Es decir que tanto el empleado como el empleador deben reconocer la obligación, en cuanto a terminación unilateral del contrato sin justa causa bajo las mimas condiciones?? o ya sea que que no cumplan con el periodo de preaviso deben reconocerle monetariamente el tiempo que no se laborará con base al salario básico y el tiempo faltante en contrato a termino fijo o 30 días y mas en caso de contrato a termino indefinido???
Mucho mejor regulados los contratos en Argentina que en México. Me recordó a la jurisprudencia del derecho romano. Enhorabuena.
Es decir que tanto el empleado como el empleador deben reconocer la obligación, en cuanto a terminación unilateral del contrato sin justa causa bajo las mimas condiciones?? o ya sea que que no cumplan con el periodo de preaviso deben reconocerle monetariamente el tiempo que no se laborará con base al salario básico y el tiempo faltante en contrato a termino fijo o 30 días y mas en caso de contrato a termino indefinido???
el codigo comentado explica mejor (consejo)
Gracias esta buena la explicación!.
solo nombrar artículos, lejos de aclarar algo
Yo estoy por demandar a una Empresa de plan de motos atraves de defemsa del consumidor
No sabes nada loco