Muy buenos días. Que tema tan interesante. Siempre aprendo bastante. Quería preguntarle dr. Moya, ¿por qué los contadores son tan reacios para hacer el deterioro de cartera, y el por qué algunos revisores fiscales tampoco hacen alusión a esto en sus dictámenes? Por favor ayudarnos con el sonido, que es el único problema que le tengo a su canal. Muchas gracias por su tiempo.
Sería bueno que en Colombia se considerara la implementación de estudios de reserva, como se reglamentan en EE.UU(más de treinta Estados) y Canadá, donde por ley es obligatorio para los condominios hacer estudios de reserva, para crear fondos de reserva planificados a largo plazo para financiar la reparación y reemplazo de los componentes o activos más costosos(techos, fachadas ascensores, planta eléctrica etc,) a medida que vayan cumpliendo con su vida útil y evitar diferir la reparación o reemplazo por falta de recursos a tiempo y la consecuente elevación del costo y altas cuotas extraordinarias. No consiste en ahorrar en fondos, sino hacerlo de una manera técnica. Ver: Planificación Fondo de reserva. th-cam.com/video/rBGb6U-UMEs/w-d-xo.htmlsi=DlGbI3hH1Hrklk2u con información en la descripción.
Un "título valor" sí prescribe a los 3 años (pagaré, letra, cheque, factura... etc.), pero la "expensa común" de cada mes solo prescribe a los 5 años de haber nacido jurídicamente.
Muchas gracias
Excelente información.
En la mayoría de las copropiedades no se tiene en cuenta la contabilización del deterioro de la cartera.
Este señor contador, con todos sus años de experiencia, aún no sabe el concepto real de cuotas extraordinarias
Excelente conferencia Gracias Dr.
gracias excelente explicacion
Muy buenos días. Que tema tan interesante. Siempre aprendo bastante. Quería preguntarle dr. Moya, ¿por qué los contadores son tan reacios para hacer el deterioro de cartera, y el por qué algunos revisores fiscales tampoco hacen alusión a esto en sus dictámenes? Por favor ayudarnos con el sonido, que es el único problema que le tengo a su canal. Muchas gracias por su tiempo.
Sería bueno que en Colombia se considerara la implementación de estudios de reserva, como se reglamentan en EE.UU(más de treinta Estados) y Canadá, donde por ley es obligatorio para los condominios hacer estudios de reserva, para crear fondos de reserva planificados a largo plazo para financiar la reparación y reemplazo de los componentes o activos más costosos(techos, fachadas ascensores, planta eléctrica etc,) a medida que vayan cumpliendo con su vida útil y evitar diferir la reparación o reemplazo por falta de recursos a tiempo y la consecuente elevación del costo y altas cuotas extraordinarias. No consiste en ahorrar en fondos, sino hacerlo de una manera técnica. Ver: Planificación Fondo de reserva. th-cam.com/video/rBGb6U-UMEs/w-d-xo.htmlsi=DlGbI3hH1Hrklk2u con información en la descripción.
Un "título valor" sí prescribe a los 3 años (pagaré, letra, cheque, factura... etc.), pero la "expensa común" de cada mes solo prescribe a los 5 años de haber nacido jurídicamente.
Buen diia