Abogado Penal en Murcia - Delito Leve Hurto

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  • เผยแพร่เมื่อ 29 ธ.ค. 2024
  • Carlos CR - Abogado Penalista en Murcia
    Delito de Hurto Leve
    El Código Penal en su artículo 234 define el hurto como la actitud del que, con ánimo de lucro, tome cosas muebles ajenas sin la voluntad de su dueño. Este mismo artículo establece que, si lo hurtado no excede la cuantía de 400 euros, será penado con multa. De aquí se deduce que el caso se califica como delito leve de hurto.
    Las características del delito hurto son las mismas que las del hurto leve:1.- Apropiación de cosa mueble ajena. 2.- Sin fuerza en las cosas, violencia o intimidacion. 3.- No exista ánimo de lucro. 4.- Sin la voluntad del dueño.
    Con más de una década de experiencia, estamos aquí para proteger sus derechos y luchar incansablemente en su defensa. Si se enfrenta a un proceso penal o necesita asesoramiento legal, ¡ contáctenos !
    carloscr.es

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