Diferencias pensión incapacidad permanente absoluta total y parcial.

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  • เผยแพร่เมื่อ 13 มิ.ย. 2020
  • Abogado Ramón Escribano Garés, teléfono 958-274169 y E-mail 4135@icagr.es
    En este vídeo explicamos detenidamente las diferencias existentes entre tres tipos de pensiones de incapacidad permanente diferentes:
    - Pensión de incapacidad permanente absoluta para todo trabajo.
    - Pensión de incapacidad permanente total para el trabajo habitual.
    - Pensión de incapacidad permanente parcial para el trabajo habitual.
    Explicamos las características más esenciales de cada tipo de pensión de incapacidad permanente y nos detenemos en dos conceptos claves a la hora de valorar la capacidad residual de trabajo de una persona como son los siguientes:
    -Eficacia y productividad en el trabajo.
    -Dignidad en el trabajo.
    Estos dos parámetros deben tenerse en cuenta en todo momento a la hora de valorar la capacidad de trabajo de un interesado y sobre todo a la hora de calificar que tipo de pensión de incapacidad permanente podemos reclamar en cada caso en particular.
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    #incapacidadpermanente #abogadoGranada @pensión

ความคิดเห็น • 13

  • @MsSoniafernandez
    @MsSoniafernandez 4 ปีที่แล้ว

    Explicacion ESPECTACULAR. GRACIAS

  • @blancaholguin7308
    @blancaholguin7308 4 ปีที่แล้ว

    La pensión también debería depender de la edad que uno la pida

  • @marinamelara9574
    @marinamelara9574 4 ปีที่แล้ว

    Muy buenas yo tengo una pensión permanente total pero cuando me la dieron no tenían tanta cirugía ci el tiempo estoy peor y tengo lupus puedo pedir una asuluta

  • @rafaelpm8239
    @rafaelpm8239 4 ปีที่แล้ว

    Hola buenos días, quería hacerle una pregunta por qué estoy desesperado, pasado los 365 de baja, fui al tribunal y me dijeron que me concedían la prórroga de incapacidad temporal, pero desde entonces no he contado nada. Por qué puede ser o qué puedo hacer. Muchas gracias por su labor.

    • @abogadopensionincapacidad
      @abogadopensionincapacidad  4 ปีที่แล้ว

      Llame al INSS o vaya a su oficina mas cercana y coméntelo puede que haya un problema con el correo. Suerte

  • @carmenrivero7983
    @carmenrivero7983 4 ปีที่แล้ว

    Hay que pagar por la consulta? Gracias

    • @abogadopensionincapacidad
      @abogadopensionincapacidad  4 ปีที่แล้ว

      La primera consulta por email es gratis. Puede dirigir su pregunta al correo 4135@icagr.es

  • @latifessaih6763
    @latifessaih6763 4 ปีที่แล้ว

    Hola muy buenas teneis alguna oficina en Barcelona me pueden ofrecer un numero de contacto porfavor

  • @rafaelpm8239
    @rafaelpm8239 4 ปีที่แล้ว

    Cobrado quería decir

    • @abogadopensionincapacidad
      @abogadopensionincapacidad  4 ปีที่แล้ว

      Entiendo que será la mutua la que tiene que pagarle. Debe llamarlos y hablar con ellos. si el responsable es el INSS igualmente debe reclamarlo.