La municipalidad de Breña, al realizar una inspección para la obtención de la licencia de defensa civil, se encontró algunos item para subsanar, la municipalidad manifiesta que se debe pagar de nuevo y presentar nuevo expediente. Es correcto o se debe apelar. Gracias.
Dr. Pacori, estoy viendo su video y en el minuto 13 del mismo me parece que no es del todo claro cuando sostiene que un acto administrativo no puede ser emitido por una persona jurídica de derecho privado. La pregunta es ¿Qué pasa cuando una persona jurídica de derecho privado presta algún servicio publico, autorizado por norma emitida por el Estado y emite un acto administrativo en respuesta a un reclamo o queja administrativa de algún usuario?. Como es el caso de las empresas de electricidad, telefonía y saneamiento.
Aprendí más de esta ponencia que de todo mi curso de derecho administrativo de la universidad. MUCHAS GRACIAS!
En que universidad estudiaste?
Yo soy de México, pero en verdad que he aprendido mucho de usted Doctor
Lo vi en video, EXELENTYE PONENCIA, gracias Dr Pacori, le sigo constantemente y me ilustra mucho sus escritos de ejemplo.
Excelente y de facil entendimiento la explicación. Felicitaciones
exelente Dr JOSE MARIA PACORI , EXELENTE EXPOSICIÓN
Muy bien Dr. Excelente colegas
❤❤❤❤
Saludos desde Huacho
gracias muy buena clase
Muy interesante realmente,
Dónde o cómo consigo las diapositivas por favor
La municipalidad de Breña, al realizar una inspección para la obtención de la licencia de defensa civil, se encontró algunos item para subsanar, la municipalidad manifiesta que se debe pagar de nuevo y presentar nuevo expediente. Es correcto o se debe apelar. Gracias.
Q bonito explica
Excelente
Dr. Pacori, si la resolución se basa en un documento no cierto, como se invalida, puede comunicar su celular. GRACIAS, MUY CLARO.
Tiene su página de Facebook
Que buen profesor
SUERTE PARA TODO MIS COLEGAS SECRETARIOS TECNICOS, ORGANO INSTRUCTOR Y SANCIONADOR DEL PAD.
Dr. Pacori, estoy viendo su video y en el minuto 13 del mismo me parece que no es del todo claro cuando sostiene que un acto administrativo no puede ser emitido por una persona jurídica de derecho privado. La pregunta es ¿Qué pasa cuando una persona jurídica de derecho privado presta algún servicio publico, autorizado por norma emitida por el Estado y emite un acto administrativo en respuesta a un reclamo o queja administrativa de algún usuario?. Como es el caso de las empresas de electricidad, telefonía y saneamiento.
en que momento se puede utilizar TAMIS tiene vencimiento
favor podria enviarme las diapositivas, gracias....
Deben dejar un link con las ppt para los que veran el videos despues como hoy
Genial.
excelente
RD saludos
Pongan like si vieron el video ☹️
5:00
1:24
Kk
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Gracias 929403967
Excelente
Kk