Gracias Dr por este valioso espacio de ayuda a la comunidad. Pregunto qué puede hacer una persona que presentó demanda de nulidad del traslado en la que el Juzgado falló a favor del demandante y el Tribunal confirmó el fallo declarando la nulidad y ordenando el traslado a Colpensiones; pero el Fondo (en agosto de 2024) presentó casación no obstante que la reforma pensional ya estaba vigente. Agradezco su orientación.
@@williamasuarezs9645 Pedir la doble asesoría a Colpensiones y al Fondo Privado así tengas un proceso vigente. Adicionalmente oponerse a la casación porque no existe cuantía para dicho trámite
@@tadeorodriguezalonso5545 Que buenos recuerdos de la Universidad Autónoma, los compañeros, los estudiantes, una época que no se olvida. Adicionalmente, han quedado grandes amigos.
@@baronallanosabogadosconsul9313 Si mi Doc, primero tuve la dicha de ser su estudiante, y cuando quede egresado la Fuac, me nombro Docente, y con orgullo lo pude reemplazar en unaclase de Laboral Colectivo, que el Dr.Edgar Ospina, no pudo dar, y al Dr.Ricardo se le cruzaba, con otros compromisos. Luz Dary me apoyo mucho en Laboral, y el Dr.Araque en Publico. Que gratos recuerdos. Exitos y bendiciones mi Doc🙏🙏🙏
Buenas tardes, pregunte en el ministerio de trabajo como traer la semanas del exterior y me dicen que no es poosible pues la ley no ha sido ratificada por la corte y tiene denuncias. Como podria hacer el tramite para traer la semanas de España y cumplir asi las 900 semanas.
Cordial saludo, favor absolver la siguiente inquietud. Frente al reciente decreto, qué pasa con la persona que tiene las semanas para pensionarse pero a la fecha tiene más de 57 mujer o más de 62 hombre. Pueden acogerse a la norma?
Hola es clara su explicación. Pero hoy después de realizar mi doble asesoría y tener un radicado de traslado hacia Colpensiones teniendo más de 750 semanas y más de 57 años me han negado traslado sustentando su negativa en el decreto 1225 de 2024 del 3 de octubre. Cabe anotar, que mi solicitud tiene como fecha de radicado el 5 de septiembre y que para realizar solicitud de traslado me base en arr. 76 régimen de transición de la ley 2381 que me permitía realizar dicho trámite sin importar la edad Me gustaría saber si opinión muchas gracias
Muy buenos dias Dr BARONA LLANOS muy agradecido con su generosidad al plantear temas sobre las Pensiones, pero como queda el cálculo Actuaría y como afecta económicamente el Costo de hacerlo, para cumplir con las 750 Semanas Cotizadas al 30 de Junio de 2025
Buenas noches tengo una pregunta, mi mamá tiene más de 1500 semanas y en este momento tiene 59 años, el 4 de octubre colpensiones la llama para que llenara el formulario de traslado lo cual hicimos ese mismo día, este traslado es posible ?Ya que no entiendo bien lo de las edades de este nuevo decreto que salió un día antes… muchas gracias y cuando deberían infórmanos de la respuesta
Hola, si ella tiene 1500 semanas y 59 años, debe solicitar la pensión de vejez, ya que, cumple con los requisitos de la Ley 100 de 1993. "Colpensiones 1300 semanas y Fondos Privados 1150 semanas y en ambos tener mujer 57 años hombre 62 años".
Buenas tardes doctor Barona saludos desde la arenosa,soy empleado público tengo 67años estoy en colfondos con 1700 semanas ya hice la doble asesoría para pasarme a Colpensiones no he recibido respuesta.?si aplico para traslado? gracias de antemano.
Buenas tardes: Soy mujer tego 62 años y 1250 semanas de cotizacion estoy en fondo privado ya hice en agosto la doble asesoria, ya pase el formulario de traslado a colpensiones, pero colpensiones no me ha dado respuesta, sera posible el traslado ?
Buenas tardes. Me podría hacer el favor de informarme cuanto tiempo demora el traslado de fondo privado a colpenciones. Hace mas de un mes hice el tramite y no me an dado respuesta. Gracias
Saludos tengo 57 años y 1mes y 1250 no recibo pension, realice la doble asesoría de colfondo y colpensiones radique la solicitud de traslado a colpensiones, me llamaron de Colfondos manifestando que no tengo derecho al traslado que solicitara la pension en colfondo. gracias
@@harryfontalvo7428 Todo depende del ingreso, porque el trasladarse a COLPENSIONES es rentable para aquellas personas que tengan un ingreso superior al salario mínimo
Tengo una consulta, tengo 58 años actualmente estoy en porvenir, tengo 780 semanas cotizadas, La empresa en donde trabaje del 2000 al 2004 no me aparece que haya pagado pensión , pero esta empresa ya no existe fue liquidada, puedo hacer el pago por este tiempo con el cálculo actuarial?, pues vi un video q usted compartio que se podia pero antes del 1 de julio del 2024, osea ya no puedo hacer nada por tener las 900 semanas antes del 1 de julio del 2025. Se lo agradeceria enormemente, y si se podria me pueden asesorar como firma y colaborarme al respecto.
Estoy en Colpensiones,con 1187 semanas y 67 años, al conijarme la doble asesoría Porvenir me pensionaria ya que Porvenir son 1150 semanas.Esto con el nuevo sistema pensional. Gracias.
Dr antes del decreto 1225 solicité el traslado y el Fondo me contestó negativamente la solicitud por qué ya tenía 57 años recién cumplidos aunque aún no he solicitado la pensión, que debo hacer? Solicito el traslado nuevamente agradezco su orientación .Gracias
Doctor buenas tardes...... Una pregunta.... Si un empleado público cumplió los 70 años pero tiene una demanda en curso para q lo trasladen de un fondo privado a Colpensiones la entidad lo puede desvincular del cargo x retiro forzoso ... Gracias x su tiempo y su respuesta
Doctor buenas tardes, tengo 58 años estoy en el fondo de pensiones de porvenir,ya hice la doble asesoria el 28 de agosto y aun no hay respuesta, mi pregunta es: con el decreto 1225 si es posible el traslado a colpensiones? segun su valiosa explicacion yo entendi que si. mil gracias
Hola, si ella tiene 58 años, está en el fondo privado y si tiene mínimo 1150 semanas puede solicitar la pensión de vejez. “Colpensiones es bueno siempre que el (IBC) sea superior en los últimos 10 años a 3 salarios mínimos de lo contrario la pensión va a hacer del mínimo en ambos.”
Buenas tardes Doctor, excelente explicación sobre el régimen de transición, no me queda claro lo estipula en la norma en el párrafo del articulo 76 donde afirma: “Los valores contenidos en las cuentas de ahorro individual de las personas que hagan uso de este mecanismo seguirán siendo administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones hasta el momento en que se consolide la pensión integral de vejez o la pensión de vejez del régimen anterior”, esto quiere decir que por ejemplo si yo estoy en la actualidad en un fondo privado y me pasa a Colpensiones cumpliendo los requisitos de esta oportunidad de traslado, el dinero ahorrado lo seguirá administrando el fondo privado hasta que cumpla los requerimientos de pensión?
Tengo 1304 semana y 59 años estoy en Fondo privado . Desde junio del 2014 no laboro en empresa si no de forma independiente y no cotizo . Ya tengo las semanas requeridas pero recibi la doble asesoria y me liquidan con el salario mínimo y yo trabajava en una mutunacional con mas 5millones de sueldo . Eso es legal. Tengo acumulado mas de 381 millones.
Buenas noches, me pueden por favor explicar qué es mejor, si se tiene una salario de 3 mm que es mejor, fondo privado o col pensiones, tengo 900 semanas cotizadas y tengo 41, gracias
Doctor buenos días..... Una pregunta..... Cuándo un empleado con contrato de libre nombramiento y remoción está en pre pensión pero este cargo le exige q tiene q ser profesional y él no lo es, el representante legal de la entidad lo puede desvincular del cargo ??? Gracias doctor x su tiempo y su respuesta
Buen día doctor Barona. Tengo 43 años y 672 semanas cotizadas en fondos privados. Iba a hacer el pago de las semanas para lograr sumar las 750 a junio 30 de 2025 (me faltarían como 37 semanas), pero ya con ese cambio de que no se calculan sobre el salario del periodo de omisión que quisiera pagar sino con el promedio de salario de la historia laboral, pasé de 7 millones a 50, o sea no hay cómo. ¿Qué opciones tengo?
@@baronallanosabogadosconsul9313 Aún sigo en fondo privado, NO en Colpensiones. De todos modos el derecho de petición se presentaría ante Colpensiones?
Saludos tengo 57 años y 1mes y 1250 no recibo pension, realice la doble asesoría de colfondo y colpensiones radique la solicitud de traslado a colpensiones ya que el valor es superior, me llamaron de Colfondos manifestando que no tengo derecho al traslado que solicitara la pension en colfondo. gracias Responder
Hola, soy mujer tengo 57 años y 1 mes , con 1250 semanas cotizadas en Colfondos, no estoy pensionada o indemnización sustitutiva y realice la doble asesoría, tengo dudas si es viables el traslado a Colpensiones, dado que uno de los requisitos que señal el Decreto 1225 " 2. Tener menos de 10 años para tener la edad de pensión"
Doctor me hubiera gustado que hubiera asesorado lo que le conviene una persona que se pensiona con un salario mínimo porque le convendría un fondo de pensiones por la exigencia de semanas ya que Colpensiones lo hace con 1300 y el privado con 1150 semanas son 3 años de diferencia es lo que tengo entendido no se si estoy equivocada gracias
Hola, si tiene 57 años, está en el fondo privado y tiene 1250 semanas puede solicitar la pensión de vejez. “Colpensiones es bueno siempre que el (IBC) sea superior en los últimos 10 años a 3 salarios mínimos de lo contrario la pensión va a hacer del mínimo en ambos.”
Doctor una persona que se traslada de Fondo Privado a Colpensiones, puede solicitar al fondo privado los intereses ganados durante más de 15 años? Lo anterior ya que en el estado de cuenta se muestra los aportes y los intereses y además en Colpensiones dicen que ellos solo reciben es base salarial y semanas cotizadas que ellos no reciben intereses.
Hola, si tiene 62 años, está en el fondo privado y tiene 1500 semanas puede solicitar la pensión de vejez. “Colpensiones es bueno siempre que el (IBC) sea superior en los últimos 10 años a 3 salarios mínimos de lo contrario la pensión va a hacer del mínimo en ambos.”
Buenas tardes. Me pueden hacer el favor de informarme si puedo o no hacer el traslado de fondo de pensiones. Tengo 64 años, trabajo en el sector público (para lo cual no he escuchado nada sobre reglamento alguno en este aspecto) y me indican en colfondos que no puedo trasladarme.
Doc...no me queda claro q las mayores de 57 puedan trasladarse y los mayores de 62...ya me negaron el traslado de un personaje con 63 años y 2087 semanas...y tengo el ordinario en este momento en el Tribunal...me fui de casación
@@anamacrista1 las mujeres mayores de 47 años de edad que tengan más de 750 semanas de cotización pueden solicitar el traslado y la doble asesoría así tengan proceso judicial
Tener menos de 10 años para cumplir la edad de pension ej mujer: tener 56,55,54,53,52,51,50,49,48,47. Hombre: 61,60,59,58,57,56,55,54,53,52 eso es tener menos de 10 años.
Gracias Dr por este valioso espacio de ayuda a la comunidad. Pregunto qué puede hacer una persona que presentó demanda de nulidad del traslado en la que el Juzgado falló a favor del demandante y el Tribunal confirmó el fallo declarando la nulidad y ordenando el traslado a Colpensiones; pero el Fondo (en agosto de 2024) presentó casación no obstante que la reforma pensional ya estaba vigente. Agradezco su orientación.
@@williamasuarezs9645 Pedir la doble asesoría a Colpensiones y al Fondo Privado así tengas un proceso vigente. Adicionalmente oponerse a la casación porque no existe cuantía para dicho trámite
Buenas tardes disculpen a hoy como quedó la norma?
Cordial saludo.Dr.Ricardo, se le recuerda con respeto y cariño, compartimos la Docencia en la Fuac.Exitos y bendiciones.🙏🙏🙏
@@tadeorodriguezalonso5545 Que buenos recuerdos de la Universidad Autónoma, los compañeros, los estudiantes, una época que no se olvida. Adicionalmente, han quedado grandes amigos.
@@baronallanosabogadosconsul9313 Si mi Doc, primero tuve la dicha de ser su estudiante, y cuando quede egresado la Fuac, me nombro Docente, y con orgullo lo pude reemplazar en unaclase de Laboral Colectivo, que el Dr.Edgar Ospina, no pudo dar, y al Dr.Ricardo se le cruzaba, con otros compromisos. Luz Dary me apoyo mucho en Laboral, y el Dr.Araque en Publico. Que gratos recuerdos. Exitos y bendiciones mi Doc🙏🙏🙏
Buenas tardes, pregunte en el ministerio de trabajo como traer la semanas del exterior y me dicen que no es poosible pues la ley no ha sido ratificada por la corte y tiene denuncias. Como podria hacer el tramite para traer la semanas de España y cumplir asi las 900 semanas.
Cordial saludo, favor absolver la siguiente inquietud. Frente al reciente decreto, qué pasa con la persona que tiene las semanas para pensionarse pero a la fecha tiene más de 57 mujer o más de 62 hombre. Pueden acogerse a la norma?
@@williamasuarezs9645 Puede acogerse a la norma, cualquiera otra interpretación es equivocada
Hola es clara su explicación. Pero hoy después de realizar mi doble asesoría y tener un radicado de traslado hacia Colpensiones teniendo más de 750 semanas y más de 57 años me han negado traslado sustentando su negativa en el decreto 1225 de 2024 del 3 de octubre.
Cabe anotar, que mi solicitud tiene como fecha de radicado el 5 de septiembre y que para realizar solicitud de traslado me base en arr. 76 régimen de transición de la ley 2381 que me permitía realizar dicho trámite sin importar la edad
Me gustaría saber si opinión muchas gracias
@@YenlymilennePerez En este caso lo mejor es presentar una acción de tutela y buscar la protección de tu derecho al traslado
Muy buenos dias Dr BARONA LLANOS muy agradecido con su generosidad al plantear temas sobre las Pensiones, pero como queda el cálculo Actuaría y como afecta económicamente el Costo de hacerlo, para cumplir con las 750 Semanas Cotizadas al 30 de Junio de 2025
@@ANGEL5084 El dato exacto lo puedes obtener en la página www.soyactuario.com.co
Buenas noches tengo una pregunta, mi mamá tiene más de 1500 semanas y en este momento tiene 59 años, el 4 de octubre colpensiones la llama para que llenara el formulario de traslado lo cual hicimos ese mismo día, este traslado es posible ?Ya que no entiendo bien lo de las edades de este nuevo decreto que salió un día antes… muchas gracias y cuando deberían infórmanos de la respuesta
@@Bander16OP7 Es totalmente posible
Hola, si ella tiene 1500 semanas y 59 años, debe solicitar la pensión de vejez, ya que, cumple con los requisitos de la Ley 100 de 1993. "Colpensiones 1300 semanas y Fondos Privados 1150 semanas y en ambos tener mujer 57 años hombre 62 años".
La pregunta es porque no se a pensionado ..si ya tiene los requisitos...de hecho ya perdió 2 años de poder devengar la pensión .....
Buenas tardes doctor Barona saludos desde la arenosa,soy empleado público tengo 67años estoy en colfondos con 1700 semanas ya hice la doble asesoría para pasarme a Colpensiones no he recibido respuesta.?si aplico para traslado? gracias de antemano.
@@edgardoalvear01 Aplicas para el traslado lo mejor es que presentes una acción de tutela para que te respondan
Buenas tardes tengo 57 años y 1682 semanas cotizadas, colpensiones no me quiere dar la doble asesoria porque dice que no aplico que debo hacer?
@@SofiaUrbina-p9r inicialmente presentar un derecho de petición pidiendo la doble asesoría para que te respondan por escrito
Buenas tardes:
Soy mujer tego 62 años y 1250 semanas de cotizacion estoy en fondo privado ya hice en agosto la doble asesoria, ya pase el formulario de traslado a colpensiones, pero colpensiones no me ha dado respuesta, sera posible el traslado
?
@@karimegene3315 Presentar una acción de tutela para que le contesten
@@baronallanosabogadosconsul9313 Al pasar la tutela, pueden contestar negativamente? por alguna razon?
Buenas tardes. Me podría hacer el favor de informarme cuanto tiempo demora el traslado de fondo privado a colpenciones. Hace mas de un mes hice el tramite y no me an dado respuesta. Gracias
@@gerardotolosavalderrama8943 En este momento están muy demorados pero máximo 2 meses
Saludos tengo 57 años y 1mes y 1250 no recibo pension, realice la doble asesoría de colfondo y colpensiones radique la solicitud de traslado a colpensiones, me llamaron de Colfondos manifestando que no tengo derecho al traslado que solicitara la pension en colfondo. gracias
@@harryfontalvo7428 Todo depende del ingreso, porque el trasladarse a COLPENSIONES es rentable para aquellas personas que tengan un ingreso superior al salario mínimo
Tengo una consulta, tengo 58 años actualmente estoy en porvenir, tengo 780 semanas cotizadas, La empresa en donde trabaje del 2000 al 2004 no me aparece que haya pagado pensión , pero esta empresa ya no existe fue liquidada, puedo hacer el pago por este tiempo con el cálculo actuarial?, pues vi un video q usted compartio que se podia pero antes del 1 de julio del 2024, osea ya no puedo hacer nada por tener las 900 semanas antes del 1 de julio del 2025.
Se lo agradeceria enormemente, y si se podria me pueden asesorar como firma y colaborarme al respecto.
@@cesarsuarezsaavedra3267 datos en www.baronallanos.org
Estoy en Colpensiones,con 1187 semanas y 67 años, al conijarme la doble asesoría Porvenir me pensionaria ya que Porvenir son 1150 semanas.Esto con el nuevo sistema pensional. Gracias.
@@JoséOtonielMartinezLugo-c9p de acuerdo
Mi mamá cumplió 57 años el 15 de agosto del 2024, aplica para el traslado ?
@@edwardrojas934 Debe tener 750 semanas de cotización al 30 de junio de 2025
Dr antes del decreto 1225 solicité el traslado y el Fondo me contestó negativamente la solicitud por qué ya tenía 57 años recién cumplidos aunque aún no he solicitado la pensión, que debo hacer? Solicito el traslado nuevamente agradezco su orientación .Gracias
@@antonellapv3184 solicitar el traslado nuevamente vía derecho de petición
Doctor buenas tardes...... Una pregunta.... Si un empleado público cumplió los 70 años pero tiene una demanda en curso para q lo trasladen de un fondo privado a Colpensiones la entidad lo puede desvincular del cargo x retiro forzoso ...
Gracias x su tiempo y su respuesta
@@wilsonmogollon3000 Es totalmente viable la desvinculación por edad de retiro forzoso
@@baronallanosabogadosconsul9313Doctor muchas gracias
Buen día dr.
En caso que fuera declarada la inconstitucionalidad de la reforma, que pasaría con quienes hayan hecho uso de ese traslado.
@@davidpantano13 no tienen problema porque la inconstitucionalidad sería desde el fallo
@@baronallanosabogadosconsul9313 muchas gracias
Doctor buenas tardes, tengo 58 años estoy en el fondo de pensiones de porvenir,ya hice la doble asesoria el 28 de agosto y aun no hay respuesta, mi pregunta es: con el decreto 1225 si es posible el traslado a colpensiones? segun su valiosa explicacion yo entendi que si. mil gracias
@@gloriadelsocorroraigozagua1298 Es totalmente posible
Hola, si ella tiene 58 años, está en el fondo privado y si tiene mínimo 1150 semanas puede solicitar la pensión de vejez. “Colpensiones es bueno siempre que el (IBC) sea superior en los últimos 10 años a 3 salarios mínimos de lo contrario la pensión va a hacer del mínimo en ambos.”
Buenas tardes Doctor, excelente explicación sobre el régimen de transición, no me queda claro lo estipula en la norma en el párrafo del articulo 76 donde afirma: “Los valores contenidos en las cuentas de ahorro individual de las personas que hagan uso de este mecanismo seguirán siendo administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones hasta el momento en que se consolide la pensión integral de vejez o la pensión de vejez del régimen anterior”, esto quiere decir que por ejemplo si yo estoy en la actualidad en un fondo privado y me pasa a Colpensiones cumpliendo los requisitos de esta oportunidad de traslado, el dinero ahorrado lo seguirá administrando el fondo privado hasta que cumpla los requerimientos de pensión?
@@juanchernandez3325 De acuerdo
Buenas tardes tengo 57 años y 1600 semanas me puedo trasladar a Colpensiones, gracias
@@anaelsacastanedasanchez2390 Si
Tengo 1304 semana y 59 años estoy en Fondo privado . Desde junio del 2014 no laboro en empresa si no de forma independiente y no cotizo . Ya tengo las semanas requeridas pero recibi la doble asesoria y me liquidan con el salario mínimo y yo trabajava en una mutunacional con mas 5millones de sueldo . Eso es legal. Tengo acumulado mas de 381 millones.
@@orlandoalexhenriquezcayon9709 lo mejor es trasladarse a Colpensiones para que tengas una mejor pensión
Cómo se pide una asesoría con ustedes para pensión
@@paolaheredia6630 datos en www.baronallanos.org
Buenas noches, me pueden por favor explicar qué es mejor, si se tiene una salario de 3 mm que es mejor, fondo privado o col pensiones, tengo 900 semanas cotizadas y tengo 41, gracias
@@angelabello1772 Lo mejor es Colpensiones, te recomiendo el video sobre la liquidación de la pensión de vejez
@@baronallanosabogadosconsul9313 muchas gracias ☺️
Doctor buenos días..... Una pregunta..... Cuándo un empleado con contrato de libre nombramiento y remoción está en pre pensión pero este cargo le exige q tiene q ser profesional y él no lo es, el representante legal de la entidad lo puede desvincular del cargo ???
Gracias doctor x su tiempo y su respuesta
@@wilsonmogollon3000 Cuando se desempeña un cargo público sin cumplir los requisitos, la persona puede ser desvinculada por incumplimiento de la ley
Doctor muchas gracias @@baronallanosabogadosconsul9313
Buen día doctor Barona. Tengo 43 años y 672 semanas cotizadas en fondos privados. Iba a hacer el pago de las semanas para lograr sumar las 750 a junio 30 de 2025 (me faltarían como 37 semanas), pero ya con ese cambio de que no se calculan sobre el salario del periodo de omisión que quisiera pagar sino con el promedio de salario de la historia laboral, pasé de 7 millones a 50, o sea no hay cómo. ¿Qué opciones tengo?
@@bibianamariagonzalezalvare3572 Presentar un derecho de petición para que te permitan el pago de acuerdo al Salario Mínimo
@@baronallanosabogadosconsul9313 Buen día, ante que entidad se debe presentar el derecho de petición?
@@alexandrapalaciohenao4992 Ante Colpensiones
@@baronallanosabogadosconsul9313 Aún sigo en fondo privado, NO en Colpensiones. De todos modos el derecho de petición se presentaría ante Colpensiones?
@ ante los dos
Saludos tengo 57 años y 1mes y 1250 no recibo pension, realice la doble asesoría de colfondo y colpensiones radique la solicitud de traslado a colpensiones ya que el valor es superior, me llamaron de Colfondos manifestando que no tengo derecho al traslado que solicitara la pension en colfondo. gracias
Responder
Hola, soy mujer tengo 57 años y 1 mes , con 1250 semanas cotizadas en Colfondos, no estoy pensionada o indemnización sustitutiva y realice la doble asesoría,
tengo dudas si es viables el traslado a Colpensiones, dado que uno de los requisitos que señal el Decreto 1225 " 2. Tener menos de 10 años para tener la edad de pensión"
@@inglaterravalle35 Puedes solicitar la doble asesoría y no te lo pueden negar
Doctor me hubiera gustado que hubiera asesorado lo que le conviene una persona que se pensiona con un salario mínimo porque le convendría un fondo de pensiones por la exigencia de semanas ya que Colpensiones lo hace con 1300 y el privado con 1150 semanas son 3 años de diferencia es lo que tengo entendido no se si estoy equivocada gracias
@@lidanavasabril7212 Te recomiendo este video: th-cam.com/video/33VGkyyH4uM/w-d-xo.html
Hola, si tiene 57 años, está en el fondo privado y tiene 1250 semanas puede solicitar la pensión de vejez. “Colpensiones es bueno siempre que el (IBC) sea superior en los últimos 10 años a 3 salarios mínimos de lo contrario la pensión va a hacer del mínimo en ambos.”
Doctor una persona que se traslada de Fondo Privado a Colpensiones, puede solicitar al fondo privado los intereses ganados durante más de 15 años? Lo anterior ya que en el estado de cuenta se muestra los aportes y los intereses y además en Colpensiones dicen que ellos solo reciben es base salarial y semanas cotizadas que ellos no reciben intereses.
@@esmeraldagarzon632 Es totalmente viable
@@baronallanosabogadosconsul9313 Gracias.
Doc, tengo 62 años, tengo 1500 semanas pero estoy enfondo privado, aun puedo pasarme para Colpensiones.
@@alejandroc2728 lo puedes hacer
Hola, si tiene 62 años, está en el fondo privado y tiene 1500 semanas puede solicitar la pensión de vejez. “Colpensiones es bueno siempre que el (IBC) sea superior en los últimos 10 años a 3 salarios mínimos de lo contrario la pensión va a hacer del mínimo en ambos.”
@@armandoarguelloalarcon5345, gracias Doc, bendiciones.
Buenas tardes. Me pueden hacer el favor de informarme si puedo o no hacer el traslado de fondo de pensiones. Tengo 64 años, trabajo en el sector público (para lo cual no he escuchado nada sobre reglamento alguno en este aspecto) y me indican en colfondos que no puedo trasladarme.
@@Judy87813 Realizar la solicitud vía derecho de petición
@@baronallanosabogadosconsul9313 Dirigido a Colfondos donde estoy? o a quién?
Doc...no me queda claro q las mayores de 57 puedan trasladarse y los mayores de 62...ya me negaron el traslado de un personaje con 63 años y 2087 semanas...y tengo el ordinario en este momento en el Tribunal...me fui de casación
@@anamacrista1 las mujeres mayores de 47 años de edad que tengan más de 750 semanas de cotización pueden solicitar el traslado y la doble asesoría así tengan proceso judicial
Cordial saludo Dr Ricardo. Soy su cliente. Tema muy importante para una hija. Nos podemos contactar pronto. gracias
@@oscaralvarez9511 Claro Doctor llamarme a mañana a las 8:00 am
Si ya tengo la edad de pension y deseo trasladar e
@@mariadelpilartorresgarcia2969 Realiza la solicitud de la doble asesoría
Buen dia Doctor Tengo 1500 semanas y 62,5 años estaba en Colfondos no estoy pensionado aun ya recibi la doble asesoria puedo pasarme a Colpensiones ?
Claro que te puedes pasar
Bueno a mi expropiaron los fondos de pensión de un privado a Col pensiones
@@fabianfranciscolopezvaldez Por ese motivo hay algunas demandas contra la reforma pensional
Tener menos de 10 años para cumplir la edad de pension ej mujer: tener 56,55,54,53,52,51,50,49,48,47. Hombre: 61,60,59,58,57,56,55,54,53,52 eso es tener menos de 10 años.
@@plutarcocriterion754 esa es una interpretación equivocada
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