Recibí muchas facturas manuales y algunas de ellas no las encuentro al momento de llenar el RCV... en ese caso, ¿solo registro las electrónicas y las manuales que tenga a mano?
@luiscarlosjuarezsolomon8282, bienvenido al servicio de mensajería: Agradecemos su consulta, en su caso las facturas que son emitidas bajo una modalidad en línea deben confirmarse en los RCV a través de la opción de CONFIRMACION COMPRAS, de esta forma solo debe proceder con el registro de las facturas que son emitidas bajo una modalidad física como las facturas manuales, prevaloradas o computarizadas SFV, no obstante recordarle que tiene para Modificar los RCV hasta el vencimiento acorde al último digito de su NIT, hasta dicha fecha puede modificar los RCV sin multas. Gracias por contactarse con nosotros, fue un placer atenderlo, la información que usted acaba de recibir no tiene carácter vinculante, para fines legales.
@irisoing6475, bienvenida al servicio de mensajería: Agradecemos su consulta, se selecciona el tipo de compra 1 cuando el contribuyente realiza compras destinadas para una actividad gravada (venta de bienes muebles, prestación de servicios de cualquier naturaleza, alquiler de bienes inmuebles y servicios de construcción). Se selecciona el tipo de compra 2 cuando el contribuyente realiza compras destinadas para una actividad no gravada (Venta de inmuebles, percepción de intereses de entidades financieras), como también las actividades de contribuyentes no alcanzados por el impuesto como las entidades públicas, organizaciones sin fines de lucro, fundaciones y similares. Gracias por contactarse con nosotros, fue un placer atenderla, la información que usted acaba de recibir no tiene carácter vinculante, para fines legales.
@user-ju8lf5rr1z, bienvenido al servicio de mensajería: Agradecemos su consulta, de acuerdo a la Ley Nº 843 Art. 8º “…Sólo darán derecho al cómputo del Crédito Fiscal aquí previsto las compras, adquisiciones o importaciones definitivas, contratos de obras o servicio, o toda otra prestación o insumo de cualquier naturaleza, en la medida en que se vinculen con las operaciones gravadas, es decir, aquellas destinadas a la actividad por la que el sujeto resulta responsable del gravamen. Gracias por contactarse con nosotros, fue un placer atenderlo, la información que usted acaba de recibir no tiene carácter vinculante, para fines legales.
Recibí muchas facturas manuales y algunas de ellas no las encuentro al momento de llenar el RCV... en ese caso, ¿solo registro las electrónicas y las manuales que tenga a mano?
@luiscarlosjuarezsolomon8282, bienvenido al servicio de mensajería:
Agradecemos su consulta, en su caso las facturas que son emitidas bajo una modalidad en línea deben confirmarse en los RCV a través de la opción de CONFIRMACION COMPRAS, de esta forma solo debe proceder con el registro de las facturas que son emitidas bajo una modalidad física como las facturas manuales, prevaloradas o computarizadas SFV, no obstante recordarle que tiene para Modificar los RCV hasta el vencimiento acorde al último digito de su NIT, hasta dicha fecha puede modificar los RCV sin multas.
Gracias por contactarse con nosotros, fue un placer atenderlo, la información que usted acaba de recibir no tiene carácter vinculante, para fines legales.
No me queda claro EL TIPO DE COMPRA.
Cuando poner gravadas y cuando poner no gravadas?
@irisoing6475, bienvenida al servicio de mensajería:
Agradecemos su consulta, se selecciona el tipo de compra 1 cuando el contribuyente realiza compras destinadas para una actividad gravada (venta de bienes muebles, prestación de servicios de cualquier naturaleza, alquiler de bienes inmuebles y servicios de construcción). Se selecciona el tipo de compra 2 cuando el contribuyente realiza compras destinadas para una actividad no gravada (Venta de inmuebles, percepción de intereses de entidades financieras), como también las actividades de contribuyentes no alcanzados por el impuesto como las entidades públicas, organizaciones sin fines de lucro, fundaciones y similares.
Gracias por contactarse con nosotros, fue un placer atenderla, la información que usted acaba de recibir no tiene carácter vinculante, para fines legales.
que facturas ingresan aqui
@user-ju8lf5rr1z, bienvenido al servicio de mensajería:
Agradecemos su consulta, de acuerdo a la Ley Nº 843 Art. 8º “…Sólo darán derecho al cómputo del Crédito Fiscal aquí previsto las compras, adquisiciones o importaciones definitivas, contratos de obras o servicio, o toda otra prestación o insumo de cualquier naturaleza, en la medida en que se vinculen con las operaciones gravadas, es decir, aquellas destinadas a la actividad por la que el sujeto resulta responsable del gravamen.
Gracias por contactarse con nosotros, fue un placer atenderlo, la información que usted acaba de recibir no tiene carácter vinculante, para fines legales.