo información errónea y generando confusión !! Y esto fue aclarado en la capacitación que diO el Minsalud!!
Los RIPS si son obligatorios para todos y los ingenieros del ministerio manifestaron que para estos profesionales habrá un link específico para reportar los RIPS. en el nuevo archivo
Gracias Juliette por la aclaración. En nuestro rol de consultores manifestamos que la Resolución 2275 de 2023 no es explícita al decir el monto de las UVT y por eso sugerimos que cada persona hiciese la consulta directamente a la DIAN para que a traves de su Declaración de renta le dijeran si sus UVT dan para facturar electrónicamente o no. Es clave tener claro cuales son las UVT. Y Gracias por socializar lo aclarado por el Ministerio.
Excelente presentación, la felicito
Hola. La DIAN tiene habilitada la factura para sector salud? Porque en la resolución se habla de que la factura debe llevar algunos campos como código de habilitación y actualmente eso no lo tiene la factura de la DIAN. O cómo se configura? Tampoco he visto como se maneja el tema de copagos con software de laDIAN. GRACIAS ayuda por favor
Bnas tardes, todo ese proceso lo debe de hacer el profesional independiente o la asistente que se encarga de los procesos del consultorio ?
Como crear un Rips Jeison ?