muchisimas gracias! valoro su explicacion detallada para la comprension de las diferencias entre los elementos objetivos, normativos y subjetivos de tipo penal. Excelente aportacion para los que estudiamos derecho. Gracias!
SALUDOS, CONSIDERO QUE SUS VIDEOS SON MUY BUENOS Y LA EXPLICACIÓN ES EXCELENTE Y MAS CUANDO PONE CASOS PRÁCTICOS. GRACIAS POR SU APORTACIÓN PARA UNA MEJOR FORMACIÓN DE ABOGADOS.
🇲🇽EN LA REDACCIÓN DE UNA DENUNCIA Y/O QUERELLA ES MUY IMPORTANTE QUE SE SEÑALE LO QUE ES LOS ELEMENTOS OBJETIVOS DE LA PERSONA SEA ACTIVA O PASIVA PORQUE ASI LO VERA DE UNA MANERA MUY ESPECIAL EL MP Y JUEZ,Y CON ESO MISMO SIRVE PARA RECURSOS Y JUICIO DE AMPARO 🇲🇽
Como menciono ahí en el vídeo, los elementos objetivos se deben percibir por los sentidos, y aunque en ocasiones para su entendimiento se requiere de cierta valoración jurídica, eso no les quita el carácter de objetivos, por ejemplo en el delito de robo el apoderamiento debe recaer un bien de naturaleza mueble, este elemento (mueble) es objetivo porque puedo percibir por los sentidos (la vista) si el bien se mueve de un lugar a otro o no, y aunque antes deba distinguir jurídicamente entre un mueble y un inmueble, esto no lo hace normativo. En cambio los normativos SOLO PUEDEN ENTENDERSE valorando jurídica o culturalmente, por ejemplo en el robo el bien debe ser ajeno, la ajeneidad solo se entiende valorando jurídicamente, la ajeneidad no la percibo por los sentidos, si yo veo una persona junto a un carro no se si es de su propiedad o no, para ello debo analizar la figura de la propiedad, ver factura y endosos, etc. En resumen, los objetivos se perciben por los sentidos y en ocasiones además por cierta valoración jurídica o cultural, en cambio los normativos solo se entienden por una valoración jurídica o cultural (no se perciben por los sentidos- la vista, el tacto, el oído, el gusto y el olfato-).
bueno profe y que pasaria con quien no tiene cultura promedio, entonces puede asesinar a otro, pues se entiende que penalmente debe existir el conocimiento de lo prohibido y la voluntad. Considero con mucho respeto que no deberia manejar el termino de conocimiento promedio. De todos modos su explicacion es muy buena.
Excelente, muchas felicitaciones al gran equipo de Rostros del Rescate, a Mi Gral Tibisay Bernal y a PLAN B CARACAS.
Maestro gran exposición del tema, de manera clara y concisa. Muchísimas gracias por compartir su conocimiento❤
Me salvó para de una exposición, muchísimas gracias por compartir ese conocimiento 🙏
que excelente explicación....seguiré su canal.
Muchas gracias,se explica muy claro para alguien que recien comienza como yo.Saludos desde Argentina.
Increíble! Muy claro, perfectamente explicado. Me suscribo
Muchas gracias, doctor. Me ayudó mucho su explicación; saludos desde Colombia.
Como siempre excelente para explicar y compartir sus conocimientos. Se le agradece y se le respeta
Gracias licenciada, un abrazo.
Tan perfectamente bien explicado como todos sus vídeos Maestro¡
Gracias una vez, continué así, nos ayuda demasiado.
Hola Miguel, saludos, seguiremos trabajando mas vídeos, ojala sigan siendo de tu agrado.
Si nos ayuda muchísimo... excelente proyecto DIOS lo bendiga
Excelente, muy bueno. Saludos desde Colombia
Este maestro es uno de los mejores penalistas que he conocido.
Gracias.
EXCELENTE VIDEO ABOGADO MUCHAS GRACIAS POR SU APORTACION DE GRAN CALIDAD PARA MI
Excelente, Maestro, muchas gracias, por esta exposicion!
Gracias licenciado Ernesto, saludos.
muchas gracias Profesor, batalle mucho para comprender esta información pero gracias a usted ya me quedó claro. bendiciones.
Muy bien explicado, excelente ponencia, genera en mi, muchísimas ganas de seguir estudiando la carrera de Derecho (2do. Cuatrimestre)
Hola, que bien, éxito.
muchisimas gracias! valoro su explicacion detallada para la comprension de las diferencias entre los elementos objetivos, normativos y subjetivos de tipo penal. Excelente aportacion para los que estudiamos derecho. Gracias!
Excelte programa
MUY BUENA EXPLICACION DOCTOR, SE LE AGRADECE POR LA INFORMACION Y EL TIEMPO!
SALUDOS, CONSIDERO QUE SUS VIDEOS SON MUY BUENOS Y LA EXPLICACIÓN ES EXCELENTE Y MAS CUANDO PONE CASOS PRÁCTICOS. GRACIAS POR SU APORTACIÓN PARA UNA MEJOR FORMACIÓN DE ABOGADOS.
También me ayudo mucho Maestro, estaba atorado en el tema.
Chingón profe, me ayudaste mucho con estos conceptos. saludos
Apenas lo vengo viendo, un vídeo muy bien explicado!
Muchas gracias por tan clara explicacion , desde Cordoba ,Argentina
Hola, que bueno que le gusto, saludos.
Exelente explicación Mtro. Gracias por compartirlo.....
Que bien que le agrado licenciado, saludos.
Muchas gracias por compartir sus conocimientos
Excelentes sus videos, haga mas Mtro.
Saludos profe muy explicado de mexico
Gracias maestro!
Excelente explicación, gracias.
Excelente explicación. Me despejo muchas dudas. Gracias.
Que bien que le sirvió, saludos.
Excelente Lic Me suscribo
Gracias y excelente explicación. Mil gracias
Saludos Máximo.
Excelente, catedra maestro!
saludos lic.
Excelente Explicación colega, lo felicito.
Gracias abogado, saludos.
Gracias lic por hacerlo tan digerible!
Que bueno que te gusto, saludos licenciado.
ya lo entendí, gracias!
Excelente explicación. ¡Felicidades!
Gracias, saludos.
Excelente explicación !
Gracias, me ayudo a comprender mejor el tema!
🇲🇽EN LA REDACCIÓN DE UNA DENUNCIA Y/O QUERELLA ES MUY IMPORTANTE QUE SE SEÑALE LO QUE ES LOS ELEMENTOS OBJETIVOS DE LA PERSONA SEA ACTIVA O PASIVA PORQUE ASI LO VERA DE UNA MANERA MUY ESPECIAL EL MP Y JUEZ,Y CON ESO MISMO SIRVE PARA RECURSOS Y JUICIO DE AMPARO 🇲🇽
Me salvó la vida
jejejeje saludos.
exclente explicacion,gracias x compartir
Gracias, saludos Pablo.
Gracias por compartir sus conocimientos.
Maestro...podría enunciar me los nombres de algunos libros para estudiar ese contenido...
Saludos desde Ecuador!
Saludos William, te mando un abrazo.
Buen vídeo. Espero me sirva para mi examen de mañana.
Espero haya servido, saludos.
Excelente explicación , podría explicar el artículo de violación . Dios lo bendiga .
Hola Janeth, gracias por el comentario, prometo trabajar un vídeo con ese tema. Igualmente, Dios la bendiga.
Muchas gracias!
Doctor... Para tener una visión más objetiva y fácil acerca de los elementos descriptivos y normativos del tipo???
Como menciono ahí en el vídeo, los elementos objetivos se deben percibir por los sentidos, y aunque en ocasiones para su entendimiento se requiere de cierta valoración jurídica, eso no les quita el carácter de objetivos, por ejemplo en el delito de robo el apoderamiento debe recaer un bien de naturaleza mueble, este elemento (mueble) es objetivo porque puedo percibir por los sentidos (la vista) si el bien se mueve de un lugar a otro o no, y aunque antes deba distinguir jurídicamente entre un mueble y un inmueble, esto no lo hace normativo.
En cambio los normativos SOLO PUEDEN ENTENDERSE valorando jurídica o culturalmente, por ejemplo en el robo el bien debe ser ajeno, la ajeneidad solo se entiende valorando jurídicamente, la ajeneidad no la percibo por los sentidos, si yo veo una persona junto a un carro no se si es de su propiedad o no, para ello debo analizar la figura de la propiedad, ver factura y endosos, etc. En resumen, los objetivos se perciben por los sentidos y en ocasiones además por cierta valoración jurídica o cultural, en cambio los normativos solo se entienden por una valoración jurídica o cultural (no se perciben por los sentidos- la vista, el tacto, el oído, el gusto y el olfato-).
Me parece bien las explicaciones.
Buen día Maestro, me podría recomendar un libro acerca de este tema para ampliarlo. Muchas Gracias. Excelente trabajo.
Excelente video !!
Gracias licenciado, te mando un abrazo.
excelente vídeo... Gracias
Gracias, saludos.
De donde será este señor?
Es que los ordenamientos no los enuncia y me pierdo
excelente explicación
Gracias, que bueno que le agradó.
@@noelorlandojimenezholguin2893 explica muy bien , muchas gracias
@@amaliadominguez9377 gracias por su comentario, saludos.
GRACIAS MAESTRO
Saludos.
exclente!
Gracias, saludos.
el còdigo penal guatemalteco tambièn es el art. 123 para el Homicidio
Pero las leyes penales no prohíben, son sancionadoras, yo no he visto en ninguna parte del código que prohíba.
De cada ley penal que sanciona una conducta típica emana subjetivamente una norma prohibitiva.
bueno profe y que pasaria con quien no tiene cultura promedio, entonces puede asesinar a otro, pues se entiende que penalmente debe existir el conocimiento de lo prohibido y la voluntad. Considero con mucho respeto que no deberia manejar el termino de conocimiento promedio. De todos modos su explicacion es muy buena.
heeeeeeeee haaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaa mmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmm jummmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmm q tal mania
BIEN EXPLICADO PERO ME DA UN POCO DE ABURRIMIENTO SU FORMA DE EXPLICAR, SI USARAS UN MATERIAL VISUAL SERÍA MÁS SENCILLO DE EXPLICAR.
excelente explicación.
Gracias, saludos.