¿Alguien podría decirme si la diligencia del libro del edificio debe hacerlo inexorablemente un Colegio Profesional del CSS de la obra? Según tengo entendido es una Ley derogada, pero no sé según qué Ley
El profesor responde: "El libro lo facilita el colegio profesional correspondiente, excepto en obras promovidas por alguna administración pública en las que es facilitado por la Oficina de Supervisión de Proyectos u órgano equivalente. La normativa vigente es el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción."
Muy bien explicado , mostrando el libro y todo, me ha aportado mucho, gracias
Muchas gracias!
¿Alguien podría decirme si la diligencia del libro del edificio debe hacerlo inexorablemente un Colegio Profesional del CSS de la obra? Según tengo entendido es una Ley derogada, pero no sé según qué Ley
El profesor responde: "El libro lo facilita el colegio profesional correspondiente, excepto en obras promovidas por alguna administración pública en las que es facilitado por la Oficina de Supervisión de Proyectos u órgano equivalente. La normativa vigente es el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción."
¿Este libro de incidencias suele ser útil o al final es simplemente un mero trámite? Muchas gracias