SUSTENTACIÓN ORAL DEL RECURSO DE APELACIÓN CONTRA SENTENCIA CONDENATORIA.
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- เผยแพร่เมื่อ 12 ธ.ค. 2024
- El recurso de apelación interpuesto oralmente contra la sentencia del fallador de primera instancia. El articulo 179 de la ley 906 de 2004, permite que se haga su sustentación inmediatamente o por escrito dentro de los 5 días siguientes. El articulo 179 de la ley en mención, no dice nada si el a quo lo declare desierto o no por indebida sustentación, por ende es facultad de la segunda instancia (ad quem)
Doctor Escobar: Le agradezco inmensamente, ya que gracias a las explicaciones hechas en sus vídeos he logrado entender varias de las materias que estoy viendo en mi carrera de derecho. Deseo de corazón que sus asuntos disciplinarios se solucionen sin verse afectado, que la justicia y su buen nombre prevalezca.
+Sonia Marina Sanchez Salcedo. Doctora, muchas gracias, de todo corazón espero poderle ser útil, tener una vocación para la enseñanza es una virtud, podemos recordar a algunos profesores de la facultad cuando logran hacerse entender y trasmitir el conocimiento, eso es muy difícil pero no imposible. Por la otra parte, créame que tengo mi conciencia muy tranquila, no he cometido ninguna irregularidad que vaya contra la ética, estaré presto a dar las explicaciones del caso ante los disciplinadores. Le agradezco su apoyo moral.
interesante, seria bueno que adjunte la audiencia oral de casacion...muy didáctico ayuda a tomar nuevas experiencias en la defensa legal en general.
SALUDOS. excelente. doctor usted me podria decir si todavia con la virtualidad podemos tener los 5 dias para sustentar el recurso de apelacion o corresponde obligatoriamente sustentarlo oralmente. gracias
Si, también por escrito enviando al correo del juzgado.
Doctor puede publicar el traslado de la fiscalia
Dr... buenas noches, me gustaria saber, en la medida de su tiempo, nos comente que resulto de esta apelacion. gracias.
Hola, presente el recurso extraordinario de casación el pasado mes de mayo/16, el asunto fue enviado a la CSJ, alegue como único punto el de la nulidad por violación al principio del juez imparcial, por el asunto de los interrogatorios de la Juez en el juicio oral, al adentrarse en el tema de la impugnación de credibilidad que es exclusivo de las partes (acusador y acusado). A la espera que se admita la demanda. Gracias por preguntar, le estoy informando los resultados. Exitos.
Escobar Jimenez Miguel Jose
doctor será que me puede regalar su numero para una consulta
Que sonido bien malo