Buenas tardes. En los supuestos de indemnización por despido, hay una cantidad que queda exenta.¿El 30% de reducción o en aquellas en las que la indemnización supere los 300000€, habría que restarle primeramente la cantidad exenta? Por ejemplo, en el supuesto de los 800.000€, a esos 800.000€ habría que restarle la cuantía exenta, y sobre ese resultado aplicar la fórmula indicada en el vídeo, o, no se debería de restar dicha cantidad exenta?
Muy útil, es clarificador en muchos aspectos. Gracias¡¡¡
eres un crack! me salvas la vida, muchísimas gracias. :)
Buenas tardes. En los supuestos de indemnización por despido, hay una cantidad que queda exenta.¿El 30% de reducción o en aquellas en las que la indemnización supere los 300000€, habría que restarle primeramente la cantidad exenta? Por ejemplo, en el supuesto de los 800.000€, a esos 800.000€ habría que restarle la cuantía exenta, y sobre ese resultado aplicar la fórmula indicada en el vídeo, o, no se debería de restar dicha cantidad exenta?
Buenas ,soy alumno de DFT II ,la verdad que me gusta mucho la explicación es sus vídeos,pero no logro ordenarlo ,¿Alguien me ayuda?gracias.
Sr. Herrera muchas gracias por su gran labor docente. Soy alumno de la asignatura. Saludos.
Muchas gracias.