Tengo la siguiente consulta. Se trata de un proceso ejecutivo que se inicia con u documento idóneo y con fundabilidad, en la primera conciliación el monto adeudado se rebaja a mas de l mitad y eso queda registrado en el acta de acuerdo transaccional que tiene calidad de cosa juzgada, y pero en ese documento se establecen obligaciones reciprocas para ambas partes. La pregunta es, este nuevo titulo no tiene la calidad de ejecutivo porque no cumple con los requisitos del titulo ejecutivo, por tener obligaciones pendientes de las partes. Por consiguiente al ser un titulo infundado pese a ser una sentencia cabe la petición de la ordinarización de ese proceso dentro del mismo?? Ojala pueda absolver mi pregunta, pero gracias anteladas.
Tengo la siguiente consulta.
Se trata de un proceso ejecutivo que se inicia con u documento idóneo y con fundabilidad, en la primera conciliación el monto adeudado se rebaja a mas de l mitad y eso queda registrado en el acta de acuerdo transaccional que tiene calidad de cosa juzgada, y pero en ese documento se establecen obligaciones reciprocas para ambas partes.
La pregunta es, este nuevo titulo no tiene la calidad de ejecutivo porque no cumple con los requisitos del titulo ejecutivo, por tener obligaciones pendientes de las partes. Por consiguiente al ser un titulo infundado pese a ser una sentencia cabe la petición de la ordinarización de ese proceso dentro del mismo??
Ojala pueda absolver mi pregunta, pero gracias anteladas.
Muy muy didáctico, sencillo para entender. Excelente nivel
Excelente Ponencia... Saludos buen Abogado.
Genial Bendiciones siempre 🙏 🙌
Brillante exposición, muchas gracias Doctor
Gusto de verlo estimado Dr.
Excelente doctor Castellanos
Excelente ponencia, propia de un gran profesional como el el Dr. Gonzalo Castellanos Trigo.
Excelente Dr
Excelente ponencia..
Excelente...! 👏
Hola doctor buenas tardes para consultar algún contacto ??
Realmente muy buena ponencia...
Que se aborde los medios de impugnación