Apreciada Winy Maquera: En la práctica no existe un plazo determinado. Empero, tratándose de un proceso de tutela de derechos fundamentales no debiera pasar de los tres meses. Y esto, entendiendo la carga procesal del Tribunal Constitucional. Muy agradecido por ser parte de "Tribuna Constitucional". Cordial saludo...!!!
Doctor, tengo una consulta, Personas que no son parte de los puelos indígenas, pero que igual se ven afectados por las medidas implementadas, ¿Podrían invocar la falta de realización de la Consulta Previa? Como para defender sus derechos y el de terceros
Muy agradecido por al consulta. Recuerde que para que proceda la demanda de Amparo el acto lesivo debe vulnerar el contenido esencial del derecho fundamental. En todo caso, el mecanismo podría ser una demanda de Amparo por afectación al derecho a un ambiente sano y equilibrado. La Consulta Previa es un derecho fundamental de los pueblos indígenas y sus integrantes. Cordial saludo!
Apreciado Nilo: El derecho a la consulta previa NO comprende el derecho de veto de los pueblos indígenas. La soberanía y decisión es del Estado. Cordial saludo!
Metodológica estructura para el tratamiento del Derecho.
Excelente¡ Saludos desde Bolivia.
Un gran abrazo hasta Bolivia, Adamo Américo Diego Cusi...!!!
Es una información muy sustancial, muchísimas gracias ✨
Muy agradecido por ser parte de "Tribuna Constitucional"...!!!
Ya se presentó un Recurso de Subsanación ante el T.C. cuánto tiempo como límite tienen para responder?
Apreciada Winy Maquera:
En la práctica no existe un plazo determinado. Empero, tratándose de un proceso de tutela de derechos fundamentales no debiera pasar de los tres meses. Y esto, entendiendo la carga procesal del Tribunal Constitucional.
Muy agradecido por ser parte de "Tribuna Constitucional".
Cordial saludo...!!!
¡¡¡Excelente!!!
Gracias.
Doctor, tengo una consulta, Personas que no son parte de los puelos indígenas, pero que igual se ven afectados por las medidas implementadas, ¿Podrían invocar la falta de realización de la Consulta Previa? Como para defender sus derechos y el de terceros
Muy agradecido por al consulta. Recuerde que para que proceda la demanda de Amparo el acto lesivo debe vulnerar el contenido esencial del derecho fundamental. En todo caso, el mecanismo podría ser una demanda de Amparo por afectación al derecho a un ambiente sano y equilibrado. La Consulta Previa es un derecho fundamental de los pueblos indígenas y sus integrantes. Cordial saludo!
@@TribunaConstitucional muchas gracias, doctor!
¿El derecho a la consulta implica derecho de veto de los pueblos indígenas?
no
Apreciado Nilo: El derecho a la consulta previa NO comprende el derecho de veto de los pueblos indígenas. La soberanía y decisión es del Estado. Cordial saludo!