¿Y qué sugieren hacer cuando quien conservó la guardia y custodia, impide al menor que conviva con el otro y, además, le impide la comunicación telefónica?
Minuto 14:05 no es una idea generalizada, es veridico, existen muchos casos documentados y lo he experimentado por cuenta propia, al grado de que la madre esta cobrando de forma indiscriminada la pensión de las menores pese a no tenerlas bajo su cuidado por cuestiones de violencia, misma que sigue ejerciendo ahora en forma económica y patrimonial. Todo esto, bajo el manto protector de os propios juzgados que dicen velar por el interés superior de los menores.
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@Wesson Killian I really appreciate your reply. I found the site thru google and im in the hacking process now. Takes a while so I will get back to you later with my results.
Buenas tardes disculpe soy enfermera en la sentencia de divorcio en la parte conciliatoria se quedó de acuerdo que la tenencia quedé con el padre por la pandmia y nos dijo que es temporal ahora pedí ya modificación de tenencia ya fue la audiencia en la cual el juez no me dió la tenencia porque aún sigo en el hospital y sigue la pandemia que puede hacer
Que tal buenas noches tengo una pregunta,como toma la juez o el juez la falta de uno de los padres a una cita con el consejo de familia, son puntos menos para el padre o madre o como lo ve el juez de lo familiar
Cuando el padre da sufisiente manutension para el menor y la madre no lo cuida devidamente lo deja con terseras personas que no lo cuidan vien, que se pyede haser?
1.- Es importante que los abogados asesoren de manera adecuada a sus clientes, ya que ellos mismos confunden la Patria Potestad con la Custodia. 2.- Se comenta de una convivencia a la que tiene derecho el padre no custodio, pero que hay de aquellos padres que incumplen con ese derecho de los menores a convivir con ellos? hablan de una sanción para el padre custodio que impide la convivencia, pero no se esta tomando el cuenta cuando es el padre no custodio no cumple con esta orden judicial y como juzgadores, que están haciendo por velar in interés superior de los menores? No se esta aplicando el verdadero interés superior de los menores. 3.- Comentan de igualdad en la actualidad, pero seamos realistas; no hay igualdad, porque normalmente es la madre quien tiene la guarda y custodia de los menores, pero no se esta tomando en cuenta que el padre no custodio no esta cumpliendo con SU OBLIGACIÓN DE CRIANZA tal como se establece en la Ley para la familia para el Estado de Hidalgo en su artículo Artículo 247 BIS.- Quienes ejercen la patria potestad o la guarda y custodia provisional o definitiva de un menor, independientemente de que vivan o no en el mismo domicilio, deben dar cumplimiento a las siguientes obligaciones de crianza: I.- Garantizar la seguridad física, psicológica y sexual; II.- Fomentar hábitos adecuados de alimentación, de higiene personal y de desarrollo físico. Así como impulsar habilidades de desarrollo intelectual y escolares; III.- Realizar demostraciones afectivas, con respeto y aceptación de éstas por parte del menor, y IV.- Determinar límites y normas de conducta preservando el interés superior del menor. Se considerará incumplimiento de las obligaciones de crianza, el que sin justificación y de manera permanente y sistemática, no realicen las actividades señaladas; lo que el Juez valorará en los casos de suspensión de la patria potestad, de la determinación de la guarda y custodia provisional y definitiva, y el régimen de convivencia. Respecto a este articulo, ningún juzgador lo toma en cuenta, y considero que es un punto medular con respecto a las obligaciones que como padres tenemos, vivamos o no en el mismo domicilio que los menores, ante el incumplimiento del padre no custodio, no existe una sanción y menos se ha hecho nada para hacer valer el derecho de los menores, permitiendo que el padre que esta vulnerando el derecho de los menores. No soy abogada, pero si he visto muchas irregularidades con respecto a este tema de menores. Podría comentar más con respecto a lo que he vivido, pero ha sido mucho el desgaste, pues la respuesta que he obtenido es que como autoridad NO PUEDEN OBLIGAR AL PADRE NO CUSTODIO A CONVIVIR SI NO QUIERE, pero tampoco existe una sanción, pero si hay sanción cuando el padre custodio incumple al impedir la convivencia, no hay igualdad y menos se esta velando por el interés superior de los menores. Ojalá que realmente se vayan cubriendo estas lagunas para que más menores no sean vulnerados en sus derechos.
Insisto, existe muchas sanciones contra el padre custodio, pero en ningún momento hablan sobre las sanciones a las que se hace acreedor el padre no custodio.
Que pasa cuando la madre muere y el padre los maltrato mucho La guarda custodia temporal se la dan a la tía A quien se le otorga la patria potestad ( Me gustaría exponer mi caso ))
Muy buena explicacion pero ya en los hechos particularmente soy un padre que lleva 5 años sin poder convivir con mi hija y esto no cabe en ningunna ley y el daño para mi hija es grave solo por una equivocada resolucion de un que no tiene experiencia en el ramo o carece de elementos contundentes para ejercer asi
Una hija y buenas tardes me se me murió una hija y el yerno que ir ayer no no me deja venir no me lo deja ver bien comparte un almuerzo conmigo que se quede un día pero no quiere él dice que yo no tengo derecho nada más un ratico ya ya 4 años y bueno yo le hablado con él y él no ha querido tenga libertad porque no tienen cerrado nada más quedó saco un ratico estacionamiento tienen libertad sí como tiene su casa y por raticos que lo saca la calle
Es uno de los mejores programas de Derecho que he visto, muchas gracias!!!!
Excelente Programa
Se deberia supervisar las sentencias de los jueces que carecen de elementos acertados y hacen mucho daño a la sociedad
¿Y qué sugieren hacer cuando quien conservó la guardia y custodia, impide al menor que conviva con el otro y, además, le impide la comunicación telefónica?
Minuto 14:05 no es una idea generalizada, es veridico, existen muchos casos documentados y lo he experimentado por cuenta propia, al grado de que la madre esta cobrando de forma indiscriminada la pensión de las menores pese a no tenerlas bajo su cuidado por cuestiones de violencia, misma que sigue ejerciendo ahora en forma económica y patrimonial.
Todo esto, bajo el manto protector de os propios juzgados que dicen velar por el interés superior de los menores.
Excelente explicación!!
Es necesario tener pruebas plasmadas en un documento o verbales o con fotos y el juzgador no imbestiga el Bienestar del menor
Le piden el total de salarios mínimos mensuales y de que va a vivir el que da la pencion
EXCELENTE EXPLICACIÓN.
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@Orion Jonas instablaster ;)
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@Wesson Killian It did the trick and I now got access to my account again. Im so happy:D
Thank you so much, you saved my ass !
@Orion Jonas you are welcome :)
Hola, ¿ y si la que demanda guardia y custodia, dice mentiras, la sancionan?
Que no se llama Guarda, Custodia y Régimen de Convivencia??
Buenas tardes disculpe soy enfermera en la sentencia de divorcio en la parte conciliatoria se quedó de acuerdo que la tenencia quedé con el padre por la pandmia y nos dijo que es temporal ahora pedí ya modificación de tenencia ya fue la audiencia en la cual el juez no me dió la tenencia porque aún sigo en el hospital y sigue la pandemia que puede hacer
Que tal buenas noches tengo una pregunta,como toma la juez o el juez la falta de uno de los padres a una cita con el consejo de familia, son puntos menos para el padre o madre o como lo ve el juez de lo familiar
Cuando el padre da sufisiente manutension para el menor y la madre no lo cuida devidamente lo deja con terseras personas que no lo cuidan vien, que se pyede haser?
1.- Es importante que los abogados asesoren de manera adecuada a sus clientes, ya que ellos mismos confunden la Patria Potestad con la Custodia.
2.- Se comenta de una convivencia a la que tiene derecho el padre no custodio, pero que hay de aquellos padres que incumplen con ese derecho de los menores a convivir con ellos? hablan de una sanción para el padre custodio que impide la convivencia, pero no se esta tomando el cuenta cuando es el padre no custodio no cumple con esta orden judicial y como juzgadores, que están haciendo por velar in interés superior de los menores? No se esta aplicando el verdadero interés superior de los menores.
3.- Comentan de igualdad en la actualidad, pero seamos realistas; no hay igualdad, porque normalmente es la madre quien tiene la guarda y custodia de los menores, pero no se esta tomando en cuenta que el padre no custodio no esta cumpliendo con SU OBLIGACIÓN DE CRIANZA tal como se establece en la Ley para la familia para el Estado de Hidalgo en su artículo Artículo 247 BIS.- Quienes ejercen la patria potestad o la guarda y custodia provisional o definitiva de un
menor, independientemente de que vivan o no en el mismo domicilio, deben dar cumplimiento a las siguientes obligaciones de crianza:
I.- Garantizar la seguridad física, psicológica y sexual;
II.- Fomentar hábitos adecuados de alimentación, de higiene personal y de desarrollo físico. Así como
impulsar habilidades de desarrollo intelectual y escolares;
III.- Realizar demostraciones afectivas, con respeto y aceptación de éstas por parte del menor, y
IV.- Determinar límites y normas de conducta preservando el interés superior del menor.
Se considerará incumplimiento de las obligaciones de crianza, el que sin justificación y de manera
permanente y sistemática, no realicen las actividades señaladas; lo que el Juez valorará en los casos de
suspensión de la patria potestad, de la determinación de la guarda y custodia provisional y definitiva, y el
régimen de convivencia.
Respecto a este articulo, ningún juzgador lo toma en cuenta, y considero que es un punto medular con respecto a las obligaciones que como padres tenemos, vivamos o no en el mismo domicilio que los menores, ante el incumplimiento del padre no custodio, no existe una sanción y menos se ha hecho nada para hacer valer el derecho de los menores, permitiendo que el padre que esta vulnerando el derecho de los menores.
No soy abogada, pero si he visto muchas irregularidades con respecto a este tema de menores.
Podría comentar más con respecto a lo que he vivido, pero ha sido mucho el desgaste, pues la respuesta que he obtenido es que como autoridad NO PUEDEN OBLIGAR AL PADRE NO CUSTODIO A CONVIVIR SI NO QUIERE, pero tampoco existe una sanción, pero si hay sanción cuando el padre custodio incumple al impedir la convivencia, no hay igualdad y menos se esta velando por el interés superior de los menores.
Ojalá que realmente se vayan cubriendo estas lagunas para que más menores no sean vulnerados en sus derechos.
Insisto, existe muchas sanciones contra el padre custodio, pero en ningún momento hablan sobre las sanciones a las que se hace acreedor el padre no custodio.
por esa misma razón no es usted abogada :D
Que tal buenas noches,disculpe señorita Vera valdes es usted licenciada de lo familiar?
Que pasa cuando la madre muere y el padre los maltrato mucho La guarda custodia temporal se la dan a la tía
A quien se le otorga la patria potestad
( Me gustaría exponer mi caso ))
Muy mal la jueza respecto a quien tiene mayor aptitud para la crianza hasta los 12 años. Ya lo superó la Corte.
Muy buena explicacion pero ya en los hechos particularmente soy un padre que lleva 5 años sin poder convivir con mi hija y esto no cabe en ningunna ley y el daño para mi hija es grave solo por una equivocada resolucion de un que no tiene experiencia en el ramo o carece de elementos contundentes para ejercer asi
Has podido ver tu hija?
Una hija y buenas tardes me se me murió una hija y el yerno que ir ayer no no me deja venir no me lo deja ver bien comparte un almuerzo conmigo que se quede un día pero no quiere él dice que yo no tengo derecho nada más un ratico ya ya 4 años y bueno yo le hablado con él y él no ha querido tenga libertad porque no tienen cerrado nada más quedó saco un ratico estacionamiento tienen libertad sí como tiene su casa y por raticos que lo saca la calle
suena muy femigringa la mujer :(
Siendo Juez y con Maestría....y refiera: "Guardia" en lugar de "Guarda". 🙄
UnADM..............