Reflexiones de los recursos en el Estado de México

แชร์
ฝัง
  • เผยแพร่เมื่อ 10 ธ.ค. 2024

ความคิดเห็น • 13

  • @samurai-do8711
    @samurai-do8711 ปีที่แล้ว +1

    Excelente señoría nuevo subscriptor

  • @abogadomorales77
    @abogadomorales77 ปีที่แล้ว +1

    Saludos Máster, gracias por compartir sus conocimientos.

  • @germhanzhevallos6857
    @germhanzhevallos6857 ปีที่แล้ว +3

    ¿Qué significa IUS ET?

    • @IUSETjorge70
      @IUSETjorge70  ปีที่แล้ว

      Gracias por la pregunta, el nombre del canal es IUS ET LEX Y SIGNIFICA DERECHO ES LEY

  • @guadalupeguzmanabogada
    @guadalupeguzmanabogada ปีที่แล้ว

    Saludos y excelente contenido su Señoría, nos enriquece su conocimiento

  • @edgarlabastida7977
    @edgarlabastida7977 ปีที่แล้ว +1

    Gracias por la explicación

  • @germhanzhevallos6857
    @germhanzhevallos6857 ปีที่แล้ว

    Muchas Gracias Sr. Juez. En mi caso el juez numerario de lo familiar en EL DISTRITO judicial decreto en mi contra una pensión alimenticia provisional de 35% para mis dos acreedoras alimentarias de 10 y 12 años de edad. ¿ Cuál es el porcentaje Máximo y Mínimo que puede decretar este juez en mi caso, si PERCIBO totalmente $7500 quincenales y del mismo me hacen un descuento FOVISSTE de $2000? Muchas Gracias!! Excelente tarde...

    • @IUSETjorge70
      @IUSETjorge70  ปีที่แล้ว +2

      Hola gracias por su pregunta, el único límite para fijar una pensión es que el deudor por lo menos se quede con un día de salario mínimo, y el mínimo es un salario mínimo, pero siendo asalariado el porcentaje de descuento lo decide prudencialmente el juez, si el descuento,neto es para pagar un crédito hipotecario donde viven los acreedores, se tendrá que reducir la pensión alimenticia

    • @dancor856
      @dancor856 ปีที่แล้ว

      ​@@IUSETjorge70 DISCULPE MAESTRO: EN UN PROCEDIMIENTO DE VIOLENCIA FAMILIAR, DONDE EL RECEPTOR ES UNA MUJER ADULTA MAYOR, QUE CON ENGAÑO, LE SACARON DE SU CASA. Y POSTERIORMENTE CON UN CONTRATO PRIVADO COMPRAVENTA DUDOSO A FAVOR DE UN HERMANO, LA DEJAN SIN CASA, Y ESTE HERMANO METE GENTE EXTRAÑA A SUPUESTAMENTE A RENTAR, SI SE SOLICITA LA MEDIDA DE PROTECCIÓN: REINGRESO A SU DOMICILIO EN LO QUE DETERMINA SU ACCIÓN A EJERCER... PUEDEN RETIRAR ESAS PERSONAS Y ELLA REINGRESAR.
      POR FAVOR, LE AGRADEZCO SI PUEDE RESPONDER.
      GRACIAS.

  • @lope86agui
    @lope86agui ปีที่แล้ว

    Podría compartirnos ese criterio jurisprudencia!..?, Saludos...

  • @miriamivonnequinterocortes2677
    @miriamivonnequinterocortes2677 ปีที่แล้ว +1

    Señoría, ¿me puede compartir su opinión respecto a este tema?:
    ¿la representación en suplencia puede ser otorgada únicamente por lo que hace AL PADRE, al presentarse conflicto de intereses de éste con los de su hijo?, ¿cierto? Es decir, la representación originaria la ejercen quienes detentan la Patria potestad (padre y madre). Por lo que se puede solicitar la suplencia de la representación que ejerce sólo el padre. No los dos.
    Pues de materializarse (suplir a los dos) podría ir en contra del interés del infante.

    • @IUSETjorge70
      @IUSETjorge70  ปีที่แล้ว +1

      Se puede dar el caso de los dos cuando estos tengan intereses encontrados con los de su hijo o verdaderamente su representación es deficiente

    • @miriamivonnequinterocortes2677
      @miriamivonnequinterocortes2677 ปีที่แล้ว

      Gracias por su atenta respuesta.