Y en el caso de que la misma empresa que genera ingresos por la venta de bienes inmuebles (Ej. Plantas de tratamiento de agua) genere también ingresos por servicios (Ej. Mantenimiento) y por venta de productos (Ej. repuestos, electrobombas, tableros de control eléctrico) y que calcule el iva sobre el total de la base del ingreso en todas sus ventas, está obligado a generar el iva por la venta de bienes inmuebles únicamente sobre la utilidad u honorarios o lo puede seguir calculando así?
No estoy de acuerdo, desde mi punto de vista y si leen bien el instructivo del formulario 300 (Punto 29) nuestro caso de construcción sería el 28, correcto, pero ahí no irían todos los ingresos brutos, ahí solo se pondría la base gravable (utilidad u honorarios), el restante debería ponerse en la casilla 40, y la suma de ambos el total de ingresos brutos
Y en el caso de que la misma empresa que genera ingresos por la venta de bienes inmuebles (Ej. Plantas de tratamiento de agua) genere también ingresos por servicios (Ej. Mantenimiento) y por venta de productos (Ej. repuestos, electrobombas, tableros de control eléctrico) y que calcule el iva sobre el total de la base del ingreso en todas sus ventas, está obligado a generar el iva por la venta de bienes inmuebles únicamente sobre la utilidad u honorarios o lo puede seguir calculando así?
No estoy de acuerdo, desde mi punto de vista y si leen bien el instructivo del formulario 300 (Punto 29) nuestro caso de construcción sería el 28, correcto, pero ahí no irían todos los ingresos brutos, ahí solo se pondría la base gravable (utilidad u honorarios), el restante debería ponerse en la casilla 40, y la suma de ambos el total de ingresos brutos
De acuerdo