Saludos C.P. Alejandra! No hay de que, es un placer para nosotros poder apoyar a los usuarios de los aplicativos que distribuimos, si gusta conocer un poco más acerca de los sistemas nos puede contactar al siguiente número de WhatsApp 443 939 0275 o correo electrónico contacto@infutmascote.com
Sus tutoriales son los mejores, explica de una manera, clara y precisa de verdad me han sacado de apuros muchas veces, muchísimas gracias por su tiempo, dedicación y esfuerzo🎉😊
Saludos Contadora Laura! No hay de que, es un placer para nosotros poder apoyar a los usuarios de los aplicativos que distribuimos, si gusta conocer un poco más acerca de los sistemas nos puede contactar al siguiente número de WhatsApp 443 939 0275 o correo electrónico contacto@infutmascote.com
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Saludos Nelson! Le podemos apoyar con su consulta con mucho gusto por medio de nuestro número de WhatsApp 443 939 0275 o correo electrónico contacto@infutmascote.com, quedaremos atentos de su mensaje.
Saludos Contador Nelson! Le podemos apoyar con su consulta con mucho gusto por medio de nuestro número de WhatsApp 443 939 0275 o correo electrónico contacto@infutmascote.com, quedaremos atentos de su mensaje.
Saludos Contadora Angeles! No hay de que, es un placer para nosotros poder apoyar a los usuarios de los aplicativos que distribuimos, si gusta conocer un poco más acerca de los sistemas nos puede contactar al siguiente número de WhatsApp 443 939 0275 o correo electrónico contacto@infutmascote.com
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Gracias por el tutorial, pero que pasa si en sistema en vez de dividir los 390 entre 30.4 lo hace por 30. Aún así es correcto??? O hay que modificarlo?
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De mucha ayuda. Tengo una duda entendiendo que el subsidio aplia para trabajadores perciban un salario mensual menor a los 9,081.01 que pasa si por ejemplo en las empresas de periodos semanales cuya en ciertos meses se cumplen 5 semanas de pago y por default rebasemos los 9,081.01 mensuales ¿que pasa, que hacemos? aplicaría ajuste de subsidio y quitaríamos los 390 que hemos aplicado en el mes??
Saludos Contador Renne! Le podemos apoyar con su consulta con mucho gusto por medio de nuestro número de WhatsApp 443 939 0275 o correo electrónico contacto@infutmascote.com, quedaremos atentos de su mensaje.
En este caso se tendrán que tomar en cuenta los días de que contemplan las 5 semanas para evitar el problema de los ajustes ya que el decreto si contempla un escenario así, pronto estaremos mostrando un ejemplo.
contador estoy viendo en la configuracion del calculo del impuesto que dice NO en ajustar cifras d subsidio causado y entregado, eso aplica por el cambio en el decreto?
Saludos Contador! Le podemos apoyar con su consulta con mucho gusto por medio de nuestro número de WhatsApp 443 939 0275 o correo electrónico contacto@infutmascote.com, quedaremos atentos de su mensaje.
Muchas gracias, me paso algo raro espero los colegas me comenten si les paso, ahora no me ha dejado timbrar los recibos, no sé si sea problema de SAT, o algo relacionado, seguiré intentando más tarde, de momento en las 2 empresas que realice el cambio no me deja timbrar, hace el proceso, pero la bitácora arroja: Total sobre-recibos timbrados: 0 Total de sobre-recibos emitidos: 14 Pero no especifica un error en ella, ¿a alguien le paso?, saludos y gracias
Saludos Contador ! Le podemos apoyar con su consulta con mucho gusto por medio de nuestro número de WhatsApp 443 939 0275 o correo electrónico contacto@infutmascote.com, quedaremos atentos de su mensaje.
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hola que tal, ya no me quedo claro lo del cálculo de nómina desfasado, yo pago la segunda quincena de abril en Mayo, tendría que hacer este ajuste dado que el decreto es a partir del primero de mayo y mi nómina es del mes anterior??? me podrán orientar gracias...
Saludos Contador Oscar! Le podemos apoyar con su consulta con mucho gusto por medio de nuestro número de WhatsApp 443 939 0275 o correo electrónico contacto@infutmascote.com, quedaremos atentos de su mensaje
buen día, excelente la explicación. En el caso, de no calcular subsidio en la 1ra qna de mayo, de un trabajador que tiene incapacidad 15 dias, ¿se puede aplicar todo el subsidio en la 2da qna de mayo los 390.00?
Saludos C.P. Ricardo! En este caso ese es el funcionamiento de cálculo que te hará el sistema de Contpaqi Nóminas en el segundo periodo, pero te recomiendo tener un cálculo manual para validar las cifras que te arroje de subsidio.
Me surgio un duda el trabajador que gana el minimo 248.93, porque le sale isr 116.57? tengo entendido que como gana el minimo no se le retiene ISR? Saludos
Saludos C.P. Israel! Si en este caso puede deberse por tema de ajuste mensual, te sugiero revisar el siguiente material th-cam.com/video/93WaM3Jz9zc/w-d-xo.htmlsi=puQ3QkNMgt1E9X_4
Saludos Contadora Carolina! Le podemos apoyar con su consulta con mucho gusto por medio de nuestro número de WhatsApp 443 939 0275 o correo electrónico contacto@infutmascote.com, quedaremos atentos de su mensaje.
Una duda entre a la tabla de subsidio y si entendí que poner en limite inferior y la columna de subsidio, pero en la columna de límite superiorque se pone ?
Saludos Contadora Veronica! Le podemos apoyar con su consulta con mucho gusto por medio de nuestro número de WhatsApp 443 939 0275 o correo electrónico contacto@infutmascote.com, quedaremos atentos de su mensaje.
Buen día, leí el decreto y Vi que esto solo aplica para trabajadores que presten servicios o sean funcionarios y trabajadores de la federación artículo 94, si aplica para empresas privadas??
Saludos Contador Raul! Le podemos apoyar con su consulta con mucho gusto por medio de nuestro número de WhatsApp 443 939 0275 o correo electrónico contacto@infutmascote.com, quedaremos atentos de su mensaje.
Gracias por el tutorial pero si los empleados están con el salario mínimo y además tienen bonos de puntualidad, asistencia, ex operativa etc. también suman para tope de los 9081.00?
Saludos Contador Alexis! Le podemos apoyar con su consulta con mucho gusto por medio de nuestro número de WhatsApp 443 939 0275 o correo electrónico contacto@infutmascote.com, quedaremos atentos de su mensaje.
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Saludos Contadora Erika! Le podemos apoyar con su consulta con mucho gusto por medio de nuestro número de WhatsApp 443 939 0275 o correo electrónico contacto@infutmascote.com, quedaremos atentos de su mensaje.
Excelente vídeo. Muchas gracias
Saludos C.P. Alejandra!
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Sus tutoriales son los mejores, explica de una manera, clara y precisa de verdad me han sacado de apuros muchas veces, muchísimas gracias por su tiempo, dedicación y esfuerzo🎉😊
Saludos Contadora Laura!
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muchas gracias Ulises , siempre apoyándonos 🙂
Saludos Contadora Imelda!
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como se le haría en caso de estr calculando nóminas de periodos anteriores de una empresa, por regularización y nominas oportunas
Saludos Nelson!
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Saludos Contador Nelson!
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GRACIAS POR LA INFORMACION, EXCELENTE TARDE!!
Saludos Contadora Angeles!
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Gracias excelente explicación
😄
Saludos Contadora Irma!
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Que pasa si ya se a timbrado la primera semana de mayo, y no se aplico la corrección a la tabla. Me pueden orientar.
Saludos Contadora Evelin!
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En la tabla que saco contpaq, en el limite inferior 11 tiene 9,081.00, no trae el .01, cual es el correcto?
Buenos dias C.P. Natali
De hecho, eso mismo lo menciono en el vídeo, si gustas volverlo a revisar.
Saludos Contadora Natali!
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¿funcionaria si desde "catalogo de conceptos" desmarco la casilla de "automático global" e "imrpimir" para que no incluya el subsidio mes?
Saludos Contador Jordan!
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Gracias por el tutorial, pero que pasa si en sistema en vez de dividir los 390 entre 30.4 lo hace por 30. Aún así es correcto???
O hay que modificarlo?
Saludos Contadora Laura!
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De mucha ayuda. Tengo una duda entendiendo que el subsidio aplia para trabajadores perciban un salario mensual menor a los 9,081.01 que pasa si por ejemplo en las empresas de periodos semanales cuya en ciertos meses se cumplen 5 semanas de pago y por default rebasemos los 9,081.01 mensuales ¿que pasa, que hacemos? aplicaría ajuste de subsidio y quitaríamos los 390 que hemos aplicado en el mes??
Saludos Contador Renne!
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Al rebasar los 9.081.01 ya no alcanzan subsidio
En este caso se tendrán que tomar en cuenta los días de que contemplan las 5 semanas para evitar el problema de los ajustes ya que el decreto si contempla un escenario así, pronto estaremos mostrando un ejemplo.
contador estoy viendo en la configuracion del calculo del impuesto que dice NO en ajustar cifras d subsidio causado y entregado, eso aplica por el cambio en el decreto?
Saludos Contador!
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Muchas gracias, me paso algo raro espero los colegas me comenten si les paso, ahora no me ha dejado timbrar los recibos, no sé si sea problema de SAT, o algo relacionado, seguiré intentando más tarde, de momento en las 2 empresas que realice el cambio no me deja timbrar, hace el proceso, pero la bitácora arroja:
Total sobre-recibos timbrados: 0
Total de sobre-recibos emitidos: 14
Pero no especifica un error en ella, ¿a alguien le paso?, saludos y gracias
Saludos Contador !
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Buen día excelente información
Saludos Contadora Daisy!
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hola que tal, ya no me quedo claro lo del cálculo de nómina desfasado, yo pago la segunda quincena de abril en Mayo, tendría que hacer este ajuste dado que el decreto es a partir del primero de mayo y mi nómina es del mes anterior??? me podrán orientar gracias...
Saludos Contador Oscar!
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buen día, excelente la explicación. En el caso, de no calcular subsidio en la 1ra qna de mayo, de un trabajador que tiene incapacidad 15 dias, ¿se puede aplicar todo el subsidio en la 2da qna de mayo los 390.00?
Saludos C.P. Ricardo!
En este caso ese es el funcionamiento de cálculo que te hará el sistema de Contpaqi Nóminas en el segundo periodo, pero te recomiendo tener un cálculo manual para validar las cifras que te arroje de subsidio.
Me surgio un duda el trabajador que gana el minimo 248.93, porque le sale isr 116.57? tengo entendido que como gana el minimo no se le retiene ISR?
Saludos
Saludos C.P. Israel!
Si en este caso puede deberse por tema de ajuste mensual, te sugiero revisar el siguiente material th-cam.com/video/93WaM3Jz9zc/w-d-xo.htmlsi=puQ3QkNMgt1E9X_4
Buenas tardes, todo claro pero por que al calcular me sale el subsidio al empleo acreditado de $384.87 y no de $390.12
Saludos Contadora Carolina!
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Una duda entre a la tabla de subsidio y si entendí que poner en limite inferior y la columna de subsidio, pero en la columna de límite superiorque se pone ?
Saludos Contadora Veronica!
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Buen día, leí el decreto y Vi que esto solo aplica para trabajadores que presten servicios o sean funcionarios y trabajadores de la federación artículo 94, si aplica para empresas privadas??
Hola Demian
Es el primer párrafo y también los que dice la fracción 1
Una pregunta, al ser semanales y tener días de abril, no debería aplicarle subsidio solo sobre 5 días? Bajo esta nueva mecánica. Muchas gracias
Saludos Contador Raul!
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Sería proporcional
BUENAS TARDES , MUY BUENA LA INFORMACIÓN SOLO UNA PREGUNTA, COMPAQ NOMINAS NO VA SACAR ACTUALIZACIÓN O TENEMOS NOSOTROS QUE ACTULIZARLA.
?
GRACIAS
Saludos Contadora Esmeralda!
Se espera una actualizacion, aun no hay fecha exacta, mientras tanto el proceso sera manual.
Gracias por el tutorial pero si los empleados están con el salario mínimo y además tienen bonos de puntualidad, asistencia, ex operativa etc. también suman para tope de los 9081.00?
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Buen día, la franja fronteriza sigue sin alcanzar subsidio, verdad?
Saludos Contadora Patricia!
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Hola Patricia y si a la franja fronteriza no le beneficia en nada este decreto solo un pequeño grupo de salarios se ven beneficiados.
Hola buen dia y los finiquitos?
Saludos Contadora Erika!
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