Anoche me llego el policÃa y decentemente me dijo me permite una requisa en el aeropuerto, me baje me rrequiso le di mi nunero de cÃĐdula y eso fue todo,, , es normal muy bien echo sr ðŪ, , y el otro se enoja entonces, pedimos seguridad y no aportamos,, si nada debemos nada tememos
Ok, La actitud de "si nada debemos nada tememos" es problemÃĄtica porque asume que el sistema siempre funciona justamente, cuando con frecuencia hay evidencia de lo contrario y por eso la gente actua asÃ. A un conocido, por ejemplo, lo pararon en forma similar y le robaron los supuestos policÃas.
Ni estaba estacionado y mucho menos es trÃĄnsito eso es usurpaciÃģn de funciones mijo,esta clase de comentarios hace que el uniformado se anime mÃĄs a no seguir el procedimiento ni la norma. DespuÃĐs no pregunten por el bombazo
Registro a persona y registro a vehÃculo, medios de policÃa . El policÃa no necesita orden judial para hacer esa labor. El policÃa no es adivino para saber si una persona lleva o no elementos que atenten contra la seguridad ciudadana en su vehÃculo, solo lo puede saber realizando el registro. Hay personas que se ofenden cuando les solicitan un requisa, y despuÃĐs critican a la policÃa cuando se presentan actos delictivos.
ArtÃculo 28. Toda persona es libre. Nadie puede ser molestado en su persona o familia, ni reducido a prisiÃģn o arresto, ni detenido, ni su domicilio registrado, sino en virtud de mandamiento escrito de autoridad judicial competente, con las formalidades legales y por motivo previamente definido en la ley. La persona detenida preventivamente serÃĄ puesta a disposiciÃģn del juez competente dentro de las treinta y seis (36) horas siguientes, para que este adopte la decisiÃģn correspondiente en el tÃĐrmino que establezca la ley. En ningÚn caso podrÃĄ haber detenciÃģn, prisiÃģn ni arresto por deudas, ni penas y medidas de seguridad imprescriptibles. Una ley estatutaria reglamentarÃĄ la forma en que, sin previa orden judicial, las autoridades que ella seÃąale puedan realizar detenciones, allanamientos y registros domiciliarios, con aviso inmediato a la ProcuradurÃa General de la NaciÃģn y control judicial posterior dentro de las treinta y seis (36) horas siguientes, siempre que existan serios motivos para prevenir la comisiÃģn de actos terroristas. Al iniciar cada perÃodo de sesiones el Gobierno rendirÃĄ informe al Congreso sobre el uso que se haya hecho de esta facultad. Los funcionarios que abusen de las medidas a que se refiere este artÃculo incurrirÃĄn en falta gravÃsima, sin perjuicio de las demÃĄs responsabilidades a que hubiere lugar.
ACTO LEGISLATIVO 02 DE 2003 (Diciembre 18) Declarado INEXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-816 de 2004 "Por medio del cual se modifican los artÃculos 15, 24, 28 y 250 de la ConstituciÃģn PolÃtica de Colombia para enfrentar el terrorismo". "El Congreso de Colombia ArtÃculo 3. El artÃculo 28 de la ConstituciÃģn PolÃtica quedarÃĄ asÃ: ArtÃculo 28. Toda persona es libre. Nadie puede ser molestado en su persona o familia, ni reducido a prisiÃģn o arresto, ni detenido, ni su domicilio registrado, sino en virtud de mandamiento escrito de autoridad judicial competente, con las formalidades legales y por motivo previamente definido en la ley. La persona detenida preventivamente serÃĄ puesta a disposiciÃģn del juez competente dentro de las treinta y seis (36) horas siguientes, para que este adopte la decisiÃģn correspondiente en el tÃĐrmino que establezca la ley. En ningÚn caso podrÃĄ haber detenciÃģn, prisiÃģn ni arresto por deudas, ni penas y medidas de seguridad imprescriptibles. Una ley estatutaria reglamentarÃĄ la forma en que, sin previa orden judicial, las autoridades que ella seÃąale puedan realizar detenciones, allanamientos y registros domiciliarios, con aviso inmediato a la ProcuradurÃa General de la NaciÃģn y control judicial posterior dentro de las treinta y seis (36) horas siguientes, siempre que existan serios motivos para prevenir la comisiÃģn de actos terroristas. Al iniciar cada perÃodo de sesiones el Gobierno rendirÃĄ informe al Congreso sobre el uso que se haya hecho de esta facultad. Los funcionarios que abusen de las medidas a que se refiere este artÃculo incurrirÃĄn en falta gravÃsima, sin perjuicio de las demÃĄs responsabilidades a que hubiere lugar.
Los dos estan DICIENDO. Y HACIENDO lo correcto .no veo nada anormal. En el procedimiento PERO CREANLO . Si el particular No se identifica como.Abogado . El policia se va por otro lado .porque eso a pasado.
@alonso4207 si srÃąor .pero analize una cosa . El seÃąor hablo .claro .preciso y consiso .Directo y locuaz. Y eso neutralizo y freno al policia Y logico .lo que menos le gusta Y MUCHO LE DISGUSTA a un policia es que el ciudadano conteste
Que raro que cuando el.policia lo requiere si necesitÃģ irse, antes estaba tranquilo estacionado, cÃģmo extraÃąo, bien seÃąor policÃa hizo bien su labor
Lo primero que le enseÃąan a un estudiante de derecho es que las normas, procedimientos se deben respetar y por ende quienes las ejercen. Son susceptibles y agrandados cuando los abordan. Esperemos que cuando estÃĐn en situaciÃģn de alteraciÃģn de orden pÚblico o cuando realmente les estÃĐn vulnerando derechos fundamentales sean asà de guapos como con la policÃa.
Entre mÃĄs plata tengas mÃĄs impuestos pagas y esos impuestos van para servidores pÚblicos. Yo si lo harÃa si hacen el procedimiento mal como el agente
No sÃĐ si el policÃa habrÃĄ actuado asÃ, por quÃĐ estaba frente a la cÃĄmara, pero a mà parecer y lo que và en el vÃdeo, es que hizo una buena labor, a pesar de que el seÃąor estuvo todo medio alterado, el se mantuvo firme en su procedimiento y sobre todo mantuvo la calma y fue muy cortÃĐs, la verdad ojalÃĄ y la mitad de la policÃa acÃĄ en Colombia actuara asà de bien en un procedimiento.
Seria mente hay gente muy salamera si nada debe nada teme solo por que es abogado una requisa y sale para viajar a mi pueblolo requisan tres veces la policia el ejercito y gerrilla si no debe nada anda tranquilo
ArtÃculo 28 ArtÃculo 28. Toda persona es libre. Nadie puede ser molestado en su persona o familia, ni reducido a prisiÃģn o arresto, ni detenido, ni su domicilio registrado, sino en virtud de mandamiento escrito de autoridad judicial competente, con las formalidades legales y por motivo previamente definido en la ley. La persona detenida preventivamente serÃĄ puesta a disposiciÃģn del juez competente dentro de las treinta y seis (36) horas siguientes, para que este adopte la decisiÃģn correspondiente en el tÃĐrmino que establezca la ley. En ningÚn caso podrÃĄ haber detenciÃģn, prisiÃģn ni arresto por deudas, ni penas y medidas de seguridad imprescriptibles. Una ley estatutaria reglamentarÃĄ la forma en que, sin previa orden judicial, las autoridades que ella seÃąale puedan realizar detenciones, allanamientos y registros domiciliarios, con aviso inmediato a la ProcuradurÃa General de la NaciÃģn y control judicial posterior dentro de las treinta y seis (36) horas siguientes, siempre que existan serios motivos para prevenir la comisiÃģn de actos terroristas. Al iniciar cada perÃodo de sesiones el Gobierno rendirÃĄ informe al Congreso sobre el uso que se haya hecho de esta facultad. Los funcionarios que abusen de las medidas a que se refiere este artÃculo incurrirÃĄn en falta gravÃsima, sin perjuicio de las demÃĄs responsabilidades a que hubiere lugar. ACTO LEGISLATIVO 02 DE 2003 (Diciembre 18) Declarado INEXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-816 de 2004 "Por medio del cual se modifican los artÃculos 15, 24, 28 y 250 de la ConstituciÃģn PolÃtica de Colombia para enfrentar el terrorismo". "El Congreso de Colombia" ArtÃculo 3. El artÃculo 28 de la ConstituciÃģn PolÃtica quedarÃĄ asÃ: ArtÃculo 28. Toda persona es libre. Nadie puede ser molestado en su persona o familia, ni reducido a prisiÃģn o arresto, ni detenido, ni su domicilio registrado, sino en virtud de mandamiento escrito de autoridad judicial competente, con las formalidades legales y por motivo previamente definido en la ley. La persona detenida preventivamente serÃĄ puesta a disposiciÃģn del juez competente dentro de las treinta y seis (36) horas siguientes, para que este adopte la decisiÃģn correspondiente en el tÃĐrmino que establezca la ley. En ningÚn caso podrÃĄ haber detenciÃģn, prisiÃģn ni arresto por deudas, ni penas y medidas de seguridad imprescriptibles. Una ley estatutaria reglamentarÃĄ la forma en que, sin previa orden judicial, las autoridades que ella seÃąale puedan realizar detenciones, allanamientos y registros domiciliarios, con aviso inmediato a la ProcuradurÃa General de la NaciÃģn y control judicial posterior dentro de las treinta y seis (36) horas siguientes, siempre que existan serios motivos para prevenir la comisiÃģn de actos terroristas. Al iniciar cada perÃodo de sesiones el Gobierno rendirÃĄ informe al Congreso sobre el uso que se haya hecho de esta facultad. Los funcionarios que abusen de las medidas a que se refiere este artÃculo incurrirÃĄn en falta gravÃsima, sin perjuicio de las demÃĄs responsabilidades a que hubiere lugar.
Bien por el policÃa. Yo tambiÃĐn sospecharÃa de un Único vehÃculo parqueado en esa vÃa. Bien por la argumentaciÃģn del policÃa, ademÃĄs alguien que es abogado no tiene que decirlo solo lo debe demostrar con el conocimiento exacto de las leyes. Cuando el policÃa le estaba dando respuestas claras a sus preguntas ya no lo estaba dejando hablar.
Si el conductor da permiso Si la policÃa tiene una orden de un juez Si la policÃa tiene causa probable de que el auto contenga pruebas de un delito Si la policÃa cree que el registro es necesario para su protecciÃģn Si el conductor fue arrestado y el registro estÃĄ relacionado con el arresto Si la policÃa ha remolcado o confiscado el auto La policÃa no puede obligar al conductor a abrir la maletera o permitir una inspecciÃģn del interior del vehÃculo, salvo en casos de flagrancia o si se evidencia que se estÃĄ cometiendo un delito.
Para usted el procedimiento del policÃa estuvo dentro de la norma?ðĪ, y sà hubo algÚn procedimiento incorrecto el abogado lo permitiÃģ?ðĪ, este es uno de los pocos vÃdeos que me deja la duda, de quiÃĐn fuÃĐ el que actuÃģ de manera ejemplar ðĪð§.
Si el vehÃculo estÃĄ en una vÃa pÚblica ,solo con las luces apagadas , vidrios negros es bueno por seguridad que la policÃa realice este tipo de procedimientos y verificaciones en circunstancias como lo puede ser esta
ResaltÃģ la educaciÃģn del policÃa, la verdad no le veo problema al registro ya que si estÃĄn en un aeropuerto que debe estar dotado de parqueadero el carro no tiene porque estar parqueado ahÃ, ese tipo de requisas son necesarios ya que no se sabe quiÃĐn es el personaje, ahora hay procedimientos realizados por policÃas que si dejan mucho que desear
Ãste policÃa no debe estar en la calle haciendo ÃĐse trabajo debe estar es enseÃąando a otros policÃas a ser decentes. y ÃĐste seÃąor que porque dice tener dinero y pagar impuestos no le pueden realizar un procedimiento de rutina, hay que recordar que el expresidente SAMPER le encontraron cocaÃna en el aviÃģn presidencial y que lo conocÃa todo un paÃs y mas.
Eres abogado y permitiste que te registrarÃĄ tu carro y tu persona sin una orden, sabes eso no estÃĄ permitido como tampoco tenÃa que decir que eres abogado ni empresario te falta mucho para ser abogado
El seÃąor policia hiso su trabajo, muy desentrmente , aqui el atarban es el conductor, que no vio la condicion en que se encontraba, vidrios polarizados sin luces y encima de un puente, ES MAS QUE SOSPECHOSO. Pero este infractor actuo como un agrandado.
Huy...un muy mal procedimiento. Fuera de eso lo costriÃąo, le abrio la puerta sin permiso, lo trato como un delincuente. Esa es la policia de colombia. Mientras tanto los delincuencia en la calle armados y ellos no hacen nada.
Yo lo quÃĐ creo es quÃĐ estÃĐ tipo lo adiestrÃģ fue la guerrilla definitivamente abusivo arrogante y gamin para mà la policÃa es despreciable en todo actuar
Merchan te digo ....pero varias veces te pasas de cansÃģn ,si yo veo un carro polarizado parqueado en frente de mi casa por mucho tiempo llamo a la policÃa y que lo requisen .....ya te volves cansÃģn y creo que tratas que te contestÃĐ mal el policÃa o quieres sacar argumentos chimbos ,entrega cÃĐdula,que te vean el vehÃculo y listo.......no haga que algunas personas q no son abogados como usted lo hagan tal cual ,no hay necesidad de estos vÃdeos ...te volves canson
Estuviste de buenas porque mientras te requisa tu carro dÃĄndote la espalda te puede cargar el vehÃculo con ellos hay que estar pilas son muy corruptos
Otro policÃa mÃĄs que ignora la ley y los Derechos de los ciudadanos. El registro al vehÃculo debe ser SUPERFICIAL! Se enamorÃģ del ciudadano y cuando le reclamÃģ con argumentos, se vio acorralado y no tuvo de otra que dejarlo ir!
Normal . Excelente procedimiento, ademÃĄs estÃĄ solo en lugar pÚblico puede ser sospechoso; los bandidos son los Únicos que no se dejan registrar , MÃnimo es una rata ð y por eso llora
Anoche me llego el policÃa y decentemente me dijo me permite una requisa en el aeropuerto, me baje me rrequiso le di mi nunero de cÃĐdula y eso fue todo,, , es normal muy bien echo sr ðŪ, , y el otro se enoja entonces, pedimos seguridad y no aportamos,, si nada debemos nada tememos
Ok, La actitud de "si nada debemos nada tememos" es problemÃĄtica porque asume que el sistema siempre funciona justamente, cuando con frecuencia hay evidencia de lo contrario y por eso la gente actua asÃ. A un conocido, por ejemplo, lo pararon en forma similar y le robaron los supuestos policÃas.
Escriba bien.
Primer policÃa decente y amable
Jajajajajaja
pero solo pa disimular
Ni estaba estacionado y mucho menos es trÃĄnsito eso es usurpaciÃģn de funciones mijo,esta clase de comentarios hace que el uniformado se anime mÃĄs a no seguir el procedimiento ni la norma. DespuÃĐs no pregunten por el bombazo
El policÃa es muy educado
Yo veo que el policÃa tiene toda la razÃģn
Registro a persona y registro a vehÃculo, medios de policÃa .
El policÃa no necesita orden judial para hacer esa labor.
El policÃa no es adivino para saber si una persona lleva o no elementos que atenten contra la seguridad ciudadana en su vehÃculo, solo lo puede saber realizando el registro.
Hay personas que se ofenden cuando les solicitan un requisa, y despuÃĐs critican a la policÃa cuando se presentan actos delictivos.
ArtÃculo 28. Toda persona es libre. Nadie puede ser molestado en su persona o familia, ni reducido a prisiÃģn o arresto, ni detenido, ni su domicilio registrado, sino en virtud de mandamiento escrito de autoridad judicial competente, con las formalidades legales y por motivo previamente definido en la ley. La persona detenida preventivamente serÃĄ puesta a disposiciÃģn del juez competente dentro de las treinta y seis (36) horas siguientes, para que este adopte la decisiÃģn correspondiente en el tÃĐrmino que establezca la ley. En ningÚn caso podrÃĄ haber detenciÃģn, prisiÃģn ni arresto por deudas, ni penas y medidas de seguridad imprescriptibles. Una ley estatutaria reglamentarÃĄ la forma en que, sin previa orden judicial, las autoridades que ella seÃąale puedan realizar detenciones, allanamientos y registros domiciliarios, con aviso inmediato a la ProcuradurÃa General de la NaciÃģn y control judicial posterior dentro de las treinta y seis (36) horas siguientes, siempre que existan serios motivos para prevenir la comisiÃģn de actos terroristas. Al iniciar cada perÃodo de sesiones el Gobierno rendirÃĄ informe al Congreso sobre el uso que se haya hecho de esta facultad. Los funcionarios que abusen de las medidas a que se refiere este artÃculo incurrirÃĄn en falta gravÃsima, sin perjuicio de las demÃĄs responsabilidades a que hubiere lugar.
ACTO LEGISLATIVO 02 DE 2003
(Diciembre 18)
Declarado INEXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-816 de 2004
"Por medio del cual se modifican los artÃculos 15, 24, 28 y 250 de la ConstituciÃģn PolÃtica de Colombia para enfrentar el terrorismo".
"El Congreso de Colombia
ArtÃculo 3.
El artÃculo 28 de la ConstituciÃģn PolÃtica quedarÃĄ asÃ:
ArtÃculo 28.
Toda persona es libre. Nadie puede ser molestado en su persona o familia, ni reducido a prisiÃģn o arresto, ni detenido, ni su domicilio registrado, sino en virtud de mandamiento escrito de autoridad judicial competente, con las formalidades legales y por motivo previamente definido en la ley.
La persona detenida preventivamente serÃĄ puesta a disposiciÃģn del juez competente dentro de las treinta y seis (36) horas siguientes, para que este adopte la decisiÃģn correspondiente en el tÃĐrmino que establezca la ley.
En ningÚn caso podrÃĄ haber detenciÃģn, prisiÃģn ni arresto por deudas, ni penas y medidas de seguridad imprescriptibles.
Una ley estatutaria reglamentarÃĄ la forma en que, sin previa orden judicial, las autoridades que ella seÃąale puedan realizar detenciones, allanamientos y registros domiciliarios, con aviso inmediato a la ProcuradurÃa General de la NaciÃģn y control judicial posterior dentro de las treinta y seis (36) horas siguientes, siempre que existan serios motivos para prevenir la comisiÃģn de actos terroristas. Al iniciar cada perÃodo de sesiones el Gobierno rendirÃĄ informe al Congreso sobre el uso que se haya hecho de esta facultad. Los funcionarios que abusen de las medidas a que se refiere este artÃculo incurrirÃĄn en falta gravÃsima, sin perjuicio de las demÃĄs responsabilidades a que hubiere lugar.
Que policia tan desente. Felicitaciones
Los dos estan DICIENDO. Y HACIENDO lo correcto .no veo nada anormal. En el procedimiento PERO CREANLO .
Si el particular No se identifica como.Abogado .
El policia se va por otro lado .porque eso a pasado.
Ojo, no se identificÃģ como abogado, solo MANIFESTÃ ser abogado que es muy diferente compaÃąero.
@alonso4207 si srÃąor .pero analize una cosa .
El seÃąor hablo .claro .preciso y consiso .Directo y locuaz. Y eso neutralizo y freno al policia
Y logico .lo que menos le gusta Y MUCHO LE DISGUSTA a un policia es que el ciudadano conteste
Que raro que cuando el.policia lo requiere si necesitÃģ irse, antes estaba tranquilo estacionado, cÃģmo extraÃąo, bien seÃąor policÃa hizo bien su labor
Lo primero que le enseÃąan a un estudiante de derecho es que las normas, procedimientos se deben respetar y por ende quienes las ejercen. Son susceptibles y agrandados cuando los abordan. Esperemos que cuando estÃĐn en situaciÃģn de alteraciÃģn de orden pÚblico o cuando realmente les estÃĐn vulnerando derechos fundamentales sean asà de guapos como con la policÃa.
Jajajajajajaja ðĪĄ
JajajajajajaðļðĪĄðŪ
El es un servidor pÚblico. Y el seÃąor no tiene necesidad de expresar soy un empresario.
Entre mÃĄs plata tengas mÃĄs impuestos pagas y esos impuestos van para servidores pÚblicos. Yo si lo harÃa si hacen el procedimiento mal como el agente
Se despertÃģ bravo ðððð
Jajaja disque esas toÃąotas las tengo en la finca ððð muy lampara!ð
BIEN HECHO SEÃOR POLICÃA ðŪââïļ ð ð
Uyyy quieto, empresario, abogado ðððĪĄðĪĄðĪĄðĪĄ
Excelente trabajo el del PolicÃa
Felicitaciones sr agente
Ama la policÃa ama hacer lo que le dan en su gana.... total el policÃa tiene su autoridad y tiene que ejercerla no es un capricho
Que PolicÃa tan decente Unico
En esta ocasiÃģn, estoy de acuerdo con el policÃa
No sÃĐ si el policÃa habrÃĄ actuado asÃ, por quÃĐ estaba frente a la cÃĄmara, pero a mà parecer y lo que và en el vÃdeo, es que hizo una buena labor, a pesar de que el seÃąor estuvo todo medio alterado, el se mantuvo firme en su procedimiento y sobre todo mantuvo la calma y fue muy cortÃĐs, la verdad ojalÃĄ y la mitad de la policÃa acÃĄ en Colombia actuara asà de bien en un procedimiento.
ViolÃģ la privacidad del ciudadano. No puede meterse al vehÃculo ni rebuscar, ni revisar su ropa sin orden de un juez.
Seria mente hay gente muy salamera si nada debe nada teme solo por que es abogado una requisa y sale para viajar a mi pueblolo requisan tres veces la policia el ejercito y gerrilla si no debe nada anda tranquilo
ArtÃculo 28
ArtÃculo 28. Toda persona es libre. Nadie puede ser molestado en su persona o familia, ni reducido a prisiÃģn o arresto, ni detenido, ni su domicilio registrado, sino en virtud de mandamiento escrito de autoridad judicial competente, con las formalidades legales y por motivo previamente definido en la ley. La persona detenida preventivamente serÃĄ puesta a disposiciÃģn del juez competente dentro de las treinta y seis (36) horas siguientes, para que este adopte la decisiÃģn correspondiente en el tÃĐrmino que establezca la ley. En ningÚn caso podrÃĄ haber detenciÃģn, prisiÃģn ni arresto por deudas, ni penas y medidas de seguridad imprescriptibles. Una ley estatutaria reglamentarÃĄ la forma en que, sin previa orden judicial, las autoridades que ella seÃąale puedan realizar detenciones, allanamientos y registros domiciliarios, con aviso inmediato a la ProcuradurÃa General de la NaciÃģn y control judicial posterior dentro de las treinta y seis (36) horas siguientes, siempre que existan serios motivos para prevenir la comisiÃģn de actos terroristas. Al iniciar cada perÃodo de sesiones el Gobierno rendirÃĄ informe al Congreso sobre el uso que se haya hecho de esta facultad. Los funcionarios que abusen de las medidas a que se refiere este artÃculo incurrirÃĄn en falta gravÃsima, sin perjuicio de las demÃĄs responsabilidades a que hubiere lugar.
ACTO LEGISLATIVO 02 DE 2003
(Diciembre 18)
Declarado INEXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-816 de 2004
"Por medio del cual se modifican los artÃculos 15, 24, 28 y 250 de la ConstituciÃģn PolÃtica de Colombia para enfrentar el terrorismo".
"El Congreso de Colombia"
ArtÃculo 3.
El artÃculo 28 de la ConstituciÃģn PolÃtica quedarÃĄ asÃ:
ArtÃculo 28.
Toda persona es libre. Nadie puede ser molestado en su persona o familia, ni reducido a prisiÃģn o arresto, ni detenido, ni su domicilio registrado, sino en virtud de mandamiento escrito de autoridad judicial competente, con las formalidades legales y por motivo previamente definido en la ley.
La persona detenida preventivamente serÃĄ puesta a disposiciÃģn del juez competente dentro de las treinta y seis (36) horas siguientes, para que este adopte la decisiÃģn correspondiente en el tÃĐrmino que establezca la ley.
En ningÚn caso podrÃĄ haber detenciÃģn, prisiÃģn ni arresto por deudas, ni penas y medidas de seguridad imprescriptibles.
Una ley estatutaria reglamentarÃĄ la forma en que, sin previa orden judicial, las autoridades que ella seÃąale puedan realizar detenciones, allanamientos y registros domiciliarios, con aviso inmediato a la ProcuradurÃa General de la NaciÃģn y control judicial posterior dentro de las treinta y seis (36) horas siguientes, siempre que existan serios motivos para prevenir la comisiÃģn de actos terroristas. Al iniciar cada perÃodo de sesiones el Gobierno rendirÃĄ informe al Congreso sobre el uso que se haya hecho de esta facultad. Los funcionarios que abusen de las medidas a que se refiere este artÃculo incurrirÃĄn en falta gravÃsima, sin perjuicio de las demÃĄs responsabilidades a que hubiere lugar.
Creo que no debemos entrar en confrontaciones con la policia sin nesecidadd , si no son groseros les debemos colaborar en sus procedimientos
Y por ciudadanos como ese es q la policÃa se empeÃąa con los ciudadanos y es grosera con gente decente!!!
Denuncielo ante fiscalÃa y procuradurÃa y hÃĄgalo destituir, la Única forma que estÃĄs sabandijas respeten
Que va denunciar jajajaja
Los super policÃas que se creen los Dioses omnipotentes.
El policÃa tiene toda la razon
Denuncie a ese corrupto y hagalo destituir . Eso es abuso de autoridad .
Bien por el policÃa. Yo tambiÃĐn sospecharÃa de un Único vehÃculo parqueado en esa vÃa. Bien por la argumentaciÃģn del policÃa, ademÃĄs alguien que es abogado no tiene que decirlo solo lo debe demostrar con el conocimiento exacto de las leyes. Cuando el policÃa le estaba dando respuestas claras a sus preguntas ya no lo estaba dejando hablar.
Que peligro encontrase con un supuesto agente cÃģmo este que lo que busca es fastidiar sin ninguna necesidad, lo digo con experiencia propia
Al final hizo lo q quisoðð
Si el conductor da permiso
Si la policÃa tiene una orden de un juez
Si la policÃa tiene causa probable de que el auto contenga pruebas de un delito
Si la policÃa cree que el registro es necesario para su protecciÃģn
Si el conductor fue arrestado y el registro estÃĄ relacionado con el arresto
Si la policÃa ha remolcado o confiscado el auto
La policÃa no puede obligar al conductor a abrir la maletera o permitir una inspecciÃģn del interior del vehÃculo, salvo en casos de flagrancia o si se evidencia que se estÃĄ cometiendo un delito.
Para usted el procedimiento del policÃa estuvo dentro de la norma?ðĪ, y sà hubo algÚn procedimiento incorrecto el abogado lo permitiÃģ?ðĪ, este es uno de los pocos vÃdeos que me deja la duda, de quiÃĐn fuÃĐ el que actuÃģ de manera ejemplar ðĪð§.
Si el vehÃculo estÃĄ en una vÃa pÚblica ,solo con las luces apagadas , vidrios negros es bueno por seguridad que la policÃa realice este tipo de procedimientos y verificaciones en circunstancias como lo puede ser esta
el policia utiliza un tono q se interpreta como una forma de buscar el rose con el ciudadano ,el sabe q lo estan grabando
ResaltÃģ la educaciÃģn del policÃa, la verdad no le veo problema al registro ya que si estÃĄn en un aeropuerto que debe estar dotado de parqueadero el carro no tiene porque estar parqueado ahÃ, ese tipo de requisas son necesarios ya que no se sabe quiÃĐn es el personaje, ahora hay procedimientos realizados por policÃas que si dejan mucho que desear
Que abogado no sabe ... El tiene todas las facultades para un registro
La estrategia es ignorar al ciudadano.
Vuelve y juega: "Usted no sabe quien soy yo"
Creo que el seÃąor se delico porque es abogado y se cree diferente a los demÃĄs, para mà la policÃa solo hizo su labor
Jajajajaj siga amando a la cabal ððððð
Eso es un buen agente de policia, existen personas que no caminan levitan, ese es el TÃpico "usted no sabe quiÃĐn soy yo "......
Ãste policÃa no debe estar en la calle haciendo ÃĐse trabajo debe estar es enseÃąando a otros policÃas a ser decentes.
y ÃĐste seÃąor que porque dice tener dinero y pagar impuestos no le pueden realizar un procedimiento de rutina, hay que recordar que el expresidente SAMPER le encontraron cocaÃna en el aviÃģn presidencial y que lo conocÃa todo un paÃs y mas.
Uribista tenÃa que ser, falta ver quÃĐ es lo que en realidad esperaba
Esos policÃas sin guapos con las personas de bn, y los desarmados en el Cauca y en el Catataumbo son llenos de miedo.
Lo Único malo que veo es la requisa al vehÃculo. De resto todo bien.
@@julianestivenmosqr1992 asà es pq debe de tener una orden por un juez y el segÚn abogado no sabe eso ðĪĢðĪĢðĪĢ
@@julianestivenmosqr1992 asà es debe de tener una orden de un juez y el supuesto abogado no sabe ðĪĢðĪĢðĪĢ
@@wilmaracevedocruz860 exacto el cree que por ser empresario y abogado nadie lo puede requisar. Ya se le subieron los humos.
Ese abogado lo q quiere es pasase la ley por la faja . no fue capas de escuchar al policÃa
El policÃa estÃĄ actuando bien el insolente es el ciudadano con el cuentico de usted no sabe quiÃĐn soy yo eso sà que es rid8culo
PolicÃa muy decente
Que pereza estos abogados Dios mio.
Los policÃas por su ego y su prepotencia hacen lo que se les da la gana asà un abogado le que estÃĄ haciendo mal las cosas pero lo sigue haciendo
Lo quÃĐ hizo ese policÃa es asalto. RevisiÃģn de rutina no puede hacerlo.
Eeeeche pero y cuÃĄl es el problema en que el agente le haga una revisiÃģn si no lleva nada ilegal?
Eeeeeeche
Un man muy fastidioso, no deja hablar, que se vaya a dormir a la casa jajaja
El sr agente procediÃģ desentemente
No sabe nada de leyes el ciudadano
Eres abogado y permitiste que te registrarÃĄ tu carro y tu persona sin una orden, sabes eso no estÃĄ permitido como tampoco tenÃa que decir que eres abogado ni empresario te falta mucho para ser abogado
Abogado y se dejÃģ hacer de todo
Las practicas policiales no son las mÃĄs correctas en Colombia, pero este personaje quiso ser humillativo y presumido.
El seÃąor policia hiso su trabajo, muy desentrmente , aqui el atarban es el conductor, que no vio la condicion en que se encontraba, vidrios polarizados sin luces y encima de un puente, ES MAS QUE SOSPECHOSO.
Pero este infractor actuo como un agrandado.
justo el procedimiento del policÃa,,, hay mismo lo dijo estaba estacionado sin luces
DÃģnde estÃĄ la orden ?
ES QUE ESO ES LO QUE ES UN UN MALDITO BANDIDO COMO BUEN ABOGADO
EngreÃdo este sujeto del carro ya no le pueden preguntar como serÃĄ en la casa
Y ese cuento polÃtico es para aser lo q se les da la gana
Estamos hartos de quien soy yo eso estÃĄ mandado arecojer madure y aga caso que todo sale mejor no sea arrogante
Huy...un muy mal procedimiento. Fuera de eso lo costriÃąo, le abrio la puerta sin permiso, lo trato como un delincuente. Esa es la policia de colombia. Mientras tanto los delincuencia en la calle armados y ellos no hacen nada.
Jajajaja tanta lora y le tocÃģ hacer caso como niÃąo regaÃąado lÃĄmpara ðĪðĪðĪ
El policÃa solo te pedÃa documentos
Con estos policÃas asà por eso desaparece tantas personas por falso positivo
Que man tan arrogante,,,sali con el carro mas sencillo,, ganan un poquito mas del salario mÃnimo y quieren por debajear las personas
Yo lo quÃĐ creo es quÃĐ estÃĐ tipo lo adiestrÃģ fue la guerrilla definitivamente abusivo arrogante y gamin para mà la policÃa es despreciable en todo actuar
Se le quemÃģ una de las pocas neuronas que le quedan con ese comentario,ððĪĶð.
Eso pasa por no haber esterilizado cuando dijo el defensor del pueblo
Valla donde los llamen para verificar personas de mala facha no se asoman
Jajajaja comparendo y sigale perdiendo el tiempo , el policia esta de turno
Porque tienen plata o estudio quieren humillar la autoridad
Pues no sÃĐ Rick
Que hijo de mala leche esa bacrin, denuncielo y veremos que dice en un juzgado.
El estaba en vÃa pÚblica carro apagado podia ser cono dice el policÃa un carro bomba
Entonces yo porque soy importante me puedo estacionar donde mede la gana valla lÃĄvese esas lagaÃąas no lo dejan ver mÃĄs aya de sus narices
Q man tan complicado
Las empresas no le dan que hace Uber ððð
ðĪĄ
Merchan te digo ....pero varias veces te pasas de cansÃģn ,si yo veo un carro polarizado parqueado en frente de mi casa por mucho tiempo llamo a la policÃa y que lo requisen .....ya te volves cansÃģn y creo que tratas que te contestÃĐ mal el policÃa o quieres sacar argumentos chimbos ,entrega cÃĐdula,que te vean el vehÃculo y listo.......no haga que algunas personas q no son abogados como usted lo hagan tal cual ,no hay necesidad de estos vÃdeos ...te volves canson
error del policia,,,, no grabar al usuario
Estuviste de buenas porque mientras te requisa tu carro dÃĄndote la espalda te puede cargar el vehÃculo con ellos hay que estar pilas son muy corruptos
Jajaja
Otro policÃa mÃĄs que ignora la ley y los Derechos de los ciudadanos. El registro al vehÃculo debe ser SUPERFICIAL! Se enamorÃģ del ciudadano y cuando le reclamÃģ con argumentos, se vio acorralado y no tuvo de otra que dejarlo ir!
Q mk tan complicado
NO ES QUE LE INCOMODA SE ASUSTO COMO BUEN BANDIDO COMO TIENE LIEBRES POR TODO LADO
EL PROCEDIMIENTO ESTA BIEN HECHO
Normal . Excelente procedimiento, ademÃĄs estÃĄ solo en lugar pÚblico puede ser sospechoso; los bandidos son los Únicos que no se dejan registrar , MÃnimo es una rata ð y por eso llora
El del carro es la famosa " gente de bien".
ASÃ SE HACE CON ESTOS BANDIDOS
La tajada como q se le refundio al tonbo 0como les pagan en botones se le descuadro la navidad
Hasta cuando estos abusos
El que no tiene nada malo...no le deben de nojarce.
PorquerÃas, porquerÃas, me voy a morir sin quererlos
Por 100 pre la reserva de las fuerzas militares x 100 pre de las reservas
MUCHO HP
ES UN TONTICO RESENTIDO
QUE PORQUERÃA DE ABOBADO
Si a bueno, auxiliar
Este supuesto abogado,, no sabe ni mierda
El policÃa tiene toda la razÃģn