Licenciado, buenos días. Muchas gracias por cada uno de sus videos, porque nos sirven, como dice uno de sus colegas Chileno "para elevar nuestro valor razonable". Saludos.
Licenciado buenos dias muchas gracias por la información, además de las otras prestaciones que se pueden provisionar mensualmente, yo no recomiendo provisionar vacaciones, y cuando estas se pagan sugiero afectar el gasto directo, descontando IGSS cuando es trabajador y como usted dice no calcular igss cuando hay terminación de la relación laboral, esto porque provisionar vacaciones no lo establece la LAT en el tema de deducibilidad.
Gracias licenciado, una pregunta, así como la indemnización, bono 14 y aguinaldo, las vacaciones también se deben provisionar? Algunos indican que el gasto por provisión de vacaciones, no es deducible.
Licenciado, buenos días. Muchas gracias por cada uno de sus videos, porque nos sirven, como dice uno de sus colegas Chileno "para elevar nuestro valor razonable". Saludos.
Licenciado buenos dias muchas gracias por la información, además de las otras prestaciones que se pueden provisionar mensualmente, yo no recomiendo provisionar vacaciones, y cuando estas se pagan sugiero afectar el gasto directo, descontando IGSS cuando es trabajador y como usted dice no calcular igss cuando hay terminación de la relación laboral, esto porque provisionar vacaciones no lo establece la LAT en el tema de deducibilidad.
Gracias licenciado por la explicación
Gracias licenciado, una pregunta, así como la indemnización, bono 14 y aguinaldo, las vacaciones también se deben provisionar? Algunos indican que el gasto por provisión de vacaciones, no es deducible.