@user-oy2yw6gj3l eso no existe en la seguridad privada faltas a un reglamento interno de trabajo si existen pero ese reglamento debe ser aprobada por la procuraduría del trabajo y no ir en contra de la ley del trabajo para que sea válido por lo tanto te quieren engañar pero solicita tu falta cometida por escrito en hoja membretada de la empresa y verás que no te darán nada ,no firmes hojas en blanco
Saludos hermano yo lo que no estoy de acuerdo es cuando se vence el permiso y no notifican al guardia es que lo Arresten ahi deverian de cambiar y mejor que sancionen al que contratan yo entiendo que hay mucha empresa patito y lo hacen para presionar alas empresas pero se me hace injusto que el empleado pague y se este unas horas ya que la empresa no paga la fianza
Tu te puedes deslindar muy fácil puedes acudir a la dirección de empresas de seguridad privada de tu localidad ahí les hacen las inspecciones y las sancionan ,las patito no cuentan con una dirección fija es casi imposible si no se cuenta con pruebas o datos
Para ser honesto, desconozco el tema, sin embargo estaba leyendo en un anuncio publicitario qué dice así: experiencia 10 años como guardia, policía, elemento de seguridad, etc (sector seguridad) 5 años con equipo a cargo dependiendo de la cede. Manejo de Office básico (excel, word) Funciones: Operativas (incidencias de personal, Roles, asignación de horarios, etc ) y Manejo de MyLGP). Parece ser que es una plataforma en cuestión de seguridad. Para ser sincero desconozco el tema. Si usted puede asesorarme o ayudarme a investigar respecto al tema se lo voy a agradecer. Yo también soy de la Ciudad de México. Saludos cordiales.
Ya existe es la ley federal del trabajo y que se cumpla depende individualmente de cada uno de nosotros no hay otro camino si queremos cambiar tanta injusticia
@@Zuaguersjuniors Art 5 y 123 Constitucional Art 3 bis,48 ,76,77,78,79,80,81 ,109,110 ,111 132 fracc.III LEY FEDERAL DEL TRABAJO ART 99 Y 144 LEY DEL ISR
La ley señala que deben pagarlos ,pero si no te los pagan y los trabajas de de ti dependerá acudir al centro de conciliación laboral y hacer valer tus derechos con todo lo que conlleva eso ,represalias etcétera o no hacer nada y continuar trabajando así
La ley federal del trabajo para temas laborales en cuestión de nuestro desempeño debemos acatar el código penal de nuestra entidad reglamentos y bandos municipales y debemos conocer el uso racional de la fuerza y la legítima defensa
Te recomiendo el codigo penal de tu estado,y en TH-cam encontrarás diversas técnicas que nos competen a seguridad privada e inclusive algunos videos aquí en el canal ,saludos
Acta constitutiva ante notario para crear la empresa,permiso de ssc estatal mínimo,alta en imss y SAT,contrato en Profeco,y contar con capacitador dado de alta en STyPS eso sería lo más importante darte de alta en el Repse
Lo que he hecho en el 99 de los casos hablo con ellos de buena forma ,si no entienden y lleve buena relación con el cliente pido su intervención y si no funciona me manifiesto afuera de la empresa con gusto mándame messenger a El custodio en facebook y me comentas más de tu caso por favor
En cuestiones laborales es la ley federal del trabajo la que nos aplican en cuestión de lo que implica hacer mal las cosas como todo ciudadano ya es el código penal de tu estado
Por desgracia es bien sabido qué en la seguridad privada hay mucha ignorancia mucha apatía por aprender por ilustrarse y sobre todo hay mucha , prepotencia al descnoer el marco jurídico. Desconocen todos y cada uno de sus derechos humanos , laborables y no se diga de sus obligaciones. Es por eso es que es exise mucho abuso laboral en las privadas
Amigo es bueno saber todas las leyes. Pero aqui es solo un poco de empatia de parte de los dueños de las empresas. Ganan y toda via te perjudican. Ejemplo te pagan 9000 pesitos al mes. Nomina sueldo ordinario 250 pesitos. Todo lo demas en bonos luego esos 250 por 7 y luego por 4 7000 pesos . Los 500 te lo regresan en forma de bono por parte del cliente menos 20% 400 pesitos y el bono que da el cliente se lo clavan. Jajajaja pura tranza turnos de 14 horas. De pie y la ley silla, uniforme viejos y usados, descuentos por falta 580 y ganas 300 pesos. Empresas que cumplen con la ley 1% y me estoy quedando corto. Sindicato 7 pesostes a la semana. Seguro por si te matan
La ley general de seguridad privada dice en el número 146 inciso C apartado 3 que para ser contratado el guardia tiene que obedecer en todo a la empresa incluyendo el realizar dobletes obligatorios sin tu consentimiento por la falta de tu relevó, renunciar al finiquitó y que los dobletes te los paguen en la quincena y no el mismo día en que lo realizas guión Grip y Sepsisa :'(
Gracias por tu aporte y me da gusto que allá sea mejor aquí se tiene un grave problema al respecto y no se solucionará para beneficio de quienes nos dedicamos a la seguridad
@@elcustodio muchos hemos conocido a generales ó capitanes que se van de retiro (muy jóvenes por cierto) e invierten sus ganancias en empresas de seguridad privada por eso prima el maltrato al personal y la total falta de responsabilidad moral en respetar sueldos y jornadas laborales así es como llegamos igual a la conclusión de porque no existen las demandas (hay demandas pero muy minúsculamente, en comparación a otros ramos de las empresas); ante dichos abusos, eso se demuestra fácilmente escuchando a los guardias aguantar Bara porque en el régimen castrense es igual se permite el abuso... Tus videos están bien pero deberías enfocarte más en ayudar a solventar ese déficit y demostrar que demandar y ganar a estos corruptos explotadores es correcto y es posible
@PERIBUS2024 Eso hago pero dependerá de cada persona y cada caso el defender sus derechos laborales ,de lo contrario a nadie le interesará si al titular no le interesa
@@elcustodio esto es lo triste del asunto, es lo mismo que nos dice la ley. Que es obligación del empleado hacer valer sus derechos laborales.. Yo no hacía nada antes por el mismo motivo por la impunidad y palancas de los patrones, pero siempre y cuado nos dejemos así continuarán las cosas
Yo cuando entre al servicio hace mas de un año me dejaron solo solo me capacitaron una sola ves me fui desarrollando casi solo
Es lamentable pero es la realidad de la seguridad privada en México,falta de capacitación
Lljlñjoko
Muy buena explicación, buena ideología y consejos. Saludos
Gracias por ser parte de el canal, saludos
Comando, son válidas las actas administrativas en el régimen de la seguridad privada y que sanciones son válidas??
@user-oy2yw6gj3l eso no existe en la seguridad privada faltas a un reglamento interno de trabajo si existen pero ese reglamento debe ser aprobada por la procuraduría del trabajo y no ir en contra de la ley del trabajo para que sea válido por lo tanto te quieren engañar pero solicita tu falta cometida por escrito en hoja membretada de la empresa y verás que no te darán nada ,no firmes hojas en blanco
Muy buen vídeo hermano. Desde Argentina te saludo Campeón.
Mil gracias por ver el canal desde otro país y ahora con la tecnología es posible está cercanía a la distancia , gracias saludos desde México
Saludos hermano yo lo que no estoy de acuerdo es cuando se vence el permiso y no notifican al guardia es que lo Arresten ahi deverian de cambiar y mejor que sancionen al que contratan yo entiendo que hay mucha empresa patito y lo hacen para presionar alas empresas pero se me hace injusto que el empleado pague y se este unas horas ya que la empresa no paga la fianza
Tu te puedes deslindar muy fácil puedes acudir a la dirección de empresas de seguridad privada de tu localidad ahí les hacen las inspecciones y las sancionan ,las patito no cuentan con una dirección fija es casi imposible si no se cuenta con pruebas o datos
Comandante buenas noches. Tengo una pregunta para usted. Dónde puedo estudiar el MyLGP para seguridad privada.
Buenas noches soy de México me puedes decir que significa eso por favor 🙏 es un curso ?
Para ser honesto, desconozco el tema, sin embargo estaba leyendo en un anuncio publicitario qué dice así: experiencia 10 años como guardia, policía, elemento de seguridad, etc (sector seguridad) 5 años con equipo a cargo dependiendo de la cede. Manejo de Office básico (excel, word)
Funciones:
Operativas (incidencias de personal, Roles, asignación de horarios, etc ) y
Manejo de MyLGP).
Parece ser que es una plataforma en cuestión de seguridad. Para ser sincero desconozco el tema. Si usted puede asesorarme o ayudarme a investigar respecto al tema se lo voy a agradecer. Yo también soy de la Ciudad de México. Saludos cordiales.
Ok buscaré información al respecto, gracias
Muchísimas gracias, de verdad. Se lo voy a agradecer muchísimo.
Es correcto amigo es necesario que hagamos un revista está ley dónde tipifique los derechos de los guardias así como tus obligaciones
Ya existe es la ley federal del trabajo y que se cumpla depende individualmente de cada uno de nosotros no hay otro camino si queremos cambiar tanta injusticia
@@Zuaguersjuniors
Art 5 y 123 Constitucional
Art 3 bis,48 ,76,77,78,79,80,81 ,109,110 ,111 132 fracc.III LEY FEDERAL DEL TRABAJO
ART 99 Y 144 LEY DEL ISR
Disculpa, que pasa con los días festivos y los días de descanso obligatorios, los tienen q pagar, o pueden si quieren no pagarlos...¿?
La ley señala que deben pagarlos ,pero si no te los pagan y los trabajas de de ti dependerá acudir al centro de conciliación laboral y hacer valer tus derechos con todo lo que conlleva eso ,represalias etcétera o no hacer nada y continuar trabajando así
😊
Se agradece la información,
Que no hay leyes que nos responden ?
La ley federal del trabajo para temas laborales en cuestión de nuestro desempeño debemos acatar el código penal de nuestra entidad reglamentos y bandos municipales y debemos conocer el uso racional de la fuerza y la legítima defensa
alguien sabe de algunos libros sobre seguridad Privada Que Me Puedan Recomendar?
Te recomiendo el codigo penal de tu estado,y en TH-cam encontrarás diversas técnicas que nos competen a seguridad privada e inclusive algunos videos aquí en el canal ,saludos
La L.F.S.P. se creo con la finalidad de tener un control de las empresas que se dedican a proporcionar seguridad a los privados. 🇲🇽👍
Así es sin ningún beneficio para los guardias
Hola, que documento tengo que tener para poder emprender mi empresa de seguridad y en donde lo puedo adquirir
Acta constitutiva ante notario para crear la empresa,permiso de ssc estatal mínimo,alta en imss y SAT,contrato en Profeco,y contar con capacitador dado de alta en STyPS eso sería lo más importante darte de alta en el Repse
Como le ago cuando no me quieren dar mis documentos
Lo que he hecho en el 99 de los casos hablo con ellos de buena forma ,si no entienden y lleve buena relación con el cliente pido su intervención y si no funciona me manifiesto afuera de la empresa con gusto mándame messenger a El custodio en facebook y me comentas más de tu caso por favor
Pero no importa esa ley porque no pueden ignorar la ley federal del trabajo y esa nos rige
En cuestiones laborales es la ley federal del trabajo la que nos aplican en cuestión de lo que implica hacer mal las cosas como todo ciudadano ya es el código penal de tu estado
COMANDO DA MÁS PAUTAS .
Por desgracia es bien sabido qué en la seguridad privada hay mucha ignorancia mucha apatía por aprender por ilustrarse y sobre todo hay mucha , prepotencia al descnoer el marco jurídico. Desconocen todos y cada uno de sus derechos humanos , laborables y no se diga de sus obligaciones. Es por eso es que es exise mucho abuso laboral en las privadas
Un comentario acertado con el cual estoy de acuerdo
Amigo es bueno saber todas las leyes. Pero aqui es solo un poco de empatia de parte de los dueños de las empresas. Ganan y toda via te perjudican. Ejemplo te pagan 9000 pesitos al mes. Nomina sueldo ordinario 250 pesitos. Todo lo demas en bonos luego esos 250 por 7 y luego por 4 7000 pesos . Los 500 te lo regresan en forma de bono por parte del cliente menos 20% 400 pesitos y el bono que da el cliente se lo clavan. Jajajaja pura tranza turnos de 14 horas. De pie y la ley silla, uniforme viejos y usados, descuentos por falta 580 y ganas 300 pesos. Empresas que cumplen con la ley 1% y me estoy quedando corto. Sindicato 7 pesostes a la semana. Seguro por si te matan
La ley general de seguridad privada dice en el número 146 inciso C apartado 3 que para ser contratado el guardia tiene que obedecer en todo a la empresa incluyendo el realizar dobletes obligatorios sin tu consentimiento por la falta de tu relevó, renunciar al finiquitó y que los dobletes te los paguen en la quincena y no el mismo día en que lo realizas guión Grip y Sepsisa :'(
Jajajaja y Miles más que aplican esas anomalías e inclusive las reguladas lo realizan ,saludos gracias por contribuir
Que poca 😡😡
No habrá alguna ley,que nos benefice?
Algún sindicato ?
Sepsisa es una porqueria
Estoy de acuerdo
Pero en tu mexico es asi pero aca no es lo mismo es superior a esa esa es mala en chile todo eso es mejor que tu mexico ?😊
Gracias por tu aporte y me da gusto que allá sea mejor aquí se tiene un grave problema al respecto y no se solucionará para beneficio de quienes nos dedicamos a la seguridad
Y se te olvidó mencionar que los dueños de la empresas de seguridad privada son ex generales y ex funcionarios públicos
En su mayoría es personal con experiencia en seguridad ,pero no siempre existen muchos casos que no saben nada del ámbito
@@elcustodio muchos hemos conocido a generales ó capitanes que se van de retiro (muy jóvenes por cierto) e invierten sus ganancias en empresas de seguridad privada por eso prima el maltrato al personal y la total falta de responsabilidad moral en respetar sueldos y jornadas laborales así es como llegamos igual a la conclusión de porque no existen las demandas (hay demandas pero muy minúsculamente, en comparación a otros ramos de las empresas); ante dichos abusos, eso se demuestra fácilmente escuchando a los guardias aguantar Bara porque en el régimen castrense es igual se permite el abuso...
Tus videos están bien pero deberías enfocarte más en ayudar a solventar ese déficit y demostrar que demandar y ganar a estos corruptos explotadores es correcto y es posible
@PERIBUS2024 Eso hago pero dependerá de cada persona y cada caso el defender sus derechos laborales ,de lo contrario a nadie le interesará si al titular no le interesa
@@elcustodio esto es lo triste del asunto, es lo mismo que nos dice la ley.
Que es obligación del empleado hacer valer sus derechos laborales..
Yo no hacía nada antes por el mismo motivo por la impunidad y palancas de los patrones, pero siempre y cuado nos dejemos así continuarán las cosas
mas de la mitad son dueños mala paga
Muy cierto por eso debemos hacer valer nuestros derechos laborales en el Centro de Conciliación Laboral