Buen día Jorge, muchas gracias por mirar nuestro contenido y regalarnos tu comentario, apreciamos mucho la observación y ya hemos trabajado para que el audio se escuche mejor. Saludos
A mí me pasaron al retiro por conducción en estado de ebriedad en mi día libre o mi día de franco pese que no mate a nadie y no hubieron heridos salvó mi persona y me pasaron al retiro soy postulante a una acción de amparo ya agoté la vía judicial primero y segunda instancia confirma el pase al retiro porque soy policía los 24 horas los 365 dias
Muchas gracias Mauro por mirar nuestro contenido y regalarnos tu comentario, así como por la aportación que realizas, esperamos que el video te haya sido de utilidad 🙌😃🙌
Muy bien explicado! Muchísimas gracias! Nuevo suscriptor
Me encantan tus videos, solo quisiera que algunos tuvieran más volumen como este
Buen día Jorge, muchas gracias por mirar nuestro contenido y regalarnos tu comentario, apreciamos mucho la observación y ya hemos trabajado para que el audio se escuche mejor. Saludos
MUY BUENA EXPLICACION GRACIAS
Abrazo Lic!!! Super interesante el vídeo al igual que todos los demás!!! Saludos, Atte. Jonathan Archundia!
Muchas gracias estimado Jonathan por seguir nuestro contenido, de verdad esperamos que el mismo te sea de utilidad. Saludos y un abrazo.🙌
A mí me pasaron al retiro por conducción en estado de ebriedad en mi día libre o mi día de franco pese que no mate a nadie y no hubieron heridos salvó mi persona y me pasaron al retiro soy postulante a una acción de amparo ya agoté la vía judicial primero y segunda instancia confirma el pase al retiro porque soy policía los 24 horas los 365 dias
MUY UTIL LA EXPLICACIÓN LIC. pero pongame los artículos para fortalecer mas mi conocimiento en los fundamentos .
Saludos como entro a la continuación de este curso?
Que gran video, solo que falto explicar el principio de exhaustividad, saludos
Muchas gracias Mauro por mirar nuestro contenido y regalarnos tu comentario, así como por la aportación que realizas, esperamos que el video te haya sido de utilidad 🙌😃🙌
Muy excelente ponencia
El fundamento constitucional se encuentra en el artículo 107 de la CPEUM
Muchas gracias por tu valioso comentario, saludos Arturo