La Constitución establece en su artículo 66 que son las Cortes Generales, las que ejercen la Potestad Legislativa, pero según el artículo 150 CE, se permite que este poder se "diluya" atribuyendo dicha función, las Asambleas de las CC.AA., vulnerando así, el principio de soberanía "nacional", puesto que son las "regiones" las que terminan ejerciendo la Potestad Legislativa.
Muy buen vídeo! Pero no acabo de entendre la diferencia entre leyes marco y leyes basicas, son conceptos muy parecidos
La Constitución establece en su artículo 66 que son las Cortes Generales, las que ejercen la Potestad Legislativa, pero según el artículo 150 CE, se permite que este poder se "diluya" atribuyendo dicha función, las Asambleas de las CC.AA., vulnerando así, el principio de soberanía "nacional", puesto que son las "regiones" las que terminan ejerciendo la Potestad Legislativa.