La entidad financiera actúa como intermediaria entre deudor y acreedor por dos motivos importantes: 1. Gestión del pago del documento al vencimiento (al contado, transferencia…etc). 2. Por la posibilidad de ofrecer el descuento de la letra al acreedor (es decir, el acreedor puede recibir antes de tiempo el importe de la letra menos un descuento financiero que recibe la entidad financiera). El tomador es la persona que posee la letra, y que por tanto, puede exigir el pago de la misma. Es la persona que tiene el derecho de cobro, el cual se puede transmitir a otras personas. El avalista es una figura que incumbe al librado (el obligado principal al pago), y su función es garantizar el pago de la letra en el caso de que el librado no pueda (riesgo de insolvencia).
No lograba entender muy bien esto de la letra de cambio y me estaba volviendo completamente loco. Gracias por el ejemplo. Estaría bien que explicaras respecto al cheque y pagaré junto con su manera de llenar cada uno. ¡Saludos desde México!
muchas gracias ....!!! me encanto; hize asta un supuesto practico en mi salon de clase y la maestra mia de contabilidad quedo encantadaA!!! exitOs sigaAn hacii....!!!
Excelente, me permito una aclaración, a veces (como cuando la letra de cambio es un cheque) el Librado tiene la obligación de pagar la suma nominal inscripta en la letra de cambio a una persona diferente del librador, en este caso, quien recibe la suma dineraria recibe el nombre de Beneficiario, y el que tiene la obligación de pagar recibe el nombre de aceptante. En caso de no pago el Beneficiario tiene que materializar el "protesto" ante el librador.-
Stephanie, la letra de cambio y el pagaré son documentos de pago muy similares. La diferencia fundamental entre ellos es que la letra de cambio es formulada por el acreedor, y el pagaré es confeccionado por el deudor. El hecho de elegir una fórmula u otra depende de los intereses de las partes
Una letra de cambio sin aceptar por el librado no debe tener efecto sobre el mismo, puesto que se entiende que no está de acuerdo con esta fórmula de pago. En caso de impago, el principal perjudicado sería el librador, puesto que está emitiendo un documento sin respaldo aparente. Ahora bien, la letra puede seguir sus cauces habituales (descuento, endoso… etc.), por lo que si al final el librado no acepta, las responsabilidades se dirigen hacia el librador.
Muy bueno el vídeo, aprendí bastante, pero en caso que llegue al extremo y no cancele la deuda ni cobrando al avalista y al librado, cual seria la mejor acción a tomar?? un juicio? o hay algo mejor, que alterativas existen
la verdad es que la explicación ha estado genial, aun así, todavía sigo con una duda. En la parte del reverso, en el páguese a... (si la hemos enviado al descuento pero antes ha sido endosada) como debería de rellenar esta parte? digamos que el banco A es el que ha sido enviada al descuento y el banco B a quien se la endosamos. Gracias
Buenos Días: tengo una letra de que quiero realizar por un préstamo pero dentro de las clausulas especiales indica " ÈSTA LETRA DE CAMBIO NO REQUIERE SER PROTESTADA POR FALTA DE PAGO" no tengo claro lo que quiere decir; entiendo que no puedo iniciar un protesto o que puedo realizar su reclamo sin acudir a un notario. seria de gran ayuda indicar los pasos a seguir en caso que no se cumpla lo establecido en la letra de cambio....Gracias
que interesante saber que una letra de cambio es un documento mercantil,en el cual nos aseguramos que una persona nos pague la deuda,y que protesto es un acto notarial por letra de pago,sobre la que tenemos derechos de reclamación y quien emite la letra es el librador, quien la recibe es el librado y el avalista es quien garantiza el pago de la letra
Hola! Por favor, ayúdenme, Que dice la chica en el minuto 2:50 hasta el 2:54 Es que dice Acto notarial que ..... Y ahí no entiendo esa palabra ¿Que dice? ¿Que dece? ¿Que deje? Díganme por favor. Este VIDEO ES EXCELENTE \0/ NECESITO QUE ME AYUDEN por favor, es de urgencia. Gracias
HOLA ME AYUDAS,ME EXPLICAS POCO. 1.-mencion de ser letra de cambio 2.-expresion del lugar, dia, mes y año en que se suscribe 3.-orden incondicionl de pago 4.-nombre del girado y su direccion 5.-lugar y epoca de pago 6.-Nombre de la persona a quien ha de hacerse cargo el pago 7.-firma del girador 8.-cuadro a la izquierda con la palabra ACEPTO en donde firmr el girado 9.-Numero de la letra: 1/1 para una. 1/2 para dos,1/3 para 3 etc 10.- cantidad con munero y con letra en el cuerpo del documento
una pregunta en que momento el librado contrata a una avalista? es obligatorio?... y que una avalista ?? ....y otra pregunta tiene que ser empresario el librador? ...respondame por favor
El protesto solo se hace alos tomadores? O al librado? Y en este ejemplo los tomadores o el último quería coger el dinero? O es q para reclamarlo se necesita el protesto
Hola, estoy haciendo una tarea donde he de llenar una letra de cambio, y teno varias dudas: 1 la cantidad de mi letra de cambio es de 12.000 euros, he de cobrar al librado el timbre y algun impuesto? se que es un acto juridico pero no se como plantear la letra cambio.
Sólo tengo una duda: si yo fuera el librador (acreedor) y le endosara el derecho de cobro al tomador 1º ¿Cómo sabe el librado o el avalista que tiene que pagarle al tomador y no a mí?
por que se dice que una entidad financiera actua como intermediaria entre un deudor y un acreedor ,cumpliendo instrucciones de este ultimo en el video quien seria la entidad finaciera (el avalista) o (tomadores)
por que se dice que una entidad financiera actua como intermediaria entre un deudor y un acreedor ,cumpliendo instrucciones de este ultimo en el video quien seria la entidad finaciera (el avalista) o (tomadores) que gana el banco en los pagares y letra de cambio
La entidad financiera actúa como intermediaria entre deudor y acreedor por dos motivos importantes:
1. Gestión del pago del documento al vencimiento (al contado, transferencia…etc).
2. Por la posibilidad de ofrecer el descuento de la letra al acreedor (es decir, el acreedor puede recibir antes de tiempo el importe de la letra menos un descuento financiero que recibe la entidad financiera).
El tomador es la persona que posee la letra, y que por tanto, puede exigir el pago de la misma. Es la persona que tiene el derecho de cobro, el cual se puede transmitir a otras personas. El avalista es una figura que incumbe al librado (el obligado principal al pago), y su función es garantizar el pago de la letra en el caso de que el librado no pueda (riesgo de insolvencia).
Mi profesor no supo explicar en 6 clases lo que vos en 3 minutos xD muchas gracias
Muy cierto jajajajaja.
Fer11D totalmente cierto
totalmente de acuerdo vaya tela marinera en fin¡
Jajajja x 1000
He entendido en 3 minutos lo que llevaba intentando comprender en los últimos 5 meses. Fabuloso. Muchas gracias
tuviste una facilidad de palabras para la explicación, muchas gracias!! me has ayudado demasiado, espero salir bien en la exposición.
2 meses para entender la letra de cambio y con tu video de 3 min lo he entendido. Muchas gracias!
Excelente explicación, clara y sin mucho adorno, se capta mejor. La felicito. Q Dios la bendiga.
Pues tuve que recurrir a internet porque no me enteraba bien qué papel representaba cada parte, super bien explicado este vídeo :)
¡Muchas gracias! Seguiremos haciendo vídeos que os sean de utilidad 😄
vi 30 vídeos tratando de entender los que intervienen y con este me quedo muy claro, gracias!
al fin encontre un ejemplo de letra de cambio..se pe entendio todo
Los amo muchas gracias, estudio derecho y tengo examen oral de esto, ya me ha quedado mucho más claro, sigan así! 😍
Este video me ha salvado la vida, mil gracias!!
Diooos que bien, tendría que haberlo visto antes. Muy buena explicación
Buenisimo video dos clases de hora y media cada una para esto y esto explicandose bien se explica en 3 min
Gracias por subir este vídeo tan claro y tan explicito a aloque es una letra de cambio.
No lograba entender muy bien esto de la letra de cambio y me estaba volviendo completamente loco. Gracias por el ejemplo. Estaría bien que explicaras respecto al cheque y pagaré junto con su manera de llenar cada uno.
¡Saludos desde México!
Tomamos nota, Moisés. ¡Gracias!
Hasta que no es he visto no me he enterado de lo que era... muchas gracias. Me suscribo
mejor video encontrado, gracias
me quedo todo muy claro, muchas gracias desde Chile...
pero qué bien explicado! muchas gracias!
Gracias a vosotros por los comentarios :)
muchas gracias ....!!! me encanto; hize asta un supuesto practico en mi salon de clase y la maestra mia de contabilidad quedo encantadaA!!! exitOs sigaAn hacii....!!!
¡Nos alegramos muchísimo, Betania! Enhorabuena por tu trabajo :)
Muy buena explicación fácil sencilla y didáctica
Muy buen vídeo, enhorabuena por tan buena idea para explicar algo que los demás complican tanto!
Muy bien explicado, excelente!!
Gracias por explicarlo tan bien
Muchas gracias! muy bien explicado (y)
Un placer poder ayudaros ;)
Me ha gustado mucho!!! Muy claro y entendible!!!!
Ohh!!! muy clara la explicación. Muchas gracias
Excelente, me permito una aclaración, a veces (como cuando la letra de cambio es un cheque) el Librado tiene la obligación de pagar la suma nominal inscripta en la letra de cambio a una persona diferente del librador, en este caso, quien recibe la suma dineraria recibe el nombre de Beneficiario, y el que tiene la obligación de pagar recibe el nombre de aceptante. En caso de no pago el Beneficiario tiene que materializar el "protesto" ante el librador.-
Stephanie, la letra de cambio y el pagaré son documentos de pago muy similares. La diferencia fundamental entre ellos es que la letra de cambio es formulada por el acreedor, y el pagaré es confeccionado por el deudor. El hecho de elegir una fórmula u otra depende de los intereses de las partes
Me quedo clarisimo, gracias !!
Una letra de cambio sin aceptar por el librado no debe tener efecto sobre el mismo, puesto que se entiende que no está de acuerdo con esta fórmula de pago. En caso de impago, el principal perjudicado sería el librador, puesto que está emitiendo un documento sin respaldo aparente. Ahora bien, la letra puede seguir sus cauces habituales (descuento, endoso… etc.), por lo que si al final el librado no acepta, las responsabilidades se dirigen hacia el librador.
Muy buen canal.Muchas gracias al administrador del canal. Teneis 1 subscriptor más.un saludo.
¡Muchas gracias! Da gusto leer comentarios así ;)
Entendí tantas cosas que no entendía antes, muchas gracias! Pero tengo la duda de si esto es igual en cualquier país, hablo desde Colombia
¡Excelente explicación!
que buena explicación excelente 🙌👏👏
Muchisimas Gracias ....hace buen rato que leia el texto en alemán y no lo entendía. Pero ahora ya me quedo claro. (y)
ya quisiera una profe asi de bella
claro y conciso, muchas gracias
Increíble video, tanto texto en las definiciones y solo basto este video para entenderlo perfectamente xd
Genial explicación...
¡Muchas gracias, José Manuel!
Muy bueno el vídeo, aprendí bastante, pero en caso que llegue al extremo y no cancele la deuda ni cobrando al avalista y al librado, cual seria la mejor acción a tomar?? un juicio? o hay algo mejor, que alterativas existen
bien explicito , felicidades es un buen video
excelente explicación!!! saludos
Gracias!
hola buenas tarde disculpa , cuales son los motivos por lo que una letra de cambio se anula gracias muy buena la explicación
Gracias. Muy explicativo.
Me encanto gracias por tu informacion... eres muy amable!!!
Gracias mami mejor explicado no se puede
muy bien explicado
la verdad es que la explicación ha estado genial, aun así, todavía sigo con una duda.
En la parte del reverso, en el páguese a... (si la hemos enviado al descuento pero antes ha sido endosada) como debería de rellenar esta parte? digamos que el banco A es el que ha sido enviada al descuento y el banco B a quien se la endosamos. Gracias
Venga, que me acabas de salvar el examen de mañana
Tengo una duda, el librado es el aceptante de la letra y el librado es el tenedor de la letra? O un tomador también puede ser tenedor?
GRACIAS !! ASÍ DE FÁCIL
buenisimo, lic. muchas gracia
Una pregunta: ¿ Y qué diferencia hay entre el tomador y el tenedor? AGRADECERÉ SU PRONTO RESPUESTA. BENDCIIONES
sois la leche
muy buen la explicacion!
Muchas Gracias!
me sirvio mucho muchas gracias :)
+jair sandoval santos Nos alegramos :)
gracias muy bien explicado
¡Muchas gracias!
Buenos Días: tengo una letra de que quiero realizar por un préstamo pero dentro de las clausulas especiales indica " ÈSTA LETRA DE CAMBIO NO REQUIERE SER PROTESTADA POR FALTA DE PAGO" no tengo claro lo que quiere decir; entiendo que no puedo iniciar un protesto o que puedo realizar su reclamo sin acudir a un notario. seria de gran ayuda indicar los pasos a seguir en caso que no se cumpla lo establecido en la letra de cambio....Gracias
Gracias
buenas.. una duda quisiera saber un poco acerca de la letra al portador... :)
que interesante saber que una letra de cambio es un documento mercantil,en el cual nos aseguramos que una persona nos pague la deuda,y que protesto es un acto notarial por letra de pago,sobre la que tenemos derechos de reclamación y quien emite la letra es el librador, quien la recibe es el librado y el avalista es quien garantiza el pago de la letra
Que bonita. Ya entendí :)
Genial, muy bueno.
Hola! Por favor, ayúdenme, Que dice la chica en el minuto 2:50 hasta el 2:54
Es que dice Acto notarial que ..... Y ahí no entiendo esa palabra ¿Que dice?
¿Que dece? ¿Que deje? Díganme por favor. Este VIDEO ES EXCELENTE \0/
NECESITO QUE ME AYUDEN por favor, es de urgencia. Gracias
Muy buena la explicacion :)
me suscribo,like y favoritos
¿En la acción de regreso, el último tomador tiene que ir al anterior y,éste, al anterior, y así hasta el librado?
hay efectos legales contra el librado en caso de que no quiera pagar y ya se haya recurrido a los avales y al tomador?
que buen video
Muy útil
Una pregunta, ¿Qué pasa, si el librado ni el avalista pueden pagar? pierde el librador en este caso del ejemplo su auto?
buenaaa explicacion ,
HOLA ME AYUDAS,ME EXPLICAS POCO.
1.-mencion de ser letra de cambio
2.-expresion del lugar, dia, mes y año en que se suscribe
3.-orden incondicionl de pago
4.-nombre del girado y su direccion
5.-lugar y epoca de pago
6.-Nombre de la persona a quien ha de hacerse cargo el pago
7.-firma del girador
8.-cuadro a la izquierda con la palabra ACEPTO en donde firmr el girado
9.-Numero de la letra: 1/1 para una. 1/2 para dos,1/3 para 3 etc
10.- cantidad con munero y con letra en el cuerpo del documento
una pregunta en que momento el librado contrata a una avalista? es obligatorio?... y que una avalista ?? ....y otra pregunta tiene que ser empresario el librador? ...respondame por favor
Librador y tomador pueden ser la misma persona?
Gracias.
El protesto solo se hace alos tomadores? O al librado? Y en este ejemplo los tomadores o el último quería coger el dinero? O es q para reclamarlo se necesita el protesto
tengo una duda podria ocupar el pagare? y q diferencia hay si ocupara este ... porfa respondameeeeeeeeee : (
Hola, estoy haciendo una tarea donde he de llenar una letra de cambio, y teno varias dudas: 1 la cantidad de mi letra de cambio es de 12.000 euros, he de cobrar al librado el timbre y algun impuesto? se que es un acto juridico pero no se como plantear la letra cambio.
Excelente explicación. Sin embargo no entiendo que papel cumple el Tomador. Por qué motivo el librador endosaría al Tomador?
Porque el tomador es el acreedor del librador, o lo que es lo mismo, el librador es un deudor con respecto al tomador
Os como los cojones, este video merece Patrimonio Inmaterial de la Humanidad.
me ha quedado super claro.
Además estas rebuena
gracias :)
Gracias a ti por comentar, +About Fashion
buenas quería saber:
Que haría si el librado no me pagará en la fecha indicada , y este no contara con un aval ?
Sólo tengo una duda: si yo fuera el librador (acreedor) y le endosara el derecho de cobro al tomador 1º ¿Cómo sabe el librado o el avalista que tiene que pagarle al tomador y no a mí?
El librador y librado es igual que el endosante y el endosatario?
quiero un vídeo sobre las partes de la letra de cambio.
Buenas Evelyn, muchas gracias por tu aportación, tendremos en cuenta tu sugerencia. ¡Un saludo y feliz lunes!
por que se dice que una entidad financiera actua como intermediaria entre un deudor y un acreedor ,cumpliendo instrucciones de este ultimo en el video quien seria la entidad finaciera (el avalista) o (tomadores)
muy buena explicacion, pero que pasa si el librado no firma la letra de cambio
por que se dice que una entidad financiera actua como intermediaria entre un deudor y un acreedor ,cumpliendo instrucciones de este ultimo en el video quien seria la entidad finaciera (el avalista) o (tomadores)
que gana el banco en los pagares y letra de cambio
Hacéis que parezca interesante y todo, jajjaja. Muy bueno.
diculpe a cuento es el plazo del pago de una letra de cambio
Gracias jajajaja ❤
el tenedor es igual al tomador??
BUENAS , QUISIERA SABER DE QUE PAÍS SON ESAS LEYES, GRACIAS.
Buenos días Luis, estas leyes son de España. Un saludo y ¡Feliz Año!
Excelente video, Me encantó.♥ Graciiiiiiiiiiias 'O/
¿Que diferencia tiene con el cheque?
Una letra de cambio sin designación de beneficiario constituye título ejecutivo????
seria como un tipo de fecha para hacer el pago no? Ej: Hasta tal dia me lo has de pagar, sin cuotas