Pues no he visto yo pollos en el ayuntamiento por nuevos dueños de chalets en el monte, que van con la escritura a solicitar permisos de obra o a recaudación.
Lo que es curioso es que haya viviendas en catastro con calificación urbana residencial y luego en el PGOU sea no urbanizable. Que lo hacen para cobrar IBI? Por otro lado, si una vivienda es de antes del 2014 pero está en zona semi urbanizada con más vecinos, no se puede solicitar individualmente?
entiendo entonces que con la nueva ley si compro hoy en día un terreno rustico sin construcción, si podría empezar los tramites para construir una vivienda?
Grácias por el vídeo!! Yo tengo una pregunta... Estoy viendo casa de campo y he visto una bien de precio pero es de banco, y antes tenía suministro de agua 💧 pero ahora ya no tiene, eléctrico no sé si tenía pero las casas colindantes si tienen. Me dice el de la inmobiliaria que necesito la cédula de habitabilidad y tendría que legalizar con proyecto de arquitectos y todo el rollo, pero claro solo tiene 3500mts de parcela la vivienda tendrá como 30 años. La casa está en provincia de Valencia. Se puede conseguir tenerla legal para poder tener suministro tanto eléctrico como de agua? O no vale la pena arriesgarse tanto. Un saludo!
Hola, tengo una casa construida en 2004 en Valencia, en suelo, según el ayuntamiento rural y según la gva, conselleria, rural protegido. ¿Podría legalizarlo haciendo el impacto medioambiental? ¿Podrían tumbarla?
Hola Alize, desconocemos si existe en tramitación alguna iniciativa legislativa similar en Andalucía. Como sabe, al ser la Ordenación del Territorio competencias de las CCAA, cada una tiene un ritmo. La Comunidad Valenciana ha sido pionera en este sentido, pero con toda seguridad el resto de territorios irán en el mismo sentido, o eso sería lo deseable, pues hay una realidad innegable, España está plagada de viviendas en suelo rustico fuera de ordenación, y acometiendo ciertas actuaciones para proteger el medio ambiente se solucionaría el problema.
haber hay cosas que este abogado que tiene razon y otras nos para empezar una vivenda que tenga escrituras y esta rece como tal en la escritura queda registrada la propiedad ya pasa a ser completamente legal y urbana a Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana (Ley 7/2015, de 30 de marzo), independientemente de donde esté ubicada esta y su categoría anterior sí que es cierto que dicha regulación es diferente de una comunidad autónoma a otra pero a nivel general es decir nacional todos son a efectos a iguales con requerimientos y regulaciones diferentes por cada Comunidad Autónoma o Ayuntamientos el otro ejemplo que ha puesto este señor dicha vivienda en parcela rústica o legalizada en parte la pueden tirar o no a ver realmente se encuentra esta en terreno rústico o en zonas urbana independientemente de su naturaleza o construcción legal o alegal puede pasar el mismo problema en ambos es decir si dicha vivienda se encuentra en terreno rústico o en una zona urbana puede echar abajo una propiedad sin pestañear ya se ha echo en bloques de edificios por construir una carretera o la ampliación de un parque de zonas verdes en resumen pueden hacer la misma papeleta ya sea en terreno rústico como urbano de esta no se salva nadie así que es cierto si una vivienda está escriturada te van a pagar el valor de la misma como si se tratase de una urbana legal desde cero a su finalización
Muy bien esplicado y muy interesante. Ojala se aplique en Mallorca.
Gracias.
Gracias @tonimas5140
Un saludo,
Muchissimas gracias.estoy comprando un terreno rustico con una casa legalizada .
Qué tal ha salido todo?
En Andalucía está la ley Lista
Muchas gracias.
Pues no he visto yo pollos en el ayuntamiento por nuevos dueños de chalets en el monte, que van con la escritura a solicitar permisos de obra o a recaudación.
Lo que es curioso es que haya viviendas en catastro con calificación urbana residencial y luego en el PGOU sea no urbanizable. Que lo hacen para cobrar IBI? Por otro lado, si una vivienda es de antes del 2014 pero está en zona semi urbanizada con más vecinos, no se puede solicitar individualmente?
entiendo entonces que con la nueva ley si compro hoy en día un terreno rustico sin construcción, si podría empezar los tramites para construir una vivienda?
Grácias por el vídeo!!
Yo tengo una pregunta... Estoy viendo casa de campo y he visto una bien de precio pero es de banco, y antes tenía suministro de agua 💧 pero ahora ya no tiene, eléctrico no sé si tenía pero las casas colindantes si tienen.
Me dice el de la inmobiliaria que necesito la cédula de habitabilidad y tendría que legalizar con proyecto de arquitectos y todo el rollo, pero claro solo tiene 3500mts de parcela la vivienda tendrá como 30 años.
La casa está en provincia de Valencia.
Se puede conseguir tenerla legal para poder tener suministro tanto eléctrico como de agua? O no vale la pena arriesgarse tanto.
Un saludo!
Hola, tengo una casa construida en 2004 en Valencia, en suelo, según el ayuntamiento rural y según la gva, conselleria, rural protegido. ¿Podría legalizarlo haciendo el impacto medioambiental? ¿Podrían tumbarla?
La pregunta sería, ¿puede algún día la justicia determinar que debes derribar esa vivienda?.
Buen video.
Hay algo específico de la comunidad de Andalucía sobre la legalización de obra antigua?
Hola Alize, desconocemos si existe en tramitación alguna iniciativa legislativa similar en Andalucía. Como sabe, al ser la Ordenación del Territorio competencias de las CCAA, cada una tiene un ritmo.
La Comunidad Valenciana ha sido pionera en este sentido, pero con toda seguridad el resto de territorios irán en el mismo sentido, o eso sería lo deseable, pues hay una realidad innegable, España está plagada de viviendas en suelo rustico fuera de ordenación, y acometiendo ciertas actuaciones para proteger el medio ambiente se solucionaría el problema.
Muchas gracias por todos vuestros videos. Son muy interesantes.
Sabeis si hay alguna iniciativa similar en Catalunya?
Sino tengo una hectárea entonces definitivamente no podrán legalizarla?
haber hay cosas que este abogado que tiene razon y otras nos para empezar una vivenda que tenga escrituras y esta rece como tal en la escritura queda registrada la propiedad ya pasa a ser completamente legal y urbana a Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana (Ley 7/2015, de 30 de marzo), independientemente de donde esté ubicada esta y su categoría anterior sí que es cierto que dicha regulación es diferente de una comunidad autónoma a otra pero a nivel general es decir nacional todos son a efectos a iguales con requerimientos y regulaciones diferentes por cada Comunidad Autónoma o Ayuntamientos
el otro ejemplo que ha puesto este señor dicha vivienda en parcela rústica o legalizada en parte la pueden tirar o no
a ver realmente se encuentra esta en terreno rústico o en zonas urbana independientemente de su naturaleza o construcción legal o alegal puede pasar el mismo problema en ambos es decir si dicha vivienda se encuentra en terreno rústico o en una zona urbana puede echar abajo una propiedad sin pestañear ya se ha echo en bloques de edificios por construir una carretera o la ampliación de un parque de zonas verdes en resumen pueden hacer la misma papeleta ya sea en terreno rústico como urbano de esta no se salva nadie así que es cierto si una vivienda está escriturada te van a pagar el valor de la misma como si se tratase de una urbana legal desde cero a su finalización