Gabriel López hola, el pago de un título debe hacerse contra su entrega, si lo pagas, debes exigir el título, si no lo haces es un pago mal hecho y podrían volvértelo a cobrar, por eso se dice en materia de títulos de crédito que “el que paga mal, paga dos veces”. Saludos.
Buenas noches. Tengo una pregunta, si la fecha de vencimiento dice 2021, pero en la parte posterior del pagaré se puso una nota en la que se dice que que hay fecha de un primer pago, por ejemplo, el 15 de agosto del 2019 sin embargo no se cumplió dicho pago, que procede en este caso?
Tal vez se refiera a un vencimiento escalonado, en este caso de no cumplirse con el pago de uno de los montos se puede exigir el pago del monto total del título, ignorando la fecha de vencimiento.
Que se hace cuando terminas de pagar y no te dan el pagaré o carta finiquito?
Gabriel López hola, el pago de un título debe hacerse contra su entrega, si lo pagas, debes exigir el título, si no lo haces es un pago mal hecho y podrían volvértelo a cobrar, por eso se dice en materia de títulos de crédito que “el que paga mal, paga dos veces”. Saludos.
@@capsulasjuridicas6606 gracias
La misma persona que firma un T.V alterado posteriormente debe ser necesariamente el mismo deudor (Cecilia M)?
Buenas noches. Tengo una pregunta, si la fecha de vencimiento dice 2021, pero en la parte posterior del pagaré se puso una nota en la que se dice que que hay fecha de un primer pago, por ejemplo, el 15 de agosto del 2019 sin embargo no se cumplió dicho pago, que procede en este caso?
Tal vez se refiera a un vencimiento escalonado, en este caso de no cumplirse con el pago de uno de los montos se puede exigir el pago del monto total del título, ignorando la fecha de vencimiento.
Gracias por enseñar