Excelente, preciso y muy bien explicado sin necesidad de dar vueltas ni rollo. En -15 minutos fuiste al grano y evito ver videos de 90 minutos de palabrerías
Iluzyon 18 muchisimas gracias. Quiero ofrecerles lo mejor, aunque mis conocimientos tecnlógicos son limitados, pero estoy aprendiendo constantemente para poder comulgar la enseñanza del derecho con las tecnologías aplicadas, para convertirme en tu abogado virtual. Bendiciones y un abrazo donde se encuentre :)
Que es una papelta que esta en medida cautelar? Como podria quedar limpio? Solo pago la multa y se borra o se debe sustentar o presentar algo? Y una papeleta en pendiente hay alguna forma de apelar?
Abogado bye os días.. En cuanto tiempo tardan Par responder si di le asptan la medida cautelar y si ahí mismo le responde que si. Esto es por acudafo de tsagico de I documentados
Buen día, ¡excelente explicación! Suscripción segura. Soy estudiante de Derecho y tengo un duda respecto a cómo es un escrito para solicitar una providencia precautoria penal de inmovilización de cuenta bancaria. Al ver este vídeo, pensé que tal vez la forma de solicitarla era igual a la de las medidas cautelares. Espero pueda ayudarme De antemano ¡Gracias!
Muchas gracias Abogado por sus instrucciones, solo que la última línea no se vio que decía al final de escrito por razón de su marca. Pero muy bien explicado y yo estoy suscrita a su canal. Saludos.
Hola Abogado saludos soy nuevo en su canal y viendo sus vídeos son de gran importancia lo felicito a ud. Quisiera pedirle de favor por un asesoramiento mi problema es pedí un préstamo a un lugar llamado Provident yo estando con mis pagos al corriente pero hace 6 meses tuve un accidente y estuve hospitalizado la cual dejé de pagar y me mandó una carta extrajudicial ya tiene un mes que me contacté a los números que indican pero en esa llamada me pasan con una lic.y luego con otra y otra mencionando que estoy dispuesto a pagar pero que me den tiempo pero no llegamos a un acuerdo la verdad ya no contesto las llamadas espero su atención gracias
Buen dia, mi consejo es que solicite al abogado con el que se comunique, que le realicen un convenio de pago, con montos fijos e intereses congelados, a fin de que usted pueda respaldarse legalmente de este documento. Lamentablemente cuando los asuntos llegan a los despachos de cobranza extrajudicial, rotan con frecuencia a los ejecutivos que atienden los asuntos, y por eso siempre le contesta uno diferente. Con ese documento que le digo, por más rotaciones que haya, a usted le respetarán el convenio siempre.
Hola saludos Abog.gracias he leído su respuesta me dirijo a ud. Disculpe he salido del hospital del accidente que mencione antes debido a estudios médicos evitaron hacer una amputación pero hicieron Secreciones y actualmente tengo heridas abiertas la cual me dieron de alta pero no total debido ala pandemia del covid y evitar un contagio....mi pregunta es si ago este convenio como ud menciona y en este momento no cuento con empleo ya que la institución de la que mencione del préstamo requiere pagos semanales no son pagos mensuales así es como operan con sus pagos .... podría solicitar más tiempo que me sugiere ya que por los costos de medicamento son muy costosos y solo por pedido anticipado por farmacéutico y no lo hay en existencia por esta pandemia todo se retrasa disculpe quisiera ser más breve gracias por su tiempo que nos brinda
Hola, muchas gracias! Me da mucho gusto que le sea de utilidad. No olvide suscribirse a mi canal de youtube y activar la campanita que le notifique de nuevos videos. Saludos cordiales.
Mi hijo en dos ocasiones no a estado en el domicilio cuando han venido los de umecas porque está trabajando , en este caso puede afectar en la audiencia de revisión de pruebas?
Buenos dias soy el Dr. Cardenas y tengo una pregunta muy sencilla y es la siguiente ; , si un fallecido u ocsiso debe tributos a la municipio e impuestos del 2016 al 2020 del 19 de enero y le notifican el 2022 que hay una medida de embargo por deuda con un plazo de 48 horas para ejecutarse dicho embargo si no paga los S./7 000 , es procedente o no que el mumicipio interponga una medida cautelar por deuda a una persona fallecida en el 2020 y notificada el 2022
Buen dia. En mexico, una de las causales de extincion de la accion penal es el fallecimiento del imputado. Ahora bien, las deudas de caracter civil o ejecutivo no som causales de acción penal alguna, ya que estas se llevan en via ordinaria o ejecutiva mercantil. Por lo tanto, seria fisica y juridicamente imposible imponer sancion o medida cautelar alguna a una persona fallecida.
Disculpe tengo una duda..un amigo lo están acusando de rrobo de autos...junto a otros compañeros..y dise que su.puesta mente ya le abrieron una orden de aprencion..que puede hacer..tramitar algún Amparo. O que??.y encuantos días sale la.orden de aprencion.... Que me aconseja...
Y si ejecutan esa orden..o lo capturan..puede salir bajo fiansa..o cuanto castigo ledarian..ayúdeme que se puede aser..por que según me dijo mi amigo que ya le dijeron que según ya le abrieron una orden de aprencion..
Buen dia. Si el delito por el que se le señala es cometido SIN VIOLENCIA, el amparo indirecto en contra de una orden de aprehensión o cualquiera que lo pudiera privar de la libertad, servirá para que no se le detenga, hasta en tanto se resuelva el amparo; este se estudiará por un juez de distrito y resolverá si la orden de aprehensión fue librada con respeto y apego absoluto a sus derechos humanos y fundamentales. Una vez resuelto, si dicha orden de aprehensión fue librada con apego a la ley, esta se ejecutara y se le aprehenderá, o bien si hubo alguna violación a sus derechos, esta se ordenará se deje sin efectos y el juez de control que autorizó la orden de aprehensión deberá reponer el asunto, ya sea para volverla a librar, pero corrigiendo las deficiencias que advirtió el juez de distrito, o bien negar una nueva orden de aprehensión. Es muy importante que el delito que se le señala haya sido cometido SIN VIOLENCIA, pues de haber sido señalado de cometerse con medios violentos, o peor aun, utilizando armas de fuego, el delito se agrava, clasificandose como ROBO CALIFICADO, y este por consecuencia inhibe la protección del amparo a su amigo; es decir, el amparo únicamente serviría para revisar que la orden de aprehensión haya sido librada con apego a los derecho humanos y fundamentales, mas no detiene le ejecución de la orden de aprehensión donde quiera que se le encuentre a su amigo. Esta es la diferencia de un delito SIN VIOLENCIA y uno cometido con medios violentos. Espero le haya sido de utilidad de mi asesoría.
Buen dia. Si el abogado es funcionario público, puede acudir con sus superiores, por ejemplo si es defensor de oficio, puede acudir ante el director de la defensoría pública y leventar una queja. Si el abogado es ministerio público, puede acudir ante el Fiscal General del Estado donde radique, para levantar una queja. Si el abogado es particular y no depende de ninguna dependencia gubernamental, no habría con quien levantar una queja, lo mejor sería removerlo de su representación legal para que así no se tengan más problemas.
Buen dia, muchas gracias por su comentario. Una disculpa por la velocidad del video, lo que pasa es que es mucha información y se intenta abordar la necesaria en el tiempo que me permite TH-cam para subida de videos. Bienvenido :)
Excelente, preciso y muy bien explicado sin necesidad de dar vueltas ni rollo. En -15 minutos fuiste al grano y evito ver videos de 90 minutos de palabrerías
Muchas gracias por su comentarios y gracias por ver mi video. Espero le sea de mucha utilidad. Saludos cordiales 😃
Muchísimas gracias por este video me sirvió mucho ya que mi agresor está imputado lo yevo a Jucio y le pusieron una Cautelar gracias
El empeño que pone en el contenido de sus videos para compartir informacion es para aplaudirle👏👏👏👏 Gracias abogado👍
Iluzyon 18 muchisimas gracias. Quiero ofrecerles lo mejor, aunque mis conocimientos tecnlógicos son limitados, pero estoy aprendiendo constantemente para poder comulgar la enseñanza del derecho con las tecnologías aplicadas, para convertirme en tu abogado virtual. Bendiciones y un abrazo donde se encuentre :)
P.' . " .p..
@@TuAbogadoVirtualMx
Una explicación clara y de mucha utilidad, gracias lic, nos ayuda mucho a los que somos nuevos en esto!
Excelente explicación, gracias dios lo bendiga por compartir
Tenía muchas dudas sobre medidas cautelares ya con este video me quedo claro excelente video
Excelente información, gracias!
Gracias por comentar. Bienvenido y saludos cordiales :)
Muchas gracias por la información.
100% recomendable este canal!
Muchisimas gracias colega. Le agradecería muchisimo comparta este video para que más gente lo pueda ver. Saludos cordiales :)
muchas gracias por su enseñanza abogado
Gracias a usted María Leyva por ve mi video. No olvide suscribirse a mi canal y activar la campanita que le notifique de nuevos videos. Bienvenida :)
Que es una papelta que esta en medida cautelar? Como podria quedar limpio? Solo pago la multa y se borra o se debe sustentar o presentar algo? Y una papeleta en pendiente hay alguna forma de apelar?
Abogado bye os días.. En cuanto tiempo tardan Par responder si di le asptan la medida cautelar y si ahí mismo le responde que si. Esto es por acudafo de tsagico de I documentados
Buen día, ¡excelente explicación! Suscripción segura.
Soy estudiante de Derecho y tengo un duda respecto a cómo es un escrito para solicitar una providencia precautoria penal de inmovilización de cuenta bancaria. Al ver este vídeo, pensé que tal vez la forma de solicitarla era igual a la de las medidas cautelares. Espero pueda ayudarme
De antemano ¡Gracias!
Muy buena explicación, Saludos Lic!
Muchas gracias LA corte de los Buhos. Le agradecería muchisimo comparta este video para que más gente lo pueda ver. Saludos cordiales :)
Muchas gracias Abogado por sus instrucciones, solo que la última línea no se vio que decía al final de escrito por razón de su marca. Pero muy bien explicado y yo estoy suscrita a su canal. Saludos.
Hola Abogado saludos soy nuevo en su canal y viendo sus vídeos son de gran importancia lo felicito a ud. Quisiera pedirle de favor por un asesoramiento mi problema es pedí un préstamo a un lugar llamado Provident yo estando con mis pagos al corriente pero hace 6 meses tuve un accidente y estuve hospitalizado la cual dejé de pagar y me mandó una carta extrajudicial ya tiene un mes que me contacté a los números que indican pero en esa llamada me pasan con una lic.y luego con otra y otra mencionando que estoy dispuesto a pagar pero que me den tiempo pero no llegamos a un acuerdo la verdad ya no contesto las llamadas espero su atención gracias
Buen dia, mi consejo es que solicite al abogado con el que se comunique, que le realicen un convenio de pago, con montos fijos e intereses congelados, a fin de que usted pueda respaldarse legalmente de este documento. Lamentablemente cuando los asuntos llegan a los despachos de cobranza extrajudicial, rotan con frecuencia a los ejecutivos que atienden los asuntos, y por eso siempre le contesta uno diferente. Con ese documento que le digo, por más rotaciones que haya, a usted le respetarán el convenio siempre.
Hola saludos Abog.gracias he leído su respuesta me dirijo a ud. Disculpe he salido del hospital del accidente que mencione antes debido a estudios médicos evitaron hacer una amputación pero hicieron Secreciones y actualmente tengo heridas abiertas la cual me dieron de alta pero no total debido ala pandemia del covid y evitar un contagio....mi pregunta es si ago este convenio como ud menciona y en este momento no cuento con empleo ya que la institución de la que mencione del préstamo requiere pagos semanales no son pagos mensuales así es como operan con sus pagos .... podría solicitar más tiempo que me sugiere ya que por los costos de medicamento son muy costosos y solo por pedido anticipado por farmacéutico y no lo hay en existencia por esta pandemia todo se retrasa disculpe quisiera ser más breve gracias por su tiempo que nos brinda
Muy bien explicado
Hola, muchas gracias! Me da mucho gusto que le sea de utilidad. No olvide suscribirse a mi canal de youtube y activar la campanita que le notifique de nuevos videos. Saludos cordiales.
Hola, tengo una duda, cuales son los medios de prueba para la imposicion de la medida Cautelar?
Mi hijo en dos ocasiones no a estado en el domicilio cuando han venido los de umecas porque está trabajando , en este caso puede afectar en la audiencia de revisión de pruebas?
Hola buenas tardes para estas medias son obligatorios los citatorios
Buen dia, la medida cautelar se impone en audiencia, a la cual deberán citarlo previamente para que acuda en la fecha y hora señalada.
@@TuAbogadoVirtualMx gracias buenastardes
Buenos dias soy el Dr. Cardenas y tengo una pregunta muy sencilla y es la siguiente ; , si un fallecido u ocsiso debe tributos a la municipio e impuestos del 2016 al 2020 del 19 de enero y le notifican el 2022 que hay una medida de embargo por deuda con un plazo de 48 horas para ejecutarse dicho embargo si no paga los S./7 000 , es procedente o no que el mumicipio interponga una medida cautelar por deuda a una persona fallecida en el 2020 y notificada el 2022
Buen dia. En mexico, una de las causales de extincion de la accion penal es el fallecimiento del imputado. Ahora bien, las deudas de caracter civil o ejecutivo no som causales de acción penal alguna, ya que estas se llevan en via ordinaria o ejecutiva mercantil. Por lo tanto, seria fisica y juridicamente imposible imponer sancion o medida cautelar alguna a una persona fallecida.
Grasias , una gran ayuda para mi ,,, un miembro a tu canal mas
Heybi Rodríguez Muchisimas gracias. Y bienvenido a tu canal de youtube :)
Disculpe tengo una duda..un amigo lo están acusando de rrobo de autos...junto a otros compañeros..y dise que su.puesta mente ya le abrieron una orden de aprencion..que puede hacer..tramitar algún Amparo. O que??.y encuantos días sale la.orden de aprencion....
Que me aconseja...
Y si ejecutan esa orden..o lo capturan..puede salir bajo fiansa..o cuanto castigo ledarian..ayúdeme que se puede aser..por que según me dijo mi amigo que ya le dijeron que según ya le abrieron una orden de aprencion..
Buen dia. Si el delito por el que se le señala es cometido SIN VIOLENCIA, el amparo indirecto en contra de una orden de aprehensión o cualquiera que lo pudiera privar de la libertad, servirá para que no se le detenga, hasta en tanto se resuelva el amparo; este se estudiará por un juez de distrito y resolverá si la orden de aprehensión fue librada con respeto y apego absoluto a sus derechos humanos y fundamentales. Una vez resuelto, si dicha orden de aprehensión fue librada con apego a la ley, esta se ejecutara y se le aprehenderá, o bien si hubo alguna violación a sus derechos, esta se ordenará se deje sin efectos y el juez de control que autorizó la orden de aprehensión deberá reponer el asunto, ya sea para volverla a librar, pero corrigiendo las deficiencias que advirtió el juez de distrito, o bien negar una nueva orden de aprehensión. Es muy importante que el delito que se le señala haya sido cometido SIN VIOLENCIA, pues de haber sido señalado de cometerse con medios violentos, o peor aun, utilizando armas de fuego, el delito se agrava, clasificandose como ROBO CALIFICADO, y este por consecuencia inhibe la protección del amparo a su amigo; es decir, el amparo únicamente serviría para revisar que la orden de aprehensión haya sido librada con apego a los derecho humanos y fundamentales, mas no detiene le ejecución de la orden de aprehensión donde quiera que se le encuentre a su amigo. Esta es la diferencia de un delito SIN VIOLENCIA y uno cometido con medios violentos. Espero le haya sido de utilidad de mi asesoría.
a quien acudir cuando un abogado actua en forma improcedente
Buen dia. Si el abogado es funcionario público, puede acudir con sus superiores, por ejemplo si es defensor de oficio, puede acudir ante el director de la defensoría pública y leventar una queja. Si el abogado es ministerio público, puede acudir ante el Fiscal General del Estado donde radique, para levantar una queja. Si el abogado es particular y no depende de ninguna dependencia gubernamental, no habría con quien levantar una queja, lo mejor sería removerlo de su representación legal para que así no se tengan más problemas.
Abogado buen dia, ud es colombiano? Se lo preguntoxk debo hacerle una pregunta, muchas gracias
No, esté abogado es México.
Buen dia, como dijo nuestro compañero Jaime Flores, soy abogado mexicano. Pero estoy a sus ordenes, ¿en que le puedo ayudar?
Buenas tardes abogado.. Cuando hay un mandamiento de Pago por Impuestos bienes. Se puede llegar a un acuerdo??
Buena información, pero vas demaciado rápido
Buen dia, muchas gracias por su comentario. Una disculpa por la velocidad del video, lo que pasa es que es mucha información y se intenta abordar la necesaria en el tiempo que me permite TH-cam para subida de videos. Bienvenido :)
@@TuAbogadoVirtualMx gracias!
Muy mal el audio.