Metodología: 0:30 Ley aplicable: 2:00 Sistema sucesorio: 6:23 Indignidad: 7:36 Derecho de opción: 8:37 Aceptación de la herencia: 12:05 Renuncia de la herencia: 15:24 Cesión de Derechos: 17:05 Petición de herencia: 19:15 Preferencia Acreedores / Legatarios: 20:14 Indivisión de la herencia: 21:18 Proceso sucesorio: 26:19 Administración de la herencia: 30:05 Partición de la herencia: 37:01 Colación: 41:21 Sucesión Intestada: 45:33 Legítima: 46:30 Sucesión testamentaria: 51:00 Institución de herederos: 54:15
gracias doctor, usted es un genio me hizo aprobar sucesiones hacia 6 años que iba y siempre me iba mal, con su explicacion sencilla pero a la vez exquisita
Hola no entiendo mucho de Derecho pero algo entendi, a lo mejor me podes sacar la duda; la casa de los padres de mi mama ; esa casa pertenecia a 5 hermanos uno de los cuales mi abuelo materno, en el año 66 los cuatro hemranos de mi abuelo le ceden la poriedad de la casa a mi abuelo y a su esposa (mi abuela) , lo cual constaba en un papel firmado por escibanos, ese papel quedo en manos de mi abuela después de fallecer mi abuela, la propiedad era de ella pero no se sabe si realmente mi abuela pudo hacer declaratoria de herederos para los hijos que eran 4 ( 2 varones y 2 mujeres ) , mi abuela fallece en 1983 , quienes quedan vvivendo en la propiedad fue mi tia con su marido y sus hijos, después de haber llegado a un acuerdo con mi madre y con la viuda de uno de mis tios el acuerdo era de boca de que mi tia juntaria para comprar esa casa, paso el tiempo, de los 4 hijos de mi abuela no queda ninguno vivo, la ultima que fallece es mi madre en este año , y ya con las intensiones de pedir a la gente ( sobrinos , hijos de la hermana )que necesitaba hacer la sucecion para que se reparta la herencia, en realidad la herencia se tendría que repartir en 3 por uno de los hermanos de mi mama era soltero y sin hijos. yo presente junto con la viuda de mi tio el reclamo de la parte que nos corresponde, nos reunimos las tres partes ante un abogado para ver si llegabamos a un acuerdo , los hijos de mi tia los que viven en la propiedad alegan que les pertenece porque ya son mas de 30 años los vivdos ahi, y ellos pagaron impuesto , pero yo se que los derechos de herencia de mi madre y de las otras partes nunca prescribieron , existe posibilidad alguna que estos sinverguenzas puedan quedarse con la propiedad, encima a mi abogado le niegan entregar los papeles de la casa y el papel mas importante es el de cedicion de propiedad que le hacen los hermanos a mi abuelo, si no presentan ese papel el abogado llama a los hermanos de mi abuelo o herederos, que hago en esos caso, me asesore pero estos desgraciados pasa el tiempo y estan poniendo esa traba con los papeles y demas
Buenas noches, en el minuto 20.38 respecto de la cuestión de los acreedores de la sucesión y los legatarios, a que se refiere cuando hace referencia a los "acreedores personales del heredero" ?
se equivoca cuando dice (28:50) que para que los inmuebles del causante se transmitan a los herederos forzosos es necesario que estos (los herederos) sean reconocidos judicialmente: la declaratoria es necesaria para que el heredero transmita el bien a un tercero; no es necesaria para que el heredero adquiera la propiedad del bien.
Buenas noches muy buen material Dr. le consulto me queda una duda mi mama esta en un proceso sucesorio con sus hermanos , una de sus hermanas es discapacitada, fue declarada así después de la muerte de mi abuelo que fue quien dejo la herencia mi tía le comunico a mi mama que toda la herencia le correspondería a mi otra tía discapacitada, pero ahora entiendo que no es así , mi abuelo no dejo ningún testamento solo bienes inmuebles , mi abuelo fallece en el País de Paraguay y la los bienes están en Argentina . gracias saludos
Se doctor yo tengo un hijo el papá de mi hijo falleció 2oo8 yo de esa fecha hasta ahora peleó por mi hijo la sucesión de su papá hasta hora no tengo noticias los abogados dejan el caso ni me avisan hoy mi hijo tiene 18 años tiene que seguir estudiando estoy aflijida me desespero y no sé adónde Horacio es el derecho de mi hijo por favor comuníquese con migo los hermanos se asen los desentendido por favor comuníquese con migo
tengo una duda, el dr dice que el plazo de caducidad del derecho de opcion en el nuevo codigo es de 10 años desde la muerte del causante, mientras que en el codigo dice que son 10 años desde la apertura de la sucesion. cual de las dos es?
Metodología: 0:30
Ley aplicable: 2:00
Sistema sucesorio: 6:23
Indignidad: 7:36
Derecho de opción: 8:37
Aceptación de la herencia: 12:05
Renuncia de la herencia: 15:24
Cesión de Derechos: 17:05
Petición de herencia: 19:15
Preferencia Acreedores / Legatarios: 20:14
Indivisión de la herencia: 21:18
Proceso sucesorio: 26:19
Administración de la herencia: 30:05
Partición de la herencia: 37:01
Colación: 41:21
Sucesión Intestada: 45:33
Legítima: 46:30
Sucesión testamentaria: 51:00
Institución de herederos: 54:15
+Nicolás Rostagno genio!
Muy buena idea, muy pero muy buena.
Capo!!
buen desglose, gracias!!!!
muy geniooo! :)
gracias doctor, usted es un genio me hizo aprobar sucesiones hacia 6 años que iba y siempre me iba mal, con su explicacion sencilla pero a la vez exquisita
Genio!!! DOCTORES ASÍ HACEN FALTA!
Simple y claro , digno de los que realmente saben. Gracias!
aprobéee! muchas gracias
DR. FRANCISO M. FERRER , CLARISIMO !!!
Genio total, gracias Dr por el video
excelente explicación! lo tuve de profesor y lo sigo viendo, gracias profe!
Hola no entiendo mucho de Derecho pero algo entendi, a lo mejor me podes sacar la duda; la casa de los padres de mi mama ; esa casa pertenecia a 5 hermanos uno de los cuales mi abuelo materno, en el año 66 los cuatro hemranos de mi abuelo le ceden la poriedad de la casa a mi abuelo y a su esposa (mi abuela) , lo cual constaba en un papel firmado por escibanos, ese papel quedo en manos de mi abuela después de fallecer mi abuela, la propiedad era de ella pero no se sabe si realmente mi abuela pudo hacer declaratoria de herederos para los hijos que eran 4 ( 2 varones y 2 mujeres ) , mi abuela fallece en 1983 , quienes quedan vvivendo en la propiedad fue mi tia con su marido y sus hijos, después de haber llegado a un acuerdo con mi madre y con la viuda de uno de mis tios el acuerdo era de boca de que mi tia juntaria para comprar esa casa, paso el tiempo, de los 4 hijos de mi abuela no queda ninguno vivo, la ultima que fallece es mi madre en este año , y ya con las intensiones de pedir a la gente ( sobrinos , hijos de la hermana )que necesitaba hacer la sucecion para que se reparta la herencia, en realidad la herencia se tendría que repartir en 3 por uno de los hermanos de mi mama era soltero y sin hijos. yo presente junto con la viuda de mi tio el reclamo de la parte que nos corresponde, nos reunimos las tres partes ante un abogado para ver si llegabamos a un acuerdo , los hijos de mi tia los que viven en la propiedad alegan que les pertenece porque ya son mas de 30 años los vivdos ahi, y ellos pagaron impuesto , pero yo se que los derechos de herencia de mi madre y de las otras partes nunca prescribieron , existe posibilidad alguna que estos sinverguenzas puedan quedarse con la propiedad, encima a mi abogado le niegan entregar los papeles de la casa y el papel mas importante es el de cedicion de propiedad que le hacen los hermanos a mi abuelo, si no presentan ese papel el abogado llama a los hermanos de mi abuelo o herederos, que hago en esos caso, me asesore pero estos desgraciados pasa el tiempo y estan poniendo esa traba con los papeles y demas
En que universidad enseña este doctor?
Excelente, muy claras las explicaciones de los conceptos. Gracias
Fue mi profesor en la UCSF, muy bien explicadas las diferencias
Excelente clase Dr. Ferrer, muy claro
genial!!
muchas gracias ! excelente material
excelente maestro
Gracias por compartir la clase
estos tramites, se pueden hacer de manera gratuita?
Buenas noches, en el minuto 20.38 respecto de la cuestión de los acreedores de la sucesión y los legatarios, a que se refiere cuando hace referencia a los "acreedores personales del heredero" ?
Muy bueno, gracias!
habrá un video similar para la parte de Derecho de Familia??
que maestro ♥
muy claro, muchas gracias!
se equivoca cuando dice (28:50) que para que los inmuebles del causante se transmitan a los herederos forzosos es necesario que estos (los herederos) sean reconocidos judicialmente: la declaratoria es necesaria para que el heredero transmita el bien a un tercero; no es necesaria para que el heredero adquiera la propiedad del bien.
Buenas noches muy buen material Dr. le consulto me queda una duda mi mama esta en un proceso sucesorio con sus hermanos , una de sus hermanas es discapacitada, fue declarada así después de la muerte de mi abuelo que fue quien dejo la herencia mi tía le comunico a mi mama que toda la herencia le correspondería a mi otra tía discapacitada, pero ahora entiendo que no es así , mi abuelo no dejo ningún testamento solo bienes inmuebles , mi abuelo fallece en el País de Paraguay y la los bienes están en Argentina . gracias saludos
impecable
Se doctor yo tengo un hijo el papá de mi hijo falleció 2oo8 yo de esa fecha hasta ahora peleó por mi hijo la sucesión de su papá hasta hora no tengo noticias los abogados dejan el caso ni me avisan hoy mi hijo tiene 18 años tiene que seguir estudiando estoy aflijida me desespero y no sé adónde Horacio es el derecho de mi hijo por favor comuníquese con migo los hermanos se asen los desentendido por favor comuníquese con migo
Excelente!
excelente ...
tengo una duda, el dr dice que el plazo de caducidad del derecho de opcion en el nuevo codigo es de 10 años desde la muerte del causante, mientras que en el codigo dice que son 10 años desde la apertura de la sucesion. cual de las dos es?
La muerte de una persona y la apertura de su sucesión "mortis causae" se producen en el mismo momento (art. 2.277 del Código).
gracias! disculpa la ignorancia, estoy estudiando, tratando de entender un poco esto.
excelente
excelente! gracias!
Clarisimo !
EXCELENTE EXPOSICION!!!