Acumulación de condenas. Ejercicio Práctico Resuelto

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  • เผยแพร่เมื่อ 12 ธ.ค. 2022
  • Os adjunto un ejercicio práctico resuelto de acumulación de condenas.
    Por Pablo Álvarez Teijeiro. Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias.
    Formamos opositores al Cuerpo de Ayudantes, Especial y Técnicos de IIPP
    www.esferaoposiciones.com
    685191219

ความคิดเห็น • 17

  • @liacb1383
    @liacb1383 ปีที่แล้ว +1

    Muchas gracias por tus vídeos Pablos!!!! Eres de gran ayuda 🙌

  • @jessalvarez5738
    @jessalvarez5738 หลายเดือนก่อน

    Se podría coger la última sentencia como piloto y que entraran los delitos anteriores que son todos los anteriores?

  • @lunadeabril2940
    @lunadeabril2940 ปีที่แล้ว +4

    Pero no tienes q coger la mas antigua?

  • @MohamedAhmed-qb4ks
    @MohamedAhmed-qb4ks ปีที่แล้ว +1

    Genial gracias👍

  • @lunadeabril2940
    @lunadeabril2940 ปีที่แล้ว +1

    La mas antigua es 1/4/2017

  • @sersanfer007
    @sersanfer007 ปีที่แล้ว

    tengo una duda,,,no hay que coger la sentencia mas antigua para acumular?

    • @EsferaOposiciones
      @EsferaOposiciones  ปีที่แล้ว

      Sí cogemos la mas antigua y como no favorece al reo, pasamos al siguiente bloque, en el que ya si compensa aplicar la triple de la mayor porque se le reduce de 39 a 37 meses
      saludos

  • @maxguevara5054
    @maxguevara5054 11 หลายเดือนก่อน

    Yo no entiendo nada. Tenía entendido que se cogía la última sentencia. Si no favorece al reo mala suerte. No le favorece la acumulación y se le aplica las condenas tal cual. Sin acumular. Eso de pasar a un segundo bloque o un tercero hasta que se le pueda acumular....

    • @PaulaRodriguez-cp1bx
      @PaulaRodriguez-cp1bx 7 หลายเดือนก่อน +1

      esque como el se hace No esta bien , tener cuidado con los videos de youtube luego lo hacemos mal en el examen la forma correcta seria :se coge la sentencia mas antigua de TODAS que en este caso seria la ejecutoria 1 con fecha 1 de abril de 2017 y ahi acumulas los hechos anteriores a esa sentencia mas antigua
      que serian la ejecutoria 1 y 2 (2-2-16 y 3-6-16) y multiplicas x 3 como es 18 meses y es mas que si las sumas por separado que seria un año pues en este caso no se le refunden porque perjudica al reo

  • @Pizzi10
    @Pizzi10 ปีที่แล้ว

    Muy buen video.
    Pero no entiendo por qué coges las dos primeras sentencias al principio.
    No sería más favorable coger la sentencia más reciente y acumular todos los hechos anteriores??
    Gracias

    • @EsferaOposiciones
      @EsferaOposiciones  ปีที่แล้ว

      Empiezas por las sentencias más antiguas y desde ahi vas calculando las fechas de los hechos anteriores a esa sentencia más antigua que sean susceptibles de acumulación. Si no interesa, como en este supuesto, ya que la suma de las mismas es inferior al triple de la mayor (6meses) pasas al segundo bloque, que si interesa acumular y aplicar el triple de la mayor porque se beneficia en 2 meses.
      saludos

    • @lunadeabril2940
      @lunadeabril2940 ปีที่แล้ว

      Lo que no entiende es la logica de este articulo. Es decir porque solo se pueden coger los cometidos anteriormente a la ultima sentencia?

    • @lunadeabril2940
      @lunadeabril2940 ปีที่แล้ว +1

      Yo tampoco la entiendo

    • @maxguevara5054
      @maxguevara5054 11 หลายเดือนก่อน +1

      Eso pensé yo. Eso de hacerlo por bloques nunca lo he oído. No sé si en la práctica real se hace asi. Como opositora nunca he visto. Y yo lo entiendo de la manera que lo has dicho tú

    • @sergifernandezmiranda1311
      @sergifernandezmiranda1311 7 วันที่ผ่านมา

      Solo se pueden acumular los hechos anteriores a la sentencia más antigua para evitar el patrimonio punitivo.
      La idea es que se acumulan delitos que han podido enjuicarse en un mismo proceso por su cercanìa temporal. Se toma como referencia la sentencia más antigua, y todos los delitos anteriores a esa fecha son acumulables.
      No tendrìa sentido acumular hechos posteriores a la sentencia más antigua, porque en ese caso los delitos al reo le saldrían gratis.
      La acumulación efectivamente, puede realizararse por lotes, de la forma que más favorezca al reo, siempre y.cuando se respete el requisito temporal.

  • @PaulaRodriguez-cp1bx
    @PaulaRodriguez-cp1bx 7 หลายเดือนก่อน +2

    madre mia que mal explicado..... porque vas de dos en dos?jjaja se coge la sentencia mas antigua de TODAS que en este caso seria la ejecutoria 1 con fecha 1 de abril de 2017 y ahi acumulas los hechos anteriores a esa sentencia mas antigua
    que serian la ejecutoria 1 y 2 (2-2-16 y 3-6-16) y multiplicas x 3 como es 18 meses y es mas que si las sumas por separado que seria un año pues en este caso no se le refunden porque perjudica al reo