Audiencia de Lectura fallo de segunda instancia audiencias preliminares Antonio Luis González Navarr

แชร์
ฝัง
  • เผยแพร่เมื่อ 29 ส.ค. 2024
  • La presente audiencia se llevó a cabo el día viernes 21 de junio de 2019, en el despacho del señor Juez 36 Penal del Circuito de Bogotá a quien por reparto le correspondió la apelación que presentó la fiscal 75 delegada ante el tribunal de Bogotá Claudia Patricia Ospina Buitrago.
    En esos términos el juez de segunda instancia confirmó por acierto a decisión de primera instancia proferida por el Juzgado 47 Penal Municipal con Función de Control de Garantias el pasado 10 de abril de 2019, en el sentido que el delito de prevaricato por acción que le imputaron al Dr. Antonio Luis González Navarro es una conducta ATIPICA, resaltando el ad quem lo siguiente:
    1. Los argumentos de la apelación esgrimidos por la Fiscal 75 delgada ante tribunal de Bogotá Claudia Patricia Ospina Buitrago fueron IMPERTINENTE.
    2. El señor Juez 36 indicó que la argumentación de la Fiscalia fue inconducente, desconoció el principio de no contradicción y por un momento pensó en declarar desierto el recurso. Sin embargo, esgrimió que encontró una oportunidad para señalar lo que no se debe hacer en las audiencias preliminares.
    3. Fue una audiencia donde la fiscal Claudia Patricia Ospina Buitrago no cumplió con demostrar los hechos jurídicamente relevantes en la imputación del delito de prevaricato por acción, la actuación de la fiscal es una demostración de lo que NO SE DEBE HACER.
    4. La ineficacia de la fiscalía se la achacan al imputado.
    5. La argumentación de la fiscal fue extensa para un caso tan sencillo, reclamo de la fiscal extenderse en algo tan sencillo.
    6. Las normas que se invocaron como incumplimiento de las obligaciones legales del imputado no corresponden al marco fáctico, son incongruente con relación al hecho jurídicamente relevante.
    7. Se argumentó una urgencia para solicitar medida intramural contra el sindicado luego quenla ineficacia de la fiscalía por 10 años no se le puede cargar al imputado.
    8. La argumentación de la Fiscal 75 Delegada ante el Tribunal de Bogotá Claudia Patricia Ospina Buitrago fue tan inapropiada que iban a declarar el recurso desierto pero el juez prefirió pronunciarse para que esto no vuelva a suceder
    9. El señor Juez 36 Penal del Circuito compulso copias por haberse dejado prescribir el prevaricato por omisión
    10. El señor Juez 36 Penal del Circuito consideró que el prevaricato por acción nunca existió es atipico, realizó un análisis de la norma e indicó que la constancia dejada por el imputado no se equipara al concepto señalado por la norma.
    Todos estos aspectos demuestran una vez más que la persecución contra el Dr Antonio González Navarro es una realidad por parte de la Fiscalía General de la Nación, que esta señora fiscal Claudia Patricia Ospina Buitrago es el instrumento tomado para materializar la persecución; cometiendo solicitudes como es haber pedido dos veces orden de captura contra el Dr González Navarro por una conducta prescrita y la otra atípica pero lo peor fue que dos jueces de garantía de Bogotá se prestaron para eso
    Dios guarda al Dr González Navarro ¿quien debe responder ahora por esta persecución?

ความคิดเห็น • 7

  • @flordemariaespitiagonzalez1675
    @flordemariaespitiagonzalez1675 3 ปีที่แล้ว

    Qué pena tan grande

  • @diegolondono1925
    @diegolondono1925 5 ปีที่แล้ว +4

    Excelente disertación del juez 36 penal del circuito de Bogotá, actuando como garante del respeto y cumplimiento de la Constitución y la norma procesal penal, regaño bien merecido a la señora fiscal, pero no Estaba de más una compulsa de copias a dicha delegada.

  • @victoreduardomedinajohnson8732
    @victoreduardomedinajohnson8732 5 ปีที่แล้ว +7

    El Eterno te guarda amigo, haz pagado un precio alto por amar la justicia. Te regalo un palabra profética: ningún arma forjada contra ti prosperará, quien contra ti conspire lo hará sin Dios y el que contra ti se levante delante de ti caera.

  • @gabrielernestoortizmedina5139
    @gabrielernestoortizmedina5139 3 ปีที่แล้ว

    Buen trabajo Dra Claudia,

  • @jairoosorio1810
    @jairoosorio1810 4 ปีที่แล้ว

    excelente

  • @jenifermorales4384
    @jenifermorales4384 4 ปีที่แล้ว +2

    Le pegaron una limpia a la señora Fiscal.

  • @jairoosorio1810
    @jairoosorio1810 4 ปีที่แล้ว

    El regaño a la Fiscalía es más que merecido; pero algo llamativo y acertado del Juez, es que tiene claro el concepto de que la Fiscalía debe probar porque las no privativas resultan insuficientes; finalmente, el estudio del prevaricato fue en derecho, con imparcialidad; felicitaciones señor Juez, ojalá venga por Cúcuta y se diera cuenta cual es la tesis de los Despacho cuando la defensa argumenta que la Fiscalía no probó sobre la no privativas.