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Me agradó mucho el análisis del caso, lo voy a recomendar a mis compañeros de maestría (estamos analizando jurisprudencia de la Corte IDH). Saludos desde Perú.
La CIDH debe respetar la competencia que le concede en el artículo 63 de la Convención Americana de Derechos Humanos. Lo único que debió hacer es verificar la violación de los Derechos Humanos y "ordenar" el pago de indemnizaciones pero no "ordenar" que el Estado mexicano reforme su Constitución. Debió solo sugerir que el Estado revise la figura del arraigo más no interferir en la institucionalidad.
Respuesta del invitado de esta entrevista, Luis Tapia: La prisión preventiva es una medida cautelar con fines de evitar que la persona se escape o afecte a alguien y el arraigo es una detención con fines de investigación previa al inicio del proceso. La prisión preventiva con fines de investigación no existe. Básicamente eso es el arraigo
Buenas noches. Antes que nada, muy buen contenido. Ahora bien, la Corte IDH tiene un mecanismo de vigilancia el cual denomina "Supervisión de Cumplimiento de Sentencia", el cual tiene como fin proteger a las víctimas de violaciones a sus derecho, así como mantenerse al pendiente respecto del cumplimiento de la sentencia. En el caso mexicano que nos ocupa, existen diversas autoridades legitimadas para reformar la constitución, sin embargo, quisiera saber ¿Cuál es el mecanismo que usará la Corte Interamericana para coaccionar al Estado Mexicano a cumplir lo relativo a la reforma constitucional?, además, ¿A quien de las autoridades legitimadas podría solicitarle que cumpla con el procedimiento legislativo consistente en la reforma constitucional? ¿el mecanismo de supervisión de cumplimiento de sentencia, resulta eficaz para coaccionar al Estado Mexicano a reformar su Constitución? Saludos.
Muchas gracias. Efectivamente la Corte supervisará el cumplimiento de México de la sentencia y no dejará de supervisarlo hasta que México cumpla con las reparaciones (incluyendo la modificación de la Constitución). Si México no cumplen, la Corte IDH puede referir el incumplimiento a la Asamblea General de la OEA donde están representados todos los Estados de la región, y pueden tomar medidas diplomáticas para obligar a México a cumplir
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Me agradó mucho el análisis del caso, lo voy a recomendar a mis compañeros de maestría (estamos analizando jurisprudencia de la Corte IDH). Saludos desde Perú.
Saludos para los comentaristas. Viva Venezuela. Viva México.
Amo muchooo esto. Muchas gracias por todo el análisis. ❤
Gracias por el contenido, Patricia 🙌🏾🙌🏾
La CIDH debe respetar la competencia que le concede en el artículo 63 de la Convención Americana de Derechos Humanos. Lo único que debió hacer es verificar la violación de los Derechos Humanos y "ordenar" el pago de indemnizaciones pero no "ordenar" que el Estado mexicano reforme su Constitución. Debió solo sugerir que el Estado revise la figura del arraigo más no interferir en la institucionalidad.
Buen programa, lastima que no invitaran a Red Solidaria Década Contra la Impunidad Ac, que es quién litigo este caso durante 17 años
Quizá no quiso dar su opinión.
Una pregunta; dónde puedo encontrar a Red Solidaria Década Contra la Impunidad A.C ?
¿Cual es la diferencia entre la figura del arraigo y la prisión preventiva con fines de investigación?
Respuesta del invitado de esta entrevista, Luis Tapia: La prisión preventiva es una medida cautelar con fines de evitar que la persona se escape o afecte a alguien y el arraigo es una detención con fines de investigación previa al inicio del proceso. La prisión preventiva con fines de investigación no existe. Básicamente eso es el arraigo
Cuáles son los delitos?
a q te refieres? a los delitos de los que acusaban a las presuntas víctimas?
Buenas noches.
Antes que nada, muy buen contenido.
Ahora bien, la Corte IDH tiene un mecanismo de vigilancia el cual denomina "Supervisión de Cumplimiento de Sentencia", el cual tiene como fin proteger a las víctimas de violaciones a sus derecho, así como mantenerse al pendiente respecto del cumplimiento de la sentencia.
En el caso mexicano que nos ocupa, existen diversas autoridades legitimadas para reformar la constitución, sin embargo, quisiera saber ¿Cuál es el mecanismo que usará la Corte Interamericana para coaccionar al Estado Mexicano a cumplir lo relativo a la reforma constitucional?, además, ¿A quien de las autoridades legitimadas podría solicitarle que cumpla con el procedimiento legislativo consistente en la reforma constitucional?
¿el mecanismo de supervisión de cumplimiento de sentencia, resulta eficaz para coaccionar al Estado Mexicano a reformar su Constitución?
Saludos.
Muchas gracias. Efectivamente la Corte supervisará el cumplimiento de México de la sentencia y no dejará de supervisarlo hasta que México cumpla con las reparaciones (incluyendo la modificación de la Constitución). Si México no cumplen, la Corte IDH puede referir el incumplimiento a la Asamblea General de la OEA donde están representados todos los Estados de la región, y pueden tomar medidas diplomáticas para obligar a México a cumplir